CONSULTAMOS A LA CONVOCANTE REFERENTE A LOS PRECIOS REFERENCIALES DE LOS ITEMS- CHIPITA- COQUITO/PALITO- PAN LACTEADO- GALLETITA DULCES, HA VARIADO CONSIDERABLEMENTE EN EN PRECIO REFERENCIAL, LO CUAL HACE QUE CANTIDAD MAXIMA ASCIENDA MUCHISIMO MAS DE LO PLANTEADO INICIALMENTE Y EN CUANTO A LA EXPERIENCIA SOLICITADA DEL MINIMO 30% DE LOS 3 ULTIMOS AÑOS SE VA UN GRAN AUMENTO SI SE VA A OFERTAR EN MAS DE UN ITEMS, A MODO DE EJEMPLO LA CHIPITA DE UNA CANTIDAD MAXIMA INICIAL EN GS DE 14.331.698.766 AUMENTO A Gs. 26.560.900.674 y el Coquito de 13.571.830.566 AUMENTO A Gs.15.093.905.022 LA CANTIDAD MAXIMA SOLICITADA, SOLICITAMOS A LA CONVOCANTE BAJAR A UN 15% DEL MONTO TOTAL OFERTADO, ASI SE ESTARIA CONTANDO CON LA MAYOR CANTIDAD DE OFERENTES, Y NO SE ESTARIA LIMITANDO LA PARTICIPACION A EMPRESAS QUE NO TENGAN ESE VOLUMEN DE FACTURACION.
CONSULTAMOS A LA CONVOCANTE REFERENTE A LOS PRECIOS REFERENCIALES DE LOS ITEMS- CHIPITA- COQUITO/PALITO- PAN LACTEADO- GALLETITA DULCES, HA VARIADO CONSIDERABLEMENTE EN EN PRECIO REFERENCIAL, LO CUAL HACE QUE CANTIDAD MAXIMA ASCIENDA MUCHISIMO MAS DE LO PLANTEADO INICIALMENTE Y EN CUANTO A LA EXPERIENCIA SOLICITADA DEL MINIMO 30% DE LOS 3 ULTIMOS AÑOS SE VA UN GRAN AUMENTO SI SE VA A OFERTAR EN MAS DE UN ITEMS, A MODO DE EJEMPLO LA CHIPITA DE UNA CANTIDAD MAXIMA INICIAL EN GS DE 14.331.698.766 AUMENTO A Gs. 26.560.900.674 y el Coquito de 13.571.830.566 AUMENTO A Gs.15.093.905.022 LA CANTIDAD MAXIMA SOLICITADA, SOLICITAMOS A LA CONVOCANTE BAJAR A UN 15% DEL MONTO TOTAL OFERTADO, ASI SE ESTARIA CONTANDO CON LA MAYOR CANTIDAD DE OFERENTES, Y NO SE ESTARIA LIMITANDO LA PARTICIPACION A EMPRESAS QUE NO TENGAN ESE VOLUMEN DE FACTURACION.
Los precios referenciales constituyen un elemento totalmente independiente del porcentaje establecido en los requisitos de Experiencia, los cuales guardan relación exclusivamente con el volumen de facturación y/o ventas del potencial oferente. Los precios referenciales no inciden en el porcentaje establecido ni sobre los precios de venta a ser ofertados. El pliego de bases y condiciones establece como requisito de experiencia que la sumatoria de los contratos o facturaciones de los ejercicios fiscales establecidos, sean igual o superior al 30% de la oferta presentada por el oferente.
