Consulta:
En el Pliego de Bases y Condiciones en la Sección de Porcentaje de Multas, la Convocante declara que el valor de la multa será: 0,5% por cada día de atraso en la entrega de los bienes.
Solicitamos a la convocante reducir las penalidades por atraso en entregas en un 0,01% por cada día de atraso en el bien en demora. Ya que la tasa actual 0,5% supera ampliamente la tasa usuraria indicada por el BCP (35,63% anual)