Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 Documentos Presentar copia autenticada de la factura de compra del equipo “Vaporizador/aspirador tipo industrial para desinfección para COVID-19”, y Certificado del equipo proveído por parte del distribuidor autorizado. SOLICITAMOS A LA CONVOCANTE JUSTIFICACION TECNICA PARA SOLICITAR ESTE EQUIPO EN ESPECIAL (CUYO COSTO ES MUY ELEVADO) - QUE ESTUDIO CIENTIFICO U ORGANISMO DE SALUD SEGÚN LA CONVOCANTE AFIRMA O SUGIERE QUE ESTA MAQUINA ES PARA DESINFECCIÓN CONTRA COVID -19. ESTA CONSULTA LA HACEMOS PORQUE EXISTEN EN EL MERCADO MUCHOS EQUIPOS QUE UTILIZAN DESINFECTANTES ESPECIFICOS PARA ELIMINAR CUALQUIER VIRUS. EL EQUIPO QUE IMPONE LA CONVOCANTE NO UTILIZA NINGUN TIPO DE DESINFECTANTE. ACLARAR CONVENIENTEMENTE YA QUE ESTE REQUISITO SE PODRIA INTERPRETAR COMO UN DIRECCIONAMIENTO DE ESTE LLAMADO. 25-03-2021 26-03-2021
2 Documentos requeridos sobre productos 1. En la Sección “Especificaciones Técnicas y Suministros Requeridos”, numeral 2) “Otros documentos adiciones a la oferta que demuestren que los bienes o servicios ofertados cumplen con las especificaciones técnicas” página 29 del Pliego de Bases y Condiciones, se requieren Informe de ensayo expedido por el INTN y registro domisanitario expedido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria, vigente del detergente biodegradable y del hipoclorito de sodio. Favor agregar que tales documentos deben ser entregados al oferente por el respectivo fabricante de cada uno de los referidos productos. 25-03-2021 26-03-2021
3 equipo vaporizador 2. En la Sección “Especificaciones Técnicas y Suministros Requeridos”, numeral 2) “Otros documentos adiciones a la oferta que demuestren que los bienes o servicios ofertados cumplen con las especificaciones técnicas” página 29 del Pliego de Bases y Condiciones se requiere la presentación de copia autenticada de la factura de compra del equipo “Vaporizador/aspirador tipo industrial para desinfección para COVID-19”, y Certificado del equipo proveído por parte del distribuidor autorizado. Se consulta acerca de la posibilidad de admitir contratos de alquiler o arrendamiento de equipos, teniendo en cuenta que requerir los equipos en propiedad resultaría un requerimiento limitante a las posibilidades de participación y no resulta técnicamente indispensable de conformidad a lo señalado por el art. 20 de la Ley Nº 2051/03. 25-03-2021 26-03-2021
4 Analisis INTN durante la vigencia de contrato 3. En la Sección “Especificaciones Técnicas y Suministros Requeridos”, numeral 3) “Inspecciones y pruebas” página 29 del Pliego de Bases y Condiciones se establece que en forma periódica (4 (cuatro) veces durante la vigencia del contrato) se podrá realizar prueba de calidad de los productos utilizados (detergente, lavandina, jabón líquido, etc.) las mismas se realizarán en los laboratorios del INTN a cargo del Proveedor, además se verificará que los productos utilizados cuenten con el registro correspondiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Se consulta acerca de la posibilidad de eliminar este punto del PBC ya que no se justifica realizar los mismos análisis en 4 (cuatro) ocasiones durante la vigencia del contrato, ya que los productos serán los mismos, establecer la realización en cuatro ocasiones de los mismos análisis implicaría costos innecesarios para el contrato ya que el objeto del llamado es SERVICIO DE LIMPIEZA no la de PROVISION DE PRODUCTOS DE LIMPIEZA. 25-03-2021 26-03-2021
5 Division de en lotes de servicio de limpieza y servicio de desinfeccion y fumigacion Solicitamos que pueda dividir en otro lote este de servicio de desinfección y fumigación integral del edificio con respecto al de la limpieza de oficina debido a que son servicio totalmente distintos uno de otro y de modo a poder cotizar de mejor manera y lo que corresponde esencialmente a cada servicio en cuestión además teniendo en cuenta que para realizar el servicio de desinfección y fumigación se necesitan registro emitidos por DIGESA (por el manejo de productos químicos de alta toxicidad) que solo tienen empresas que están especializadas en dicho rubro. Tenemos que resaltar que ambos servicios