El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
CONTRATO ABIERTO POR MONTOS MINIMOS Y MAXIMOS
N° |
Código de Catálogo |
DESCRIPCION |
U.M |
PRESENTACION |
1 |
84131602-001 |
Seguro medico |
UNIDAD |
UNIDAD |
VIGENCIA: 04/11/2021 al 03/11/2022. DOCE (12) MESES
Titular: funcionario permanente y personal contratado.
1) La cantidad mínima de titulares es de 100 con sus grupos familiares.
2) Son BENEFICIARIOS de este contrato las personas que figuren en la lista suministrada por la DINAPI al Oferente Adjudicado, la cobertura y derechos que confiere el contrato serán para los beneficiarios titulares, sus grupos familiares, adherentes, y a los incorporados en lo sucesivo.
3) Todos los beneficiarios, cónyuges, hijos u otras personas dependientes tendrán los mismos derechos de las coberturas que se encuentran estipuladas en el contrato; con excepción de la cobertura de maternidad que será garantizada para las titulares, cónyuges de titular e hijas solteras hasta la finalización del mes en que cumplan los 25 años que ingresen en el listado inicial.
4) GRUPO FAMILIAR: Para los titulares casados/as, serán tomados como miembros y/o grupo familiar a su cónyuge (ya sea por matrimonio formal o por matrimonio de hecho), sus hijos/as hasta la finalización del mes que cumplan los 25 años, hijos discapacitados mentales y/o físicos sin límite de edad. El divorcio vincular declarado podrá extinguir la calidad de BENEFICIARIO, a decisión del titular. Pudiendo este incluir a su nuevo/a cónyuge a su grupo familiar.
5) Para los titulares solteros/as, divorciados/as o viudos/as, sin hijos menores de 25 (por Declaración Jurada), serán tomados como miembros y/o grupo familiar a ambos padres sin límite de edad. En caso de contraer matrimonio deberá excluir a su padre o madre e incluir a su cónyuge, pudiendo el padre y madre ser incluido como adherente pago, la comunicación del nuevo estado civil deberá ser dentro de los 60 días de la fecha de matrimonio y en el mismo momento incorporar al padre y madre excluido como adherente.
Para los titulares solteros/as, divorciados/as o viudos/as, serán tomados como miembros y/o grupo familiar a sus hijos/as hasta la finalización del mes en que cumplan 25 años, y en caso de que durante la vigencia del contrato el titular contraiga matrimonio formal, este podrá incorporar a su cónyuge.
Los titulares solteros/as, divorciados/as o viudos/as con hijos menores de 25 años, podrán incorporar a uno de sus padres hasta la edad de 65 años sin costo, y al otro dentro de la categoría de adherentes con pago según escala.-
En caso de existir algún funcionario casado también con algún funcionaria de la institución, cada uno será tomado como soltero, uno podrá incluir a los hijos y el otro a un padre sin límite de edad. En caso de que no tengan hijos, ambos podrán incluir a los padres sin límite de edad.
Los titulares casados/as o solteros/as que cuenten con tutoría legal (sentencia definitiva) podrán incluir dentro del grupo familiar a una persona como beneficiario.
El recién nacido, hijo del titular, será considerado como parte del grupo familiar de forma automática y con todas las coberturas contempladas para el asegurado, siempre y cuando se informe a la prestadora los datos necesarios del recién nacido a fin de ser incluido efectivamente dentro del grupo familiar, para lo cual será necesario la presentación del certificado de nacido vivo o certificado de nacimiento.
La Declaración de los miembros del grupo familiar será responsabilidad del funcionario titular, que deberá realizarlo bajo fe de juramento, a través del formulario correspondiente.
BENEFICIARIOS ADHERENTES: Cada beneficiario titular (funcionario permanente, personal contratado y funcionario comisionado) podrá solicitar la inclusión de beneficiarios adherentes con los mismos beneficios y coberturas que los demás beneficiarios, con excepción de la cobertura de maternidad que será garantizada para las titulares y cónyuges.
Personas Mayores: El titular beneficiario podrá incluir como adherente a su padre, madre y hermanos/as mediante el pago de una prima según la siguiente escala:
- Hasta 70 años 35% del precio adjudicado por cada titular.
- De 71 años en adelante 40% del precio adjudicado por cada titular.
- Los hermanos solteros del titular hasta la edad de 35 años podrán adherirse sin maternidad pagando una prima de 35% del precio adjudicado por cada titular.
- Los hijos solteros del titular desde los 25 años hasta los 35 años podrán adherirse pagando una prima de 35% del precio adjudicado por cada titular, excluyendo la cobertura de maternidad.
Observación: el plazo para las incorporaciones para las altas y bajas de nuevos funcionarios (beneficiarios titulares) será desde el día 1 al día 3 de cada mes.
El plazo para las incorporaciones de adherentes pagos es de máximo 60 días desde la inclusión del beneficiario titular luego del inicio del presente contrato. La opción de incluir beneficiarios adherentes será a decisión de cada Titular y los pagos podrán ser de las siguientes formas: serán abonados a la Prestadora de Servicios.
Los beneficiarios adherentes permanecerán en esta condición desde su incorporación hasta el fenecimiento del contrato, o en su caso hasta el día en que el titular del seguro sea desvinculado de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley. La prestadora de servicios no podrá unilateralmente excluir a ningún adherente, por reglamentación interna, solo suspender temporalmente el servicio por falta de pago.
En caso de producirse la desvinculación de funcionarios y personales de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley durante la vigencia del Contrato, la DINAPI comunicará dicha situación a la prestadora de servicios.
La empresa adjudicada deberá remitir en el plazo de 48 horas el nombre de la persona que será nexo entre la institución y la empresa, y el nombre de la persona encargada de recibir los documentos para la emisión del carnet identificatorio.
VIGENCIA DE LOS SERVICIOS:
Se concede la VIGENCIA INMEDIATA en todos los servicios. Una vez firmado el Contrato se notificará a la Prestadora de Servicios que el mismo ya ha sido suscripto, la utilización de los servicios entrará en vigencia a partir de la firma del contrato con una duración de 1 año.
Distribución de funcionarios: Asunción y Gran Asunción
CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN:
A) Los precios de los medicamentos y materiales descartables, cubiertos y/o facturados, no podrán ser superiores que en las farmacias de plaza o comercio del ramo según precio de venta al público fijado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
B) Los sanatorios adheridos en convenio con la prestadora del servicio, se abstendrán de imponer al paciente para la prestación de los servicios médicos, cualquier condición que lesione su derecho a la intimidad, tales como filmaciones, tomas fotográficas u otros similares. El oferente adjudicado garantizará que las empresas que subcontraten brindarán los servicios bajo las mismas condiciones requeridas en el contrato. La elección será de libre decisión del beneficiario titular, sin que sea requisito previo recurrir al oferente adjudicado, excepto para las visaciones, las cuales podrán ser efectuadas en forma personal, vía fax o digital.
C) Los beneficios y la cobertura de este Contrato son exclusivamente y sin excepción para todos los casos y serán realizados en los Centros Habilitados. La lista de médicos del oferente adjudicado deberá estar discriminada, determinando exactamente cuáles son las que cubren íntegramente y cuáles son los que requieran arancel preferencial, salvo las interconsultas con profesionales que no sean del plantel contratado por el oferente adjudicado.
D) La utilización de los equipos e instrumentales de los sanatorios y centros asistenciales empleados en las especialidades médicas del presente contrato tendrán cobertura total, por lo que no se podrá requerir ningún cobro en concepto de derecho y aranceles. En cambio, el uso de los equipos especializados proveídos por el médico tratante sean descartables o no, serán cubiertos hasta un valor de guaraníes un millón (Gs. 1.000.000) por evento por cada especialidad. Instrumentales utilizados por el médico tratante serán cubiertos hasta guaraníes dos millones (Gs. 2.000.000).
E) El carnet identificatorio junto con la Cédula de Identidad, serán imprescindibles para su utilización en todos los Sanatorios y Farmacias en convenio en el Territorio Nacional, sin la necesidad de presentar ninguna otra documentación respaldatoria. El oferente adjudicado proveerá a todos los beneficiarios, el carnet identificatorio y el listado de profesionales médicos en convenio y otros profesionales a su servicio, con indicación de especialidades, consultorios, direcciones y teléfonos actualizados. La misma deberá ser actualizada periódicamente especificando las altas y las bajas de estos y comunicada a la DINAPI.
F) Los servicios médicos sanatoriales, urgencias, imágenes, laboratoriales, consultas, etc., propuestos por LA PRESTADORA DE SERVICIOS, brindarán los servicios bajo las mismas condiciones requeridas en el Contrato. La elección será de libre decisión del beneficiario titular, sin que sea requisito previo recurrir a LA PRESTADORA DE SERVICIOS.
