Consulta:
CONSULTAMOS A LA CONVOCANTE CUANTO SIGUE:
1- CAPACIDAD FINANCIERA:
Con respecto al capital de trabajo que menciona que debe ser el ACTIVO CORRIENTE menos el PASIVO CORRIENTE del periodo 2019 debe visualizarse eso netamente en la cuenta CAPITAL?
O en su defecto se refiere al total de PATRIMONIO NETO y si el valor resultante del mismo debe ser superior a la oferta?, o la misma no tendría ninguna incidencia dentro de este parámetro?.
2- EXPERIENCIA ESPECIFICA EN OBRAS
En referencia a las actividades claves consideramos que las mismas no tienen relación con el primer punto que reza cuanto sigue:
TENER EXPERIENCIA EN TRABAJOS DE CONSTRUCCION DE OBRAS CIVILES CUYAS ENVERGADURAS SEAN SIMILARES O DE SUPERIOR NIVEL A LA OBRA LICITADA.
Sin embargo la misma solicita CONSTRUCCION DE CHAPAS DOBLADAS DE FE N° 26 superior a 3000 M2 por obra, CONSTRUCCION DE EMPEDRADO 3000 M2 por obra etc.
Solicitamos a la convocante el estudio nuevamente de estos puntos, ya que la cantidad solicitada no coincide con la cantidad que se realizara dentro de la obra licitada como también solicitamos la modificación y por ende consideración de estos puntos ya que por ejemplo las chapas pueden ser de otras dimensiones o similares como también en su caso particular de los EMPEDRADOS considerar no solo una cantidad específica de metros cuadrados sino la de contrato anteriores de similar o mayor envergadura.
Por ultimo solicitamos respetuosamente el análisis de todos los puntos en específico de esta sección para que la misma no sea limitante para ña participación de todo potencial oferente
Artículo 4.- Principios Generales
La actividad de contratación pública se regirá por los siguientes principios:
b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública.