Con respecto al ítem 6, vemos que se solicitan dos servidores para el sistema de video vigilancia, mientras que en la visita técnica se pudo corroborar que ya existe un servidor en funcionamiento, por lo que consultamos si el este puede utilizarse como servidor de respaldo y el nuevo a proveer como el servidor principal
Con respecto al ítem 6, vemos que se solicitan dos servidores para el sistema de video vigilancia, mientras que en la visita técnica se pudo corroborar que ya existe un servidor en funcionamiento, por lo que consultamos si el este puede utilizarse como servidor de respaldo y el nuevo a proveer como el servidor principal
Al respecto afirmamos que si es necesario para provisión de dos servidores a fin de garantizar el buen funcionamiento del sistema con alta disponibilidad. Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
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Item 10 de las EETT
En el ítem 10 (Sistema de Almacenamiento Local) se solicitan equipos tipo NAS con cierta capacidad de almacenamiento, pero vemos que no se establecen parámetros esenciales como resolución de grabación, velocidad de cuadros, formato de compresión de video, tiempo de grabación, etc.
En el ítem 10 (Sistema de Almacenamiento Local) se solicitan equipos tipo NAS con cierta capacidad de almacenamiento, pero vemos que no se establecen parámetros esenciales como resolución de grabación, velocidad de cuadros, formato de compresión de video, tiempo de grabación, etc.
Las características técnicas relacionadas al rendimiento del sistema de almacenamiento local que no se encuentran explícitamente detalladas en el Pliego de Bases y Condiciones deberán ser dimensionadas por el Oferente, considerando un óptimo rendimiento para cámaras funcionando en al menos una resolución de 1280x720 a 20 fps en modalidad de grabación continua.
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SECCION III
PARA EL ITEM 11
El PBC para el item 11 solicita almacenamiento en sitio remoto y hace referencia a un storage existe marca IBM Storwize V7000 2076624, y solicita 40TB de capacidad física de ampliación. Para una grabación remota no se precisa que sea de la misma marca al existente, esto prácticamente esta direccionado a una sola empresa. Solicitamos a la convocante que sea aceptado un storage en paralelo y que se reformule las especificaciones técnicas, ya que actualmente se encuentra dirigido hacia una marca especifica.-
PARA EL ITEM 11
El PBC para el item 11 solicita almacenamiento en sitio remoto y hace referencia a un storage existe marca IBM Storwize V7000 2076624, y solicita 40TB de capacidad física de ampliación. Para una grabación remota no se precisa que sea de la misma marca al existente, esto prácticamente esta direccionado a una sola empresa. Solicitamos a la convocante que sea aceptado un storage en paralelo y que se reformule las especificaciones técnicas, ya que actualmente se encuentra dirigido hacia una marca especifica.-
De tal forma a reaprovechar las inversiones ya realizadas anteriormente, se deberá ofertar la ampliación del sistema de almacenamiento existente en el CSE 911. Favor remitirse al Pliego de Bases y condiciones
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Item 11 de las EETT
En el ítem 11 (Sistema de Almacenamiento Remoto) se solicitan que el equipo ofertado sea compatible con el sistema de almacenamiento CSE 911. En dichas EETT se requiere de una carta del fabricante que indique la compatibilidad con el equipo ofertado, por lo que solicitamos respetuosamente a la convocante, excluir este requerimiento, ya que la misma es muy limitativa y no condice con el principio de igualdad y la libre competencia.
En el ítem 11 (Sistema de Almacenamiento Remoto) se solicitan que el equipo ofertado sea compatible con el sistema de almacenamiento CSE 911. En dichas EETT se requiere de una carta del fabricante que indique la compatibilidad con el equipo ofertado, por lo que solicitamos respetuosamente a la convocante, excluir este requerimiento, ya que la misma es muy limitativa y no condice con el principio de igualdad y la libre competencia.
A fin de garantizar plenamente el soporte del fabricante para la implementación y el posterior servicio post venta, además de mantener la garantía del sistema existente, se requiere carta de autorización del fabricante o del representante local. Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
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En la Sección III - Especificaciones Técnicas
Solicitamos respetuosamente a la convocante disminuir el rango de humedad dentro de las EETT del Joystick de Video Vigilancia
La disminución del rango de humedad solicitado implicaría la posibilidad de presentación de equipos con especificaciones técnicas inferiores al solicitado, lo cual conllevaría en el caso específico de un rango de humedad inferior a una vida útil inferior de dichos equipos, por lo tanto se solicita remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
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SECCION VII
En la SECCION VII claramente la Convocante solicita: Autorización del fabricante, representante o distribuidor. Por tanto solicitamos respetuosamente adecuar este mismo requerimiento para los items 7 y 8 respectivamente ya que en los mismos están solicitando solamente CARTA DEL FABRICANTE.-
En la SECCION VII claramente la Convocante solicita: Autorización del fabricante, representante o distribuidor. Por tanto solicitamos respetuosamente adecuar este mismo requerimiento para los items 7 y 8 respectivamente ya que en los mismos están solicitando solamente CARTA DEL FABRICANTE.-
Debido a la naturaleza propia del bien solicitado (Ítem 11 - Sistema de almacenamiento remoto), a su diferencia en cuanto a al nivel de complejidad de su implementación con respecto a los Ítems 7 y 8 mencionados, y a la diferencia en la canalización de una posible futura solicitud de servicio/soporte de nivel superior, la Convocante considera suficiente en el caso del Sistema de almacenamiento remoto la presentación de carta del fabricante y/o representante o distribuidor autorizado para garantizar la implementación y el posterior servicio post venta, además de mantener la garantía del sistema existente, y considera suficiente para los Ítems 7 y 8 únicamente la carta del fabricante para garantizar los requisitos previamente mencionados, por lo tanto favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
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Planilla 9 - Servidor de reconocimiento de rostro y placas.
