Entre la Corte Suprema de Justicia de la República del Paraguay, domiciliada en las calles Pedro Blasio Testanova y Mariano Roque Alonso en la ciudad de Asunción, representada para este acto por su Presidente el DR CÉSAR MANUEL DIESEL JUNGHANNS, nombrado al cargo por Acordada N° 1501 de fecha 17 de febrero de 2021 denominada en adelante la CONTRATANTE, por una parte, y, por la otra, la firma ____________, domiciliada en ___________________________________, República del Paraguay, representada para este acto por _________________________________, con Cédula de Identidad N° ________________, denominada en adelante el PROVEEDOR, denominadas en conjunto "LAS PARTES" e, individualmente, "PARTE", acuerdan celebrar el presente LICITACION POR CONCURSO DE OFERTAS PAC N° 35/2021 MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE BEBEDEROS - CONTRATO ABIERTO - PLURIANUAL - SBE I.D. N° 393.063, el cual estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
El objeto del contrato es:
El presente contrato tiene por objeto establecer las obligaciones que asumen la CONTRATANTE y el PROVEEDOR, en relación al Llamado del Programa Anual de Contrataciones LICITACION POR CONCURSO DE OFERTAS PAC N° 35/2021 MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE BEBEDEROS - CONTRATO ABIERTO - PLURIANUAL - SBE I.D. N° 393.063, adjudicada por Resolución de la Corte Suprema de Justicia N.º. de fecha de 202_ y que serán realizados por el PROVEEDOR a la CONTRATANTE, de acuerdo a los documentos del presente contrato
Los documentos contractuales firmados por las partes y que forman parte integral del contrato son los siguientes:
Los documentos que forman parte del contrato deberán considerarse mutuamente explicativos; en caso de contradicción o discrepancia entre los mismos, la prioridad se dará en el orden enunciado anteriormente.
Los documentos adicionales del contrato son:
6. Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
El crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del presente contrato está previsto conforme al Certificado de Disponibilidad Presupuestaria vinculado al Programa Anual de Contrataciones (PAC) con el ID Nº: 393.063.
El presente llamado es PLURIANUAL, por lo tanto, la validez de las contrataciones para los ejercicios fiscal 2021, 2022 y 2023 estará sujeta a la aprobación de la partida presupuestaria para dichos ejercicios, de conformidad a lo establecido en el Art. 14. Disponibilidad Presupuestaria de la Ley N° 2051/2003 de Contrataciones Públicas.
El presente Contrato es el resultado del procedimiento de la LICITACION POR CONCURSO DE OFERTAS PAC N° 35/2021 MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE BEBEDEROS - CONTRATO ABIERTO - PLURIANUAL - SBE I.D. N° 393.063 convocada por la CONTRATANTE, según Resolución de la Corte Suprema de Justicia N°. de fecha. De de 202_. La adjudicación fue realizada por Resolución de la Corte Suprema de Justicia N°. del . de . de 202_.
El precio unitario y total ofertado comprende todo gravamen y cualquier otro gasto en que incurra el PROVEEDOR en la ejecución del contrato. Queda entendido que están incluidos así mismo, los gastos generales y las utilidades del PROVEEDOR, así como los imprevistos y cualquier otro costo necesario conforme a lo previsto en este contrato, con excepción de cualquier ajuste de precios de acuerdo a las fórmulas y procedimientos establecidos.
Para los fines de este Contrato, se conviene en establecer que el monto mínimo del contrato es de G.. (GUARANIES..) I.V.A. incluido y el monto máximo del contrato es de G.. (GUARANIES..) I.V.A. incluido, determinado en base a los precios unitarios que figuran en la planilla de oferta del PROVEEDOR, y a la cantidad adjudicada por Resolución, cuyos ítems se detallan a continuación:
[Formato de Tabla para contrato abierto - montos mínimos y máximos]
Nro. de orden | Nro. de ítem/lote | Descripción | Unidad de medida | Cantidad | Presentación | Precio Unitario (IVA Incluído) |
PRECIO TOTAL: |
MONTO MÍNIMO | Gs. |
MONTO MÁXIMO | Gs. |
Total: [sumatoria de columna de montos mínimos y sumatoria de columna de montos máximos]
El monto mínimo del presente contrato asciende a la suma de__________________________ y el monto máximo es de_______________
El proveedor se compromete a proveer los servicios a la contratante y a subsanar los defectos de éstos de conformidad a las disposiciones del contrato.
La contratante se compromete a pagar al proveedor como contrapartida de la prestación de los servicios y la subsanación de sus defectos, el precio del contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en las condiciones contractuales.
• GARANTÍA: El porcentaje de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato es de: 5% (CINCO POR CIENTO) del monto máximo a contratar.
• MULTA: Si el PROVEEDOR no diera cumplimiento al plazo de presentación de un Presupuesto y a la prestación de los Servicios de mantenimiento preventivo y correctivo en la forma y en el plazo convenido en el contrato y sus eventuales prorrogas autorizadas por escrito en los casos fortuitos o de fuerza mayor, será pasible de una multa equivalente al 0,5% (CERO COMA CINCO POR CIENTO) del valor de la Orden de Servicio en demora, por cada día hábil de atraso.
En el caso, de que se detectaren fallas sobre componentes ya reparadas o cambiados en el periodo de garantía de los mantenimientos preventivos y/o correctivos, y si el PROVEEDOR no brinda una solución a los problemas detectados, en el plazo de 3 (tres) días hábiles de haber recibido el reclamo, sea este en forma personal por Nota, o por e-mail o vía fax, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA podrá, sin perjuicio del ejercicio de otros recursos con que cuente en virtud del contrato, deducir los siguientes porcentajes, de cualquier factura pendiente de pago que tenga el Proveedor con la institución. Dichos porcentajes serán aplicados sobre las Ordenes de Servicio que originaron los mantenimientos preventivos y/o correctivos, de acuerdo a la siguiente graduación:
a. Por 1 (una) notificación de reclamo al PROVEEDOR, se aplicara una multa del 5% (CINCO POR CIENTO) sobre el valor del mantenimiento preventivo o la reparación reclamada en concepto de garantía.
b. Por 2 (dos) notificación de reclamo al PROVEEDOR, se aplicara una multa del 8% (OCHO POR CIENTO) sobre el valor del mantenimiento preventivo o la reparación reclamada en concepto de garantía.
c. Por 3 (tres) notificación de reclamo al PROVEEDOR, se aplicara una multa del 10% (DIEZ POR CIENTO) sobre el valor del mantenimiento preventivo o la reparación reclamada en concepto de garantía.
• TASA DE INTERÉS POR MORA: El porcentaje de interés será de 0,01% (CERO COMA CERO UNO POR CIENTO).
La vigencia del presente contrato será:
Este contrato tendrá 24 (veinticuatro) meses de vigencia, contados desde la fecha de la firma del mismo.
Los bienes y/o los servicios deberán ser entregados y/o prestados, dentro de los plazos establecidos en el Cronograma de Entregas del pliego de bases y condiciones.
La administración de éste contrato estará a cargo de:
El ADMINISTRADOR DEL CONTRATO será designado por la CONTRATANTE. El mismo deberá comunicar en tiempo y forma si el PROVEEDOR ha incumplido lo convenido, a fin de aplicar lo establecido en la cláusula Décima del presente contrato.
La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las condiciones contractuales del presente pliego de bases y condiciones, la cual se presentará a más tardar dentro de los diez (10) días calendarios siguientes a la firma del contrato.
El adjudicado deberá en el plazo de quince (15) días calendario desde la firma del presente contrato, presentar ante el administrador de contrato, la constancia o constancias de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, de todos los sujetos obligados en el marco de la Ley N° 6355/19.
En el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, se deberá remitir a la convocante la actualización de la mencionada declaración jurada, una vez finalizada la ejecución del presente contrato.
Las multas y otras penalidades que rigen en el presente contrato serán aplicadas conforme con lo establecido en las Condiciones Contractuales del presente pliego. Superado el monto equivalente a la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la contratante podrá aplicar el procedimiento de rescisión de contratos de conformidad al Artículo 59 inc. c) de la Ley N° 2.051/2003 "De Contrataciones Públicas", caso contrario deberá seguir aplicando el monto de las multas que correspondan.
La rescisión del contrato o la aplicación de multas por encima del porcentaje de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato deberá comunicarse a la DNCP a los fines previstos en el artículo Nº 72 de la Ley N° 2051/2003 "De Contrataciones Públicas", modificado por Ley N° 6716/2021.
Las causales y el procedimiento para suspender temporalmente, dar por terminado en forma anticipada o rescindir el contrato, son las establecidas en la Ley N° 2051/2003 y en las condiciones contractuales del presente pliego de bases y condiciones.
Cualquier diferencia que surja durante la ejecución del contrato se dirimirá conforme a las reglas establecidas en la legislación aplicable y en las condiciones contractuales.
Si la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas resolviera anular la adjudicación de la contratación debido a la procedencia de una protesta o investigación instaurada en contra del procedimiento, y si dicha nulidad afectara al contrato ya suscrito entre LAS PARTES, el contrato o la parte del mismo que sea afectada por la nulidad, quedará automáticamente sin efecto de pleno derecho, a partir de la comunicación oficial realizada por la DNCP, debiendo asumir LAS PARTES las responsabilidades y obligaciones derivadas de lo ejecutado del contrato.
EN TESTIMONIO de conformidad se suscriben 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de ___________________ República del Paraguay al día___________ mes___________ y año_____________.
Firmado por: _____________________________ en nombre de la Contratante.
Firmado por: _____________________________ en nombre del Proveedor.