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INCLUSION DE LA BANANA
CONSULTAMOS A LA CONVOCANTE EL MOTIVO POR EL CUAL NO SE INCLUYO LA BANANA EN LOS ITEMS SOLICITADOS, YA QUE SEGUN SE VISUALIZA EN LA AUTORIZACION DEL MEC INICIALMENTE ESTABA PREVISTO LA INCLUSION DE LA BANANA DENTRO DE LA MERIENDA ESCOLAR
CONSULTAMOS A LA CONVOCANTE EL MOTIVO POR EL CUAL NO SE INCLUYO LA BANANA EN LOS ITEMS SOLICITADOS, YA QUE SEGUN SE VISUALIZA EN LA AUTORIZACION DEL MEC INICIALMENTE ESTABA PREVISTO LA INCLUSION DE LA BANANA DENTRO DE LA MERIENDA ESCOLAR
El producto banana, se encuentra incluido en el menú de ALMUERZO ESCOLAR. Mediante la Nota DAE N° 361/21 el Ministerio de Educación y Cultura ha aprobado el Proyecto de Merienda Escolar, compuesto por 1 alimento líquido y 5 sólidos, sin incluir la banana en dicho proyecto, sin embargo, en cumplimiento de la Ley N° 6277/19 Que amplía los artículos 2° y 10° de la Ley N° 5410/14 de Alimentación y Control Sanitario indica que: se incluirá como mínimo dos bananas de producción nacional por lo menos tres días a la semana de acuerdo a la disponibilidad. La Gobernación del Departamento Central, en su proyecto de ALMUERZO ESCOLAR, autorizado por Nota DAE N° 27/2021, CUMPLE con lo exigido en la referida Ley, ya que el menú semanal INCLUYE 2 BANANAS 3 VECES POR SEMANA.
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PRECIOS REFERENCIALES
PRECIOS REFERENCIALES
Consulta:CONSULTAMOS A LA CONVOCANTE REFERENTE A LOS PRECIOS REFERENCIALES DE LOS ITEMS- CHIPITA- COQUITO/PALITO- PAN LACTEADO- GALLETITA DULCES, HA VARIADO CONSIDERABLEMENTE EN EN PRECIO REFERENCIAL, LO CUAL HACE QUE CANTIDAD MAXIMA ASCIENDA MUCHISIMO MAS DE LO PLANTEADO INICIALMENTE Y EN CUANTO A LA EXPERIENCIA SOLICITADA DEL MINIMO 30% DE LOS 3 ULTIMOS AÑOS SE VA UN GRAN AUMENTO SI SE VA A OFERTAR EN MAS DE UN ITEMS, A MODO DE EJEMPLO LA CHIPITA DE UNA CANTIDAD MAXIMA INICIAL EN GS DE 14.331.698.766 AUMENTO A Gs. 26.560.900.674 y el Coquito de 13.571.830.566 AUMENTO A Gs.15.093.905.022 LA CANTIDAD MAXIMA SOLICITADA, SOLICITAMOS A LA CONVOCANTE BAJAR A UN 15% DEL MONTO TOTAL OFERTADO, ASI SE ESTARIA CONTANDO CON LA MAYOR CANTIDAD DE OFERENTES, Y NO SE ESTARIA LIMITANDO LA PARTICIPACION A EMPRESAS QUE NO TENGAN ESE VOLUMEN DE FACTURACION.
PRECIOS REFERENCIALES
Consulta:CONSULTAMOS A LA CONVOCANTE REFERENTE A LOS PRECIOS REFERENCIALES DE LOS ITEMS- CHIPITA- COQUITO/PALITO- PAN LACTEADO- GALLETITA DULCES, HA VARIADO CONSIDERABLEMENTE EN EN PRECIO REFERENCIAL, LO CUAL HACE QUE CANTIDAD MAXIMA ASCIENDA MUCHISIMO MAS DE LO PLANTEADO INICIALMENTE Y EN CUANTO A LA EXPERIENCIA SOLICITADA DEL MINIMO 30% DE LOS 3 ULTIMOS AÑOS SE VA UN GRAN AUMENTO SI SE VA A OFERTAR EN MAS DE UN ITEMS, A MODO DE EJEMPLO LA CHIPITA DE UNA CANTIDAD MAXIMA INICIAL EN GS DE 14.331.698.766 AUMENTO A Gs. 26.560.900.674 y el Coquito de 13.571.830.566 AUMENTO A Gs.15.093.905.022 LA CANTIDAD MAXIMA SOLICITADA, SOLICITAMOS A LA CONVOCANTE BAJAR A UN 15% DEL MONTO TOTAL OFERTADO, ASI SE ESTARIA CONTANDO CON LA MAYOR CANTIDAD DE OFERENTES, Y NO SE ESTARIA LIMITANDO LA PARTICIPACION A EMPRESAS QUE NO TENGAN ESE VOLUMEN DE FACTURACION.