Solicitamos amablemente que sean considerados equipos que cuenten con comunicaciones de cuatro puertos de red 10/100/1000 (RJ-45) a través de PCIe, lo cual no afecta en el rendimiento y permitiendo con esto la participación de una mayor cantidad de oferentes, cumpliendo así con las leyes de libre participación de Contrataciones Públicas.
18-03-2019
20-03-2019
Planilla 9 - Servidor de reconocimiento de rostro y placas.
Solicitamos amablemente que sean considerados equipos que cuenten con comunicaciones de cuatro puertos de red 10/100/1000 (RJ-45) a través de PCIe, lo cual no afecta en el rendimiento y permitiendo con esto la participación de una mayor cantidad de oferentes, cumpliendo así con las leyes de libre participación de Contrataciones Públicas.
Para el caso del Ítem 6 Servidor de video vigilancia y para el caso del Ítem 9 - Servidor de Reconocimiento de Rostro y Placas se solicitan al menos dos (2) ranuras de expansión PCI. Para ambos Ítems se solicitan puertos de red integrados, la presentación de equipos que cumplan con la cantidad de puertos solicitados para cada caso a través de tarjetas adicionales implicarían la utilización de las ranuras de expansión PCI solicitadas para futuras expansiones, por lo tanto favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
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SECCION VII
El Pliego de Bases y Condiciones solicita: Carta del fabricante del sistema actual de video vigilancia de la Agrupación Especializada, indicando que lo ofertado es compatible e integrable al sistema existente. Solicitamos a la Convocante eliminar este parámetro aplicado para beneficiar a una sola empresa o a dos empresas del mismo grupo, siendo que el fabricante ISS ya ha tomado postura de no brindar carta que no sea a la empresa COMTEL o a alguna de sus empresas como ser NETSUN Caceres & Asociados, o en caso de NO optar por la eliminación, solicitamos aceptar carta del representante o distribuidor autorizado tal como lo exige la Ley de Contrataciones Publicas.-
El Pliego de Bases y Condiciones solicita: Carta del fabricante del sistema actual de video vigilancia de la Agrupación Especializada, indicando que lo ofertado es compatible e integrable al sistema existente. Solicitamos a la Convocante eliminar este parámetro aplicado para beneficiar a una sola empresa o a dos empresas del mismo grupo, siendo que el fabricante ISS ya ha tomado postura de no brindar carta que no sea a la empresa COMTEL o a alguna de sus empresas como ser NETSUN Caceres & Asociados, o en caso de NO optar por la eliminación, solicitamos aceptar carta del representante o distribuidor autorizado tal como lo exige la Ley de Contrataciones Publicas.-
Favor remitirse a la respuesta brindada a la Consulta 4.
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Planilla 9 - Servidor de reconocimiento de rostro y placas.
Solicitamos amablemente que sean considerados equipos que cuenten con la misma cantidad de puertos USB, donde la mayor proporción de tipo 3.0, siendo estos de mejor tecnología de transmisión de datos y a su vez retrocompatibles con dispositivos 2.0; así también, con lo solicitado, se brindará una mayor participación de oferentes, cumpliendo así con las leyes de libre competencia de Contrataciones Públicas.
18-03-2019
20-03-2019
Planilla 9 - Servidor de reconocimiento de rostro y placas.
Solicitamos amablemente que sean considerados equipos que cuenten con la misma cantidad de puertos USB, donde la mayor proporción de tipo 3.0, siendo estos de mejor tecnología de transmisión de datos y a su vez retrocompatibles con dispositivos 2.0; así también, con lo solicitado, se brindará una mayor participación de oferentes, cumpliendo así con las leyes de libre competencia de Contrataciones Públicas.
En la Planilla 9, en la cual se describen las especificaciones técnicas mínimas para el Servidor de reconocimiento de rostro y placas, donde dice Puertos USB indica Al menos 2 (dos) USB 2.0, y 2 (dos) USB 3.0. Una propuesta de servidor con la misma cantidad de puertos USB (cuatro puertos), donde la mayor proporción corresponda al tipo de puerto USB 3.0 estaría en pleno cumplimiento a lo solicitado, siempre y cuando el o los puertos restantes sean al menos USB 2.0.
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Planilla 6 - Servidor de Videovigilancia
Solicitamos amablemente que sean considerados equipos que cuenten con la misma cantidad de puertos USB, donde la mayor proporción de tipo 3.0, siendo estos de mejor tecnología de transmisión de datos y a su vez retrocompatibles con dispositivos 2.0; así también, con lo solicitado, se brindará una mayor participación de oferentes, cumpliendo así con las leyes de libre competencia de Contrataciones Públicas.
Solicitamos amablemente que sean considerados equipos que cuenten con la misma cantidad de puertos USB, donde la mayor proporción de tipo 3.0, siendo estos de mejor tecnología de transmisión de datos y a su vez retrocompatibles con dispositivos 2.0; así también, con lo solicitado, se brindará una mayor participación de oferentes, cumpliendo así con las leyes de libre competencia de Contrataciones Públicas.
En la Planilla 6, en la cual se describen las especificaciones técnicas mínimas para el Servidor de Videovigilancia, donde dice Puertos USB indica Al menos 2 (dos) USB 2.0, y 2 (dos) USB 3.0. Una propuesta de servidor con la misma cantidad de puertos USB (cuatro puertos), donde la mayor proporción corresponda al tipo de puerto USB 3.0 estaría en pleno cumplimiento a lo solicitado, siempre y cuando el o los puertos restantes sean al menos USB 2.0.