G) LA PRESTADORA DE SERVICIOS proveerá a todos los beneficiarios copia del Contrato suscripto, además del listado de Profesionales Médicos en convenio y otros profesionales a su servicio, con indicación de especialidades, consultorios, domicilio de consultorios y teléfonos actualizados, dentro del plazo de 60 (sesenta) días posteriores a la firma del Contrato. Los carnets identificatorios deberán ser entregados mínimamente en un plazo no mayor a 3 días hábiles, luego de ser comunicado los datos correspondientes.
H) Todo medicamento o insumo que no se haya utilizado íntegramente por el paciente, pero ha sido cobrado o descontado del cupo de cobertura de manera íntegra, será de propiedad del beneficiario y tendrá que ser entregado y retirado por el mismo, salvo restricciones legales para medicamentos controlados.
I) Los centros asistenciales habilitados entregaran a requerimiento del beneficiario el estado de cuenta de la cobertura con todos los detalles de los gastos.
J) El plantel médico y sanatorial adherido, autorizado y publicado por la prestadora de servicios deberá estar a disposición del beneficiario en forma permanente en horarios de consultorio, no pudiendo requerir el profesional médico y sanatorial adherido ningún pago extra al beneficiario, aludiendo razones de orden interno con LA PRESTADORA DE SERVICIOS. Las urgencias estarán garantizadas en forma permanente en los Sanatorios adheridos a la prestadora.
K) LA PRESTADORA DE SERVICIOS deberá poner a disposición de los beneficiarios un plantel de médicos para todas las especialidades, debiendo estar todas y cada una de ellas cubiertas durante la vigencia del presente Contrato.
L) Se contempla como propio de cada servicio (Internaciones, partos, terapia intensiva, e intermedia, quirófano, alta complejidad, ambulancias, urgencias, asistencia domiciliaria de emergencia y de control, etc.), la provisión de oxígeno en todas sus aplicaciones con cobertura de Gs. 10.000.000 (guaraníes veinte millones) por evento.
M) La cobertura solicitada será para la totalidad de los funcionarios y personales de DINAPI, en ningún caso podrá ser rechazado del seguro el titular o su grupo familiar o adherente, aduciendo enfermedades contraídas con anterioridad. Las coberturas deberán ser brindadas en su totalidad, dentro de los límites del contrato.
COBERTURA:
Se entenderá por cobertura total, la inclusión de los honorarios profesionales, paramédicos, ambulancias y traslados. Además, se incluirá la libre elección (dentro de una lista de prestadores habilitados por el contratista), de profesionales, centros de diagnósticos y servicios sanatoriales para capital e interior (urgencias, emergencias, internaciones).
La utilización de los equipos e instrumentales de los sanatorios y centros asistenciales empleados en las especialidades médicas del presente contrato tendrán cobertura total, por lo que no se podrá requerir ningún cobro en concepto de derecho y aranceles. En cambio, el uso de los equipos especializados proveídos por el médico tratante sean descartables o no, serán cubiertos hasta un valor de guaraníes un millón (Gs. 1.000.000) por evento por cada especialidad. Instrumentales utilizados por el médico tratante serán cubiertos hasta guaraníes dos millones (Gs. 2.000.000).
Se entenderá como cobertura "por evento", a todo suceso relacionado a una enfermedad clínica y/o quirúrgica y sus complicaciones hasta tanto no se hayan resuelto e independientemente de la cantidad de internaciones y/o procedimientos médicos —quirúrgico.
LABORATORIO DE ANÁLISIS CLÍNICO:
Este servicio debe cubrir a los pacientes a domicilio o que concurren al laboratorio en forma programada o en casos de urgencias las 24 horas, debe tener cobertura integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, las determinaciones químicas y microbiológicas. Debe contar con un mínimo de 5 (cinco) laboratorios y 5 (cinco) centros de diagnósticos (Deberán ser de reconocida trayectoria) en todo momento, en caso de que existan cambios deben ser reemplazados por otros y ser comunicados por escrito a la CONTRATANTE con 48 horas de anticipación (la misma deberá ser de igual nivel).
Si el paciente se encuentra imposibilitado de acudir al laboratorio, las muestras para dichas determinaciones serán retiradas del domicilio y realizadas por los laboratorios contratados por LA PRESTADORA DE SERVICIOS, debiendo solicitarse la misma vía telefónica por lo menos con 24 horas de anticipación, siendo dicho servicio a cargo de la Prestadora de Servicios. Los recargos por traslados de equipos a sanatorios o domicilio serán por cuenta de la Prestadora de Servicios.
En caso de discrepancias en la definición y/o aplicación de las prestaciones contractuales se actuará conforme a lo que establezca la Dependencia especializada del Ministerio de Salud Pública y Bienestar social, posición que deberá ser acatada por las partes.
CAPACIDAD DE SERVICIO:
Para las internaciones, el contratista deberá habilitar al menos 5 centros asistenciales con las coberturas respectivas en Asunción y el Gran Asunción.
Debe contar con un mínimo de 5 (cinco) laboratorios y 5 (cinco) centros de diagnósticos en Asunción y Gran Asunción. Deberá incluir terapia intensiva de niños en ASUNCIÓN y Gran Asunción.
El proveedor y/o prestador de servicios que no cuente con sanatorios, laboratorios y centros asistenciales propios o tercerizados en determinadas localidades del país, deberá proceder al reintegro o reembolso de gastos en un plazo no mayor a 72 horas, y en caso excepcional justificado en (8) ocho días, en que incurrió el beneficiario de acuerdo a la cobertura establecida en el presente contrato. -
El proveedor y/o prestadora del servicio deberá mantener la capacidad y calidad para satisfacer los servicios en cuanto a infraestructura y atención profesional, tanto para Asunción y Gran Asunción, como para el Interior del país, en forma plena, conforme a la oferta que resulte adjudicada, en especial a lo relacionado a la saturación en la atención de los beneficiarios. Para los casos del Interior del país será de acuerdo a las disponibilidades de cada Centro asistencial habilitado por la prestadora.
CALIDAD DE SERVICIO:
Respecto a los Sanatorios para Asunción y Gran Asunción será requerido por lo menos tres (3) establecimientos la categoría correspondiente al "Nivel 3", de acuerdo con la clasificación establecida por la Superintendencia de Salud, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Los tres sanatorios Nivel tres deben contar con terapia Adultos y niños.
ASISTENCIA MÉDICA — SANATORIAL
PROGRAMA DE SUMINISTRO
ASISTENCIA MÉDICA SANATORIAL INTEGRAL
A) INTERNACIONES
Con cobertura inmediata, a partir de la firma del contrato, en centros asistenciales, habilitados por el seguro, a libre elección del asegurado y/o del médico tratante. Sin límites de días. En habitación individual con baño privado, teléfono, T.V. cable, dieta oral del paciente, ambiente climatizado, cama para acompañante, atención médica y de enfermería. Deberán estar cubiertos todos los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales hasta el alta del paciente. No existe limitación respecto a la cantidad de veces que el asegurado pueda internarse. Se deberá incluir media pensión sin cargo para un acompañante en el sanatorio de cabecera y en otros sanatorios adheridos hasta el valor de G. 20.000.- (guaraníes veinte mil).
Entiéndase por VIGENCIA INMEDIATA, que no se solicitará a los asegurados antigüedad alguna para la prestación de los servicios.
En el caso de que el paciente necesite Sangre, Plasma y/o derivados, EL SANATORIO deberá proveer los mismos según disponibilidad y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, Plasma y/o derivados, así como transfusiones, deberán ser realizados sin costo alguno para EL BENEFICIARIO. Incluye suministro de materiales.
B) HONORARIOS PROFESIONALES:
Cobertura total e inmediata en consultorios, internaciones y servicios de urgencias en las siguientes especialidades: eventos clínicos y quirúrgicos, sean accidentales o no, incluyendo los derivados de eventos deportivos a excepción de aquellos de alto riesgo como automovilismo, boxeo y artes marciales.
Las consultas en especialidades que no figuren en el punto anterior, con un Arancel Preferencial.
LA PRESTADORA DE SERVICIOS deberá gestionar la contratación de los profesionales solicitados por LA CONTRATANTE.
Los profesionales médicos de la lista de La Prestadora de Servicios estarán a disposición del Beneficiario en honorarios de consultorio o en forma permanente, sin que puedan alegarse razones reglamentarias de ordenamiento interno, que impidan la atención por parte de cualquiera de los profesionales del listado de la Prestadora de Servicios, salvo causas de disponibilidad fundadas en las Leyes Laborales del país.
Servicios de reintegros
El beneficiario y su grupo familiar podrán eventualmente consultar con un médico y/o licenciado que no se encuentre en el listado de profesionales del seguro, no más de 2 (dos) veces por mes y la cobertura se realizará por el sistema de reembolsos hasta guaraníes ciento cincuenta mil (G. 150.000) por consulta.
