En el numeral 5.8 del PBC Criterios de desempate de ofertas menciona que utilizaran como criterio de desempate el mayor coeficiente del promedio de los tres últimos años del Ratio de Liquidez, y que, en el caso de consorcios se sumaran los promedios y los coeficientes, respectivamente, de casa miembro, a los efectos de promediar los resultados. La consulta es, ¿cuál será la formula a utilizar?, ya que menciona que se sumarán los promedios y los coeficientes y luego promediarlos.
En el numeral 5.8 del PBC Criterios de desempate de ofertas menciona que utilizaran como criterio de desempate el mayor coeficiente del promedio de los tres últimos años del Ratio de Liquidez, y que, en el caso de consorcios se sumaran los promedios y los coeficientes, respectivamente, de casa miembro, a los efectos de promediar los resultados. La consulta es, ¿cuál será la formula a utilizar?, ya que menciona que se sumarán los promedios y los coeficientes y luego promediarlos.
En caso de Consorcios, para el caso a), se promediarán los ratios de liquidez de cada miembro del consorcio. El ratio de liquidez de cada miembro se obtiene del promedio de los 3 últimos años del activo corriente/pasivo corriente. El que obtenga el mayor coeficiente calculado según el método descripto anteriormente, entre los oferentes empatados, será el adjudicado
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Garantía de Mantenimiento de Oferta
En el caso de presentar ofertas en los 2 lotes, favor confirmar si es necesario la presentación de la Garantía de Mantenimiento de Oferta tanto para el Lote N°1 como para el Lote N°2 de manera separada? o es suficiente presentar una sola Garantía de Mantenimiento para los 2 lotes?, puesto que según la Hoja de Datos, solamente se puede ser adjudicado en un solo lote.
En el caso de presentar ofertas en los 2 lotes, favor confirmar si es necesario la presentación de la Garantía de Mantenimiento de Oferta tanto para el Lote N°1 como para el Lote N°2 de manera separada? o es suficiente presentar una sola Garantía de Mantenimiento para los 2 lotes?, puesto que según la Hoja de Datos, solamente se puede ser adjudicado en un solo lote.
La Garantía de Mantenimiento de Oferta deberá ser presentada para cada lote ofertado.
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Consulta 3
En la Hoja de Datos numeral 1.2 dice “El oferente podrá presentar ofertas para los dos lotes, pero solo podrá adjudicarse un solo Lote, el mismo deberá indicar el lote de su preferencia.
Teniendo en cuenta la adjudicación de un solo lote, los criterios de evaluación serán considerados el monto referencial de 13.000.000.000 Gs y no de 26.000.000.000 Gs. ¿Es correcta nuestra apreciación?
En la Hoja de Datos numeral 1.2 dice “El oferente podrá presentar ofertas para los dos lotes, pero solo podrá adjudicarse un solo Lote, el mismo deberá indicar el lote de su preferencia.
Teniendo en cuenta la adjudicación de un solo lote, los criterios de evaluación serán considerados el monto referencial de 13.000.000.000 Gs y no de 26.000.000.000 Gs. ¿Es correcta nuestra apreciación?
En la Hoja de Datos en el apartado de Experiencia Especifica el criterio dice, … hasta alcanzar un máximo de 100 puntos. Sin embargo, el siguiente párrafo reserva 20 puntos para los servicios de consultoría en diseño. Sumando estos dos factores se tendría 120 puntos. Solicitamos corregir los puntos máximos de este apartado.
En la Hoja de Datos en el apartado de Experiencia Especifica el criterio dice, … hasta alcanzar un máximo de 100 puntos. Sin embargo, el siguiente párrafo reserva 20 puntos para los servicios de consultoría en diseño. Sumando estos dos factores se tendría 120 puntos. Solicitamos corregir los puntos máximos de este apartado.
Referirse a lo establecido en la Adenda N° 1, en donde se modifica el punto 1.2 Experiencia Específica, (i) Experiencia específica de los consultores pertinente a las tareas, de la cláusula 5.2 (a-2) de la sección Instrucciones para los Consultores - Hoja de Datos del PBC.
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Consulta 7
Solicitamos corregir la proforma de contrato del pliego donde se solicita la póliza de Responsabilidad Civil cuando en realidad para consultoría debe ser Garantía de desempeño de una actividad o profesión la cual es la que corresponde acorde a servicio que se va a prestar
Solicitamos corregir la proforma de contrato del pliego donde se solicita la póliza de Responsabilidad Civil cuando en realidad para consultoría debe ser Garantía de desempeño de una actividad o profesión la cual es la que corresponde acorde a servicio que se va a prestar
Referirse a los establecido en el apartado Formulario de Contrato, en la clausula 12. FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZAR LOS ANTICIPOS Y EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO (Art. 37 g, Ley N° 2051/03), subclausula 12.2, en donde dice:
"12.2 El CONSULTOR se obliga a presentar al CONTRATANTE una póliza de seguros o garantía bancaria de SEGURO DE RESPONSABILIDAD PROFESIONAL por un monto equivalente al 10% (diez por ciento) del monto del Contrato, la vigencia será hasta el cumplimiento total de las obligaciones con la recepción definitiva de las obras y deberá ser presentada dentro de los 10 (diez) días corridos posteriores a la firma del contrato."
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Consulta 6
Solicitamos aclarar si la propuesta técnica y económica tiene que ser elaborada para cada lote o bastaría con preparar para una solo propuesta técnica valida para los dos lotes y dos propuestas económicas para ambos lotes teniendo en cuenta que solo un lote podrá ser adjudicado por cada oferente.
Solicitamos aclarar si la propuesta técnica y económica tiene que ser elaborada para cada lote o bastaría con preparar para una solo propuesta técnica valida para los dos lotes y dos propuestas económicas para ambos lotes teniendo en cuenta que solo un lote podrá ser adjudicado por cada oferente.
