Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Capacidad Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones y/o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/2003, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los Oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar (Art. 40, Ley N° 2.051/03) a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o posteriormente, hasta la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la prohibición contenida en los incisos a) y b) del artículo 40 de la Ley, el comité de evaluación de ofertas, deberá utilizar la metodología de evaluación que para el efecto disponga la DNCP.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:
1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término servicio aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).
Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.
Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
1. Formulario de Oferta (*) El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente. La presentación física del Formulario de Ofertas y lista de precio será conforme a la fecha y hora establecidas en el SICP a la Unidad Operativa de Contrataciones (UOC), en los términos de la Resolución DNCP N° 1930/2020 POR LA CUAL SE DISPONE LA UTILIZACIÓN DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE CONTRATACIONES PÚBLICAS PARA LA PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS ELECTRÓNICAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN. |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución. Su presentación física será en la fecha y hora establecidas en el SICP a la Unidad Operativa de Contrataciones (UOC), en los términos de la Resolución DNCP N° 1930/2020 POR LA CUAL SE DISPONE LA UTILIZACIÓN DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE CONTRATACIONES PÚBLICAS PARA LA PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS ELECTRÓNICAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN. |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
5. Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados en el marco de la Ley N° 6355/19. (**) La obligatoriedad de la Constancia señalada en este apartado, deberá tener como fecha tope de presentación ante el órgano Contralor en el día y hora previsto como Fecha de Presentación y Apertura de Oferta del presente llamado, y según sea el caso del oferente, deberá ser de todos los sujetos obligados indicados en el Art. 1 numeral 2 inc. a) de la Ley 6355/19. |
6. Certificado de Cumplimiento Tributario (**) |
7. Patente Comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
8. Declaración Jurada de Aceptación de Uso de Oferta Electrónica en los términos de la Resolución DNCP N° 1930/2020 POR LA CUAL SE DISPONE LA UTILIZACIÓN DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE CONTRATACIONES PÚBLICAS PARA LA PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS ELECTRÓNICAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN. (*) |
9. Documentos legales |
9.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
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9.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
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9.3. Oferentes en Consorcio. |
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4.Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
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Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de oferta.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
a) Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente.
Con el objetivo de calificar la situación financiera actual del Oferente, se consideraran los siguientes índices:
Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los últimos años (2017, 2018 y 2019).
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los últimos años (2017, 2018 y 2019).
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.
El promedio en los en los últimos años (2017, 2018 y 2019) no deberá ser negativo.
b) contribuyentes de IRPC
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos (2017, 2018 y 2019).
c) contribuyentes de IRP
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos (2017, 2018 y 2019).
d) contribuyentes de exclusivamente IVA General
Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales (2017, 2018 y 2019).
Los oferentes deberán presentar las copias autenticadas de los Estados Financieros y de Resultados de los últimos 3 (tres) periodo; 2017, 2018 y 2019, acompañados de sus correspondientes formularios de liquidación de impuestos y la constancia de su presentación a la SET.
EN CASO DE CONSORCIOS: todos los integrantes que lo componen deberán cumplir con los requisitos financieros indicados.
a. Balance General y Cuadro de Estado de Resultados de los años 2017, 2018 y 2019 para contribuyentes del IRACIS. |
b. IVA General de los últimos 36 meses, para contribuyentes sólo del IVA General. |
c. Formulario 106 de los años 2017, 2018 y 2019 para contribuyentes del IRP. |
d. Formulario 104 de los años 2017, 2018 y 2019 para contribuyentes de Renta Personal. |
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Demostrar la experiencia en la provisión de los bienes ofertados con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: últimos 6 años.
Del 2016 en adelante. Podrán presentar la cantidad de contratos/facturaciones que consideren necesarios para acreditar el porcentaje requerido siempre que hayan sido formalizados dentro del periodo mencionado.
1. Copia de Contratos y/o facturas de ventas y/o ID de llamados con instituciones públicas y/o empresas privadas por la provisión de los bienes ofertados, a partir del 2016 en adelante y que en conjunto alcancen al menos el 50% de su oferta en los mencionados ítems. |
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
PARA LOS ITEMS 1,2 Y 4
PARA EL ITEM 3
1. Especificaciones técnicas completadas y firmadas. |
2. Catálogos, anexos técnicos, manual de equipo. |
3. Autorización del fabricante o representante autorizado por el fabricante. |
4. Certificado para administración y configuración de equipos NAS y/o Storage del técnico, otorgado por la marca. |
5. Nota de acreditación del fabricante o representante local para la prestación de los servicios requeridos |
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del llamado, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.
Nota1: Conforme a lo previsto en el Decreto reglamentario de la Ley de Contrataciones los adjudicatarios de los contratos resultantes de los procesos licitatorios, deberán inscribirse en el Sistema de Información de Proveedores del Estado - SIPE, como requisito previo a la emisión del Código de Contratación respectivo, no siendo la inscripción una exigencia para participar en el proceso tradicional.