El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Ítem |
Descripción del Bien |
Condición |
Unidad de Medida |
Presentación |
Cantidad |
LISTADOS DE REPUESTOS PARA LAS AERONAVES C-212 SERIE 200/400 |
|||||
1 |
FILTRO DE ACEITE DEL MOTOR 3001436-1 |
NE |
Unidad |
Unidad |
10 |
2 |
O RING MS28775-327 |
NE |
Unidad |
Unidad |
10 |
3 |
PICOS INYECTORES 3103235-11 |
OH/EX |
Unidad |
Unidad |
50 |
4 |
FILTRO EYECTOR AN6235-2A |
NE |
Unidad |
Unidad |
10 |
5 |
FILTRO DE COMBUSTIBLE 897513-1 |
NE |
Unidad |
Unidad |
10 |
6 |
BRUSCH ELECT M23088-1320 |
NE |
Unidad |
Unidad |
12 |
7 |
MONOPOL CN1680-640F |
NE |
Unidad |
Unidad |
1 |
8 |
ALAMBRE DE ATAR MS20995C032 |
NE |
Unidad |
Unidad |
2 |
9 |
ALAMBRE DE ATAR MS20995C025 |
NE |
Unidad |
Unidad |
2 |
10 |
BOTELLON EXTINTOR 1167A/51341-001 |
OH/EX |
Unidad |
Unidad |
2 |
11 |
O RING FILTRO COMBUST. S9412-136 |
NE |
Unidad |
Unidad |
20 |
12 |
O RING FILTRO ACEITE S9413-115 |
NE |
Unidad |
Unidad |
10 |
13 |
O RING P.G 897722-1 |
NE |
Unidad |
Unidad |
4 |
14 |
O RING EJE DE BOMBA S9413-010 |
NE |
Unidad |
Unidad |
4 |
15 |
O RING EJE DE BOMBA S9413-110 |
NE |
Unidad |
Unidad |
4 |
16 |
O RING UNIDAD DE CONTROL S9412-028 |
NE |
Unidad |
Unidad |
6 |
17 |
O RING UNIDAD DE CONTROL S9412-013 |
NE |
Unidad |
Unidad |
8 |
18 |
O RING T2 UNIDAD DE CONTROL S9412-021 |
NE |
Unidad |
Unidad |
6 |
19 |
O RING DE ENRIQUECIMIENTO S9412-554 |
NE |
Unidad |
Unidad |
20 |
20 |
O RING BASE CHIP DETECT. S9413-558 |
NE |
Unidad |
Unidad |
6 |
21 |
O RING VENT ACEITE S9413-022 |
NE |
Unidad |
Unidad |
6 |
22 |
O RING VALV. EMBAND. S9413-019 |
NE |
Unidad |
Unidad |
6 |
23 |
O RING VALV. EMBAND. S9413-021 |
NE |
Unidad |
Unidad |
6 |
24 |
ENGINE VIBRATION 00.11624.01 |
NE |
Unidad |
Unidad |
20 |
25 |
ENGINE VIBRATION 00.11639.01 |
NE |
Unidad |
Unidad |
10 |
26 |
PIN CUTTER MS24665-302 |
NE |
Unidad |
Unidad |
15 |
27 |
PIN CUTTER 2X18 LN94 |
NE |
Unidad |
Unidad |
20 |
28 |
SEAL COMIC (SELLO COMICO) 651-525-90004 |
NE |
Unidad |
Unidad |
4 |
29 |
O RING (LLANTA PRINCIPAL) 9534716 |
NE |
Unidad |
Unidad |
4 |
30 |
O RING (LLANTA NARIZ) MS28775-266 |
NE |
Unidad |
Unidad |
8 |
31 |
O RING (CONJUNTO DE FRENO) MS28775-327 |
NE |
Unidad |
Unidad |
12 |
32 |
O RING (CONJUNTO DE FRENO) MS28775-010 |
NE |
Unidad |
Unidad |
12 |
33 |
O RING AMORTGUADOR PRINC MS28775-243 |
NE |
Unidad |
Unidad |
10 |
34 |
O RING AMORTGUADOR PRINC MS28775-341 |
NE |
Unidad |
Unidad |
10 |
35 |
O RING AMORTGUADOR PRINC MS28775-343 |
NE |
Unidad |
Unidad |
12 |
36 |
O RING AMORTGUADOR PRINC MS28775-331 |
NE |
Unidad |
Unidad |
12 |
37 |
O RING AMORTIGUADOR NARIZ MS28775-237 |
NE |
Unidad |
Unidad |
5 |
38 |
O RING AMORTIGUADOR NARIZ MS28775-239 |
NE |
Unidad |
Unidad |
4 |
39 |
O RING AMORTIGUADOR NARIZ MS28775-338 |
NE |
Unidad |
Unidad |
4 |
40 |
O RING AMORTGUADOR NARIZ MS28775-238 |
NE |
Unidad |
Unidad |
4 |
41 |
PICO DE INFLAR TR716-02 |
NE |
Unidad |
Unidad |
2 |
42 |
PICO DE INFLAR TR716-03 |
NE |
Unidad |
Unidad |
2 |
43 |
O RING MARTINETE DIREC. MS28775-216 |
NE |
Unidad |
Unidad |
4 |
44 |
O RING MARTINETE DIREC. MS28775-223 |
NE |
Unidad |
Unidad |
4 |
45 |
O RING BLOQUEO RAMPA MS28775-011 |
NE |
Unidad |
Unidad |
2 |
46 |
O RING MARTINETE COMPUERTA Y RAMPA MS28775-225 |
NE |
Unidad |
Unidad |
4 |
47 |
O RING MARTINETE COMPUERTA MS28775-222 |
NE |
Unidad |
Unidad |
2 |
48 |
O RING MARTINETE COMPUERTA MS28775-114 |
NE |
Unidad |
Unidad |
2 |
49 |
O RING MARTINETE COMPUERTA Y RAMPA MS28775-326 |
NE |
Unidad |
Unidad |
4 |
50 |
O RING MARTINETE RAMPA MS28775-217 |
NE |
Unidad |
Unidad |
4 |
51 |
CORONA 9536259 |
NE |
Unidad |
Unidad |
1 |
52 |
PLUNGER (PISTÓN) 5000728 |
NE |
Unidad |
Unidad |
3 |
53 |
RIVET (REMACHE) MS20470DD8-10 |
NE |
Unidad |
Unidad |
100 |
54 |
PIN CUTTER LN94-4X30 |
NE |
Unidad |
Unidad |
100 |
55 |
PIN CUTTER MS4665-521 |
NE |
Unidad |
Unidad |
100 |
