Los ítems números 339, 340, y 342 del Grupo Aéreo de Helicópteros, se mencionan en la primera columna “condición” la sigla NE. Al final de la tabla se lee la condición “c) Los repuestos e insumos que figuran en la Condición Nuevo (Nuevo) deberán contar con su correspondiente Certificado de Originalidad del bien.”. Pero en el mercado no existen ninguno de estos repuestos en condición nueva.
Consultamos si es posible aceptar la condición “Overhaul Exchange”. Consistentemente con el ítem (a) donde dice “a) Al momento de su recepción en el GAAB, todos los repuestos a ser proveídos deberán contar con su Tarjeta de Aprobación de Aeronavegabilidad (Airworthiness Approval Tag, formulario FAA 8130-3 para piezas fabricadas o reparadas en USA) que garanticen la condición de aeronavegabilidad de los mismos.” Entonces en el mismo ítem (a) ya se permite la condición reparada.
Los ítems números 339, 340, y 342 del Grupo Aéreo de Helicópteros, se mencionan en la primera columna “condición” la sigla NE. Al final de la tabla se lee la condición “c) Los repuestos e insumos que figuran en la Condición Nuevo (Nuevo) deberán contar con su correspondiente Certificado de Originalidad del bien.”. Pero en el mercado no existen ninguno de estos repuestos en condición nueva.
Consultamos si es posible aceptar la condición “Overhaul Exchange”. Consistentemente con el ítem (a) donde dice “a) Al momento de su recepción en el GAAB, todos los repuestos a ser proveídos deberán contar con su Tarjeta de Aprobación de Aeronavegabilidad (Airworthiness Approval Tag, formulario FAA 8130-3 para piezas fabricadas o reparadas en USA) que garanticen la condición de aeronavegabilidad de los mismos.” Entonces en el mismo ítem (a) ya se permite la condición reparada.
La misma ha sido modificada en respuesta favorable a su solicitud mediante la Adenda Nº1 y la misma ya se encuentra publicada en el SICP.
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CONSULTA
En el PBC, Pagina 17, Plan de Entregas, se lee “• Plazo entrega final: 60 (sesenta) días corridos una vez recepcionada la Orden de servicio por el proveedor.”
Estando el país y el mundo en una situación de Emergencia Sanitaria, donde los vuelos de carga están postergados o cancelados, y siendo que el 100% de lo solicitado es importado y transportado vía aérea de diferentes partes del mundo, seria casi imposible cumplir con la entrega en dicho plazo. Entonces consultamos si el Plazo de Entrega puede ser extendido a 120 días calendario para hacerlo realista. El objetivo también es evitar que los oferentes dejen de presentarse por temor a no poder cumplir los plazos de entrega y entrar el litigio desnecesariamente por factores ajenos a su voluntad.
NO seria de buena fe presentar oferta en las condiciones de la aviación actual, y luego alegar fuerza mayor en busca de extender el plazo de entregas una vez teniendo el contrato firmado y a la convocante como compradora de buena fe. Por lo que es de buen criterio sincerar la situación.
En el PBC, Pagina 17, Plan de Entregas, se lee “• Plazo entrega final: 60 (sesenta) días corridos una vez recepcionada la Orden de servicio por el proveedor.”
Estando el país y el mundo en una situación de Emergencia Sanitaria, donde los vuelos de carga están postergados o cancelados, y siendo que el 100% de lo solicitado es importado y transportado vía aérea de diferentes partes del mundo, seria casi imposible cumplir con la entrega en dicho plazo. Entonces consultamos si el Plazo de Entrega puede ser extendido a 120 días calendario para hacerlo realista. El objetivo también es evitar que los oferentes dejen de presentarse por temor a no poder cumplir los plazos de entrega y entrar el litigio desnecesariamente por factores ajenos a su voluntad.
NO seria de buena fe presentar oferta en las condiciones de la aviación actual, y luego alegar fuerza mayor en busca de extender el plazo de entregas una vez teniendo el contrato firmado y a la convocante como compradora de buena fe. Por lo que es de buen criterio sincerar la situación.