La solicitud de reembolso por parte del asegurado podrá efectuarse hasta 30 días posteriores a la consulta; y el pago o reembolso se realizará dentro de los 20 días posteriores a la solicitud de reembolso.
B.1) Profesionales por Especialidad:
LA PRESTADORA DE SERVICIOS deberá contar para Asunción y Gran Asunción por lo menos con la cantidad mínima de profesionales en las especialidades citadas más abajo:
ESPECIALIDAD |
CANTIDAD |
Clínica Médica |
30 |
Cirugía General y de Niños |
40 |
Cardiología infantil y adultos |
20 |
Pediatría y Neonatología (sumando ambos) |
50 |
Ginecología y Obstetricia |
40 |
Otorrinolaringología |
10 |
Alergología |
10 |
Flebología y Cirugía de varices |
5 |
Traumatología y Ortopedia |
20 |
Neumología |
5 |
Oftalmología |
20 |
La PRESTADORA DE SERVICIOS deberá gestionar la contratación de los profesionales solicitados por la CONTRATANTE.
C) COBERTURA POR MATERNIDAD
Cobertura inmediata a partir de la firma del contrato para titular, conyugue e hijas solteras hasta el mes que cumplan la edad de 25 años. Entiéndase por VIGENCIA INMEDIATA, que no se solicitará a los asegurados antigüedad alguna para la prestación de los servicios.
Se establece la cobertura de maternidad en el parto normal o parto por cesárea, en forma inmediata de ginecólogo, ayudante, instrumentador, anestesista, pediatra, derecho operatorio, cesárea (sin complicaciones), pensión sanatorial, Nursery, uso de carpa de oxígeno, oxígeno, luminoterapia, incubadora, U.T.I. Neonatal, medicamentos y materiales descartables, estudios laboratoriales, radiológicos, resonancia magnética y tomografías axiales computarizadas y obstétricas. Cubre integralmente el control y los cuidados que demande el recién nacido (normal, patológico o pre término). Incluye transfusionista según necesidad.
Se establece dentro del ítem de cobertura de maternidad los siguientes eventos: Control de embarazo en general, aborto espontáneo, legrado, parto normal o cesárea, embarazo ectópico, mola (embarazo patológico), internaciones clínicas ligadas al curso de un embarazo (ej. Preclansia, Eclampsia, diabetes gestacional, hiperémesis gravídica).
Prematuridad (en recién nacidos menor a 37 semanas). Tendrán cobertura de acuerdo con las condiciones de este anexo técnico, aquellos niños nacidos antes de las 37 semanas de gestación. Entiéndase por cobertura a aquellos gastos relacionados al diagnóstico y tratamiento de la prematurez: internaciones clínicas y/o quirúrgicas, luminoterapia, honorarios profesionales del médico nutricionista. Deberá incluir incubadora de transporte.
D) TERAPIA INTENSIVA, CARPA DE OXIGENO, INCUBADORA Y LUMINOTERAPIA (NIÑOS Y ADULTOS)
El tiempo de internación es por un período máximo de veinte (25) días por cada evento, sin límites de eventos al año por persona.
Incluye: Honorarios profesionales, la unidad cama, equipos (todos los equipos propios de la unidad), dieta del paciente, cuidado de enfermería y todos los medios auxiliares de diagnóstico, radiología simple, medicina por imágenes y servicios laboratoriales, no se limita al listado de cobertura según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes).
Cobertura de medicamentos y descartables nacionales e importados hasta guaraníes diez millones (G. 10.000.000) por evento y en todo concepto. El excedente del importe del medicamento y descartables nacionales e importados no utilizados dentro de los 25 días, podrá ser utilizado hasta el límite establecido en el presente contrato no considerando el límite de días. Pasando los 25 días, y a partir del día 26 hasta 30 días la cobertura será de 50% a cargo del BENEFICIARIO y el 50% restante a cargo de LA PRESTADORA DE SERVICIOS.
Uso de Incubadora y Luminoterapia hasta 30 días.
En ningún caso, el Centro de Internación en Terapia Intensiva, podrá requerir garante o aval alguno, ya sea personal o en efectivo al BENEFICIARIO por la prestación de este servicio, hasta que se haya utilizado toda la cobertura, siempre y cuando el evento que motive la internación esté cubierto por el contrato. Se entenderá que esta cobertura corresponde a cada uno del grupo familiar; es decir, el titular y cada uno de sus beneficiarios y adherentes.
Desde el primer día de internación EL SANATORIO deberá proveer a una persona asignada por el Grupo familiar cada 24 horas, un extracto detallado de los descartables, medicamentos, consultas y cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente.
En el caso de que el paciente necesite Sangre, Plasma y/o derivados, EL SANATORIO deberá proveer los mismos y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, Plasma y/o derivados, así como transfusiones, deberán ser realizados sin costo alguno para EL BENEFICIARIO. Incluye suministro de materiales.
Terapia intermedia e internaciones (Adultos y Niños)
Cobertura total e integral hasta el alta del paciente. Se entenderá que la cobertura es por cada persona, y se regirá bajo las mismas condiciones que el ítem anterior, salvo que la duración de la internación será de hasta 25 días por evento por persona, con cobertura del 100%.
Incluye: Honorarios Profesionales, la unidad cama, equipos (todos los equipos propios de la unidad), dieta oral del paciente, cuidado de enfermería y todos los medios auxiliares de diagnóstico, radiología simple, medicina por imágenes y servicios laboratoriales.
Desde el primer día de internación EL SANATORIO deberá proveer a una persona asignada por el Grupo Familiar, cada 24 horas, un extracto detallado de los descartables, medicamentos, consultas y cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente.
En el caso de que el paciente necesite Sangre, Plasma y/o derivados, EL SANATORIO deberá proveer los mismos y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, Plasma y/o derivados, así como transfusiones, deberán ser realizados sin costo alguno para EL BENEFICIARIO.
Incluye suministro de materiales.
E) SERVICIOS DE URGENCIA
Debe estar integrado por guardias de urgencias en los servicios asistenciales, compuesto de médicos clínicos, cirujanos, obstetras y pediatras, las 24 horas y todos los días, aún domingos y feriados, además de los mismos, se deberá contar con profesionales médicos de las subespecialidades como ser: traumatología, cardiología o la convocatoria de ellos o cualquier otro profesional en la mayor brevedad posible.
Si un BENEFICIARIO se encuentra en una situación que signifique compromiso inmediato y severo de sus signos vitales, podrá buscar auxilio en cualquier otro centro médico más cercano. Estos comprenden los derivados de accidentes de tránsito, primeros auxilios, partos y otros imprevistos que pongan en riesgo la vida del beneficiario.
Ocurrido el episodio se comunicará dentro de las primeras 24 (veinticuatro) horas, para que LA PRESTADORA DE SERVICIOS se haga cargo del paciente, asumiendo todos los gastos (100%) e indicando su traslado o continuidad en dicho centro.
Disponer de ambulancias para todo tipo de traslado. Unidad Coronaria Móvil. Estos servicios deben incluir honorarios médicos y derechos de urgencia. Incluye el traslado en ambulancia desde el interior del país para los casos considerados de emergencias y/o urgencia, el cual deberá estar a cargo de LA PRESTADORA DE SERVICIOS, para el titular y los beneficiarios del Contrato. La comunicación deberá ser realizada por el médico a cargo del paciente directamente a la administración de la Prestadora de Servicios.
El hospital proveerá atención médico-quirúrgica derivada de cualquier clase de accidente, hasta la total recuperación del accidentado. En casos de accidentes colectivos o quemaduras graves hasta el 30% del cuerpo, la atención e internación será hasta el alta del paciente. Se considerará accidente colectivo, cuando resultaren más de 5 (cinco) beneficiarios accidentados en un solo acontecimiento.
La cobertura de medicamentos y descartables nacionales e importados para los servicios de urgencia será del 100% (cien por ciento), en los servicios dispuestos y que pueda necesitar el asegurado. Incluye primera dosis de antibiótico.
F) OTROS SERVICIOS CUBIERTOS
En Internaciones y Servicios de Guardia:
Deben estar cubiertos con los derechos operatorios en todo tipo de internaciones e intervenciones quirúrgicas, la utilización de electrocardiógrafo, rayos X del sanatorio, tomógrafos, colchones de aire-agua, monitor, monitor fetal, cuna térmica, video.
En el servicio de guardia tendrán cobertura de: Inyecciones, vacunaciones, nebulizaciones, servicio de enfermería, toma de presión arterial, aplicación de ultrasonidos, masajes, infrarrojo, medicamentos y materiales descartables y otros necesarios que pueda necesitar el asegurado en este servicio, tanto para casos de accidente, como para cualquier requerimiento de atención en este servicio, tendrá una cobertura total sin costo e inmediata para el BENEFICIARIO. Para estos casos no existirá limitaciones y la cobertura deberá ser bajo prescripción médica.
Examen médico preventivo anual, que incluya examen clínico, análisis de rutina, rayos x de tórax, ECG, y para mujeres estudio de PAP, tendrá una cobertura total sin costo para el BENEFICIARIO. También deberá incluir para los casos de los niños en edad escolar, así como la emisión de certificados solicitados por sus colegios, y para los casos con chicos que tienen problemas de salud que les impida la realización de ejercicios físicos y que deban demostrarse fehacientemente con dicho certificado expedido por el profesional médico.
Cobertura de medicamentos y de materiales descartables utilizados por valor de diez millones de guaraníes (G. 10.000.000.-), por evento y en todo concepto, sea por internaciones clínicas. Quirúrgicas, partos y cesáreas, servicio de urgencias, para el beneficiario titular, su grupo familiar y adherente.
Para eventos clínicos o quirúrgicos deberán estar cubiertos: Procedimientos endoscópicos, con endoscopios rígidos (video laparoscópicos, uroscopicos, etc.), y flexibles (fibroscopios), con fines de diagnóstico, cirugía o de tratamiento, incluyendo honorarios médicos y de anestesista, medicamentos, materiales descartables, contraste y extracción de cuerpos extraños.
Además, las especialidades de gastroenterología, urología, neumología, ginecología, otorrinolaringología, traumatología, laparoscopia y artroscopia (incluyendo el uso de equipos, video, etc.).
Fisioterapias en sanatorios hasta 15 sesiones por evento.
G) VISITAS DOMICILIARIAS
Visitas con carácter no urgente hasta 2 por mes por grupo familiar adultos y niños, dentro de las tres horas de recibido el llamado (indefectiblemente). Estas visitas deberán realizarse en toda la zona de la capital y gran Asunción.
Debe también contemplarse la asistencia domiciliaria para análisis clínicos, radiográficos con equipo portátil y electrocardiogramas, con cobertura total.
En los casos de toma de muestras laboratorios a domicilio, serán sin cargo para el beneficiario, siempre que se trate de pacientes comprobados con incapacidad de concurrir a los servicios.
H) OTRAS ESPECIALIDADES
Las consultas en especialidades que no figuren en el punto B, con un arancel preferencial.
I) MÉDICOS CONSULTORES E INTERCONSULTORES
Con especialistas a pedido del médico tratante como así también en las internaciones con 1 (una) interconsulta y 3 (tres) visitas por especialidad con médicos del plantel habilitado.
J) CONSULTAS
Las consultas con plantel de médicos habilitados por la empresa o por el seguro médico serán sin límites. En el caso de Profesionales que no forman parte del plantel medico serán hasta 2 (dos) consultas por grupo familiar por mes, cuya cobertura será por reintegro o reembolsos pudiendo ser el profesional nacional o extranjero radicado en el país hasta el monto de G. 150.000.- (guaraníes ciento cincuenta mil).
K) SEGURO DEL VIAJERO (por razones laborales)
Cobertura hasta un máximo de 30 días al año, para consultas e internaciones, estudios laboratoriales y radiológicos para casos de urgencias, durante viajes al exterior y mientras dure dicho viaje, al titular, hasta el valor de 15 mil dólares.
Traslado asistido hasta un centro médico en el territorio nacional para casos de alta complejidad.
L) COBERTURA FARMACEÚTICA AMBULATORIA
Cobertura mínima del 30% (treinta por ciento) de descuento sobre los precios de lista de farmacias de todo tipo de medicamentos nacionales (Preventivo y Curativo), SIN LIMITE.
Para medicamentos importados los descuentos serán como mínimo del 20% (veinte por ciento), SIN LIMITE.
LA PRESTADORA DE SERVICIOS deberá presentar un listado con la lista de las farmacias en acuerdo o convenio con la cual La Prestadora de Servicios tiene relación dentro del Gran Asunción, periferias y/o interior del país.
M) ENFERMEDADES CRÓNICAS CONGÉNITAS
Cobertura total en consultas y unidad cama, de enfermedades crónicas y neoplásicas preexistentes hasta 2 internaciones (dentro de los límites del contrato) que hayan sido declaradas y/o diagnosticadas en la ficha y chequeo médico de admisión.
N) MATERIALES DE OSTEOSÍNTESIS
Cobertura hasta G. 10.000.000.- (guaraníes diez millones) por evento, sin límites de evento por año.
O) SERVICIO DE AMBULANCIA
El oferente adjudicado dispondrá de servicios de ambulancias propias y/o contratadas para emergencias y/o urgencias, así como también para traslados dentro de la Capital, Departamento Central y en todo el interior del país, y sus zonas de influencias para casos de vida, accidentes o necesidad de atención con mayor complejidad, además contará con servicios de unidad de terapia móvil. Estos servicios incluyen la cobertura del 100% de los honorarios del médico y otros gastos emergentes de la atención.
MONTO DE COBERTURA DE EXCESO:
La prestadora de servicio deberá cubrir un exceso de hasta Gs 30.000.000 (Guaraníes treinta millones) por el contrato total, monto total que será destinado a dar cobertura a excesos en eventos de alta complejidad cuyos gastos hubieran excedido la cobertura establecida en el presente PBC para dicho evento. Este beneficio será exclusivamente usufructuado por el Funcionario Titular y no será extensivo a grupo familiar y adherentes.
La Dirección de Gestión del Talento Humano administrará el destino del monto de la cobertura de exceso y en ningún caso podrá destinar a los beneficiarios montos mayores a los dispuestos en la presente clausula.
El monto total de Gs 30.000.000 será el máximo monto que deberá desembolsar por el Total del contrato la Prestadora de Servicios y el mismo será distribuido entre los beneficiarios designados por la Dirección de Gestión del Talento Humano.
Cobertura por COVID para Titulares internados:
Cobertura por COVID grupo familiar y adherentes internados:
Otras Coberturas
Para el caso de cobertura de cirugia Bucomaxilo facial se agrega lo siguiente:
Cobertura del 30% en las siguientes cirugias:
1- Fracturas faciales tercio medio
2- Fracturas mandibulares abiertas y cerradas
3- Fracturas nasales y/o naso etmoidales
4- Fracturas orbito-malar y arco cigomático abiertas y cerradas.
P) MEDICINA DE ALTA COMPLEJIDAD
Se entiende por Servicios Médicos de Alta Complejidad, a la asistencia médica quirúrgica en las especialidades de:
1) Cardiocirugía
2) Neurocirugía
3) Cirugía Vascular periférica
4) Hemodinámica Intervencionista
Debe contemplar lo siguiente:
P.1. HONORARIOS MÉDICOS QUIRÚRGICOS, COBERTURA 80%
El criterio para emplear en este ítem es el de lograr una cobertura del 80% (ochenta por ciento) en concepto de honorarios médicos. Los derechos operatorios, internación (sala/UTI) deberán estar cubiertos al 100%. Para la determinación de porcentajes se tendrán en cuenta los valores de mercado.
Medicamentos descartables, drogas oncológicas hasta la suma de G. 18.000.000.- (Guaraníes dieciocho millones).
Los medios auxiliares de diagnóstico incluido servicios laboratoriales, internación en la UTI después de los 25 días (Sala y honorarios cobertura del 50%). Estudios 100% cubiertos hasta los 35 días.
En las siguientes especialidades:
P.1.a) CARDIOCIRUGÍA
P.1.b) NEUROCIRUGÍA
Aneurismas:
P.1.c) CIRUGIA VASCULAR PERIFERICA
P.1.d) HEMODINAMIA INTERVENCIONISTA
Servicio de hemodinamia para el diagnóstico de cirugía cardíaca, vascular y neurocirugía, ordenados por profesionales habilitados (cateterismo cardíaco, angioplastia coronaria). Incluye equipo, medicación y descartables hasta Gs. 10.000.000.- (Guaraníes diez millones).
La cobertura de honorarios contempla los siguientes profesionales:
Para las cirugías cardíacas a corazón abierto (By Pass y Recambio Valvular) que deseare operarse en otro centro médico se le reconocerá hasta G. 10.000.000.- (Guaraníes diez millones), suma que se abonará al sanatorio elegido de entre los propuestos por el Oferente Adjudicado.
En las internaciones quirúrgicas ambulatorias citadas a continuación, la cobertura de medicamentos y materiales descartables nacionales e importados, drogas oncológicas, será hasta la suma de G. 18.000.000.- (guaraníes dieciocho millones) en todo concepto y por evento. Deberán estar cubiertos todos los medios auxiliares de diagnóstico, incluidos servicios laboratoriales.
Internación en la U.T.I. después de los 25 días (sala y honorarios cobertura del 50% - Estudios 100%) hasta el día 35 dias.
Quemaduras hasta el 30% de la superficie corporal.
Cirugía Cardiovascular. Cirugía Neurológica S.N.C. (Cerebro) y SNP incluido columna
Angioplastia transluminal coronaria.
Colocación de marcapasos; no incluirá el costo del aparato.
Litotripsia extracorpórea.
Quimioterapia, incluye drogas oncológicas.
Radioterapia y Cobaltoterapia, deberá incluir los medicamentos y descartables hasta el límite establecido.
Laserterapia, desprendimiento de retina, campimetría computarizada, facoemulsificación.
Equipo de contrapulsación intraaórtica.
Tomografías computarizadas, siempre y ccuando no superen el número establecido.
Incubadora de transporte.
Medicina nuclear (exámenes de tiroides y riñón) ventriculograma isotópico.
Cirugía oftalmológica especializada. No incluye cirugía de parpados.
Litotripsia ultrasónica.
Cirugía oftalmológica especializada, cirugía lasik (ambos ojos), o excímer laser (laserterapia ambos ojos, cirugía de miopía, condicionado a partir 2 dioptrías, con 50% de cobertura únicamente para el titular).Para los demás integrantes del grupo familiar y/o adherentes condicionado a partir 6dioptrías con cobertura total.
Q) MEDICINA POR IMÁGENES
Este ítem comprende todos los métodos auxiliares de diagnóstico que se efectúan mediante el registro impreso o fotográfico de imágenes efectuado en consultorios o centros especializados, con cobertura de gastos en forma integral en concepto de honorarios profesionales, medicamentos, materiales descartables, sustancias de contraste, a cargo de la empresa prestadora de servicios. Se adjunta la lista de los exámenes contemplados en esta cobertura.
Todos los estudios de medicina por imágenes deberán tener una cobertura total, y en todos los casos es por persona y sin límites, siempre que provengan de una orden escrita del médico tratante.
Medicamentos, materiales descartables y contrastes hasta G. 500.000.- (guaraníes quinientos mil).
R) LABORATORIOS DE ANALISIS CLINICOS
Este servicio debe cubrir a los pacientes a domicilio o que concurren al laboratorio en forma programada o en casos de urgencia las 24 horas del día. Debe tener cobertura integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables y las determinaciones químicas y microbiológicas. Todos los estudios laboratoriales de esta lista serán sin límites y por persona. Se adjunta la lista de los exámenes contemplados en esta cobertura.
S) ASISTENCIA DOMICILIARIA DE EMERGENCIA
A cargo de una unidad móvil (ambulancia equipada para urgencias de todo tipo de emergencias, personal médico y paramédico, medicamentos y materiales descartables), sin costo para el paciente: Este servicio debe efectuarse durante las 24:00 horas del día durante todo el año.
T) SERVICIOS SIN COBERTURAS
Son los que habitualmente no son cubiertos en los contratos de medicina pre-paga. No obstante, la tendencia será el logro de aranceles con descuentos por vía de la negociación.
Se detallan a continuación:
Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA).
Cirugía estética no reparadora.
Todos los gastos ocasionados por los siguientes eventos y sus consecuencias ya sean físicas o mentales: intento de autoeliminación, autointoxicación, automedicación, autoagresión.
Todos los gastos ocasionados por los siguientes eventos y sus consecuencias:
Las demás entidades clínicas y tratamientos están cubiertos, como crisis hipertensivas, crisis asmáticas, anginas de pecho, infarto del miocardio, accidente cerebrovascular, descompensaciones diabéticas y enfermedades congénitas, criocirugía, hasta 2 internaciones por beneficiario/año por contrato.
La determinación del acaecimiento de un hecho de intento de autoeliminación, autointoxicación, automedicación, autoagresión, deberá ser demostrada por la autoridad competente para la suspensión de la cobertura de los servicios asistenciales ya prestados.
*No obstante, la tendencia será siempre el logro de aranceles con descuentos por vía de la negociación.
ANEXO DE MEDICINAS POR IMÁGENES
Todos los estudios de medicina detallados por imágenes deberán tener una cobertura total, y en todos los casos es por BENEFICIARIO y sin límites, siempre que provengan de una orden escrita del médico tratante.
Medicamentos, materiales descartables y contrastes hasta G. 500.000.- (guaraníes quinientos mil).
1 |
Abdomen simple |
2 |
Acufenometria |
3 |
Angiofluorescencinografia (Ojos). |
4 |
Angiografía carótida h/8 placas 2 lados |
5 |
Angiografía carótida h/8 placas c-lado. |
6 |
Angiografia de cualquier miembro o parte del cuerpo |
7 |
Angiografia de miembro 1 lado h16 placas |
8 |
Angiografia de miembro 2 lados h/6 placas |
9 |
Angiografia digital 3D |
10 |
Angioresonancia Angiofluorescengrafia. |
11 |
Antebrazo en todas las posiciones. |
12 |
Aortografia lumbar o abdominal h/5 placas. |
13 |
Apéndice. |
14 |
Arbol urinario simple. |
15 |
Arteriografia cerebral h/8 placas 2 lados. |
16 |
Arteriografía cerebral h/8 placas cada lado. |
17 |
Arteriografía selectiva (abdominal o torax). |
18 |
Arteriografia selectiva dos arterias. |
19 |
Arteriografía selectiva renal 1 lado. |
20 |
Arteriografía selectiva renal 2 lados. |
21 |
Audiometria. |
22 |
Autorrefracción con ciclopejía. |
23 |
Biligrafina a colongiografía endovenosa. |
24 |
Biopsias de todo tipo. |
25 |
Brazo en todas las posiciones. |
26 |
Broncografía 2 lados. |
27 |
Broncografía c/lado. |
28 |
Cadera a pelvis en todas las posiciones. |
29 |
Campimetria computarizada (80%). |
30 |
Capsulotomia Posterior. |
31 |
Capsulotomia. |
32 |
Castilla en todas las posiciones. |
33 |
Cavum |
34 |
Cavum contrastado. |
35 |
Cistografia. |
36 |
Clavicula en todas las posiciones. |
37 |
Codo en todas las posiciones. |
38 |
Colangiografia endovenosa (biligrafina). |
39 |
Colangiografia operatoria. |
40 |
Colangiografia pos-operatoria. |
41 |
Colangiografia retrograda con papilotomia. |
42 |
Colangiografia trans-parientohepatico. |
43 |
Colecistografia oral. |
44 |
Colon contrastado. |
45 |
Colon doble contraste. |
46 |
Colon por ingestión. |
47 |
Columna cervical en todas las posiciones. |
48 |
Columna dorsal o lumbar en todas las posiciones. |
49 |
Columna panorámica (espinografia)en todas las posiciones. |
50 |
Control radiológico en maniobras traumatológicas. |
51 |
Craneo en todas las posiciones. |
52 |
Craneo para ortodoncia. |
53 |
Curva de presion ocular. |
54 |
Dedo 2 posiciones. |
55 |
Degeneration periférica. |
56 |
Densitometría. |
57 |
Dental en todas las placas. |
58 |
Dental oclusal |
59 |
Dental seriado. |
60 |
Dilatacion (ciclopejia). |
61 |
Ecobiometria ambos ojos |
62 |
Ecocardiograma. |
63 |
Ejercicios ortópticos. |
64 |
