En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Item 1. UPS de 5KVA, apartado Salida, se solicita:
Eficiencia al 100% de carga: 94% y green mode al 98%.
Al respecto solicitamos a la Convocante que también pueda ser aceptada la eficiencia de 93%, considerando que es el valor distintivo y estandarizado de equipos UPS de este tipo y capacidad, y además que la diferencia es mínima respecto al valor requerido, y así también, se resalta que dicha especificación técnica, en los términos actuales del PBC, se encuentra orientada al modelo SRT5KXLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT5KXLI/apc-smart-ups-srt-5000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Item 1. UPS de 5KVA, apartado Salida, se solicita:
Eficiencia al 100% de carga: 94% y green mode al 98%.
Al respecto solicitamos a la Convocante que también pueda ser aceptada la eficiencia de 93%, considerando que es el valor distintivo y estandarizado de equipos UPS de este tipo y capacidad, y además que la diferencia es mínima respecto al valor requerido, y así también, se resalta que dicha especificación técnica, en los términos actuales del PBC, se encuentra orientada al modelo SRT5KXLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT5KXLI/apc-smart-ups-srt-5000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
con relación a la consulta, remítase a lo establecido en el PBC. Se tiene conocimiento que existen diferentes marcas que cumplen con dicho requerimiento.
12
*-Item 1. UPS de 5KVA
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Item 1. UPS de 5KVA, apartado Salida, se solicita:
Distorsión de tensión de salida: 0.5% @ 100% plena carga lineal; 1.5% @ 100% Plena carga no lineal.
Al respecto solicitamos a la Convocante que también pueda ser aceptada la distorsión de tensión de salida ≤ 3% @ 100% plena carga lineal; ≤ 5% @ 100% Plena carga no lineal, considerando que son los valores distintivos y estandarizados de equipos UPS de este tipo y capacidad, y además dicha especificación técnica se encuentra orientada al modelo SRT5KXLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT5KXLI/apc-smart-ups-srt-5000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Item 1. UPS de 5KVA, apartado Salida, se solicita:
Distorsión de tensión de salida: 0.5% @ 100% plena carga lineal; 1.5% @ 100% Plena carga no lineal.
Al respecto solicitamos a la Convocante que también pueda ser aceptada la distorsión de tensión de salida ≤ 3% @ 100% plena carga lineal; ≤ 5% @ 100% Plena carga no lineal, considerando que son los valores distintivos y estandarizados de equipos UPS de este tipo y capacidad, y además dicha especificación técnica se encuentra orientada al modelo SRT5KXLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT5KXLI/apc-smart-ups-srt-5000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Al respecto, se han realizado los ajustes correspondiente , por favor remitase a la Adenda N° 1
13
*-Item 1. UPS de 5KVA
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Item 1. UPS de 5KVA, apartado Salida, se solicita:
Eficiencia a Plena Carga, modo online: 94%
Al respecto solicitamos a la Convocante que también pueda ser aceptada la eficiencia de 93%, considerando que es el valor distintivo y estandarizado de equipos UPS de este tipo y capacidad, y además que la diferencia es mínima respecto al valor requerido, y así también, se resalta que dicha especificación técnica, en los términos actuales del PBC, se encuentra orientada al modelo SRT5KXLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT5KXLI/apc-smart-ups-srt-5000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Item 1. UPS de 5KVA, apartado Salida, se solicita:
Eficiencia a Plena Carga, modo online: 94%
Al respecto solicitamos a la Convocante que también pueda ser aceptada la eficiencia de 93%, considerando que es el valor distintivo y estandarizado de equipos UPS de este tipo y capacidad, y además que la diferencia es mínima respecto al valor requerido, y así también, se resalta que dicha especificación técnica, en los términos actuales del PBC, se encuentra orientada al modelo SRT5KXLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT5KXLI/apc-smart-ups-srt-5000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
con relación a la consulta, remítase a lo establecido en el PBC. Se tiene conocimiento que existen diferentes marcas que cumplen con dicho requerimiento.
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*-Item 1. UPS de 5KVA
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Item 1. UPS de 5KVA, apartado Salida, se solicita:
Conexiones de salida (mínimo): (6) IEC 320 C13, (4) IEC 320 C19.
Al respecto solicitamos a la Convocante que sea eliminado este requisito, teniendo en cuenta que para esta potencia, los equipos UPS disponen de manera estandarizada de borneras para las conexiones de salida, y además dicha especificación técnica, en los términos actuales del PBC, se encuentra orientada al modelo SRT5KXLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT5KXLI/apc-smart-ups-srt-5000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Item 1. UPS de 5KVA, apartado Salida, se solicita:
Conexiones de salida (mínimo): (6) IEC 320 C13, (4) IEC 320 C19.
