3. En relación al viaducto a construir en el acceso al centro de verificación de cargas de la ANNP, podemos notar en los planos siguientes: “01. PERFIL LONGITUDINAL Y PLANTA” y “04. DETALLE DE ARMADURA PILAS 01”, la ausencia de pilotes para la fundación, entendiendo así que es Zapata Corrida el tipo solicitado. Favor confirmar si dicha apreciación es correcta.
3. En relación al viaducto a construir en el acceso al centro de verificación de cargas de la ANNP, podemos notar en los planos siguientes: “01. PERFIL LONGITUDINAL Y PLANTA” y “04. DETALLE DE ARMADURA PILAS 01”, la ausencia de pilotes para la fundación, entendiendo así que es Zapata Corrida el tipo solicitado. Favor confirmar si dicha apreciación es correcta.
4. En relación al plano “01. PERFIL LONGITUDINAL Y PLANTA” del viaducto de acceso a ANNP, se detalla que el ancho de la ménsula es de 1,7m, mientras que el plano “07. DETALLES DE MÉNSULA – BARRERA DE PROTECC” define el ancho como 1,0m. Favor corregir esta incongruencia y actualizar planos.
4. En relación al plano “01. PERFIL LONGITUDINAL Y PLANTA” del viaducto de acceso a ANNP, se detalla que el ancho de la ménsula es de 1,7m, mientras que el plano “07. DETALLES DE MÉNSULA – BARRERA DE PROTECC” define el ancho como 1,0m. Favor corregir esta incongruencia y actualizar planos.
5. En relación al plano “01. DETALLE DE ARMADURAS PILAS 01” para el acceso de ANNP, la tabla de resumen con los datos expresados en plano presenta varias incongruencias en las posiciones 1, 3, 4, 6, 10a, 10b. Favor indicar qué valor es el correcto, dado que esto significaría un cambio en la cuantía calculada de las pilas del viaducto.
5. En relación al plano “01. DETALLE DE ARMADURAS PILAS 01” para el acceso de ANNP, la tabla de resumen con los datos expresados en plano presenta varias incongruencias en las posiciones 1, 3, 4, 6, 10a, 10b. Favor indicar qué valor es el correcto, dado que esto significaría un cambio en la cuantía calculada de las pilas del viaducto.
6. Con respecto al ítem “1.3.8 Capa de concreto asfáltico con polímero (refuerzo en camino de servicios temporales, espesor = 4cm”, solicitamos los detalles de la sección transversal tipo de dichos caminos para poder desarrollar de manera correcta la logística de las obras.
7. Con respecto al ítem, “1.3.9 Pavimento tipo empedrado (reparación y calles laterales)”, solicitamos definir cuáles serían las calles laterales.
6. Con respecto al ítem “1.3.8 Capa de concreto asfáltico con polímero (refuerzo en camino de servicios temporales, espesor = 4cm”, solicitamos los detalles de la sección transversal tipo de dichos caminos para poder desarrollar de manera correcta la logística de las obras.
7. Con respecto al ítem, “1.3.9 Pavimento tipo empedrado (reparación y calles laterales)”, solicitamos definir cuáles serían las calles laterales.
En la Hoja de Datos numeral 1.14 dice “Los consultores podrán presentar una sola propuesta para cada lote.” Teniendo en cuenta que para este llamado no esta dividido en lotes porque es un contrato único, solicitamos que sea corregido este párrafo.
En la Hoja de Datos numeral 1.14 dice “Los consultores podrán presentar una sola propuesta para cada lote.” Teniendo en cuenta que para este llamado no esta dividido en lotes porque es un contrato único, solicitamos que sea corregido este párrafo.
Referirse a lo establecido en la Adenda N° 1, en donde se modifica la cláusula 1.14 de las Instrucciones para los Consultores - Hoja de Datos.
