En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección II, Criterios de Evaluación y Requisitos de Calificación, Punto 2 Requisitos para Calificación Posterior, (b) EXPERIENCIA Y CAPACIDAD TÉCNICA, ÍTEM 1, se indica lo siguiente:
Fotocopia de contratos y/o facturaciones que demuestren por lo menos 5 (cinco) prestaciones de Sistema de Gestión Administrativa para para Recursos del Estado a Instituciones Públicas, dentro de los últimos tres años (2016, 2017 y 2018)
Al respecto solicitamos respetuosamente a la convocante que sean aceptadas como mínimo 1 CONTRATO O FACTURACION DE SOFTWARE COMO MINIMO o QUE SEAN ACEPTADAS CONTRATOS/FACTURACION DEL FABRICANTE ya que de esta manera se está limitando la participación de potenciales oferentes. Lo previamente solicitado lo extendemos a modo de no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia con lo establecido en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas Art. 4 inciso b) de la Ley N.º 2051/2003 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: Las especificaciones técnicas ( ) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección II, Criterios de Evaluación y Requisitos de Calificación, Punto 2 Requisitos para Calificación Posterior, (b) EXPERIENCIA Y CAPACIDAD TÉCNICA, ÍTEM 1, se indica lo siguiente:
Fotocopia de contratos y/o facturaciones que demuestren por lo menos 5 (cinco) prestaciones de Sistema de Gestión Administrativa para para Recursos del Estado a Instituciones Públicas, dentro de los últimos tres años (2016, 2017 y 2018)
Al respecto solicitamos respetuosamente a la convocante que sean aceptadas como mínimo 1 CONTRATO O FACTURACION DE SOFTWARE COMO MINIMO o QUE SEAN ACEPTADAS CONTRATOS/FACTURACION DEL FABRICANTE ya que de esta manera se está limitando la participación de potenciales oferentes. Lo previamente solicitado lo extendemos a modo de no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia con lo establecido en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas Art. 4 inciso b) de la Ley N.º 2051/2003 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: Las especificaciones técnicas ( ) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
El Ministerio de industria y Comercio debe garantizar que los módulos que conforman el Software de Gestión y Administración de Recursos del Estado ya han sido adquiridos, implementados y se encuentran en uso en Instituciones Públicas a los efectos de adquirir un software que cuente con todos los mecanismos de gestión y administración de recursos útiles y adecuados a las reglamentaciones vigentes conforme a la Ley 1535 de Administración Financiera, la Ley de Presupuesto de cada Ejercicio Fiscal, La Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas y demás decretos y reglamentaciones vigentes de la Administración Pública. En ese sentido se ha modificado dicho punto ajustando la experiencia requerida conforme a los módulos que componen el Software de Gestión y Administración de Recursos del Estado requerido eliminando el parámetro de años.
Con respecto a la experiencia del fabricante es importante manifestar que es el oferente el responsable de la provisión e implementación del sistema completo por lo que la experiencia en la provisión del bien y realización del servicio debe ser del oferente.
Recordamos la posibilidad con que cuentan los oferentes de presentarse en Consorcio con otras personas físicas o jurídicas a los efectos de garantizar la experiencia requerida.
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FECHA LÍMITE DE CONSULTA
En el Portal de Contrataciones de la DNCP se visualiza que la publicación del Pliego de Bases y Condiciones se realizó en fecha: 14-10-2019 - 16:58:59, y la FECHA LÍMITE DE CONSULTA es hasta el 17/10/2019.
Al respecto solicitamos respetuosamente a la convocante extender a 5 días hábiles como mínimo el plazo de las consultas a fin de poder analizar cada punto de lo solicitado, el periodo mencionado queda muy ajustado ya que se solicita un SOFTWARE Y EQUIPOS PARA LA GESTION Y ADMINISTRACION DE RECURSOS DEL ESTADO. Lo previamente solicitado lo extendemos a modo de no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia con lo establecido en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas Art. 4 inciso b) de la Ley N.º 2051/2003 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: Las especificaciones técnicas ( ) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
En el Portal de Contrataciones de la DNCP se visualiza que la publicación del Pliego de Bases y Condiciones se realizó en fecha: 14-10-2019 - 16:58:59, y la FECHA LÍMITE DE CONSULTA es hasta el 17/10/2019.