El Oferente debe remitirse al Pliego de Bases y Condiciones, los plazos de entrega se encuentran planificada por cada Grupo Aéreo conforme a su calendario de inspección en concordancia con la planificación del Plan Financiero Institucional, amén de la situación de Emergencia Sanitaria declarada en nuestro país el cual utiliza al máximo los recursos Aéreos que dispone la FAP y la misma estaría adelantando las inspecciones programadas, por esa razón se hace imposible dar curso favorable a su solicitud
3
CONSULTA
En las “Observaciones”, a seguir del cuadro del listado de repuestos, se lee la siguiente condición:
“d) En caso de que el bien solicitado ya no existiera en el mercado con el Nº de Parte solicitado o el fabricante lo reemplace por un Nº de Parte Alternativo, el oferente adjudicado podrá solicitar la provisión del material con el Nº de Parte alternativo, el cual deberá contar con uno de los siguientes documentos: Packing List del Material, Certificado de Conformidad o Boletín Técnico Emitido por el Fabricante donde demuestre que el Nº de Parte alternativo corresponde al Nº de Parte solicitado, a fin de ser aceptado por la Convocante”.
El supuesto en esta cláusula, es que se pueda identificar la existencia del PN valido y correcto, y no habiendo disponibilidad del mismo en el fabricante, o si el mismo ha sido substituido por otro PN más nuevo o alternativo, sean estos últimos los cotizados y entregados.
Pero una gran cantidad de estos PN no existen en ningún sistema global de provisión de componentes. Es decir, se pueden dar cualquiera de las siguientes situaciones:
1) El PN es tan antiguo, extraído de un manual obsoleto, que el mismo fabricante no lo reconoce como valido ni registra como un componente que pueda tener un substituto.
2) El PN ha sido copiado equivocadamente en el PBC, incurriendo en un error de tipeo.
La lógica conclusión es que, si el PN no se puede identificar siquiera como valido, esto impida cotizar, y consecuentemente, impida siquiera proponer un PN alternativo. Listamos a seguir los ITEMS de PN que no existen en los sistemas de provisión de los fabricantes:
2;7;11;27;30;33;35;38;40;46;47;49;50;53;56;62;63;64;66;67;68;69;71;72;73;74;75;76;79;80;81;83;84;98;110;112;116;123;131;135;136;137;139;140;141;142;143;144;145;146;147;148;149; 150;151;154;156;157;158;159;162;163;167;169;170;171;172;173;174;175;176;177;178;179; 180;181;182;183;184;185;186;187;188;189;190;191;192;193;194;195;196;197;198;199;200; 201;208;211;228;229;230;232;233;259;260;261;262;267;268;271;272;273;274;275;276;277; 278;279;280;281;282;283;284;285;286;287;288;289;290;336;337;341.
La suma de los precios referenciales de estos PN asciende a G$ 3.561.714.101. Siendo este un llamado de G$ 6.204.932.685, implica que el 57,04% del llamado no es posible de cotizar. Es una cantidad muy importante de componentes, y es mas que la mitad del llamado. Lo cual torna muy relevante la consulta.
Consultamos si se pueden ejecutar algunas de las posibles alternativas de los PN no identificados:
1- Conferir los PN y actualizarlos para que puedan ser cotizados.
2- Incluir el IPC (Illustrated Parts Catalogue - Catalogo de Partes Ilustrado) marcando el PN solicitado.
3- Permitir visitas técnicas a las instalaciones para conferir los PN en los documentos técnicos y/o en la aeronave.
Todas las licitaciones usuales de las entidades de gobiernos identifican las aeronaves para las cuales se solicitan los repuestos.-
En las “Observaciones”, a seguir del cuadro del listado de repuestos, se lee la siguiente condición:
“d) En caso de que el bien solicitado ya no existiera en el mercado con el Nº de Parte solicitado o el fabricante lo reemplace por un Nº de Parte Alternativo, el oferente adjudicado podrá solicitar la provisión del material con el Nº de Parte alternativo, el cual deberá contar con uno de los siguientes documentos: Packing List del Material, Certificado de Conformidad o Boletín Técnico Emitido por el Fabricante donde demuestre que el Nº de Parte alternativo corresponde al Nº de Parte solicitado, a fin de ser aceptado por la Convocante”.