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Consulta 2
Solicitamos acarar si para empresas extranjeras consorciadas con empresas nacionales, la empresa extranjera deberá de igual forma fijar un domicilio dentro del territorio nacional, teniendo en cuenta que ya se encuentra asociada con una empresa nacional que tiene constituido domicilio dentro de la republica del Paraguay
Solicitamos acarar si para empresas extranjeras consorciadas con empresas nacionales, la empresa extranjera deberá de igual forma fijar un domicilio dentro del territorio nacional, teniendo en cuenta que ya se encuentra asociada con una empresa nacional que tiene constituido domicilio dentro de la republica del Paraguay
Referirse a lo establecido en la cláusula 1.13 de las Instrucciones para los Consultores - Hoja de Datos, que menciona entre otras cosas lo siguiente: "... Art.32 Decreto2992/19 "Los Oferentes extranjeros, individuales o consorciados, deben proporcionar una dirección de correo electrónico y constituir domicilio dentro del territorio nacional y declararlo en su oferta, los que serán válido a los efectos de las notificaciones o comunicaciones que se realicen en el marco de los procedimientos de contratación regidos por la Ley o de los procedimientos administrativos derivados de los mismos."".
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Consulta 3
En los Términos de Referencia se menciona que el Anticipo será pagado por cada fase del contrato, pero teniendo en cuenta por experiencias en contratos anteriores con el mismo método, solicitamos considerar el pago de un anticipo del 10% por el monto total del contrato, considerando que existe la posibilidad de que la ejecución de las fases del contrato sean en simultaneo, por lo que la consultora se vería en la necesidad de contratar y movilizar todos los recursos para la ejecución del contrato.
En los Términos de Referencia se menciona que el Anticipo será pagado por cada fase del contrato, pero teniendo en cuenta por experiencias en contratos anteriores con el mismo método, solicitamos considerar el pago de un anticipo del 10% por el monto total del contrato, considerando que existe la posibilidad de que la ejecución de las fases del contrato sean en simultaneo, por lo que la consultora se vería en la necesidad de contratar y movilizar todos los recursos para la ejecución del contrato.
Esta Contratante se mantiene con respecto a lo establecido en la cláusula 6.4 a) de las Condiciones Especiales del Contrato, que establece entre otras cosas, lo siguiente: "... Se pagará un anticipo por un monto equivalente hasta el (10%) diez por ciento del Precio de la Fiscalización de la Fase A. El Contratante realizará deducciones, en el mismo porcentaje del Anticipo, a los pagos que abone al Consultor por la prestación de los servicios hasta compensar totalmente dicho anticipo durante el Periodo de Fiscalización de la Fase A. Así mismo, se pagará un anticipo por un monto equivalente hasta el (10%) diez por ciento del Precio de la Fiscalización de la Fase B. El Contratante realizará deducciones, en el mismo porcentaje del Anticipo, a los pagos que abone al Consultor por la prestación de los servicios hasta compensar totalmente dicho anticipo durante el Periodo de Fiscalización de la Fase B.".
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Volumen Anual de Negocios
2. Capacidad Económica y Financiera, 2.1Volumen Anual de Negocios: en el 3er párrafo se expresa lo siguiente: En el caso de Consorcios a los efectos de calificación, se sumarán los promedios de los ingresos en servicios de consultoría de cada integrante, debiendo el líder del consorcio cumplir como mínimo con el 60 % de lo establecido y los demás miembros del consorcio con el 40% como mínimo cada uno.
Se consulta si los porcentajes de 60 y 40 por ciento son sobre el 50% mínimo establecido en el 1er párrafo con montos atribuibles respectivamente a Gs. 2.040.000.000 para el líder y Gs. 1.360.000.000 para otro miembro del consorcio.
2. Capacidad Económica y Financiera, 2.1Volumen Anual de Negocios: en el 3er párrafo se expresa lo siguiente: En el caso de Consorcios a los efectos de calificación, se sumarán los promedios de los ingresos en servicios de consultoría de cada integrante, debiendo el líder del consorcio cumplir como mínimo con el 60 % de lo establecido y los demás miembros del consorcio con el 40% como mínimo cada uno.
Se consulta si los porcentajes de 60 y 40 por ciento son sobre el 50% mínimo establecido en el 1er párrafo con montos atribuibles respectivamente a Gs. 2.040.000.000 para el líder y Gs. 1.360.000.000 para otro miembro del consorcio.