Con relación a la Sección III - Alcance de las obras del pliego de bases y condiciones que en su punto A- Descripción de los trabajos y que en el apartado 11. Proyecto Ejecutivo – Generalidades, que expresa cuanto sigue “El Oferente deberá presentar un proyecto ejecutivo de la Planta de tratamiento de Agua que incluya como mínimo la siguiente documentación…”
Entendemos que no deberá ser entregada con la oferta ninguna documentación descrita en el apartado mencionado y que la misma será solicitada solamente al oferente adjudicado. Solicitamos confirmen si la apreciación es correcta.
Con relación a la Sección III - Alcance de las obras del pliego de bases y condiciones que en su punto A- Descripción de los trabajos y que en el apartado 11. Proyecto Ejecutivo – Generalidades, que expresa cuanto sigue “El Oferente deberá presentar un proyecto ejecutivo de la Planta de tratamiento de Agua que incluya como mínimo la siguiente documentación…”
Entendemos que no deberá ser entregada con la oferta ninguna documentación descrita en el apartado mencionado y que la misma será solicitada solamente al oferente adjudicado. Solicitamos confirmen si la apreciación es correcta.
Proyecto Ejecutivo - Infraestructura a ser afectadas
Con relación a la Sección III - Alcance de las obras del pliego de bases y condiciones que en su punto A- Descripción de los trabajos y que en el apartado 13. Proyecto Ejecutivo - Infraestructura a ser afectadas, menciona cuanto sigue en referencia a
f) Filtros rápidos, que en su último párrafo menciona lo siguiente “Las instalaciones de comando y control de los filtros se describen en el rubro I” solicitamos indiquen cual es el “Rubro I” al que hacen referencia ya que el mismo no se observa en el PBC.
05-03-2020
20-03-2020
Proyecto Ejecutivo - Infraestructura a ser afectadas
Con relación a la Sección III - Alcance de las obras del pliego de bases y condiciones que en su punto A- Descripción de los trabajos y que en el apartado 13. Proyecto Ejecutivo - Infraestructura a ser afectadas, menciona cuanto sigue en referencia a
f) Filtros rápidos, que en su último párrafo menciona lo siguiente “Las instalaciones de comando y control de los filtros se describen en el rubro I” solicitamos indiquen cual es el “Rubro I” al que hacen referencia ya que el mismo no se observa en el PBC.
No tener en cuenta la expresión: "Rubro I en el PBC". La secuencia de lavado de filtros, así como el accionamiento de las compuertas y las válvulas intervinientes, será automática. Las válvulas serán del tipo mariposa doble efecto accionadas mediante actuador neumático al igual que las compuertas. No considerar el último párrafo del apartado de filtros rápidos. Ver Adenda 05.
33
Grupos de Bombeo
Cual es el formulario B-6 del Capitulo 6? Formulario al cual se hace referencia en las EETT del llamado en el apartado 21- Grupos de Bombeo, párrafo correspondiente a Repuestos, que menciona cuanto sigue
“Se suministrará con la Oferta, una lista de repuestos recomendados para mantenimiento normal y reparaciones menores, para un periodo de tres años, con los correspondientes precios CIF Asunción. Referirse al Formulario B-6 del Capitulo 6”
Se solicita el formulario correspondiente
Cual es el formulario B-6 del Capitulo 6? Formulario al cual se hace referencia en las EETT del llamado en el apartado 21- Grupos de Bombeo, párrafo correspondiente a Repuestos, que menciona cuanto sigue
“Se suministrará con la Oferta, una lista de repuestos recomendados para mantenimiento normal y reparaciones menores, para un periodo de tres años, con los correspondientes precios CIF Asunción. Referirse al Formulario B-6 del Capitulo 6”
No tener en cuenta la expresión: "Formulario B-6 en el PBC". Por lo tanto para lo que se refiera a repuestos en grupo de bombeos, téngase en cuenta que en el ítem 16.1 de los ítems solicitados en el formulario de oferta, se deberá incluir el costo de la lista de repuestos recomendados para mantenimiento normal y reparaciones menores, para un periodo de tres años , con los correspondientes precios CIF Asunción. El Proyecto ejecutivo es el que deberá incluir la lista de los repuestos mencionados. Ver Adenda 05.
34
Adenda
Teniendo en cuenta la situación actual del país, solicitamos una prorroga de 30días a fin de reunir todos los requisitos establecidos en el PBC.
A fin de cumplir con los requisitos de Experiencia General y Especifica, solicitamos que se consideren las Obras que cuenten con recepciones Provisorias a fin de asegurar la mayor participación de proveedores del estado
A fin de cumplir con los requisitos de Experiencia General y Especifica, solicitamos que se consideren las Obras que cuenten con recepciones Provisorias a fin de asegurar la mayor participación de proveedores del estado
Se solicita que las experiencias sean con recepciones definitivas ya que las provisorias tienen resalvas a ser corregidas. Por lo que el requisito queda como se encuentra actualmente.