Al respecto solicitamos respetuosamente a la convocante extender a 5 días hábiles como mínimo el plazo de las consultas a fin de poder analizar cada punto de lo solicitado, el periodo mencionado queda muy ajustado ya que se solicita un SOFTWARE Y EQUIPOS PARA LA GESTION Y ADMINISTRACION DE RECURSOS DEL ESTADO. Lo previamente solicitado lo extendemos a modo de no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia con lo establecido en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas Art. 4 inciso b) de la Ley N.º 2051/2003 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: Las especificaciones técnicas ( ) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
Consideramos que el plazo tope de consultas es suficiente a los efectos de verificar si el software a ser cotizado cumple con las necesidades de la institución establecidas en las Especificaciones Técnicas. No ha establecido cuales serían las consultas especificas sobre el software requerido. Igualmente a los efectos de garantizar la posibilidad de consultas al oferente se reabre el plazo de consultas conforme a la Adenda Nº 1.
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SOLICITUD DE MUESTRAS, REQUERIDO PARA EL ÍTEM 1
En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección II, Criterios de Evaluación y Requisitos de Calificación, (c) SOLICITUD DE MUESTRAS, REQUERIDO PARA EL ÍTEM 1, se indica lo siguiente:
Se solicitarán por Nota en la etapa de Evaluación de las Ofertas las demostraciones del sistema ofertado que debe incluir una vista general del sistema y ABM (alta, baja, modificación) con los siguientes criterios a ser considerados:
➢ Estructura de archivos, motor de base de datos y lenguaje utilizado acorde a EETT.
➢ La lógica de negocios debe estar aplicada en la base de datos a través de triggers para todas las tablas.
➢ Auditoría realizada por triggers y almacenada automáticamente en base de datos externa. Permitiendo así poder hacer backup completos de datos sin auditoria y backup incrementales de auditoria.
➢ Navegación sencilla con menús en cualquier explorador web.
➢ Ingreso al sistema y adaptabilidad de entorno en PCs, tablets, smartphones.
➢ Alta y baja de usuarios.
➢ Generación de roles nuevos y aplicación de estos a usuarios.
➢ Prueba de ABM (Agregar, Borrar, Modificar) de registros en todas las tablas.
➢ Consultas de todas las tablas en formato pdf y exportación a excel. (Selección aleatoria de tablas)
➢ Generación dinámica de reportes de todas las tablas pudiendo seleccionar que columnas mostrar o no, dentro del entorno del sistema (generación pdf y exportación a excel) (selección aleatoria de tablas).
➢ Envío de informes vía email a través del sistema.
➢ Upload de archivos.
➢ Aplicación de notificación a smartphone.
➢ Verificación de firma digital de acuerdo a las EETT.
➢ Demostración de paneles independientes para cada módulo y configurables según usuarios. ➢ Sistema de impresión directa desde el sistema en impresoras conectadas al equipo de usuario. Según EETT.
➢ Aplicación Android para subir archivos: según especificaciones.
Al respecto solicitamos respetuosamente a la convocante que sea excluido este punto, ya que se está solicitando un software a medida que se deberá desarrollar y pulir en cada área de la convocante, también se evidencia que los scream de pantalla en el módulo de Patrimonio es de la entidad Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT), el cual hay un solo proveedor TERA S.R.L. que ya cuenta con casi todos los módulos mencionados en las especificaciones técnicas solicitada. Lo previamente solicitado lo extendemos a modo de no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia con lo establecido en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas Art. 4 inciso b) de la Ley N.º 2051/2003 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: Las especificaciones técnicas ( ) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección II, Criterios de Evaluación y Requisitos de Calificación, (c) SOLICITUD DE MUESTRAS, REQUERIDO PARA EL ÍTEM 1, se indica lo siguiente:
Se solicitarán por Nota en la etapa de Evaluación de las Ofertas las demostraciones del sistema ofertado que debe incluir una vista general del sistema y ABM (alta, baja, modificación) con los siguientes criterios a ser considerados:
➢ Estructura de archivos, motor de base de datos y lenguaje utilizado acorde a EETT.
