Solicitamos a la convocante tenga a bien aceptar que los conectores de entrada y salida RJ 45 solicitados para las UPS sean de carácter opcional o que dicho requisito sea excluido, debido a que los mismos pasaron a ser obsoletos en estos equipos. Esto a fin de permitir la participación de más oferentes y facilitar la libre competencia.
Solicitamos a la convocante tenga a bien aceptar que los conectores de entrada y salida RJ 45 solicitados para las UPS sean de carácter opcional o que dicho requisito sea excluido, debido a que los mismos pasaron a ser obsoletos en estos equipos. Esto a fin de permitir la participación de más oferentes y facilitar la libre competencia.
La protección para los conectores RJ-45 es importante ya que la utilizamos también para proteger las conexiones de red, ya sean de switches o equipos. Favor atenerse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones.
2
* Con relación al tipo de Adjudicación del llamado, POR TOTAL
Consultamos respetuosamente considerar la adjudicación POR ÍTEM, lo cual representa una limitante para potenciales oferentes. El tipo de adjudicación POR ÍTEM se aplica al 90% de los llamados justamente por ser beneficioso para la Convocante. La modificación beneficiaría a la entidad aumentando considerablemente la cantidad de oferentes, teniendo así la posibilidad de obtener los mejores precios del mercado como lo establece la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas, donde cita textualmente "no se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ellos se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas".
21-05-2020
27-05-2020
* Con relación al tipo de Adjudicación del llamado, POR TOTAL
Consultamos respetuosamente considerar la adjudicación POR ÍTEM, lo cual representa una limitante para potenciales oferentes. El tipo de adjudicación POR ÍTEM se aplica al 90% de los llamados justamente por ser beneficioso para la Convocante. La modificación beneficiaría a la entidad aumentando considerablemente la cantidad de oferentes, teniendo así la posibilidad de obtener los mejores precios del mercado como lo establece la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas, donde cita textualmente "no se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ellos se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas".
Solicitamos aclaración acerca de si para la convocante es sustancial la presentación de muestras al momento de presentar las ofertas, pues encontramos confuso este punto en el PBC y de modo a prever la correcta formulación de la oferta, puesto que se tratan equipos de prestaciones considerables; de modo a no limitar ni descalificar la participación de potenciales oferentes por dicho punto.
Solicitamos aclaración acerca de si para la convocante es sustancial la presentación de muestras al momento de presentar las ofertas, pues encontramos confuso este punto en el PBC y de modo a prever la correcta formulación de la oferta, puesto que se tratan equipos de prestaciones considerables; de modo a no limitar ni descalificar la participación de potenciales oferentes por dicho punto.
* Con relación al ítem 1, donde el PBC solicita "Tomas de Salida:
a) Igual o superior a 4 (cuatro) salidas Tipo Americano Compatible con Supresor de Picos (positivo, negativo planos y tierra redonda) o proveer de 4 (cuatro) adaptadores para este tipo de conexión. (Protegidas por batería estabilizada). b) Igual o superior a 2 (dos) salidas Tipo Americano Compatible con Supresor de Picos (positivo, negativo planos y tierra redonda) o proveer de 2 (dos) adaptadores para este tipo de conexión. (Contra sobretensiones).-" . Solicitamos respetuosamente en este punto sean aceptadas UPS con 6 (seis) tomas de salida IEC-320-C13, considerando que cumplen la misma función que lo solicitado y son perfectamente compatibles con monitores, PCs, y varias fuentes de aparatos electrónicos. Considerando también que lo requerido, además de todos los otros requerimiento técnicos, sólo lo cumple la marca VCP, para su modelo VC201500. Adjunto link de especificaciones técnicas para avalar lo mencionado: http://www.netsa.com.py/producto.php?id=252. Por estos motivos, y a fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas: donde cita textualmente "Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u otras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas.