36
RPM de Electrobombas de Impulsión de agua cruda
En fecha 04/03/2020, la UOC publicó la Adenda ad_03, en su punto 4, por la cual se modifica en el PBC, en la sección III. Alcance de las Obras (Pag.31) de la LPN N° 03/2020.
Se cita textualmente: Debe decir “Se proveerá e instalará en esta etapa 2 electrobombas, para un caudal de 200.000m3/día y una altura manométrica de 40 m.c.a. El motor eléctrico será trifásico P=1.300kv, n=985 rpm, tensión=4160 V”
Consultamos las razones técnicas que motivaron este cambio de velocidad RPM, no existiendo a nuestro criterio, ningún motivo válido desde el punto de vista técnico en establecer la bomba a 985 RPM, situación que sostenemos ser hasta técnicamente desaconsejable en el caso específico del Proyecto y por dos motivos:
1. Velocidad periférica del impulsor, más alta de los límites de las normativas internacionales.
2. Posible operación en régimen de cavitación de la bomba.
Sobre este último punto hacemos una aclaración:
Según las normativas (Hydraulic Institute y/o similar) la bomba opera en seguridad si existe un margen entre el valor de NPSH requerido (parámetro característico de la hidráulica, calculado en la condición de Head drop 3%) y el valor de NPSH disponible (parámetro de planta, que depende del fluido y, de las condiciones de instalación de la bomba)
Actualmente, según el esquema de la bomba existente, hay 1,5 m de agua sobre la campana. Considerando que el nivel se calcula al ingreso del impulsor (un poquito más arriba) y, que la bomba en la nueva configuración es más grande, este nivel seguramente se reducirá. Hipotetizamos alrededor de 1 metro, en manera conservativa.
De donde se puede calcular que l’NPSHd es de alrededor 11 metros.
El valor de NPSH requerido por hidráulicos idóneos para el funcionamiento a 985 RPM con portada y prevalencia requerida es de alrededor 10.5-11.5 m según la hidráulica elegida.
Como se puede demostrar, no hay suficientes márgenes para obrar en seguridad, al menos que alguien no declare utilizar hidráulicas experimentales, con valores de velocidad especifica de aspiración (S o Suction specific speed) muy elevados, más de 10000 (número adimensional citado en las normativas, valor referido a unidad de medida anglosajón, para l’SI el número se gira alrededor de 200-210).
Por lo tanto, sostenemos que las bombas del agua cruda requieren, una velocidad de alrededor 500-700 RPM y no más que eso; solicitamos fundamentar las razones técnicas que motivaron los cambios de RPM de las electrobombas de impulsión de agua cruda, en los intereses del buen funcionamiento de la bomba misma, consideramos deberían rever la Adenda, no existiendo un motivo técnicamente válido para sostener el cambio de RPN en base a la medida y, el caudal solicitado en el PBC y, por el contrario, la bomba a 985 RPM es absolutamente desaconsejable ya que ocasionaría frecuentes reparaciones y daños por la alta e innecesaria velocidad de los RPM.
En fecha 04/03/2020, la UOC publicó la Adenda ad_03, en su punto 4, por la cual se modifica en el PBC, en la sección III. Alcance de las Obras (Pag.31) de la LPN N° 03/2020.
Se cita textualmente: Debe decir “Se proveerá e instalará en esta etapa 2 electrobombas, para un caudal de 200.000m3/día y una altura manométrica de 40 m.c.a. El motor eléctrico será trifásico P=1.300kv, n=985 rpm, tensión=4160 V”
Consultamos las razones técnicas que motivaron este cambio de velocidad RPM, no existiendo a nuestro criterio, ningún motivo válido desde el punto de vista técnico en establecer la bomba a 985 RPM, situación que sostenemos ser hasta técnicamente desaconsejable en el caso específico del Proyecto y por dos motivos:
1. Velocidad periférica del impulsor, más alta de los límites de las normativas internacionales.
2. Posible operación en régimen de cavitación de la bomba.
Sobre este último punto hacemos una aclaración:
Según las normativas (Hydraulic Institute y/o similar) la bomba opera en seguridad si existe un margen entre el valor de NPSH requerido (parámetro característico de la hidráulica, calculado en la condición de Head drop 3%) y el valor de NPSH disponible (parámetro de planta, que depende del fluido y, de las condiciones de instalación de la bomba)
Actualmente, según el esquema de la bomba existente, hay 1,5 m de agua sobre la campana. Considerando que el nivel se calcula al ingreso del impulsor (un poquito más arriba) y, que la bomba en la nueva configuración es más grande, este nivel seguramente se reducirá. Hipotetizamos alrededor de 1 metro, en manera conservativa.