Electrocardiograma |
65 |
Electroencefalograma |
66 |
Electromiograma de 1 miembro |
67 |
Electromiograma hasta 2 miembro. |
68 |
Electromiograma hasta 4 miembro. |
69 |
Electronistagmografia /Prueba Vestibular. |
70 |
Electronistagmografia. |
71 |
Embarazo. |
72 |
Encefalograma con mapeo cerebral |
73 |
Ergometría. |
74 |
Esófago. |
75 |
Esternón en todas las posiciones. |
76 |
Examen de retina. |
77 |
Examen ortóptico. |
78 |
Examen funciona laberintico con videonistagmografia |
79 |
Fistulografia h/2 placas. |
80 |
Flebografia cada lado. |
81 |
Fondo de ojo. |
82 |
Galactografia bilateral previa mamografía |
83 |
Galactografia bilateral sin placa simple |
84 |
Galactografia collado c/previa mamogafria |
85 |
Galactografia sin placa simple 1 lado |
86 |
Gasto cardiaco |
87 |
Histerosalpinografia cuando viene espec. |
88 |
Histerosalpinografia radial. c/espec. |
89 |
Holter. |
90 |
Hombro en todas las posiciones |
91 |
Impedanciometria |
92 |
Intestino delgado o tránsito intestinal |
93 |
Laringografia contrastada. |
94 |
Linfografia cada lado |
95 |
Linfografia dos lados |
96 |
Litotripsia por nefrostomia |
97 |
Litotripsia uretral. |
98 |
Logoaudiometría. |
99 |
Mama (pieza operatoria) p/placa |
100 |
Mama (reperage para biopsia) p/placa |
101 |
Mamo en todas las posiciones. |
102 |
Mamografía en todos los lados |
103 |
Mapeamiento de retina. |
104 |
Mastoide en todas las posiciones. |
105 |
Maxilar inferior clortopantomografía. |
106 |
Maxilar inferior en todas las posiciones |
107 |
Mielograffa s/contraste ni especialista. |
108 |
Monitoreo fetal |
109 |
Muñeca en todas las posiciones. |
110 |
Muslo fémur en todas las posiciones. |
111 |
Oclusión de vena central de retina. |
112 |
Oclusión vascular retiniana. |
113 |
Orbitas dposician. |
114 |
Ortopantomografía. |
115 |
Otoemisiones acústicas. |
116 |
Otomicocopia — Otomisiones acusticas |
117 |
Panfotocoagulación. |
118 |
Papilografia o videopapilografia digital. |
119 |
Paquimetria (cada ojo) |
120 |
Paquimetria de cornea AO |
121 |
Penescopia. |
122 |
Perimetria Doble frecuencia |
123 |
Pie en todas las posiciones |
124 |
Pielografia ascendente. |
125 |
Pielografia endovenosa o riñon contraste. |
126 |
Pierna en todas las posiciones. |
127 |
Placa suplementaria. |
128 |
Plantigrafia digital estatica y dinámica. |
129 |
Potenciales evocados auditivos |
130 |
Potenciales evocados auditivos cerebrales |
131 |
Potenciales evocados somatosensitivos. |
132 |
Potenciales evocados visuales. |
133 |
Pruebas vestibulares. |
134 |
Receptores p/estrogenos y progesterona |
135 |
Reposicion de Otoconias. |
136 |
Resonancia Magnética (hasta 3 por año). |
137 |
Rodilla en todas las posiciones |
138 |
Saco lagrimal |
139 |
Saco lagrimal (radio como especialista). |
140 |
Sacro-coxis en todas las posiciones |
141 |
Scopia arco c por 1 hora |
142 |
Scopia arco c por más de 1 hora. |
143 |
Scopia como complemento de examen c/T.V. |
144 |
Senos faciales en todas las posiciones |
145 |
Sialografia en todos los lados |
146 |
Somnografia o Estudio del Sueño. |
147 |
Spect perfusión Miocárdica. |
148 |
Test alérgicos |
149 |
Timpanometría. |
150 |
Tobillo en todas las posiciones |
151 |
Tomografias en general. |
152 |
Topografía corneal. |
153 |
Topografia de cornea (Bilateral). |
154 |
Topografia Óptica Coherente |
155 |
Tórax en todas las posiciones |
156 |
Tránsito intestinal o intestino delgado |
157 |
Transparieto-hepatica |
158 |
Tcms de torax |
159 |
Tac Servical simple |
160 |
Uretrocistografia |
161 |
Urograma de excreción |
162 |
Urotac. |
163 |
Vesicula simple. |
ECOCARDIOGRAMA |
Eco doppler en general. |
Ecocardiograma c/doppler bidimensional |
Ecocardiograma sin doppler |
ECOGRAFÍA |
Ecografía abdominal. |
Ecografía pan cefálica |
Ecografía de mamas. |
Ecografía prostática |
Ecografía de tiroides. |
Ecografía prostática intracavitaria |
Ecografía del brazo. |
Ecografía renal. |
Ecografía ginecológica y obstétrica. |
Ecografía testicular |
Ecografía morfológica — Ecografía morfológica del 3er, 6° y 9° mes (Valores cromosómicos). |
Ecografía transvaginal |
Ecografía higado-vias biliares-vesícula. |
Ecografía 3D — tridimensional. |
Ecografía intracavitaria de residuo. |
Ecografía de tejidos blandos |
Ecografía intra-operatoria. |
Punciones con control ecográfico. |
Ecografía oftálmica/ocular. |
TOMOGRAFÍA AXIAL COMPUTADA (HASTA UN TOTAL 5 POR AÑO POR BENEFICIARIO) |
Tomografía computarizada del cráneo. |
Tomografía computada pelvis |
Tomografía computarizada de senos paranasales. |
Tomografía computada columna cervical |
Tomografía computarizada del tórax. |
Tomografía computada columna dorsal |
Tomografía computarizada del abdomen inferior. |
Tomografía computada columna lumbar |
Tomografía computarizada del abdomen superior. |
Tomografía computarizada de miembros |
O.T.C |
Tomografia computada de árbol urinario (URO TAC) |
|
TOMOGRAFIA MULTISLICE (3 POR AÑO POR BENEFICIARIO Y ADHERENTE)
MEDICINA NUCLEAR (CON DESCUENTO DE 70%)
Cámara-gamma (perfusión miocárdica con talio, tecnecio, S.P.E.C.T.) |
Centellografia hepatica |
Centellografia glandula salivar |
Centellografia osea |
Centellografia sangrado intestinal |
Centellografia pulmonar |
Centellografia cerebral |
Centellografia renal |
Centellografia de tiroides o mapeo |
Centellografia testicular |
TERAPIA COBALTO (CON 70% DEDESCUENTO)
Angiomas radiot. Sup. d.t. 10 irrad. p/campo |
Carcinoma oral lesión gang. Irrad. p/campo |
Ca. cuello-cuerpo uter. lesion sola p/campo |
Carcinoma oral más campo anexo |
Ca. cuello-cuerpo uter. mas anexo |
Carcinoma pulmonar cobalto |
Carcinoma de lengua lesion gang. anexo |
Carcinoma s/maxilar lesión sola cobalto |
Carc. mamario b cobalto slop. cicad. Gang. |
Carcinoma s/maxilar más campo anexo |
Carc. pene lesion sola co. irrad. p/campo |
Cicatriz queloide s/aplicación |
Carc. pene mas campo anexo r. gang. |
Huesos (tumores) co. irrad. por campo |
Carc. ve'i•a cobalto irrad. a/cam so |
Linfomas co. irrad. nodal infodiaf. |
Carc. ve'i•a cobalto irrad. a/cam so |
Linfomas co. irrad. nodal su.radiaf |
Carcinoma Guthrie° e•itel. d.t. 25 ./camio |
Linfomas co. irrad. nodal total |
Carcinoma esofagico mas cam.o anexo |
Linfomas co. una region ganglionar |
Carcinoma esofagico lesion sola cobalto |
Radioterapia is antiimflam. Prom. c/a.lic |
Carcinoma laringeo lesion sola cobalto |
Seminona co. rad prof. d.t. 50 irrad.nod.tot. |
Carcinoma laringeo mas cam• • anexo |
Tumores cerebrales en general co. irrad. camp. |
Carc. mamario cobalto slo tumor s/cicat. |
|
ANEXO DE ESTUDIOS LABORATORIALES
Todos los estudios laboratoriales serán sin límites por BENEFICIARIO.