El supuesto en esta cláusula, es que se pueda identificar la existencia del PN valido y correcto, y no habiendo disponibilidad del mismo en el fabricante, o si el mismo ha sido substituido por otro PN más nuevo o alternativo, sean estos últimos los cotizados y entregados.
Pero una gran cantidad de estos PN no existen en ningún sistema global de provisión de componentes. Es decir, se pueden dar cualquiera de las siguientes situaciones:
1) El PN es tan antiguo, extraído de un manual obsoleto, que el mismo fabricante no lo reconoce como valido ni registra como un componente que pueda tener un substituto.
2) El PN ha sido copiado equivocadamente en el PBC, incurriendo en un error de tipeo.
La lógica conclusión es que, si el PN no se puede identificar siquiera como valido, esto impida cotizar, y consecuentemente, impida siquiera proponer un PN alternativo. Listamos a seguir los ITEMS de PN que no existen en los sistemas de provisión de los fabricantes:
2;7;11;27;30;33;35;38;40;46;47;49;50;53;56;62;63;64;66;67;68;69;71;72;73;74;75;76;79;80;81;83;84;98;110;112;116;123;131;135;136;137;139;140;141;142;143;144;145;146;147;148;149; 150;151;154;156;157;158;159;162;163;167;169;170;171;172;173;174;175;176;177;178;179; 180;181;182;183;184;185;186;187;188;189;190;191;192;193;194;195;196;197;198;199;200; 201;208;211;228;229;230;232;233;259;260;261;262;267;268;271;272;273;274;275;276;277; 278;279;280;281;282;283;284;285;286;287;288;289;290;336;337;341.
La suma de los precios referenciales de estos PN asciende a G$ 3.561.714.101. Siendo este un llamado de G$ 6.204.932.685, implica que el 57,04% del llamado no es posible de cotizar. Es una cantidad muy importante de componentes, y es mas que la mitad del llamado. Lo cual torna muy relevante la consulta.
Consultamos si se pueden ejecutar algunas de las posibles alternativas de los PN no identificados:
1- Conferir los PN y actualizarlos para que puedan ser cotizados.
2- Incluir el IPC (Illustrated Parts Catalogue - Catalogo de Partes Ilustrado) marcando el PN solicitado.
3- Permitir visitas técnicas a las instalaciones para conferir los PN en los documentos técnicos y/o en la aeronave.
Todas las licitaciones usuales de las entidades de gobiernos identifican las aeronaves para las cuales se solicitan los repuestos.-
El Oferente debe remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
Las Especificaciones Técnicas (N° de Partes) listadas en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) son correctas y están descriptas conforme a las Órdenes Técnicas emitidas por el Fabricante (O.T.-4/CATÁLOGO ILUSTRADO DE PARTES).
Los Números de Partes (PN) no fueron extraídos de un sistema global de provisión de componentes de procedencia y/o existencia dudosa, cuando refiere el Consultante "una gran cantidad de estos PN no existe en ningún sistema global de provisión de componentes", al contrario fueron extraídos de los O.T.-4/Catálogo Ilustrado de Partes emitidos por los fabricantes de cada una de las aeronaves que componen la flota de Aérea de la Fuerza Aérea Paraguaya (FAP).
Cabe destacar que desde hace años se sigue el mismo procedimiento para la adquisición de repuestos destinados a disponibilizar dichas aeronaves.
La afirmación hecha por el Consultante de que "El PN es tan antiguo, extraído de un manual obsoleto, que el mismo fabricante no lo reconoce como valido ni se registra como un componente que puede tener un sustituto", esta afirmación de que los Fabricantes "no reconocen" sus mismos Números de Partes, que ellos mismos han asignado a las piezas y componentes "por manuales obsoletos" a todas luces resulta totalmente ilógico y no se ajusta a la realidad.
Es bien sabido en el ámbito aeronáutico global que los Fabricantes llevan un registro histórico y continuado del N° de Parte que asignan a cada pieza, componente o repuesto producido, de igual forma, aun cuando cesan la fabricación de determinadas aeronaves (por retirarlos de la línea de producción a causa de emerger nuevos modelos más modernos), estos fabricantes aprueban la inclusión de repuestos alternativos rectificados (overhauled) o remanufacturados (refurnished) hecho que hace posible la operación de aeronaves de mayor data dentro de cualquier Fuerza Aérea del mundo; por lo tanto, la afirmación hecha por el Consultante puede hacer presumir una mañosa búsqueda dirigida a enredar y confundir el normal desarrollo de este proceso licitatorio.