21-05-2020
27-05-2020
* Con relación al ítem 1, donde el PBC solicita "Tomas de Salida:
a) Igual o superior a 4 (cuatro) salidas Tipo Americano Compatible con Supresor de Picos (positivo, negativo planos y tierra redonda) o proveer de 4 (cuatro) adaptadores para este tipo de conexión. (Protegidas por batería estabilizada). b) Igual o superior a 2 (dos) salidas Tipo Americano Compatible con Supresor de Picos (positivo, negativo planos y tierra redonda) o proveer de 2 (dos) adaptadores para este tipo de conexión. (Contra sobretensiones).-" . Solicitamos respetuosamente en este punto sean aceptadas UPS con 6 (seis) tomas de salida IEC-320-C13, considerando que cumplen la misma función que lo solicitado y son perfectamente compatibles con monitores, PCs, y varias fuentes de aparatos electrónicos. Considerando también que lo requerido, además de todos los otros requerimiento técnicos, sólo lo cumple la marca VCP, para su modelo VC201500. Adjunto link de especificaciones técnicas para avalar lo mencionado: http://www.netsa.com.py/producto.php?id=252. Por estos motivos, y a fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas: donde cita textualmente "Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u otras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas.
En base a experiencias anteriores en la institución, consideramos más práctico tener UPS con tipo de salida: positivo, negativo planos y tierra redonda, ya que esto permite conectar además de la CPU y Monitor otros equipos que normalmente se utilizan también en nuestras oficinas (Impresoras, Switches, Teléfonos IP, etc.) como así también los supresores de pico o zapatillas estándares. Para el caso que la UPS no tenga las salidas que se requieren, en las especificaciones se aclara que se aceptarán también los adaptadores correspondientes. Las especificaciones se han basado en los requerimientos de la Institución, favor atenerse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones.
5
* Con relación al ítem 1
Donde el PBC solicita "Autonomía 10min. Como Mínimo (Para una media carga de la UPS)" solicitamos respetuosamente sean aceptados UPS con "Autonomia de 8 minutos a 450Watts para una media carga", teniendo en cuenta que lo ofrecido es el estándar para el porte de equipo solicitado. O en su defecto, solicitamos sea aclarado a cuantos Watts de carga se requiere dicha potencia. Considerando también que lo requerido, además de todos los otros requerimiento técnicos, sólo lo cumple la marca VCP, para su modelo VC201500. Adjunto link de especificaciones técnicas para avalar lo mencionado: http://www.netsa.com.py/producto.php?id=252. Por estos motivos, y a fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas: donde cita textualmente "Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u otras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas.
Donde el PBC solicita "Autonomía 10min. Como Mínimo (Para una media carga de la UPS)" solicitamos respetuosamente sean aceptados UPS con "Autonomia de 8 minutos a 450Watts para una media carga", teniendo en cuenta que lo ofrecido es el estándar para el porte de equipo solicitado. O en su defecto, solicitamos sea aclarado a cuantos Watts de carga se requiere dicha potencia. Considerando también que lo requerido, además de todos los otros requerimiento técnicos, sólo lo cumple la marca VCP, para su modelo VC201500. Adjunto link de especificaciones técnicas para avalar lo mencionado: http://www.netsa.com.py/producto.php?id=252. Por estos motivos, y a fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas: donde cita textualmente "Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u otras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas.
Donde el PBC solicita "b) Protección de la Línea de Datos Gigabit Ethernet mediante conector de entrada y Salida RJ45.", Solicitamos que dicho requerimiento sea "OPCIONAL", Solicitamos respetuosamente a la entidad que este punto sea opcional o la misma retirada de las especificaciones ya que es una tecnología que hoy en día solo las UPS de mayor porte la usan para realizar administraciones remotas vía software teniendo en cuenta que lo solicitado no seria el estándar para el porte de equipo solicitado. Considerando también que lo requerido, además de todos los otros requerimiento técnicos, sólo lo cumple la marca VCP, para su modelo VC201500. Adjunto link de especificaciones técnicas para avalar lo mencionado: http://www.netsa.com.py/producto.php?id=252. Por estos motivos, y a fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas: donde cita textualmente "Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u otras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas.
Donde el PBC solicita "b) Protección de la Línea de Datos Gigabit Ethernet mediante conector de entrada y Salida RJ45.", Solicitamos que dicho requerimiento sea "OPCIONAL", Solicitamos respetuosamente a la entidad que este punto sea opcional o la misma retirada de las especificaciones ya que es una tecnología que hoy en día solo las UPS de mayor porte la usan para realizar administraciones remotas vía software teniendo en cuenta que lo solicitado no seria el estándar para el porte de equipo solicitado. Considerando también que lo requerido, además de todos los otros requerimiento técnicos, sólo lo cumple la marca VCP, para su modelo VC201500. Adjunto link de especificaciones técnicas para avalar lo mencionado: http://www.netsa.com.py/producto.php?id=252. Por estos motivos, y a fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas: donde cita textualmente "Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u otras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas.
