En 6.15 y 6.16 solicitan respectivamente Cálculo de Trabajo Respiratorio del paciente. Y Cálculo de Trabajo Respiratorio del equipo.
Solicitamos que:
La Convocante modifique los puntos destacados a OPCIONAL. Ya que los mismos no afectan la funcionalidad del equipo, además tomando como referencia otras licitaciones de la Institución como la LPN 12/18, estos puntos no fueron solicitados. Este punto sería la única limitante para la participación de oferentes de equipos de marcas ya conocidas por la Institución y de excelente calidad.
En 6.15 y 6.16 solicitan respectivamente Cálculo de Trabajo Respiratorio del paciente. Y Cálculo de Trabajo Respiratorio del equipo.
Solicitamos que:
La Convocante modifique los puntos destacados a OPCIONAL. Ya que los mismos no afectan la funcionalidad del equipo, además tomando como referencia otras licitaciones de la Institución como la LPN 12/18, estos puntos no fueron solicitados. Este punto sería la única limitante para la participación de oferentes de equipos de marcas ya conocidas por la Institución y de excelente calidad.
En el punto 10.10 solicitan Filtro exhalatorio de bacterias reusable. Cantidad: 6 (seis) por equipo.
Solicitamos que:
La Convocante modifique el punto destacado anteriormente por Filtro exhalatorio de bacterias reusable. Cantidad: 6 (seis) por equipo, en caso de que el equipo lo requiera ya que no todas las marcas utilizan filtros exhalatorios, ya que cuentan con otras tecnologías que permite filtrar el aire exhalado por el paciente. Este punto sería una limitante para la participación de oferentes.
En el punto 10.10 solicitan Filtro exhalatorio de bacterias reusable. Cantidad: 6 (seis) por equipo.
Solicitamos que:
La Convocante modifique el punto destacado anteriormente por Filtro exhalatorio de bacterias reusable. Cantidad: 6 (seis) por equipo, en caso de que el equipo lo requiera ya que no todas las marcas utilizan filtros exhalatorios, ya que cuentan con otras tecnologías que permite filtrar el aire exhalado por el paciente. Este punto sería una limitante para la participación de oferentes.
En el punto 10.11 solicitan Manómetro para CUFF para presión endotraqueal
Solicitamos que:
La Convocante modifique el punto destacado anteriormente por Manómetro para CUFF para presión endotraqueal (Opcional)
Este accesorio no forma parte de los accesorios necesarios para la funcionalidad del equipo. Es un accesorio que se utiliza independiente a cualquier maniobra que involucre al equipo, por lo que no vemos la necesidad de incluirlo dentro de los accesorios solicitados. Existen empresas importadoras de equipos médicos que no comercializan estos accesorios, por lo que de incluirlos en el pliego sería una limitante para su participación a este llamado.
En el punto 10.11 solicitan Manómetro para CUFF para presión endotraqueal
Solicitamos que:
La Convocante modifique el punto destacado anteriormente por Manómetro para CUFF para presión endotraqueal (Opcional)
Este accesorio no forma parte de los accesorios necesarios para la funcionalidad del equipo. Es un accesorio que se utiliza independiente a cualquier maniobra que involucre al equipo, por lo que no vemos la necesidad de incluirlo dentro de los accesorios solicitados. Existen empresas importadoras de equipos médicos que no comercializan estos accesorios, por lo que de incluirlos en el pliego sería una limitante para su participación a este llamado.
En el punto 2.1 solicitan Volumen Corriente (ml). Límite inferior 5 o menor. Límite superior 3000 o mayor.
Solicitamos que:
La Convocante modifique el punto destacado anteriormente por Volumen Corriente (ml). Límite inferior 50 o menor. Límite superior 2000 o mayor.