Ácido cítrico |
Ácido fenil pircivico |
Ácido fólico |
Ácido láctico |
Acido urico |
Ácido vanil mandelico (AVN) |
Acido valproico |
ACTH |
Adenovirus anticuerpo IGG |
Adenovirus anticuerpo IGM |
Adenovirus Antic |
Addis recuento de |
Aglutinación de partículas de latex para: |
A. Escherichia coli Ki |
A. Hemo-philus influenzae tipo b |
A. Legionella pneumofila |
A. Nesseria meningitidis grupo a |
A. Nesseria meningitidis grupo b |
A. Nesseria meningitidis grupo c |
A. Stroptocicus grupo b |
A. Stroptococus beta hemolitico grupo a |
A. Stroptococus Pheumoniae |
Aglutinas Anti a |
Aglutinas Anti b |
A.F.P. |
A/G |
Ac. Anti cardiolipina IgG-IgM |
Ac. Anti Microsomales |
Ac. Anti Mitocondriales |
Ac. Anti Músculo Liso (ASMA) |
Ac. Anti DNA |
Ac. Anti Nucleares |
Ac. Anti Tiroides |
Ac. Anti Tironglubinas |
Ac. Anti Toxoplasma IgG |
Ac. Anti Tripanosoma IgG |
Ac. Anti Tripanosoma IgM |
Ac. Anti Virus Sinciciall Respiratorio (VSR) |
Ac. Heterofilos |
AIDS-ac |
AIN: mina |
Alcohol |
Aldolasa |
Aldosterona |
Alergia -Test: Ver BAST |
Alfa 1 antitripsina |
Alfafetoproteina (APF) |
Amilasa |
Amonio |
ANA |
Anca C — PR3 (ANCA — C) |
Anca P — MPO (ANCA — P) |
Androstenediona |
Anfetamina |
Antibiogramas para gérmenes aeróbicos |
Antibiogramas para gérmenes anaeróbicos |
Anticoagulante Lupico |
Anticuerpo (AC) Anti CCP |
Anticuerpo (AC) Anti Centromero |
Anticuerpo (AC) Anti Endomisio IGA |
Anticuerpo (AC) Anti Endomisio IGG L. |
Anticuerpo (AC) Anti Endomisio IGM |
Anticuerpo (AC) Anti Gliadina IGA |
Anticuerpo (AC) Anti Gliadina IGM |
Anticuerpo (AC) Anti helicobacter Pylon IgA |
Anticuerpo (AC) Anti Hlicobacter Pylon IGG |
Anticuerpo (AC) Anti RNP - ENA |
Anticuerpo (AC) Anti SCL 70 |
Anticuerpo (AC) Anti SS — A (RO) |
Anticuerpo (AC) Anti SS — B (LA) |
Antigeno Carcinoembrionario (CEA) |
Antigeno Prostático especifico (PAS) |
Antigenos Febriles |
Antitrombina III (AT III) |
Apolipoproteina b |
Aspegillus |
ASTO |
Autovacunas |
Azucares reductores |
BAAR |
Barbitúricos |
Bence-Jones |
Benedict, Reacción de |
Beta 2 Microglobulina en sangre |
Beta Cross Laps |
Bicarbonato |
Bilis, cultivo |
Billirubina total, directa e indirecta |
Bioperfil fisiológico |
Bioquímica de plasma Seminal |
BNP Péptido Natriuretico B |
C 3 |
C 4 |
Ca 125 |
Ca 15-3 |
Ca 19,9, antígeno |
Cadenas ligeras Kappa -landa |
Calcio |
Calcitonina |
Calculo Urinario |
Campo oscuro |
Campylobacter |
Cannabinoides |
Capacidad de fijación de hierro TIBC |
Carbamazepina |
Cardiolipina — IGA AC |
Catecolaminas |
CEA |
Celulas LE |
Cetoferoides 17 |
Cetonemia |
Cetonuria |
CH 50 |
Chagas Ac. Anti Trypanosoma I. G e I. M |
Chlamidia |
Citomegalovirus-ac-1 g M |
Citomegalovirus-ac-IgG |
Citrato 0 |
Ck |
Ck-mb |
Clearance de Creatinina |
Cloruros |
CMV-ac-1gM |
Coagulograma |
Cobre |
Cocaina |
Coccidioidina |
Colesterol esterificado |
Colesterol HDL |
Colesterol total |
Colesterol VLDL |
Colesterol-LDL |
Colinesterasa |
Coloracion de Giemsa |
Coloracion de Gram |
Coloración de Ziehl |
Complemento hemolitico (CH 50) |
Coombs Directo |
Coombs Indirecto |
Coprocultivo |
Coprologia Funcional |
Coproporfirinas |
Cortisol |
Crasis Sanguínea, por Hematólogo |
Creatinina |
Crioglobulinas |
Crioglutininas |
Criptococus |
Cristales-Identificacion |
Cuerpos Cetonicos |
Cultivo en Aerobiosis |
Cultivo en Anaerobiosis |
Cultivo en Thayer-Martin |
Cultivo para BAAR |
Cultivo para GC |
Cultivo para hongos |
Cultivo para listeria |
Cultivo para Mycoplasma |
Curva de tolerancia oral a la glucosa |
Dehidroepitandrostenediona (DHEA-SO4) |
Dehidrostestosterona |
Dengue - AG (Antigeno) |
Dengue Anticuerpo (AC) IGG |
Dengue Anticuerpo (AC) IGM |
Densidad |
Determinación de Carga Viral |
Difteria, Cultivo |
Digoxina |
Dimero D |
Dioxido de carbono (CO2) |
DNA-ac |
D-Xilosa |
EBV-EA-ac |
EBV-VCA-ac |
Electroforesis de hemoglobina |
Electroforesis de lipoproteinas |
Electroforesis de proteínas |
Electrolitos |
Eosinofilos |
Epstein-Barr Virus-ac |
Eritrosedimentación |
Escherichia coli enteropatogeno |
Escherichia coli k 1 |
Escherichia coli kl. látex |
Esperma, Cultivo |
Espermograma |
Esputo. Coloración para BAAR |
Esputo. Cultivo para gérmenes comunes |
Esputo. Eosinofilos y mastocitos |
Esteatocrito |
Estradiol |
Estriol libre |
Estrógenos totales |
Estudio capilar. Investigación de hongos |
Exceso de base |
Factor reumatoideo |
Factor reumatoideo cuantitativo |
Factor reumatoideo Isotipo IGA |
Factor reumatoideo Isotipo IGG |
Factor reumatoideo Isotipo IGM |
Fenil Alanina |
Fenilhidantoina |
Fenobarbital |
Ferritina |
Fibrinógeno |
Fibrinolisis |
Formula Leucocitaria |
Fosfatasa ácida prostática (pap) |
Fosfatasa acida total y prostatica |
Fosfatasa alcalina |
Fosfatidil-gilierol en liq. amniótico |
Fosfato de Deshidrogenasa (G6PD) |
Fosfolipidos |
Fósforo |
Fragilidad osmotica de los hematies |
Frotis de sangre periferica |
Frotis de sangre periférica por hematólogo |
Fructosa |
Fructosamina |
FSH |
FTA-abs-IgG |
FTA-abs-IgM |
FTI |
Galactosa Neonatal |
Gamma Globulinas |
Gamma GT |
Ganadotrofina Corionica (hCG) |
Garganta. Cultivo |
Gases arteriales |
Gastrina |
GC. Cultivo |
GH (Hormona de crecimiento) |
Gliadina IgG-IgM |
Globulina |
Glóbulos blancos |
Glóbulos rojos |
Glucohemoglobina |
Glucosa |
Glucosa pre y post prandial |
Glucosa. Curva de tolerancia |
Glucosuria |
GOT |
Gota gruesa |
GPT |
Graham-Test |
Gravindex |
Grupo Sanguineo |
Guayaco |
H.G.H. |
Haemophilus influenzae tipo b |
Hamber |
Haptoglobina |
Ham-test |
HAV-ac |
HAV-ac-IgM |
HbA lc |
HBc-ac |
HBc-ac-lgM |
HBDH |
HBe-ac |
HBe-Ag |
HBs-ac |
HBs-Ag |
hCG-sub-unidad beta |
Hdelta |
HDL-Colesterol |
Heces. Benedict |
Heces. Examen parasitológico |
Heces. Flora microbiana |
Heces. Frotis |
Heces. Hongos |
Heces. Microscopia Funcional |
Hematocrito |
Hemocultivo en aerobiosis |
Hemocultivo en anaerobiosis |
Hemoglobina |
Hemoglobina fetal |
Hemoglobina glicosilada (HbA1c) |
Hemoglobina. Electroforesis |
Hemograma |
Hemograma (Plaquetas +VSG) p/Hematólogo |
Hemoparásitos |
Hemophilus influenzae tipo b. látex |
Hepatitis (acy Ag) ver HAV Y HB |
Hepatitis B IGG |
Hepatitis B IGM |
Hepatitis C (HCV) Anticuerpo IGG |
Hepatitis C (HCV) Anticuerpo 1GM |
Hepatograma (GPT-GOT-FA-BT-BD B1)/Perfil hepático |
Herpes |
HLA B27 |
Hidatidosis-ac |
Hidroxicorticosteroides 17 |
Hidroxi-Indol- Acetico 5 (5HIAA) |
Hidroxiprogesterona |
Hidroxiprogesterona Neonatal |
Hierro serico |
Hisopado Faringeo |
Histoplamina |
HIV-ac |
Hmburguer-test |
Homocisteina / Homocistina / Cistina |
Hongos. Cultivo e identificación |
Hongos. Examen en fresco |
Hormona de crecimiento (hGh) |
Hormona Folículo Estimulante (FSH) |
Hormona Lactogeno Placentaria (hP) |
Hormona Luteinizante (LH) |
IgA |
IgD |
IgE |
IgG |
IgM |
Inclusiones citomegalicas |
Índice de Tiroxina Libre |
Índices hematimetricos |
Influenza A (Por Hisopado) |
Influenza B (Por Hisopado) |
Inmunoelectroforesis |
Inmunofluorescencia |
Inmunoglobinas |
Inmunohistoquimica C-ERB2-NEVU |
Insulina |
Klesbsiella pneumoniae |
L. Neisseria meningitidis grupo B |
L. Neisseria meningitidis grupo C |
L. Neisseria meningitidis grupo A |
L. Streptococcus beta hemolíticos grupo |
L. Streptococcus grupo B |
L. Stroptococcus pneumonias |
Lavado gástrico |
Lactosa |
LAP |
Larvas de vermes |
Látex para |
LCR. Citoquimico |
LCR. Cultivo |
LDH |
LDL-Colesterol |
LE |
Lecitina en líquido amniótico |
Legionella Pheumiphila. látex |
Leishmania Anticuerpo IGG |
Leishmania Anticuerpo IGM |
Lesión en la piel. Cultivo para hongos |