56 |
PIN CUTTER LN94-5X40 |
NE |
Unidad |
Unidad |
100 |
57 |
PIN CUTTER LN94-3X22 |
NE |
Unidad |
Unidad |
100 |
58 |
PIN CUTTER LN94-20018 |
NE |
Unidad |
Unidad |
20 |
59 |
GOVERNADOR DE HELICE 895490-7 |
OH |
Unidad |
Unidad |
1 |
60 |
STATER GENERADOR 23079-005 |
OH |
Unidad |
Unidad |
3 |
61 |
REGULADOR DE VOLTAJE 51509-002A |
OH |
Unidad |
Unidad |
2 |
62 |
TRADUCTOR DE TORQUE 897331-02 |
OH |
Unidad |
Unidad |
1 |
63 |
UNION RAPIDA 2RB14 |
NE |
Unidad |
Unidad |
100 |
64 |
SELLANTE EN POTE 1422 B 1/2 E |
NE |
Unidad |
Unidad |
2 |
65 |
ORING(EMPAQUETADURA) MS29513-214 |
NE |
Unidad |
Unidad |
6 |
66 |
ORING(EMPAQUETADURA) MS29513-211 |
NE |
Unidad |
Unidad |
6 |
67 |
SW BETA 865956-7 |
NE |
Unidad |
Unidad |
1 |
68 |
PLUG ADI MS3126F22-55W |
NE |
Unidad |
Unidad |
2 |
69 |
O RING 750350839 |
NE |
Unidad |
Unidad |
20 |
70 |
O RING 660706648AA |
NE |
Unidad |
Unidad |
8 |
71 |
SEAL RECTANGULAR 660708618 |
NE |
Unidad |
Unidad |
8 |
LISTADOS DE REPUESTOS PARA LAS AERONAVES DHC-6 TWIN OTTER |
|||||
72 |
PACKING AS3209-120 |
NE |
Unidad |
Unidad |
4 |
73 |
PACKING AS3209-143 |
NE |
Unidad |
Unidad |
4 |
74 |
PACKING AS3209-224 |
NE |
Unidad |
Unidad |
4 |
75 |
FILTRO DE COMBUSTIBLE 02-15784 |
NE |
Unidad |
Unidad |
2 |
76 |
PACKING 99-4685-212 |
NE |
Unidad |
Unidad |
2 |
77 |
PACKING 99-4684-28 |
NE |
Unidad |
Unidad |
2 |
78 |
FILTRO DE COMPRESOR 3024605 |
NE |
Unidad |
Unidad |
1 |
79 |
PACKING AS3209-015 |
NE |
Unidad |
Unidad |
2 |
80 |
PACKING AS3209-126 |
NE |
Unidad |
Unidad |
2 |
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
a) Al momento de su recepción en el GAAB, todos los repuestos a ser proveídos deberán contar con su Tarjeta de Aprobación de Aeronavegabilidad (Airworthiness Approval Tag, formulario FAA 8130-3 para piezas fabricadas o reparadas en USA) que garanticen la condición de aeronavegabilidad de los mismos.
b)La provisión de los ítems que figuran en la condición overholado (reacondicionada) y en Exchange (OH OH EX) deberán contar con su correspondiente tarjeta de condición Formulario FAA 81-30 o Equivalente, tarjeta de condición operativa para el servicio.
c)Los repuestos e insumos que figuran en la Condición Nuevo (Nuevo) deberán contar con su correspondiente Certificado de Originalidad del bien.
d)En caso de que el Bien solicitado ya no existiera en el mercado con el Nº de Parte solicitado o el fabricante lo reemplace por un Nº de Parte Alternativo, el oferente adjudicado podrá solicitar la provisión del material con el Nº de Parte alternativo, el cual deberá contar con uno de los siguientes documentos: Packing List del Material, Certificado de Conformidad o Boletín Técnico Emitido por el Fabricante donde demuestre que el Nº de Parte alternativo corresponde al Nº de Parte solicitado, a fin de ser aceptado por la Convocante.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la Contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al Proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el Contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el Contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del Contrato. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del Proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la Contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Serán presentados eventualmente acta de recepción parcial o total de recepción conforme necesidad
Frecuencia: eventual
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Acta de recepción 1 |
Acta de recepción |
NOVIEMBRE 2020 |
Acta de recepción 2 |
Acta de recepción |
DICIEMBRE 2020 |
Acta de recepción 3 |
Acta de recepción |
ENERO 2021 |
Acta de recepción 4 |
Acta de recepción |
FEBRERO 2021 |
Acta de recepción 5 |
Acta de recepción |
MARZO 2021 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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