La protección para los conectores RJ-45 es importante ya que la utilizamos también para proteger las conexiones de red, ya sean de switches o equipos. Favor atenerse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones
7
* Con relación al ítem 2
Donde el PBC solicita "Tomas de Salida: a) Igual o superior a 4 (cuatro) salidas Tipo Americano Compatible con Supresor de Picos (positivo, negativo planos y tierra redonda) o proveer de 4 (cuatro) adaptadores para este tipo de conexión. (Protegidas por batería estabilizada). b) Igual o superior a 2 (dos) salidas Tipo Americano Compatible con Supresor de Picos (positivo, negativo planos y tierra redonda) o proveer de 2 (dos) adaptadores para este tipo de conexión. (Contra sobretensiones).-" . Solicitamos respetuosamente en este punto sean aceptadas UPS con 6 (seis) tomas de salida IEC-320-C13, considerando que cumplen la misma función que lo solicitado y son perfectamente compatibles con monitores, PCs, y varias fuentes de aparatos electrónicos. Considerando también que lo requerido, además de todos los otros requerimiento técnicos, sólo lo cumple la marca VCP, para su modelo VC202000. Adjunto link de especificaciones técnicas para avalar lo mencionado: http://www.netsa.com.py/producto.php?id=253. Por estos motivos, y a fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas: donde cita textualmente "Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u otras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas.
Donde el PBC solicita "Tomas de Salida: a) Igual o superior a 4 (cuatro) salidas Tipo Americano Compatible con Supresor de Picos (positivo, negativo planos y tierra redonda) o proveer de 4 (cuatro) adaptadores para este tipo de conexión. (Protegidas por batería estabilizada). b) Igual o superior a 2 (dos) salidas Tipo Americano Compatible con Supresor de Picos (positivo, negativo planos y tierra redonda) o proveer de 2 (dos) adaptadores para este tipo de conexión. (Contra sobretensiones).-" . Solicitamos respetuosamente en este punto sean aceptadas UPS con 6 (seis) tomas de salida IEC-320-C13, considerando que cumplen la misma función que lo solicitado y son perfectamente compatibles con monitores, PCs, y varias fuentes de aparatos electrónicos. Considerando también que lo requerido, además de todos los otros requerimiento técnicos, sólo lo cumple la marca VCP, para su modelo VC202000. Adjunto link de especificaciones técnicas para avalar lo mencionado: http://www.netsa.com.py/producto.php?id=253. Por estos motivos, y a fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas: donde cita textualmente "Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u otras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas.
En base a experiencias anteriores en la institución, consideramos más práctico tener UPS con tipo de salida: positivo, negativo planos y tierra redonda, ya que esto permite conectar además de la CPU y Monitor otros equipos que normalmente se utilizan también en nuestras oficinas (Impresoras, Switches, Teléfonos IP, etc.) como así también los supresores de pico o zapatillas estándares. Para el caso que la UPS no tenga las salidas que se requieren, en las especificaciones se aclara que se aceptarán también los adaptadores correspondientes. Las especificaciones se han basado en los requerimientos de la Institución, favor atenerse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones.
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* Con relación al ítem 2
Donde el PBC solicita "Autonomía 10min. Como Mínimo (Para una media carga de la UPS)" solicitamos respetuosamente sean aceptados UPS con "Autonomia de 5 minutos a 600Watts para una media carga", teniendo en cuenta que lo ofrecido es el estándar para el porte de equipo solicitado. O en su defecto, solicitamos sea aclarado a cuantos Watts de carga se requiere dicha potencia. Considerando también que lo requerido, además de todos los otros requerimiento técnicos, sólo lo cumple la marca VCP, para su modelo VC202000. Adjunto link de especificaciones técnicas para avalar lo mencionado: http://www.netsa.com.py/producto.php?id=253. Por estos motivos, y a fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas: donde cita textualmente "Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u otras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas.