En cuanto a la posibilidad que plantea la consulta que los PN han sido copiados equívocamente, esta Unidad Operativa de Contrataciones ha solicitado a las diferentes Unidades Operadoras de las aeronaves objeto del llamado, la rectificación o ratificación de los Números de Partes involucrados en el presente llamado.
Las Unidades Operadoras han ratificado que los Números de Partes fueron extraídos por Personal Técnico del O.T.-4/CATALOGO ILUSTRADO DE PARTES y son las consignadas en forma correcta en el PBC.
A modo de esclarecer mejor, tomamos como ejemplo un ítem que el Consultante afirma que "no se encuentra en el SISTEMA GLOBAL DE PROVISIÓN DE COMPONENTES": el Ítem 279 - SELLANTE EN POTE 1422 B 1/2 E.
Este mismo ítem puede ser hallado en procesos licitatorios anteriores llevados a cabo por esta Convocante, conforme el cuadro comparativo de precios de los siguientes llamados:
- Año 2017 ID N° 323.068: Aerocentro S.A. y Transcenter S.R.L.
- Año 2018 ID N° 339.224: Helitáctica S.A. y Aerocentro S.A.
- Año 2019 ID N° 364.491: Helitáctica S.A. y Skywalker Parts
Este breve ejemplo, muestra que las citadas Empresas han cotizado en tres años consecutivos (2017, 2018 y 2019) el "Ítem 279 - Sellante en Pote 1422 B 1/2 E". Lo que motiva a presumir una muy débil capacidad técnica en la búsqueda, manejo y administración de nomenclaturas en sistemas globales de abastecimiento de los números de partes de las aeronaves objeto del llamado por parte del Consultante.
Igualmente, un Número de Parte (Part Number, P/N): es el Código identificatorio individual del material aeronáutico, es un identificador único establecido por cada Fabricante conforme el Catálogo de Partes emitido por el mismo; estos números permiten la identificación específica del bien para prevenir equívocos.
Por otro lado, tampoco debe confundirse con el Número de Serie (Serial Number, S/N): que son también códigos utilizados en el Sistema de Abastecimiento para diferenciar los materiales que tienen un mismo Número de Parte y que en la generalidad de los casos lo establece el mismo Fabricante, usualmente los materiales Reparables (On Condition) y los Ítems Controlados (materiales bajo monitoreo de control que al cumplir determinadas horas de vuelo o funcionamiento son sometidos a reparación) son los que utilizan estos códigos para una identificación y control más específico del bien.
Tanto los fabricantes, representantes de los fabricantes, centros de mantenimiento y reparación, los operadores de aeronaves, el personal técnico de mantenimiento, el personal técnico de abastecimiento, al igual que los proveedores responsables e idóneos dedicados a este ramo, están familiarizados con los N° de Parte al igual que con los Nº de Serie.
A modo de ejemplo, se señala cómo se puede leer correctamente un N° de Parte:
- SELLANTE EN POTE (descripción) 1422 (número de parte consignado por el fabricante) B (a qué tipo de sistema es aplicable)1/2 E (tamaño del pote solicitado).
Adicionalmente, en referencia a los tipos de aeronaves involucrados en el PBC la lista de repuestos pertenecientes a dichas aeronaves (de ala fija y rotativa respectivamente), se encuentra dividida por Grupos Aéreos (Unidades Operadoras) del modo siguiente:
- Grupo de Transporte Aéreo (GTA): Aviocar C-212 400, Aviocar C-212 200, Twin Otter DHC-6
- Grupo Aéreo de Instrucción (GAI): Pillán T-35 Pillán
- Grupo Aéreo de Transporte Especial (GATE): Cessna 206, Cessna 402
- Grupo Aéreo de Helicópteros (GAH): Huey UH-1H
4
CONSULTA
En referencia al PBC Pagina 8, “(B) Experiencia y Capacidad Técnica”: El Oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de experiencia: 1. Copias de Contratos y/o Facturas de provisiones de Repuestos Mayores para Aeronaves autenticado por escribanía con entidades públicas y/o privadas, con los cuales demuestren su experiencia, que deberá ser de tres (3) años (2017, 2018 y, 2019) (el promedio de la sumatoria de los contratos y/o facturas deberá ser igual o superior al 50% del monto total de la oferta), pudiendo los potenciales oferentes presentar la cantidad de documentos necesarios para obtener el porcentaje requerido por la convocante siempre que los mismos sean ejecutados en los años solicitados como mínimo 01 Contrato y/o Factura por año.