Teniendo en cuenta que el volumen corriente utilizado en ventilación es de 6 a 8 ml por kilogramo del paciente, un volumen de 50 ml podría ventilar pacientes de entre 6 a 8 kilogramos, cubriendo de esta forma pacientes tanto pediátricos como adultos. Todas las demás especificaciones para este ítem, incluyendo los accesorios solicitados, sugieren que el equipo solicitado es para tratar solo pacientes adultos, por lo que consideramos que un volumen de 50 ml en adelante se adecua a ellos. Así también consideramos que lo solicitado como límite superior es excesivo, tomando la misma regla un volumen corriente de 3000 ml podría ventilar a un paciente de entre 375 y 500 kilogramos, pero con la salvedad de que los pacientes obesos tienen una menor capacidad pulmonar, por lo que nunca se llegaría a usar esos niveles de Volumen. Este punto sería la única limitante para la participación de oferentes.
En el punto 2.1 solicitan Volumen Corriente (ml). Límite inferior 5 o menor. Límite superior 3000 o mayor.
Solicitamos que:
La Convocante modifique el punto destacado anteriormente por Volumen Corriente (ml). Límite inferior 50 o menor. Límite superior 2000 o mayor.
Teniendo en cuenta que el volumen corriente utilizado en ventilación es de 6 a 8 ml por kilogramo del paciente, un volumen de 50 ml podría ventilar pacientes de entre 6 a 8 kilogramos, cubriendo de esta forma pacientes tanto pediátricos como adultos. Todas las demás especificaciones para este ítem, incluyendo los accesorios solicitados, sugieren que el equipo solicitado es para tratar solo pacientes adultos, por lo que consideramos que un volumen de 50 ml en adelante se adecua a ellos. Así también consideramos que lo solicitado como límite superior es excesivo, tomando la misma regla un volumen corriente de 3000 ml podría ventilar a un paciente de entre 375 y 500 kilogramos, pero con la salvedad de que los pacientes obesos tienen una menor capacidad pulmonar, por lo que nunca se llegaría a usar esos niveles de Volumen. Este punto sería la única limitante para la participación de oferentes.
En el punto 2.3 solicitan Presión Inspiratoria (cm H2O). Límite inferior 5 o menor. Límite superior 70 o mayor.
Solicitamos que:
La Convocante modifique el punto destacado anteriormente por Presión Inspiratoria (cm H2O). Límite inferior 5 o menor. Límite superior 55 o mayor. Teniendo en cuenta que en el ciclado por presión deben instaurarse valores que preferiblemente no superen 20 cm de agua, pero si se requieren valores más elevados no se debe superar el límite de 35 cm de agua de presión inspiratoria máxima puesto que valores superiores se correlacionan significativamente con la aparición de barotrauma, e incremento de las presiones transmurales vasculares lo que favorece el aumento en la presión hidrostática, alteración en la permeabilidad de la membrana con el consecuente riesgo de aumento del agua alveolar. Consideramos que el límite superior es excesivo, por lo que no modificar este punto solo limitaría la cantidad de oferentes.
En el punto 2.3 solicitan Presión Inspiratoria (cm H2O). Límite inferior 5 o menor. Límite superior 70 o mayor.
Solicitamos que:
La Convocante modifique el punto destacado anteriormente por Presión Inspiratoria (cm H2O). Límite inferior 5 o menor. Límite superior 55 o mayor. Teniendo en cuenta que en el ciclado por presión deben instaurarse valores que preferiblemente no superen 20 cm de agua, pero si se requieren valores más elevados no se debe superar el límite de 35 cm de agua de presión inspiratoria máxima puesto que valores superiores se correlacionan significativamente con la aparición de barotrauma, e incremento de las presiones transmurales vasculares lo que favorece el aumento en la presión hidrostática, alteración en la permeabilidad de la membrana con el consecuente riesgo de aumento del agua alveolar. Consideramos que el límite superior es excesivo, por lo que no modificar este punto solo limitaría la cantidad de oferentes.
En el punto 2.4 solicitan Frecuencia Respiratoria (rpm). Límite inferior 5 o menor. Límite superior 120 o mayor.
