ACLARACION: En la Sección III Requisitos de los bienes y serviciois requeridos se indica una cantidad máxima de 1200 FUNCIONARIOS / GRUPO FAMILIAR y en la misma Sección dice Beneficiarios: Funcionario/a ( permanente y contratado ) de la Direccion Nacional de Aduana 1228 funcionarios.
Se solicita aclaración de cual es , en definitiva, la cantidad máxima de funcionarios.
ACLARACION: En la Sección III Requisitos de los bienes y serviciois requeridos se indica una cantidad máxima de 1200 FUNCIONARIOS / GRUPO FAMILIAR y en la misma Sección dice Beneficiarios: Funcionario/a ( permanente y contratado ) de la Direccion Nacional de Aduana 1228 funcionarios.
Se solicita aclaración de cual es , en definitiva, la cantidad máxima de funcionarios.
PREGUNTA : Nivel de Categorización: es correcta la interpretación que se debe presentar 4 establecimientos de la categoría correspondiente al Nivel 3 y 2 establecimientos de la categoría correspondiste al Nivel 2.
PREGUNTA : Nivel de Categorización: es correcta la interpretación que se debe presentar 4 establecimientos de la categoría correspondiente al Nivel 3 y 2 establecimientos de la categoría correspondiste al Nivel 2.
ACLARACION : Cobertura requerida para el Interior: en la localidad de Salto del Guaira no existe ningún centro asistencial privado y en la localidad de Pilar según el registro de la Superintendencia de Salud no existe ningún centro asistencial con la categoría correspondiente al Nivel 1.
ACLARACION : Cobertura requerida para el Interior: en la localidad de Salto del Guaira no existe ningún centro asistencial privado y en la localidad de Pilar según el registro de la Superintendencia de Salud no existe ningún centro asistencial con la categoría correspondiente al Nivel 1.
Pregunta. Cobertura en el Interior: ¿es correcta la interpretación que se debe ofrecer como mínimo 1(un) centro asistencial con cobertura integral en las localidades que exige el Pliego de Bases y Condiciones?
Pregunta. Cobertura en el Interior: ¿es correcta la interpretación que se debe ofrecer como mínimo 1(un) centro asistencial con cobertura integral en las localidades que exige el Pliego de Bases y Condiciones?
Remitirse al Punto K) CENTROS ASISTENCIALES EN EL INTERIOR DEL PAÍS (Adenda N° 1).
5
REEMBOLSO
Pregunta : Reembolso: ¿es correcta la interpretación que el monto a reembolsar por concepto de consultas realizadas con profesionales que no tienen contrato con la prestadora de servicio es hasta la suma de guaraníes cien mil (100.000), por consulta?
Pregunta : Reembolso: ¿es correcta la interpretación que el monto a reembolsar por concepto de consultas realizadas con profesionales que no tienen contrato con la prestadora de servicio es hasta la suma de guaraníes cien mil (100.000), por consulta?
6) Es correcta la interpretación que la experiencia a demostrar deberá ser por un monto equivalente al 70% , por cada uno de los tres últimos años ( 2016,2017 y 2018) y la cantidad de titulares sea igual o superior al presente llamado?
6) Es correcta la interpretación que la experiencia a demostrar deberá ser por un monto equivalente al 70% , por cada uno de los tres últimos años ( 2016,2017 y 2018) y la cantidad de titulares sea igual o superior al presente llamado?
En la Sección III pag 13 literal I) Otros servicios cubiertos integralmente en el ítem Internaciones y Servicios de Guardia en un párrafo dice: Todos los servicios contemplados en el contrato podrán ser realizados, en los centros habilitados por el oferente , sean de internación o no, a libre elección del beneficiario.
Esta disposición es claramente contradictoria con la que dice en Sección III Pag 10 COBERTURA que dice: ..Además se incluirá la libre elección de profesionales y servicios sanatoriales para Capital e Interior ( consultas , urgencias, emergencias), de conformidad al listado proveído por la contratada.
A su vez en la Sección III Pag 16 numeral 1) ANEXO DE MEDICINA POR IMÁGENES: Las cantidades establecidas serán por año- contrato hasta 3 ( tres) estudios a elección del asegurado, a partir del 4to ( cuarto) estudios corresponderá a la aseguradora derivar a cualquiera de las Instituciones ofrecidas en la oferta , en caso de así entenderlo conveniente , para una mejor ejecución del servicio requerido por el funcionario o por los beneficiarios de los mismos. Estas cantidades son para servicios ambulatorios y en la Sección III Pag 20 numeral 2 : ANEXO DE ESTUDIOS LABORATORIALES: Las cantidades establecidas según por año-contrato, hasta 5 ( cinco ) ordenes a elección del asegurado, a partir de la 6ta ( sexta) orden . corresponderá a la aseguradora derivar a cualquiera de las Instituciones ofrecidas en la oferta , en caso de así entenderlo conveniente , para una mejor ejecución del servicio requerido por el funcionario o por los beneficiarios de los mismos. Estas cantidades son para servicios ambulatorios
Es imprescindible aclaración sobre este punto .
En la Sección III pag 13 literal I) Otros servicios cubiertos integralmente en el ítem Internaciones y Servicios de Guardia en un párrafo dice: Todos los servicios contemplados en el contrato podrán ser realizados, en los centros habilitados por el oferente , sean de internación o no, a libre elección del beneficiario.
Esta disposición es claramente contradictoria con la que dice en Sección III Pag 10 COBERTURA que dice: ..Además se incluirá la libre elección de profesionales y servicios sanatoriales para Capital e Interior ( consultas , urgencias, emergencias), de conformidad al listado proveído por la contratada.
A su vez en la Sección III Pag 16 numeral 1) ANEXO DE MEDICINA POR IMÁGENES: Las cantidades establecidas serán por año- contrato hasta 3 ( tres) estudios a elección del asegurado, a partir del 4to ( cuarto) estudios corresponderá a la aseguradora derivar a cualquiera de las Instituciones ofrecidas en la oferta , en caso de así entenderlo conveniente , para una mejor ejecución del servicio requerido por el funcionario o por los beneficiarios de los mismos. Estas cantidades son para servicios ambulatorios y en la Sección III Pag 20 numeral 2 : ANEXO DE ESTUDIOS LABORATORIALES: Las cantidades establecidas según por año-contrato, hasta 5 ( cinco ) ordenes a elección del asegurado, a partir de la 6ta ( sexta) orden . corresponderá a la aseguradora derivar a cualquiera de las Instituciones ofrecidas en la oferta , en caso de así entenderlo conveniente , para una mejor ejecución del servicio requerido por el funcionario o por los beneficiarios de los mismos. Estas cantidades son para servicios ambulatorios
Es imprescindible aclaración sobre este punto .