Durante el periodo 2017 al 2019, en el historial de los llamados de la FAP en el rubro de repuestos mayores, se identifican 22 llamados, cuya suma de adjudicaciones asciende al total de GS. 39.616.544.639 (esta información verificada desde el portal de la DNCP).
Del total de este historial, las adjudicaciones fueron otorgadas de la siguiente manera a los diferentes proveedores:
Rogelio Alejo Ferreira: Gs 29.897.018.400 en porcentaje 75.47% ; en los años 2019,2018 y 2017
Aerocentro: Gs. 7.239.738.274 en porcentaje 18.27 %; en los años 2019, 2018 y 2017
Helitactica SA: Gs. 587.910.052 en porcentaje 1.48 %; en los años 2019, 2018 y 2017
Marcial Colman : Gs. 347.000.000 en porcentaje 0.88 %; solo en el año 2018
Aeromont SRL: Gs. 301.877.913 en porcentaje 0.76 %; solo en el año 2019
CIE SA: Gs. 43.000.000 en porcentaje 0.11 %; en los años 2018 y 2019
Aerorectic SRL : Gs. 1.200.000.000 en porcentaje 3.03%; solo en el año 2017.
Las condiciones restrictivas de “(B) Experiencia y Capacidad Técnica” eliminan directamente a varios proveedores.
Primera condicion: La condición de como mínimo 01 contrayo y/o factura por año; elimina la posibilidad de que los siguientes proveedores puedan cotizar: Aeromont, CIE SA, Marcial Colman y AERORECTIC SRL. Entonces los unidos proveedores que pasan a estar autorizados a cotizar son solamente 3 (tres): Rogelio Alejo Ferreira, Aerocentro, Helitactica SA.
Segunda Condicion: La condicion que exige "el promedio de la sumatoria de los contratos y/o facturas deberá ser igual o superior al 50% del monto total de la oferta” teniendo en cuenta el total de las adjudicaciones de los 3 proveedores que siguen en competencia;
• Aerocentro con Gs. 1.809.934.569 (calculo hecho según la condición requerida), pues cuenta con 8 contratos. El calculo es el resultante de dividir G$ 7.239.738.274 en 8 contratos.
• Rogelio Ferreira con Gs. 4.271.002.629 (calculo hecho según la condición requerida), pues cuenta con 14 contratos. El calculo es el resultante de dividir G$ 29.897.018.400 en 8 contratos.
• Helitactica con Gs. 391.940.035 (calculo hecho según la condición requerida), pues cuenta con 3 contratos. El calculo es el resultante de dividir G$ 587.910.052 dividido 3 contratos.
La sumatoria de estas posibles ofertas da un total de GS: 6.472.877.232, entonces se puede concluir que:
1) Concentración en un solo proveedor: Se observa una concentración desproporcional en las compras en un solo proveedor, con el 75,47% (SETENTA Y CINCO COMA CUARENTA Y SIETE POR CIENTO) de las adjudicaciones realizadas en los últimos 3 (tres) años. Esto evidencia una obvia falta de competitividad en el proceso de compras de la FAP. Esta concentracion se promueve e incentiva en este llamado.
2) Con una condición se eliminan 4 de los 7 oferentes. Dejando solamente a competir a Aerocentro, Helitactica, y al proveedor de preferencia que ya ha acumulado gran parte de las ventas.
3) Gran parte del llamado quedaría desierto: Pues para que se pueda adjudicar por completo este llamado, cada oferente debe de cotizar un item diferente, y cotizarlo dentro del precio referencial. La unica forma de que esta alternativa ocurra, es que diera el caso de un alevoso contubernio entre los mismos. De existir una competencia limpia, gran parte del llamado no podria ser adjudicado, quedando la FAP sin gran parte de los items que requiere.