Respecto a la propuesta técnica, en caso de ofertar por los dos lotes, solo se requerirá una propuesta técnica, pero se deberá tener en cuenta, que se presentará el TEC-4, TEC-7 y TEC-8, para cada uno de los lotes ofertados.
Respecto a la propuesta económica, es correcto su entendimiento.
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Consulta 5
En los Términos de Referencia se menciona que el Anticipo será pagado por cada fase del contrato, pero teniendo en cuenta por experiencias en contratos anteriores con el mismo método, solicitamos considerar el pago de un anticipo del 10% por el monto total del contrato, considerando que existe la posibilidad de que la ejecución de las fases del contrato sean en simultaneo, por lo que la consultora se vería en la necesidad de contratar y movilizar todos los recursos para la ejecución del contrato.
En los Términos de Referencia se menciona que el Anticipo será pagado por cada fase del contrato, pero teniendo en cuenta por experiencias en contratos anteriores con el mismo método, solicitamos considerar el pago de un anticipo del 10% por el monto total del contrato, considerando que existe la posibilidad de que la ejecución de las fases del contrato sean en simultaneo, por lo que la consultora se vería en la necesidad de contratar y movilizar todos los recursos para la ejecución del contrato.
Esta Contratante se mantiene en lo establecido en la Cláusula 6.4 a) de la sección III. Condiciones Especiales del Contrato del Pliego de Bases y Condiciones
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Volumen Anual de Negocios
2. Capacidad Económica y Financiera, 2.1Volumen Anual de Negocios: en el 3er párrafo se expresa lo siguiente: En el caso de Consorcios a los efectos de calificación, se sumarán los promedios de los ingresos en servicios de consultoría de cada integrante, debiendo el líder del consorcio cumplir como mínimo con el 60 % de lo establecido y los demás miembros del consorcio con el 40% como mínimo cada uno. Se consulta si los porcentajes de 60 y 40 por ciento son sobre el 50% mínimo establecido en el 1er párrafo con montos atribuibles respectivamente a Gs. 2.040.000.000 para el líder y Gs. 1.360.000.000 para otro miembro del consorcio.
2. Capacidad Económica y Financiera, 2.1Volumen Anual de Negocios: en el 3er párrafo se expresa lo siguiente: En el caso de Consorcios a los efectos de calificación, se sumarán los promedios de los ingresos en servicios de consultoría de cada integrante, debiendo el líder del consorcio cumplir como mínimo con el 60 % de lo establecido y los demás miembros del consorcio con el 40% como mínimo cada uno. Se consulta si los porcentajes de 60 y 40 por ciento son sobre el 50% mínimo establecido en el 1er párrafo con montos atribuibles respectivamente a Gs. 2.040.000.000 para el líder y Gs. 1.360.000.000 para otro miembro del consorcio.
Para el Volumen Anual de Negocios 2. Capacidad Económica y Financiera, 2.1Volumen Anual de Negocios, en caso de Consorcios a los efectos de calificación, se sumarán los promedios de los ingresos en servicios de consultoría de cada integrante, debiendo el líder del consorcio cumplir como mínimo con el 60 % de lo establecido y los demás miembros del consorcio con el 40% como mínimo cada uno. Los porcentajes de 60 y 40 por ciento son sobre el 50% mínimo establecido en el 1er párrafo del PBC, en su apartado mencionado anteriormente, a modo de ejemplo serían Gs. 3.900.000.000 para el líder y Gs. 2.600.000.000, respectivamente para cada miembro del consorcio.
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PRORROGA PARA LA PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS
Por la presente solicitamos una prorroga de 45 (cuarenta y cinco) días para la presentación de las Propuestas, este pedido obedece a que la naturaleza y complejidad de la Obra, merece un estudio detallada y pormenorizado del sitio de obras de manera a poder presentar una Oferta balanceada y bien estudiada de acuerdo a los recursos de la zona y que la misma sea la mas conveniente para el MOPC y el País
Por la presente solicitamos una prorroga de 45 (cuarenta y cinco) días para la presentación de las Propuestas, este pedido obedece a que la naturaleza y complejidad de la Obra, merece un estudio detallada y pormenorizado del sitio de obras de manera a poder presentar una Oferta balanceada y bien estudiada de acuerdo a los recursos de la zona y que la misma sea la mas conveniente para el MOPC y el País
Referirse a lo establecido en la Adenda N° 1, en donde se modifica lo establecido en las Instrucciones para los Consultores - Hoja de Datos, cláusulas 4.5 y 4.6.
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Acta de Acuerdo de Intención de consorcio
En el Acta de Acuerdo de Intención de consorcio en la Cláusula Cuarta dice:
Queda establecido de común acuerdo, designar como GESTOR DEL CONSORCIO a la Firma (Nombre de la Empresa Líder), la que asumirá el liderazgo del mismo, y cuyo Representante Legal (Nombre del/los Representante/s Legal/es), será quien suscriba la oferta y todos los documentos relativos a la misma.
Con relación al Representante Legal debe ser de la Firma Lider? O el documento hace referencia a un Representante Legal del Consorcio para este punto?
En el Acta de Acuerdo de Intención de consorcio en la Cláusula Cuarta dice:
Queda establecido de común acuerdo, designar como GESTOR DEL CONSORCIO a la Firma (Nombre de la Empresa Líder), la que asumirá el liderazgo del mismo, y cuyo Representante Legal (Nombre del/los Representante/s Legal/es), será quien suscriba la oferta y todos los documentos relativos a la misma.
Con relación al Representante Legal debe ser de la Firma Lider? O el documento hace referencia a un Representante Legal del Consorcio para este punto?