Al respecto solicitamos a la Convocante que sea eliminado este requisito, teniendo en cuenta que para esta potencia, los equipos UPS disponen de manera estandarizada de borneras para las conexiones de salida, y además dicha especificación técnica, en los términos actuales del PBC, se encuentra orientada al modelo SRT5KXLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT5KXLI/apc-smart-ups-srt-5000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Al respecto, se han realizado los ajustes correspondiente , por favor remitase a la Adenda N° 1
15
*-Item 1. UPS de 5KVA
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Item 1. UPS de 5KVA, apartado Baterías, se solicita:
Presentación: Contenidas en cartuchos para su rápido reemplazo, para cambio sin afectar la carga.
Al respecto solicitamos a la Convocante que sea eliminado este requisito, considerando que los fabricantes utilizan diferentes formas de presentación de las baterías, y además dicha especificación técnica, en los términos actuales del PBC, se encuentra orientada al modelo SRT5KXLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT5KXLI/apc-smart-ups-srt-5000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Item 1. UPS de 5KVA, apartado Baterías, se solicita:
Presentación: Contenidas en cartuchos para su rápido reemplazo, para cambio sin afectar la carga.
Al respecto solicitamos a la Convocante que sea eliminado este requisito, considerando que los fabricantes utilizan diferentes formas de presentación de las baterías, y además dicha especificación técnica, en los términos actuales del PBC, se encuentra orientada al modelo SRT5KXLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT5KXLI/apc-smart-ups-srt-5000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
con relación a la consulta, remítase a lo establecido en el PBC. Se tiene conocimiento que existen diferentes marcas que cumplen con dicho requerimiento.
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*-Item 1. UPS de 5KVA
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Item 1. UPS de 5KVA, apartado Baterías, se solicita:
Recarga: 1,5 horas.
Al respecto solicitamos a la Convocante que también sea aceptado el tiempo de recarga de 8 horas máx, considerando que es el valor típico de tiempo de recarga de los equipos UPS de este tipo y capacidad, y además dicha especificación técnica se encuentra orientada al modelo SRT5KXLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT5KXLI/apc-smart-ups-srt-5000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Item 1. UPS de 5KVA, apartado Baterías, se solicita:
Recarga: 1,5 horas.
Al respecto solicitamos a la Convocante que también sea aceptado el tiempo de recarga de 8 horas máx, considerando que es el valor típico de tiempo de recarga de los equipos UPS de este tipo y capacidad, y además dicha especificación técnica se encuentra orientada al modelo SRT5KXLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT5KXLI/apc-smart-ups-srt-5000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Al respecto, se han realizado las modificaciones correspondiente , por favor remitase a la Adenda N° 1
17
*-Item 1. UPS de 5KVA
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 1. UPS de 5KVA, apartado Baterías, se solicita:
Tiempo de autonomía: 11 minutos a media carga y 4 minutos a plena carga.
Al respecto solicitamos a la Convocante que también sea aceptado el tiempo de autonomía de 6 minutos a media carga y 2 minutos a plena carga, teniendo en cuenta que es la autonomía estándar de equipos UPS de este tipo y capacidad, y además dicha especificación técnica, en los términos originales del PBC, se encuentra orientada al modelo SRT5KXLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT5KXLI/apc-smart-ups-srt-5000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 1. UPS de 5KVA, apartado Baterías, se solicita:
Tiempo de autonomía: 11 minutos a media carga y 4 minutos a plena carga.
Al respecto solicitamos a la Convocante que también sea aceptado el tiempo de autonomía de 6 minutos a media carga y 2 minutos a plena carga, teniendo en cuenta que es la autonomía estándar de equipos UPS de este tipo y capacidad, y además dicha especificación técnica, en los términos originales del PBC, se encuentra orientada al modelo SRT5KXLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT5KXLI/apc-smart-ups-srt-5000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
con relación a la consulta, remítase a lo establecido en el PBC. Se tiene conocimiento que existen diferentes marcas que cumplen con dicho requerimiento
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*-Item 1. UPS de 5KVA
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 1. UPS de 5KVA, apartado Monitoreo y Gestión, se solicita:
Comunicación: Tarjeta SNMP / WEB que soporte los siguientes protocolos: HTTP, HTTPS, IPv4, IPv6, NTP, SMTP, SNMP v1, SNMP v3, SSH V1, SSH V2, SSL, TCP/IP, Telnet.