De donde se puede calcular que l’NPSHd es de alrededor 11 metros.
El valor de NPSH requerido por hidráulicos idóneos para el funcionamiento a 985 RPM con portada y prevalencia requerida es de alrededor 10.5-11.5 m según la hidráulica elegida.
Como se puede demostrar, no hay suficientes márgenes para obrar en seguridad, al menos que alguien no declare utilizar hidráulicas experimentales, con valores de velocidad especifica de aspiración (S o Suction specific speed) muy elevados, más de 10000 (número adimensional citado en las normativas, valor referido a unidad de medida anglosajón, para l’SI el número se gira alrededor de 200-210).
Por lo tanto, sostenemos que las bombas del agua cruda requieren, una velocidad de alrededor 500-700 RPM y no más que eso; solicitamos fundamentar las razones técnicas que motivaron los cambios de RPM de las electrobombas de impulsión de agua cruda, en los intereses del buen funcionamiento de la bomba misma, consideramos deberían rever la Adenda, no existiendo un motivo técnicamente válido para sostener el cambio de RPN en base a la medida y, el caudal solicitado en el PBC y, por el contrario, la bomba a 985 RPM es absolutamente desaconsejable ya que ocasionaría frecuentes reparaciones y daños por la alta e innecesaria velocidad de los RPM.
Las especificaciones Técnicas del Grupo de Bombeo son referenciales en cualquier caso. Finalmente con el proyecto ejecutivo se corroborarán los datos técnicos del grupo de bombeo.
37
Solicitud
Se solicita una prórroga de 20 días, esto debido a la envergadura de la obra y de manera a permitir un adecuado estudio de los datos del proyecto y así realizar una buena preparación de los costos y tener una oferta competitiva
Se solicita una prórroga de 20 días, esto debido a la envergadura de la obra y de manera a permitir un adecuado estudio de los datos del proyecto y así realizar una buena preparación de los costos y tener una oferta competitiva
No, no es necesario proveedor el sistema de Deshidratación de lodos.
39
Automatización de pupitres
En la Sección III, Alcance de obras, ítem 13. Proyecto Ejecutivo, Infraestructuras a ser afectadas, Apartado K, habla de la eliminación de los pupitres de comando individual de los filtros existentes y automatizarlos. ¿Consultamos el alcance de este ítem, si la misma se refiere a las mesas de comando de todas las plantas, VK1, VK2 y Vk3?
En la Sección III, Alcance de obras, ítem 13. Proyecto Ejecutivo, Infraestructuras a ser afectadas, Apartado K, habla de la eliminación de los pupitres de comando individual de los filtros existentes y automatizarlos. ¿Consultamos el alcance de este ítem, si la misma se refiere a las mesas de comando de todas las plantas, VK1, VK2 y Vk3?
El alcance de este ítem se limita a la futura ampliación de la planta - VK4
40
Capacidad Financiera
En la página 10 “Capacidad Financiera” recursos financieros, en donde dice:
"El mínimo de activos líquidos y/o acceso a créditos libres de otros compromisos contractuales del adjudicatario será: Gs. 100.000.000.000, lo cual será corroborado por medio del Balance General del último año."
Solicitamos el cambio a:
"El mínimo de activos líquidos y/o acceso a créditos libres de otros compromisos contractuales del adjudicatario será Gs. 50.000.000.000, lo cual será corroborado por medio del Balance general del último año."
Creemos que dicho cambio va a estimular la competencia y la participación de más empresas, resultando en mejores ofertas para el interés público
En la página 10 “Capacidad Financiera” recursos financieros, en donde dice:
"El mínimo de activos líquidos y/o acceso a créditos libres de otros compromisos contractuales del adjudicatario será: Gs. 100.000.000.000, lo cual será corroborado por medio del Balance General del último año."
Solicitamos el cambio a:
"El mínimo de activos líquidos y/o acceso a créditos libres de otros compromisos contractuales del adjudicatario será Gs. 50.000.000.000, lo cual será corroborado por medio del Balance general del último año."
Creemos que dicho cambio va a estimular la competencia y la participación de más empresas, resultando en mejores ofertas para el interés público
Como se trata de una obra con plazos sensibles para su cumplimiento, el oferente debe demostrar la capacidad financiera que garantice la culminación en tiempo y forma de la misma. Por lo tanto se mantiene el requerimiento de que los activos líquidos y/o acceso a créditos libres de otros compromisos contractuales del adjudicatario serán Gs. 100.000.000.000., lo cual será corroborado por medio del Balance General del último año.