Solicitamos que:
La Convocante modifique el punto destacado anteriormente por Frecuencia Respiratoria (rpm). Límite inferior 5 o menor. Límite superior 60 o mayor. Dado que los parámetros utilizados en adulto van de 8 a 12 rpm y en neonatos de 40 a 60 rpm, no vemos la necesidad de solicitar un límite superior tan elevado dado que, según los demás puntos de este ítem, se trata de un ventilador para pacientes adultos.
En el punto 2.4 solicitan Frecuencia Respiratoria (rpm). Límite inferior 5 o menor. Límite superior 120 o mayor.
Solicitamos que:
La Convocante modifique el punto destacado anteriormente por Frecuencia Respiratoria (rpm). Límite inferior 5 o menor. Límite superior 60 o mayor. Dado que los parámetros utilizados en adulto van de 8 a 12 rpm y en neonatos de 40 a 60 rpm, no vemos la necesidad de solicitar un límite superior tan elevado dado que, según los demás puntos de este ítem, se trata de un ventilador para pacientes adultos.
En el punto 2.7 solicitan PEEP/CPAP (cm H2O). Límite inferior 0 o apagado. Límite superior 40 o mayor.
Solicitamos que:
La Convocante modifique el punto destacado anteriormente por PEEP/CPAP (cm H2O). Límite inferior 0 o apagado. Límite superior 20 o mayor. Los valores de PEEP utilizados en ventilación pulmonar por lo general están entre los 3 y 5 cm H2O, en casos de ventilación con protección pulmonar puede llegar a un máximo de 15 cm de H2O, por lo que no vemos la necesidad de pedir un valor tan elevado de PEEP. Solicitamos la modificación de este punto a modo de lograr un mayor número de oferentes.
En el punto 2.7 solicitan PEEP/CPAP (cm H2O). Límite inferior 0 o apagado. Límite superior 40 o mayor.
Solicitamos que:
La Convocante modifique el punto destacado anteriormente por PEEP/CPAP (cm H2O). Límite inferior 0 o apagado. Límite superior 20 o mayor. Los valores de PEEP utilizados en ventilación pulmonar por lo general están entre los 3 y 5 cm H2O, en casos de ventilación con protección pulmonar puede llegar a un máximo de 15 cm de H2O, por lo que no vemos la necesidad de pedir un valor tan elevado de PEEP. Solicitamos la modificación de este punto a modo de lograr un mayor número de oferentes.
En el punto 8.2 solicitan Peso de 5 Kg o menos. Incluyendo baterías externas, de ser necesarias
Solicitamos que:
La Convocante modifique el punto destacado anteriormente por Peso de 6 Kg o menos. Incluyendo baterías externas, de ser necesarias Consideramos que aumentar un kilo el peso final del equipo no afectaría su utilidad ni funcionalidad, teniendo en cuenta que es un peso manipulable y que estos equipos por lo general se encastran a soportes de ambulancias o de las camillas de traslado. Este punto no hace más que limitar la cantidad de oferentes para este ítem.
En el punto 8.2 solicitan Peso de 5 Kg o menos. Incluyendo baterías externas, de ser necesarias
Solicitamos que:
La Convocante modifique el punto destacado anteriormente por Peso de 6 Kg o menos. Incluyendo baterías externas, de ser necesarias Consideramos que aumentar un kilo el peso final del equipo no afectaría su utilidad ni funcionalidad, teniendo en cuenta que es un peso manipulable y que estos equipos por lo general se encastran a soportes de ambulancias o de las camillas de traslado. Este punto no hace más que limitar la cantidad de oferentes para este ítem.
Solicitamos que se agregue la siguiente especificación en la sección 4.11 Posiciones:
Posición de Silla Cardiaca, elevación pasiva de las piernas, posición vascular total
Esto ayuda a reducir el riesgo de aspiración y también es el procedimiento indicado para cardiopatías.