Todo esto asumiendo que el proceso de evaluacion de oferta se de dentro de la legalidad, respetando lo dispuesto en el PBC.
Consultamos:
Es posible adendar dicha cláusula de la siguiente forma:
Donde dice:
El Oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de experiencia: 1. Copias de Contratos y/o Facturas de provisiones de Repuestos Mayores para Aeronaves autenticado por escribanía con entidades públicas y/o privadas, con los cuales demuestren su experiencia, que deberá ser de tres (3) años (2017, 2018 y, 2019) (el promedio de la sumatoria de los contratos y/o facturas deberá ser igual o superior al 50% del monto total de la oferta), pudiendo los potenciales oferentes presentar la cantidad de documentos necesarios para obtener el porcentaje requerido por la convocante siempre que los mismos sean ejecutados en los años solicitados como mínimo 01 Contrato y/o Factura por año.
Puede decir:
El Oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de experiencia: 1. Copias de Contratos y/o Facturas de provisiones de repuestos y/o reparaciones de aeronaves autenticado por escribanía con entidades públicas y/o privadas, con los cuales demuestren su experiencia, que deberá ser de al menos tres (3) años (2017, 2018 y, 2019) (la sumatoria de los contratos y/o facturas en el periodo 2017-2019 deberá ser igual o superior al 50% del monto total de la oferta), pudiendo los potenciales oferentes presentar la cantidad de documentos necesarios para obtener el porcentaje requerido por la convocante siempre que los mismos sean ejecutados en los años solicitados como mínimo 01 Contrato y/o Factura por año.
Objetivo:
El objetivo de dicha consulta es permitir que mas oferentes puedan legítimamente competir en este llamado publico y así la FAP tendría una mayor base de oferentes. También es para evitar una protesta que demoraría la ejecución del llamado.
En referencia al PBC Pagina 8, “(B) Experiencia y Capacidad Técnica”: El Oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de experiencia: 1. Copias de Contratos y/o Facturas de provisiones de Repuestos Mayores para Aeronaves autenticado por escribanía con entidades públicas y/o privadas, con los cuales demuestren su experiencia, que deberá ser de tres (3) años (2017, 2018 y, 2019) (el promedio de la sumatoria de los contratos y/o facturas deberá ser igual o superior al 50% del monto total de la oferta), pudiendo los potenciales oferentes presentar la cantidad de documentos necesarios para obtener el porcentaje requerido por la convocante siempre que los mismos sean ejecutados en los años solicitados como mínimo 01 Contrato y/o Factura por año.
Durante el periodo 2017 al 2019, en el historial de los llamados de la FAP en el rubro de repuestos mayores, se identifican 22 llamados, cuya suma de adjudicaciones asciende al total de GS. 39.616.544.639 (esta información verificada desde el portal de la DNCP).
Del total de este historial, las adjudicaciones fueron otorgadas de la siguiente manera a los diferentes proveedores:
Rogelio Alejo Ferreira: Gs 29.897.018.400 en porcentaje 75.47% ; en los años 2019,2018 y 2017
Aerocentro: Gs. 7.239.738.274 en porcentaje 18.27 %; en los años 2019, 2018 y 2017
Helitactica SA: Gs. 587.910.052 en porcentaje 1.48 %; en los años 2019, 2018 y 2017
Marcial Colman : Gs. 347.000.000 en porcentaje 0.88 %; solo en el año 2018
Aeromont SRL: Gs. 301.877.913 en porcentaje 0.76 %; solo en el año 2019
CIE SA: Gs. 43.000.000 en porcentaje 0.11 %; en los años 2018 y 2019
Aerorectic SRL : Gs. 1.200.000.000 en porcentaje 3.03%; solo en el año 2017.
Las condiciones restrictivas de “(B) Experiencia y Capacidad Técnica” eliminan directamente a varios proveedores.
Primera condicion: La condición de como mínimo 01 contrayo y/o factura por año; elimina la posibilidad de que los siguientes proveedores puedan cotizar: Aeromont, CIE SA, Marcial Colman y AERORECTIC SRL. Entonces los unidos proveedores que pasan a estar autorizados a cotizar son solamente 3 (tres): Rogelio Alejo Ferreira, Aerocentro, Helitactica SA.