también cuneta con código de catalogo diferentes según la DNCP por ej. para el servicio de limpieza de edificio el código de catalogo es el 76111501-001 para el servicio de fumigación es el 72102103-001 y para el servicio de desinfección es el 76101503-9998 además de que existe una resolución DNCP que es la 1665/20 donde la DNCP resuelve dividir en lotes los diversos servicios solicitados en el pbc. Además con la división en lotes se lograra la mayor participación de oferentes en el presente llamado cuestión que en la actualidad es una lucha de la DNCP la de obtener la mayor participación de oferentes en las compras publicas y como esta redactado el pbc hoy no coincide con la causa que la DNCP esta llevando adelante. 25-03-2021 26-03-2021
6 Balance y estados de resultados 2020 En vista que en la adenda Nº 1 en el punto de capacidad técnica vemos que se ha modificado con respecto al pbc inicial el balance solicitado, de ser inicialmente desde la año 2017 2018 y 2019 paso a ser desde el año 2018 2019 y 2020 y además del formulario 104 y teniendo en cuenta que el vencimiento de los mismo recién es el 30 de abril de 2021 para su presentación ante la SET y con posibilidad del que dicho plazo se extienda por la situación de PANDEMIA que vivimos actualmente por lo que solicitamos que dicho documento se mantenga como estaba inicialmente en el pbc que sea de los años 2017 2018 y 2019 25-03-2021 26-03-2021
7 Aclaración Con respecto a la exigencia de presentar balance año 2020 según adenda 1, informamos a la convocante que la fecha de presentación ante el M.Hacienda es hasta el 30 de abril para IRACIS por lo que la convocante no puede exigir la presentación de este documento. 26-03-2021 26-03-2021
8 SOLICITUD DE INCLUSION DE REGULACIONES Solicitamos respetuosamente puedan incluir en el llamado una planilla de declaracion de las marcas y productos que se utilizaran para el cumplimiento del servicio a prestar, ya que nuestro deseo como empresa es cumplir con el 100 % de las leyes de la Republica en especifico el Artículo 1° Ley N° 1119/97 “De productos para la Salud y otros”). 2. La fabricación, importación, comercialización de productos Domisanitarios en todo el territorio de la República del Paraguay, estará sujeta a la autorización previa de la autoridad sanitaria nacional. (Art. 40 de la Ley N.º 1119/97, reglamentada por el Decreto N.º 2882/14). 3. Se prohíbe en todo el territorio nacional la comercialización de productos Domisanitarios que no cuenten con registros sanitarios otorgados por la DNVS.4 "El Registro Sanitario es la concesión otorgada por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria a través de la cual se procede a la inscripción y la correspondiente autorización para la importación y comercialización de los productos Domisanitarios de Riesgo I y II, una vez que el mismo ha cumplido con los requisitos establecidos en el presente Decreto"(Numeral 13, Art. 2º del Decreto N.º 2882/ 14).5.Las empresas denominadas mayoristas son las habilitadas para la comercialización en gran cantidad, previamente autorizadas por la DNVS, en el rubro correspondiente. 6. Los productos Domisanitarios de origen extranjero, para su importación deben cumplir con lo establecido en el Decreto N.º 3.214 del 21 de octubre de 2.009, En análisis de todo lo antes dicho, es menester expresar que si bien el Pliego de Bases y Condiciones no establece como requisito alguna documentación que acredite que los productos ofertados para el cumplimiento del servicio en el marco del presente llamado cuenten con registro en la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria, para ser comercializados, no es menos cierto que dicha obligación es de carácter general para todos aquellos productos denominados Domisanitarios, si bien las normativas de orden público pueden no encontrarse insertas de manera explícita en las bases concursales de un llamado, ya sea para un producto nacional o importado, no las exime de su cumplimiento. En conclusión queremos evitar que al llamado se presenten empresas que incurren a la fabricación cacera de insumos de limpieza 27-03-2021 29-03-2021
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