Los precios referenciales constituyen un elemento totalmente independiente del porcentaje establecido en los requisitos de Experiencia, los cuales guardan relación exclusivamente con el volumen de facturación y/o ventas del potencial oferente. Los precios referenciales no inciden en el porcentaje establecido ni sobre los precios de venta a ser ofertados. El pliego de bases y condiciones establece como requisito de experiencia que la sumatoria de los contratos o facturaciones de los ejercicios fiscales establecidos, sean igual o superior al 30% de la oferta presentada por el oferente.
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Presentación de Ofertas
Consultamos a la Convocante si podrian modificar donde hace referencia a presentar oferta los ubicados en 1er, 2do y 3er lugar, POR TODOS LOS PARTICIPANTES DEBEN PRESENTAR SUS OFERTAS. De modo a que los Oferentes tengamos igual de oportunidades.
Consultamos a la Convocante si podrian modificar donde hace referencia a presentar oferta los ubicados en 1er, 2do y 3er lugar, POR TODOS LOS PARTICIPANTES DEBEN PRESENTAR SUS OFERTAS. De modo a que los Oferentes tengamos igual de oportunidades.
Dicho requisito fue establecido en función a las necesidades institucionales, en cumplimiento y concordancia con las disposiciones legales vigentes en materia de contrataciones públicas. Todos los potenciales oferentes cuentan con las mismas oportunidades de participación, establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.
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Material de envase
Consultamos a la convocante si podrian remplazar el material caja contenedora por bolsas contenedoras debido a que los mismos son más economicos y de menor volumen que las cajas solicitadas
Consultamos a la convocante si podrian remplazar el material caja contenedora por bolsas contenedoras debido a que los mismos son más economicos y de menor volumen que las cajas solicitadas
Los envases deber ajustarse a las disposiciones establecidas por el Ministerio de Educación y Ciencias, a través de la Resolución N° 734/20, la cual se encuentra publicada dentro de los documentos del presente llamado.
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PRECIOS REFERENCIALES.
CONSULATAMOS A LA CONVOCANTE PORQUE NO SE BAJO EL REQUERIMIENTO DE EXPERIENCIA DEL 30%, YA QUE LOS PRECIOS REFERENCIALES AUMENTO CONSIDERABLEMENTE EN EL TOTAL DE LOS ITEMS OFERTADOS.
CONSULATAMOS A LA CONVOCANTE PORQUE NO SE BAJO EL REQUERIMIENTO DE EXPERIENCIA DEL 30%, YA QUE LOS PRECIOS REFERENCIALES AUMENTO CONSIDERABLEMENTE EN EL TOTAL DE LOS ITEMS OFERTADOS.
Los precios referenciales constituyen un elemento totalmente independiente del porcentaje establecido en los requisitos de Experiencia, los cuales guardan relación exclusivamente con el volumen de facturación y/o ventas del potencial oferente. Los precios referenciales no inciden en el porcentaje establecido ni sobre los precios de venta a ser ofertados. El pliego de bases y condiciones establece como requisito de experiencia que la sumatoria de los contratos o facturaciones de los ejercicios fiscales establecidos, sean igual o superior al 30% de la oferta presentada por el oferente.