Segunda Condicion: La condicion que exige "el promedio de la sumatoria de los contratos y/o facturas deberá ser igual o superior al 50% del monto total de la oferta” teniendo en cuenta el total de las adjudicaciones de los 3 proveedores que siguen en competencia;
• Aerocentro con Gs. 1.809.934.569 (calculo hecho según la condición requerida), pues cuenta con 8 contratos. El calculo es el resultante de dividir G$ 7.239.738.274 en 8 contratos.
• Rogelio Ferreira con Gs. 4.271.002.629 (calculo hecho según la condición requerida), pues cuenta con 14 contratos. El calculo es el resultante de dividir G$ 29.897.018.400 en 8 contratos.
• Helitactica con Gs. 391.940.035 (calculo hecho según la condición requerida), pues cuenta con 3 contratos. El calculo es el resultante de dividir G$ 587.910.052 dividido 3 contratos.
La sumatoria de estas posibles ofertas da un total de GS: 6.472.877.232, entonces se puede concluir que:
1) Concentración en un solo proveedor: Se observa una concentración desproporcional en las compras en un solo proveedor, con el 75,47% (SETENTA Y CINCO COMA CUARENTA Y SIETE POR CIENTO) de las adjudicaciones realizadas en los últimos 3 (tres) años. Esto evidencia una obvia falta de competitividad en el proceso de compras de la FAP. Esta concentracion se promueve e incentiva en este llamado.
2) Con una condición se eliminan 4 de los 7 oferentes. Dejando solamente a competir a Aerocentro, Helitactica, y al proveedor de preferencia que ya ha acumulado gran parte de las ventas.
3) Gran parte del llamado quedaría desierto: Pues para que se pueda adjudicar por completo este llamado, cada oferente debe de cotizar un item diferente, y cotizarlo dentro del precio referencial. La unica forma de que esta alternativa ocurra, es que diera el caso de un alevoso contubernio entre los mismos. De existir una competencia limpia, gran parte del llamado no podria ser adjudicado, quedando la FAP sin gran parte de los items que requiere.
Todo esto asumiendo que el proceso de evaluacion de oferta se de dentro de la legalidad, respetando lo dispuesto en el PBC.
Consultamos:
Es posible adendar dicha cláusula de la siguiente forma:
Donde dice:
El Oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de experiencia: 1. Copias de Contratos y/o Facturas de provisiones de Repuestos Mayores para Aeronaves autenticado por escribanía con entidades públicas y/o privadas, con los cuales demuestren su experiencia, que deberá ser de tres (3) años (2017, 2018 y, 2019) (el promedio de la sumatoria de los contratos y/o facturas deberá ser igual o superior al 50% del monto total de la oferta), pudiendo los potenciales oferentes presentar la cantidad de documentos necesarios para obtener el porcentaje requerido por la convocante siempre que los mismos sean ejecutados en los años solicitados como mínimo 01 Contrato y/o Factura por año.
Puede decir:
El Oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de experiencia: 1. Copias de Contratos y/o Facturas de provisiones de repuestos y/o reparaciones de aeronaves autenticado por escribanía con entidades públicas y/o privadas, con los cuales demuestren su experiencia, que deberá ser de al menos tres (3) años (2017, 2018 y, 2019) (la sumatoria de los contratos y/o facturas en el periodo 2017-2019 deberá ser igual o superior al 50% del monto total de la oferta), pudiendo los potenciales oferentes presentar la cantidad de documentos necesarios para obtener el porcentaje requerido por la convocante siempre que los mismos sean ejecutados en los años solicitados como mínimo 01 Contrato y/o Factura por año.
Objetivo:
El objetivo de dicha consulta es permitir que mas oferentes puedan legítimamente competir en este llamado publico y así la FAP tendría una mayor base de oferentes. También es para evitar una protesta que demoraría la ejecución del llamado.
Esta Convocante niega enérgicamente ejercer cualquier tipo de favoritismo con respecto a ningún Oferente y desmiente categóricamente la afirmación del Consultante acerca de tener una intención de eliminar de una competencia justa a cualquier potencial Oferente, al tiempo de considerar como temerarias y alevosas las afirmaciones vertidas por el mismo.