➢ La lógica de negocios debe estar aplicada en la base de datos a través de triggers para todas las tablas.
➢ Auditoría realizada por triggers y almacenada automáticamente en base de datos externa. Permitiendo así poder hacer backup completos de datos sin auditoria y backup incrementales de auditoria.
➢ Navegación sencilla con menús en cualquier explorador web.
➢ Ingreso al sistema y adaptabilidad de entorno en PCs, tablets, smartphones.
➢ Alta y baja de usuarios.
➢ Generación de roles nuevos y aplicación de estos a usuarios.
➢ Prueba de ABM (Agregar, Borrar, Modificar) de registros en todas las tablas.
➢ Consultas de todas las tablas en formato pdf y exportación a excel. (Selección aleatoria de tablas)
➢ Generación dinámica de reportes de todas las tablas pudiendo seleccionar que columnas mostrar o no, dentro del entorno del sistema (generación pdf y exportación a excel) (selección aleatoria de tablas).
➢ Envío de informes vía email a través del sistema.
➢ Upload de archivos.
➢ Aplicación de notificación a smartphone.
➢ Verificación de firma digital de acuerdo a las EETT.
➢ Demostración de paneles independientes para cada módulo y configurables según usuarios. ➢ Sistema de impresión directa desde el sistema en impresoras conectadas al equipo de usuario. Según EETT.
➢ Aplicación Android para subir archivos: según especificaciones.
Al respecto solicitamos respetuosamente a la convocante que sea excluido este punto, ya que se está solicitando un software a medida que se deberá desarrollar y pulir en cada área de la convocante, también se evidencia que los scream de pantalla en el módulo de Patrimonio es de la entidad Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT), el cual hay un solo proveedor TERA S.R.L. que ya cuenta con casi todos los módulos mencionados en las especificaciones técnicas solicitada. Lo previamente solicitado lo extendemos a modo de no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia con lo establecido en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas Art. 4 inciso b) de la Ley N.º 2051/2003 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: Las especificaciones técnicas ( ) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
Para la elaboración de las especificaciones técnicas se recurrió a verificar las funcionalidades de sistemas que ya se encuentran en uso en otras instituciones públicas y que se adecuan a las normas y procedimientos de las Leyes, decretos y reglamentaciones de la Administración Pública.
Los formatos presentados son los formatos legales obligatorios y no formatos exclusivos de un sistema en particular.
Por otra parte, se aclara que el Ítem 1 Software de Gestión y Administración de Recursos del Estado no hace referencia al desarrollo de un software a medida sino a la adquisición de un software que cuente con los requisitos legales y que cumplan las necesidades de gestión y administración de la Administración Pública.
Se requiere de un sistema que pueda entrar en uso conforme dentro del plazo de entrega establecido en la implementación inicial, cumpliendo con todas las normativas administrativas. Durante el proceso de implementación final solo se espera ajustes de forma en presentaciones de reportes y/o procesos no fundamentales.
El ítem 5 - Soporte Técnico para desarrollo de software si corresponde a desarrollo a medida de acuerdo a la necesidad de la institución los cuales serán calculados por horas de trabajo y abonados conforme a la necesidad.
Los requerimientos solicitados para la demostración en la etapa de evaluación son funcionalidades que se han considerado teniendo en cuenta la seguridad, tecnología, usabilidad y que cualquier sistema puede cumplir ya que no se deben a funcionalidades patentadas, es decir no son exclusivas de un sistema, por lo que se solicita la demostración de las mismas.
Con respecto a lo manifestado sobre el screeam de Cuentas Patrimoniales en el modulo de patrimonio hemos verificado con el Departamento de Bienes Patrimoniales del Ministerio de Hacienda y dichos datos y formato se solicitan a los efectos de dar cumplimiento con el Decreto 20.132/03, Otras instituciones como el Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra INDERT, Secretaria Nacional de Calidad y Salud Animal SENACSA, Secretaría Nacional de Turismo SENATUR, Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE), entre otros, utilizan sistemas de gestión y administración internos para la presentación de los mismos ante el Ministerio de Hacienda.