Consulta:
Venimos por la presente a solicitar se sirvan contestar las consultas formuladas en fecha 23 de abril de 2019, que hasta la fecha no han sido contestadas.
Nro. de Consulta | Título | Resumen de la Consulta | Fecha de Consulta | Fecha de Respuesta | Acciones |
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11 | CONSULTA N° 1 | Venimos por la presente a solicitar se sirvan contestar las consultas formuladas en fecha 23 de abril de 2019, que hasta la fecha no han sido contestadas. | 11-06-2019 | 08-08-2019 | |
12 | CONSULTA N° 2 | En la sección III Requisitos de los bienes y/o Servicios: 1.Especificaciones Técnicas. Punto 3 DEL SERVICIO CONTRATADO (modificado por Adenda Nº 4) consultamos lo siguiente: 1) En el punto 3.2 consultamos si además no debe ser presentada la Licencia Ambiental que comprenda la gestión integral de los residuos desde su recolección hasta su disposición final, atendiendo que es el MADES (antes SEAM) el encargado de otorgar la licencia para explotar el servicio. 2) En el punto 3.5. se hace referencia que el método de tratamiento será conforme a lo estipulado en los artículos 31, 32 y 33 de la Ley 3361/07 que en su artículo 33 establece que el método de tratamiento para sustancias químicas es la incineración, consultamos que documentos deberá presentar el oferente para demostrar/garantizar que cuenta con experiencia, capacidad y equipamiento para realizar el tratamiento mediante incineración. | 11-06-2019 | 08-08-2019 | |
13 | CONSULTA N° 2 | En la sección III Requisitos de los bienes y/o Servicios: 1.Especificaciones Técnicas. Punto 3 DEL SERVICIO CONTRATADO (modificado por Adenda Nº 4) consultamos lo siguiente: 1) En el punto 3.2 consultamos si además no debe ser presentada la Licencia Ambiental que comprenda la gestión integral de los residuos desde su recolección hasta su disposición final, atendiendo que es el MADES (antes SEAM) el encargado de otorgar la licencia para explotar el servicio. 2) En el punto 3.5. se hace referencia que el método de tratamiento será conforme a lo estipulado en los artículos 31, 32 y 33 de la Ley 3361/07 que en su artículo 33 establece que el método de tratamiento para sustancias químicas es la incineración, consultamos que documentos deberá presentar el oferente para demostrar/garantizar que cuenta con experiencia, capacidad y equipamiento para realizar el tratamiento mediante incineración. | 11-06-2019 | 08-08-2019 |