Donde el PBC solicita "Autonomía 10min. Como Mínimo (Para una media carga de la UPS)" solicitamos respetuosamente sean aceptados UPS con "Autonomia de 5 minutos a 600Watts para una media carga", teniendo en cuenta que lo ofrecido es el estándar para el porte de equipo solicitado. O en su defecto, solicitamos sea aclarado a cuantos Watts de carga se requiere dicha potencia. Considerando también que lo requerido, además de todos los otros requerimiento técnicos, sólo lo cumple la marca VCP, para su modelo VC202000. Adjunto link de especificaciones técnicas para avalar lo mencionado: http://www.netsa.com.py/producto.php?id=253. Por estos motivos, y a fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas: donde cita textualmente "Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u otras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas.
Donde el PBC solicita "b) Protección de la Línea de Datos Gigabit Ethernet mediante conector de entrada y Salida RJ45.", Solicitamos que dicho requerimiento sea "OPCIONAL", Solicitamos respetuosamente a la entidad que este punto sea opcional o la misma retirada de las especificaciones ya que es una tecnología que hoy en día solo las UPS de mayor porte la usan para realizar administraciones remotas vía software teniendo en cuenta que lo solicitado no seria el estándar para el porte de equipo solicitado. Considerando también que lo requerido, además de todos los otros requerimiento técnicos, sólo lo cumple la marca VCP, para su modelo VC202000. Adjunto link de especificaciones técnicas para avalar lo mencionado: http://www.netsa.com.py/producto.php?id=253. Por estos motivos, y a fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas: donde cita textualmente "Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u otras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas.
Donde el PBC solicita "b) Protección de la Línea de Datos Gigabit Ethernet mediante conector de entrada y Salida RJ45.", Solicitamos que dicho requerimiento sea "OPCIONAL", Solicitamos respetuosamente a la entidad que este punto sea opcional o la misma retirada de las especificaciones ya que es una tecnología que hoy en día solo las UPS de mayor porte la usan para realizar administraciones remotas vía software teniendo en cuenta que lo solicitado no seria el estándar para el porte de equipo solicitado. Considerando también que lo requerido, además de todos los otros requerimiento técnicos, sólo lo cumple la marca VCP, para su modelo VC202000. Adjunto link de especificaciones técnicas para avalar lo mencionado: http://www.netsa.com.py/producto.php?id=253. Por estos motivos, y a fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas: donde cita textualmente "Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u otras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas.
La protección para los conectores RJ-45 es importante ya que la utilizamos también para proteger las conexiones de red, ya sean de switches o equipos. Favor atenerse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones.
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Especificaciones Técnicas, Item No.1 – UPS de 1500VA
Con relación al Anexo C. Especificaciones Técnicas de los Bienes o Servicios a ser adquiridos, Item No.1 – UPS de 1500VA, donde se expresa Voltaje de salida: CA 220/230/240V.
Al respecto respetuosamente solicitamos que también puedan ser aceptados equipos UPS con voltaje de salida CA 220/230V, considerando que es el utilizado en nuestro medio y donde contamos con el suministro de ANDE de 220 VCA, omitiendo de esta forma el voltaje de 240V debido a que es muy superior al voltaje empleado en nuestro país de 220VCA. Lo solicitado encuentra sustento legal en el Art. 20 de la Ley 2051/2003, el cual establece: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el Principio de Igualdad y Libre Competencia, consagrado en el inciso b) del artículo 4° de la Ley 2051/2003”.
22-05-2020
27-05-2020
Especificaciones Técnicas, Item No.1 – UPS de 1500VA
Con relación al Anexo C. Especificaciones Técnicas de los Bienes o Servicios a ser adquiridos, Item No.1 – UPS de 1500VA, donde se expresa Voltaje de salida: CA 220/230/240V.
Al respecto respetuosamente solicitamos que también puedan ser aceptados equipos UPS con voltaje de salida CA 220/230V, considerando que es el utilizado en nuestro medio y donde contamos con el suministro de ANDE de 220 VCA, omitiendo de esta forma el voltaje de 240V debido a que es muy superior al voltaje empleado en nuestro país de 220VCA. Lo solicitado encuentra sustento legal en el Art. 20 de la Ley 2051/2003, el cual establece: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el Principio de Igualdad y Libre Competencia, consagrado en el inciso b) del artículo 4° de la Ley 2051/2003”.