Los datos estadísticos señalados en la consulta están distorsionados hasta se puede presumir una solapada intención de enmarañar, fingiendo que proporciona supuestos datos estadísticos pertenecientes a provisiones exclusivas de repuestos aeronáuticos a la Fuerza Aérea Paraguaya.
Esto se desglosa luego de un análisis minucioso a los datos estadísticos proporcionados por el Consultante para alcanzar los montos resultantes de los cálculos señalados en la consulta y que supuestamente corresponden a los periodos (años 2017, 2018, 2019).
Para intentar alcanzar el monto total mencionado en dicha consulta, se tendrían que sumar diferentes Objetos de Gastos 240, 390, 530, 550 y 590 que a su vez pertenecen a diferentes Categorías (esto implica una variada gama de Bienes y Servicios Aeronáuticos). El Consultante asevera que el monto total resultante de sus cálculos corresponde a la adquisición de repuestos aeronáuticos, hecho falso y totalmente fuera de contexto real, pues asocia y/o mezcla con intenciones poco claras Objetos de Gastos y Categorías, que se tienen en cuenta para comprobar la Experiencia y Capacidad Técnica de los Llamados tanto de provisión de Bienes y como de Servicios.
Con respecto a lo que sugiere el Consultante de que "...El Oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de experiencia: 1. Copias de Contratos y / o Facturas de provisiones de repuestos y / o reparaciones de aeronaves...". Cabe señalar que este proceso licitatorio está destinado a la adquisición de Bienes en el Objeto de Gasto 550 Equipos Militares y de Seguridad, por lo tanto, no corresponde solicitar la inclusión de Experiencia y Capacidad Técnica en "Servicios" siendo que estos corresponden a una Categoría de naturaleza totalmente distinta a la de los Bienes.
En la consulta se puede observar que se realiza un ejemplo errado sumando los montos totales de cada contrato dividiendo por la misma cantidad de contratos, obteniendo de esa manera un promedio. Sin embargo, la aplicación correcta debe ser la sumatoria de los montos de los contratos/facturas con Entidades Públicas y Privadas para luego dividir la suma resultante por la cantidad de años solicitados (en este caso 3 años).
En ningún caso y bajo ninguna circunstancia, se elimina de competencia a ningún potencial Oferente con la Capacidad Legal, Financiera, Capacidad Técnica y Experiencia que opere en el ramo de provisión de Bienes. Según la aventurera aseveración hecha por el Consultante, este entredicho solo hace referencia a los contratos con la FAP, siendo que todos los contratos de provisión de repuestos aeronáuticos con el Estado y todas las facturaciones con instituciones privadas son válidas para ser presentadas y cumplir con el requisito de Experiencia y Capacidad Técnica solicitado en el PBC.
Los años solicitados en este Criterio de Evaluación son de carácter estándar en los llamados que realiza esta Unidad Operativa de Contrataciones, si se modificara este criterio, se estaría brindando condiciones más ventajosas para determinados participantes y restrictivas con respecto a otros, es más, se considera inclusive factible la exigencia de experiencia especifica de un determinado tipo de adquisición, principalmente cuando este sea de alta complejidad.
Si bien, esta Convocante considera necesario aclarar el hecho de que los bienes destinados a aeronaves de uso militar son de alta exigencia técnica. Es por demás pertinente, razonable y un deber de la Convocante, exigir entre otras cosas, la evidencia de experiencia previa en años no remotos del Oferente, específicamente para la provisión de los Bienes objeto del presente llamado, a fin de poder evaluar adecuadamente la oferta y contar posteriormente con proveedores de probada capacidad que cumplan fehacientemente con los requisitos exigidos durante la ejecución de los contratos.
Esta Convocante reconoce que la protesta como un derecho de todo potencial Oferente y una herramienta válida al verse realmente lesionado en su legítimo derecho. Pero, cuando el Consultante manifesta que "es para evitar una protesta que demoraría la ejecución del llamado" y los argumentos que ha esgrimido están tirados de los pelos, se puede intuir una advertencia con artera intención de influenciar a la Convocante, como sugiriendo que si no se accediese a su pedido presentaría una protesta para demorar la ejecución del llamado.
Por todo lo mencionado el Consultante deberá de remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.