En la adenda nro 02, SECCIÓN III. SUMINISTROS REQUERIDOS, ítem 1 servidor, almacenamiento interno, solicitan:
En la adenda nro 02, SECCIÓN III. SUMINISTROS REQUERIDOS, ítem 1 servidor, almacenamiento interno, solicitan:
El equipo deberá contar con 2 discos SSD M2 240GB SATA y para futuras ampliaciones 1(una) ranura M2 adicional
Solicitamos respetuosamente a la convocante que puedan ser aceptados modelos de servidores que cuenten con 2 discos SS M2 240GB SATA y que la ranura M2 adicional sea considerada como OPCIONAL ya que el mismo es el estándar de la industria puesto que los 3 principales fabricantes a nivel mundial de este tipo de equipamientos se basan en esa cantidad de ranuras M2 ya que los mismos son utilizados exclusivamente en configuración RAID 1 para el booteo de los sistemas operativos instalados en los equipos, con esto se garantiza claramente la protección de los sistemas críticos a ser instalados en los mismos con lo cual se cumple a cabalidad el funcionamiento técnico deseado para este tipo de equipamientos, de esta manera se permitirá la mayor participación de potenciales oferentes en beneficio de la convocante. Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia en cumplimiento al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: “…Las especificaciones técnicas (…) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
31-05-2020
19-06-2020
En la adenda nro 02, SECCIÓN III. SUMINISTROS REQUERIDOS, ítem 1 servidor, almacenamiento interno, solicitan:
En la adenda nro 02, SECCIÓN III. SUMINISTROS REQUERIDOS, ítem 1 servidor, almacenamiento interno, solicitan:
El equipo deberá contar con 2 discos SSD M2 240GB SATA y para futuras ampliaciones 1(una) ranura M2 adicional
Solicitamos respetuosamente a la convocante que puedan ser aceptados modelos de servidores que cuenten con 2 discos SS M2 240GB SATA y que la ranura M2 adicional sea considerada como OPCIONAL ya que el mismo es el estándar de la industria puesto que los 3 principales fabricantes a nivel mundial de este tipo de equipamientos se basan en esa cantidad de ranuras M2 ya que los mismos son utilizados exclusivamente en configuración RAID 1 para el booteo de los sistemas operativos instalados en los equipos, con esto se garantiza claramente la protección de los sistemas críticos a ser instalados en los mismos con lo cual se cumple a cabalidad el funcionamiento técnico deseado para este tipo de equipamientos, de esta manera se permitirá la mayor participación de potenciales oferentes en beneficio de la convocante. Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia en cumplimiento al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: “…Las especificaciones técnicas (…) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
En la adenda nro 02, SECCIÓN III. SUMINISTROS REQUERIDOS, ítem 1 servidor, capacidad de memoria RAM, solicitan:
En la adenda nro 02, SECCIÓN III. SUMINISTROS REQUERIDOS, ítem 1 servidor, capacidad de memoria RAM, solicitan:
64GB DDR4 2933 Mhz instalado con capacidad de crecimiento hasta 1,5TB. Al menos 6 slots de memoria deben quedar libres para futuras expansiones y con capacidad de hasta 256GB por modulo.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que puedan ser aceptados modelos de servidores que cuenten con 64GB DDR4 2933 MHz de memoria RAM instalada con capacidad de crecimiento hasta 1TB. Al menos 6 slots de memoria quedarán libres para futuras expansiones considerando que por el porte de equipo solicitado esta es la capacidad de crecimiento en memoria RAM de la mayoría de los principales fabricante de servidores a nivel mundial, de esta manera se permitirá la mayor participación de potenciales oferentes en beneficio de la convocante. Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia en cumplimiento al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: “…Las especificaciones técnicas (…) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
31-05-2020
19-06-2020
En la adenda nro 02, SECCIÓN III. SUMINISTROS REQUERIDOS, ítem 1 servidor, capacidad de memoria RAM, solicitan:
En la adenda nro 02, SECCIÓN III. SUMINISTROS REQUERIDOS, ítem 1 servidor, capacidad de memoria RAM, solicitan:
64GB DDR4 2933 Mhz instalado con capacidad de crecimiento hasta 1,5TB. Al menos 6 slots de memoria deben quedar libres para futuras expansiones y con capacidad de hasta 256GB por modulo.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que puedan ser aceptados modelos de servidores que cuenten con 64GB DDR4 2933 MHz de memoria RAM instalada con capacidad de crecimiento hasta 1TB. Al menos 6 slots de memoria quedarán libres para futuras expansiones considerando que por el porte de equipo solicitado esta es la capacidad de crecimiento en memoria RAM de la mayoría de los principales fabricante de servidores a nivel mundial, de esta manera se permitirá la mayor participación de potenciales oferentes en beneficio de la convocante. Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia en cumplimiento al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: “…Las especificaciones técnicas (…) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
En la adenda nro 02, SECCIÓN III. SUMINISTROS REQUERIDOS, ítem 1 servidor, fuente de alimentación, solicitan:
En la adenda nro 02, SECCIÓN III. SUMINISTROS REQUERIDOS, ítem 1 servidor, fuente de alimentación, solicitan:
Fuentes de poder: alimentación redundante de 650W hot swap (mínimo)
Solicitamos respetuosamente a la convocante que puedan ser aceptados modelos de servidores que cuenten con alimentacion redundante desde 550W hot swap como minimo ya que cada fabricante desarrolla las fuentes de alimentacion optimizadas de acuerdo al porte de servidor solicitado además las mismas poseen certificación energética con lo cual la convocante tendrá beneficios en lo que respecta al ahorro energético por estos equipos, cabe resaltar que dichas fuentes están preparadas para soportar la máxima carga del equipo inclusive, de esta manera se permitirá la mayor participación de potenciales oferentes en beneficio de la convocante. Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia en cumplimiento al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: “…Las especificaciones técnicas (…) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
31-05-2020
19-06-2020
En la adenda nro 02, SECCIÓN III. SUMINISTROS REQUERIDOS, ítem 1 servidor, fuente de alimentación, solicitan:
En la adenda nro 02, SECCIÓN III. SUMINISTROS REQUERIDOS, ítem 1 servidor, fuente de alimentación, solicitan:
Fuentes de poder: alimentación redundante de 650W hot swap (mínimo)
Solicitamos respetuosamente a la convocante que puedan ser aceptados modelos de servidores que cuenten con alimentacion redundante desde 550W hot swap como minimo ya que cada fabricante desarrolla las fuentes de alimentacion optimizadas de acuerdo al porte de servidor solicitado además las mismas poseen certificación energética con lo cual la convocante tendrá beneficios en lo que respecta al ahorro energético por estos equipos, cabe resaltar que dichas fuentes están preparadas para soportar la máxima carga del equipo inclusive, de esta manera se permitirá la mayor participación de potenciales oferentes en beneficio de la convocante. Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia en cumplimiento al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: “…Las especificaciones técnicas (…) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
En Almacenamiento Interno, donde dice "El equipo deberá contar con 2 discos SSD M.2 240G SATA y para futuras ampliaciones 1(una) ranura M.2 adicional. Solicitamos respetuosamente que sean aceptados equipos con solo dos ranuras M.2, ya que para el propósito de este tipo de discos con esto es suficiente, ademas de esto, ninguna de las marcas renombradas como HPE, Cisco, Dell y Lenovo cuentan con esta cantidad de ranuras, con lo cual se limita la participación unicamente a la marca Supermicro.
En Almacenamiento Interno, donde dice "El equipo deberá contar con 2 discos SSD M.2 240G SATA y para futuras ampliaciones 1(una) ranura M.2 adicional. Solicitamos respetuosamente que sean aceptados equipos con solo dos ranuras M.2, ya que para el propósito de este tipo de discos con esto es suficiente, ademas de esto, ninguna de las marcas renombradas como HPE, Cisco, Dell y Lenovo cuentan con esta cantidad de ranuras, con lo cual se limita la participación unicamente a la marca Supermicro.
Donde dice "El equipo deberá contar con 2 discos SSD M.2 240G SATA y para futuras ampliaciones 1(una) ranura M.2 adicional. Solicitamos respetuosamente que sean aceptados equipos con solo dos ranuras M.2, ya que para el propósito de este tipo de discos con esto es suficiente, ademas de esto, ninguna de las marcas renombradas como HPE, Cisco, Dell y Lenovo cuentan con esta cantidad de ranuras, con lo cual se limita la participación unicamente a la marca Supermicro.