Lesión genital. Coloración de Gram |
Lesión genital. Coloración de fontana |
Lesión genital. Estudio microbiológico |
Lesión de &las. Cultivo para hongos |
LH |
Linfa cutánea. Coloración de Ziehl |
Lipasa |
Lípidos totales |
Liquido amniótico. Cultivo |
Líquido amniótico. Fosfaditil-glicerol |
Líquido articular. Citoquímico |
Líquido articular. Cristales |
Liquido articular. Cultivo |
Líquido ascítico. Cultivo |
Líquido gástrico-duodenal. Parásitos |
Líquido peritoneal. Cultivo |
Líquido pleural. Cultivo |
Listeria |
Litio |
Madurez Fetal fosfatidil glicerol |
Magnesio |
Magnesio eritrocitario |
Marihuana |
Mastositos |
Metahemoglobina |
Metotrexate |
Micosis oportunistas |
Micosis profundas |
Micosis subcutáneas |
Micosis superficiales |
Microalbuminuria |
Mioglobina |
Moco cervical |
Monotest |
Morfina |
Mucoproteinas |
Mycobacterium Tuberculosis |
Mycoplasma Hominis |
N. 5 Nucleotidasa |
Neiseriae Gonorrea |
Neiseriae Meninigitidis. Grupo A. látex |
Neiseriae Meninigitidis. Grupo B. látex |
Neiseriae Meninigitidis. Grupo C. látex |
NTX |
Oído cultivo |
Opiáceos |
Orina cultivo |
Orina, físico-químico del sedimento |
Oxalato |
Oxiuros |
Parásitos. Investigación e identificación |
Parathormona PTH |
PAS Antígeno prostático especifico |
PAS libre |
Paul-Bunell presuntivo |
PCR ultrasensible |
|
Péptido C |
pH |
Phenistix |
Plaquetas |
Plaquetas por Hematólogo |
Plasma Seminal |
Poo2 |
Po2 |
Porfobilinogeno |
Potasio |
PPD |
Preparación de células LE |
Productos de degradación de la fibrina |
Progesterona |
Prolactina |
Proteínas C |
Proteínas C reactiva |
Proteínas de Bence-Jones |
Proteínas Electroforesis |
Proteínas S |
Proteínas totales |
Protomorfinas |
Protozoarios |
Procalcitonina |
Prueba de concentración |
Prueba de dilusión |
Prueba de lazo |
Prueba de tolerancia a la lactosa |
Prueba de tolerancia oral a la glucosa |
Prueba de Tzanck |
PTH |
Punta de catéter Cultivo |
Pus. Cultivo |
Quimiotripsina |
Quistes de Protozoos |
Raspado de lengua. Cultivo para hongos |
Rast |
Reacción de Huddleson |
Reacción de Widal |
Recuento de Addis |
Recuento de Linfocitos CD4 |
Relación A/B |
Relación calcio/creatinina |
Relación PAS/PAS Libre |
Reticulocitos |
Retracción del coagulo |
Rh |
RK 39 - Leishmaniasis Kalaazar |
Rotavirus |
Rubeola IgM |
Rubeola lgG |
Sangre oculta |
Saturación de oxigeno |
Secreción bulbar. Cultivo |
Secreción conjuntival. Cultivo |
Secreción endocervical. Cultivo |
Secreción faríngea. Cultivo |
Secreción genital. Cultivo |
Secreción nasal. Cultivo |
Secreción nasal. Eosin6filos y mastocitos |
Secreción prostática. Cultivo |
Secreción purulenta. Cultivo |
Secreción traqueal. Cultivo |
Secreción uretral |
Shigella. Cultivo |
Sida-ac |
Sifilis |
Simis-Hunner — test |
SO2 |
Sodio |
Somatomedina — c |
Staphylcoccus aureus |
Streptococcus Beta hemolitico grupo A. látex |
Streptococcus grupo B. látex |
Streptococcus Pneumoniae |
Streptococcus. Cultivo |
Streptonasa B |
Streptozima |
Swin — up |
T. *con ejercicios* con L-Dopa |
T3 libre |
T3 total |
T3 uptake |
T4 libre |
T4 total |
Test de absorción a al xilosa |
Test de Coombs Directo |
Test de Coombs Indirecto |
Test de estimulación con ACTH |
Test de estimulación con LHIRH |
Test de estimulación con TRH |
Test de Ham |
Test de HPV |
Test de IRT |
Test de post-coital |
Test de Sims-Huner |
Test de supresión con dexametasona |
Test de estimulación hormona de crecimiento |
Test del Sudor |
Test in Vitro de penetración espermática en t. moco cervical |
Test para alimentos |
Test inhalantes |
Test inhalantes infrecuentes |
Testosterona libre |
TIBC (Capacidad del hierro) |
Tiempo de coagulación sanguínea |
Tiempo de Protrombina y coagulación |
Tiempo de tromboplastina parcial activada |
Timol |
Tine test |
Tipificación |
Tiroglubina |
Tiroperoxidasa — Anticuerpo (Tipo — AC) |
Toxoplasmosis-ac IgG, Igm |
Transferrina |
Transglutaminasa Tisular Anticuerpo IGA |
Transglutaminasa Tisular Anticuerpo IGG |
Trichomonas vaginalis |
Triglicéridos |
Troponina I, Cuantitativa |
Trypanosoma cruzi-ac |
TSH |
TTPa |
Tzanck — Prueba de |
Ulcera genital. Cultivo |
Urea |
Ureaplasma Urealyticum |
Urobilina |
Urobilinogeno |
Urodimania |
Van de Kamer |
Vandil — Mandelic —Acid (AVM) |
VDRL |
Vermes |
VIH-ac |
Vincent's Angina. Frotis |
Vitamina B12 |
Vitamina D (25 oh) |
Virocitos |
VLDL Colesterol |
VSR — ac |
Widal. Reacción de |
Xilosa. Test de absorción |
Se incluye centellografia y captación tiroidea |
UNIDAD SOLICITANTE: Dirección de Recursos Humanos
JUSTIFICACIONES: Es necesario la realización de un nuevo procedimiento de contratación para la Prestación de servicio médico y sanatorial integral para la DINAPI, teniendo en cuenta el vencimiento próximo del contrato actual, a fin de brindar cobertura por el periodo de 12 meses, corresponde a un llamado periódico, las Especificaciones Técnicas fueron establecidas conforme a lo establecido en el Ley 2051 de Contrataciones Públicas y sus reglamentaciones, con el objetivo de proporcionar suficiente información para que los oferentes puedan preparar sus ofertas eficientemente y con precisión.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
NO APLICA
Ítem |
Descripción del servicio |
Cantidad |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
1 |
CONTRATACIÓN DE SEGURO MEDICO PARA FUNCIONARIOS DE LA DINAPI |
1 |
Unidad | En los lugares habilitados por la firma adjudicada |
Cobertura inmediata en todo los servicios a partir del 0 4/11/2021 al 03/11/2022, por el plazo de 12(doce) meses |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Durante la ejecución del Contrato, la CONTRATANTE, en caso de reclamos y/o denuncias por parte de los Beneficiarios, queda autorizada a realizar todas las inspecciones que considere pertinentes para verificar la buena prestación y calidad de los servicios; consistentes en visitas a los centros de prestación a fin de corroborar que ellos cuenten con la infraestructura, los equipos y servicios en las condiciones requeridas y ofertadas; además de solicitar la documentación probatoria de que los servicios fueron prestados conforme a lo establecido en el contrato respectivo.
Por cada apercibimientos por escrito de la Contratante, con respecto a incumplimientos contractuales o la deficiencia en la prestación, conforme a lo estipulado en las Especificaciones Técnicas, se aplicará la multa estipulada en el punto 11 de las CONDICIONES CONTRACTUALES.
El valor de las multas será: 0,5 % sobre la factura pendiente de pago. Las multas serán aplicadas por cada 2(dos) apercibimientos por escrito por la contratante, con respecto a las quejas en relación con la prestación del servicio en el mes, sobre el valor de la factura pendiente de pago. El monto total de la multa está limitado hasta un máximo del 10% sobre el valor total del contrato. La contratante queda autorizada a deducir la multa, en forma automática y sin interpelación judicial o extrajudicial, de la factura presentada por el contratista
La contratante se reserva el derecho de requerir cuando considere pertinente las documentaciones que avalan que la firma se encuentra en cumplimiento de sus obligaciones con el fisco, la seguridad social y las condiciones laborales.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Informe / listado | Nota de Remisión y/o Informe mensuales |
En forma mensual durante la ejecución del contrato. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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