Al respecto solicitamos a la Convocante que sea indicado como opcional el requisito de los protocolos IPv6, SNMPv3, SSH V1, SSH V2, SSL, Telnet, teniendo en cuenta que los módulos estandarizados de comunicación SNMP de los equipos UPS no poseen normalmente dichos protocolos, que son ejecutados por los equipos de networking y/o de borde de las redes de datos donde son conectados los equipos UPS, y además dicha especificación técnica, en los términos originales del PBC, se encuentra orientada al modelo SRT5KXLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT5KXLI/apc-smart-ups-srt-5000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 1. UPS de 5KVA, apartado Monitoreo y Gestión, se solicita:
Comunicación: Tarjeta SNMP / WEB que soporte los siguientes protocolos: HTTP, HTTPS, IPv4, IPv6, NTP, SMTP, SNMP v1, SNMP v3, SSH V1, SSH V2, SSL, TCP/IP, Telnet.
Al respecto solicitamos a la Convocante que sea indicado como opcional el requisito de los protocolos IPv6, SNMPv3, SSH V1, SSH V2, SSL, Telnet, teniendo en cuenta que los módulos estandarizados de comunicación SNMP de los equipos UPS no poseen normalmente dichos protocolos, que son ejecutados por los equipos de networking y/o de borde de las redes de datos donde son conectados los equipos UPS, y además dicha especificación técnica, en los términos originales del PBC, se encuentra orientada al modelo SRT5KXLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT5KXLI/apc-smart-ups-srt-5000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
con relación a la consulta, remítase a lo establecido en el PBC. Se tiene conocimiento que existen diferentes marcas que cumplen con dicho requerimiento.
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*-Item 1. UPS de 5KVA
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Item 1. UPS de 5KVA, apartado Monitoreo y Gestión, se solicita:
Puertos: RJ-45/ USB/ RJ-45 Serial/ Smart-Slot.
Al respecto solicitamos a la Convocante que también pueda ser aceptado el puerto de comunicación Serial RS232 con puerto DB9, teniendo en cuenta que se trata del mismo protocolo serial, con un tipo de conector diferente al RJ-45 indicado, que técnicamente cumple con las mismas funciones de conexión para monitoreo y/o gestión, y además dicha especificación técnica, requerida en los términos actuales del PBC, se encuentra orientada al modelo SRT5KXLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT5KXLI/apc-smart-ups-srt-5000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Item 1. UPS de 5KVA, apartado Monitoreo y Gestión, se solicita:
Puertos: RJ-45/ USB/ RJ-45 Serial/ Smart-Slot.
Al respecto solicitamos a la Convocante que también pueda ser aceptado el puerto de comunicación Serial RS232 con puerto DB9, teniendo en cuenta que se trata del mismo protocolo serial, con un tipo de conector diferente al RJ-45 indicado, que técnicamente cumple con las mismas funciones de conexión para monitoreo y/o gestión, y además dicha especificación técnica, requerida en los términos actuales del PBC, se encuentra orientada al modelo SRT5KXLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT5KXLI/apc-smart-ups-srt-5000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
con relación a la consulta, remítase a lo establecido en el PBC. Se tiene conocimiento que existen diferentes marcas que cumplen con dicho requerimiento.
20
*-Item 1. UPS de 5KVA
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Item 1. UPS de 5KVA, apartado Monitoreo y Gestión, se solicita:
Alertas: el UPS deberá notificar vía correo alertas en caso de que la temperatura del equipo o de la sala se salga de los rangos previamente programados.
Al respecto solicitamos a la Convocante que este requisito sea eliminado o en su defecto sea indicado como opcional, considerando que para equipos UPS de baja capacidad como la requerida, los fabricantes no implementan alertas de temperatura, y además dicha especificación técnica, requerida en los términos actuales del PBC, se encuentra orientada al modelo SRT5KXLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT5KXLI/apc-smart-ups-srt-5000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Item 1. UPS de 5KVA, apartado Monitoreo y Gestión, se solicita:
Alertas: el UPS deberá notificar vía correo alertas en caso de que la temperatura del equipo o de la sala se salga de los rangos previamente programados.
Al respecto solicitamos a la Convocante que este requisito sea eliminado o en su defecto sea indicado como opcional, considerando que para equipos UPS de baja capacidad como la requerida, los fabricantes no implementan alertas de temperatura, y además dicha especificación técnica, requerida en los términos actuales del PBC, se encuentra orientada al modelo SRT5KXLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT5KXLI/apc-smart-ups-srt-5000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
con relación a la consulta, remítase a lo establecido en el PBC. Se tiene conocimiento que existen diferentes marcas que cumplen con dicho requerimiento.