Donde dice "El equipo deberá contar con 2 discos SSD M.2 240G SATA y para futuras ampliaciones 1(una) ranura M.2 adicional. Solicitamos respetuosamente que sean aceptados equipos con solo dos ranuras M.2, ya que para el propósito de este tipo de discos con esto es suficiente, ademas de esto, ninguna de las marcas renombradas como HPE, Cisco, Dell y Lenovo cuentan con esta cantidad de ranuras, con lo cual se limita la participación unicamente a la marca Supermicro.
Donde dice "ISO 13485:2016" solicitamos favor aclarar si todos los equipos existentes en las salas donde estaran ubicados los servidores cuentan con dicha ISO, ya que de no ser asi, este requisito es innecesario por no cumplirse la normativa en todo el equipamiento.
Donde dice "ISO 13485:2016" solicitamos favor aclarar si todos los equipos existentes en las salas donde estaran ubicados los servidores cuentan con dicha ISO, ya que de no ser asi, este requisito es innecesario por no cumplirse la normativa en todo el equipamiento.
En Certificaciones, donde dice "ISO 13485:2016" solicitamos respetuosamente considerar este punto opcional, ya que con el mismo se limita la participación de oferentes, siendo Supermicro la única marca de servidores que cumple con este requisito.
En Certificaciones, donde dice "ISO 13485:2016" solicitamos respetuosamente considerar este punto opcional, ya que con el mismo se limita la participación de oferentes, siendo Supermicro la única marca de servidores que cumple con este requisito.
En la adenda 04, SECCIÓN III. SUMINISTROS REQUERIDOS, ítem 1 servidor, Almacenamiento Interno, indican:
En la adenda 04, SECCIÓN III. SUMINISTROS REQUERIDOS, ítem 1 servidor, Almacenamiento Interno, indican:
El equipo deberá contar con 2 discos SSD M.2 240G SATA y para futuras ampliaciones 1(una) ranura M.2 adicional. Se aceptaran equipos que incorporen una tarjeta PCI de expansión adicional para cumplir con este requisito.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean aceptados equipos que cuenten con 2 discos SSD M2 240GB ya que el mismo es el estándar de la industria para este tipo de equipamientos solicitados, entendemos que dentro de estos discos SSD M2 estará instalado el sistema operativo por ende esto da cobertura técnica suficientemente en base a las mejores prácticas de la mayoría de los fabricantes y que la ranura adicional M2 para amplicacion sea considerada como OPCIONAL. Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia en cumplimiento al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: “…Las especificaciones técnicas (…) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante
16-06-2020
19-06-2020
En la adenda 04, SECCIÓN III. SUMINISTROS REQUERIDOS, ítem 1 servidor, Almacenamiento Interno, indican:
En la adenda 04, SECCIÓN III. SUMINISTROS REQUERIDOS, ítem 1 servidor, Almacenamiento Interno, indican:
El equipo deberá contar con 2 discos SSD M.2 240G SATA y para futuras ampliaciones 1(una) ranura M.2 adicional. Se aceptaran equipos que incorporen una tarjeta PCI de expansión adicional para cumplir con este requisito.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean aceptados equipos que cuenten con 2 discos SSD M2 240GB ya que el mismo es el estándar de la industria para este tipo de equipamientos solicitados, entendemos que dentro de estos discos SSD M2 estará instalado el sistema operativo por ende esto da cobertura técnica suficientemente en base a las mejores prácticas de la mayoría de los fabricantes y que la ranura adicional M2 para amplicacion sea considerada como OPCIONAL. Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia en cumplimiento al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: “…Las especificaciones técnicas (…) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante
Se aclara que lo solicitado por la Convocante es necesario para futuras ampliaciones de almacenamiento de sistema operativo, cambiando el arreglo de disco, cache para aceleración de los procesos de lectura/escritura con almacenamiento dedicado para tal efecto. Es por ello que en la Adenda N° 04 este requerimiento fue ampliado de tal forma a que los futuros oferentes puedan cumplir aplicando una tarjeta PCI estándar de expansión, adicional a su oferta. Por las necesidades mencionadas, solicitamos a los posibles oferentes cumplir con este requerimiento.
Ajustarse a Adenda N° 04.