Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Capacidad Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones y/o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/2003, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los Oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar (Art. 40, Ley N° 2.051/03) a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o posteriormente, hasta la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la prohibición contenida en los incisos a) y b) del artículo 40 de la Ley, el comité de evaluación de ofertas, deberá utilizar la metodología de evaluación que para el efecto disponga la DNCP.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:
1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a) Consorcios:
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
1. Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.] |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución. |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
5. Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados en el marco de la Ley N° 6355/19. (**) |
6. Certificado de Cumplimiento Tributario (**) |
7. Patente Comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
8. Documentos legales |
8.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
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8.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
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8.3. Oferentes en Consorcio. |
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4.Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
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Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de oferta.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
a) Para contribuyente de IRACIS.
Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 2 (dos) últimos años (2018, 2019)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 2 (dos) últimos años (2018, 2019)
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.
El promedio en los en los 2 (dos) últimos años, no deberá ser negativo. (2018, 2019)
b) Para contribuyentes de IRPC
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los 2 últimos ejercicios fiscales requeridos (2018, 2019).
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Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Demostrar la experiencia en [indicar actividad] con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 30 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: Últimos 3 años] Últimos años 2018, 2019, 2020 años.
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El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
Para Fabricantes de Medicamentos Nacionales:
Certificado de habilitación como fabricante de los productos ofertados expedido por la DNVS..
Certificado de cumplimiento de Buenas Prácticas de Manufacturas y Control (BPM y C).
Certificado de Registro Sanitario del producto ofertado.
Declaración jurada de poseer la capacidad de producción para proveer la cantidad ofertada en el tiempo solicitado.
Contar con Certificado otorgado por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria del MSP y BS para empresas que se encuentren en trámites de renovación de apertura (para oferentes fabricantes de medicamentos nacionales)
En caso de ofertarse medicamentos: copia autenticada del acta de fijación de precios de cada producto ofertado expedida por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, en forma legible y emita con anterioridad a la fecha de apertura.
Para Importadores, Representantes de Medicamentos Importados: Documentos emitidos por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria.
Copia autenticada de la correspondiente resolución de apertura Vigente, que lo habilite para importar y/o comercializar medicamentos, según sea el caso, expedido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria.
Certificado de Registro Sanitario Vigente.
Certificado de cumplimiento de Buenas Prácticas de Almacenamiento, expedido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria del MSPYBS.
Declaración Jurada de poseer la capacidad de producción y/o suministro para proveer la cantidad ofertada, en el tiempo solicitado.
Para medicamentos: copia autenticada del acta de fijación de precios de cada producto ofertado expedida por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria del MSPYBS, en forma legible y emitida con anterioridad a la fecha de la apertura.
Documentos para Dispositivos Médicos
El oferente deberá presentar el listado de los productos habilitados para importar y comercializar expedido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria del MSP y BS.
Certificado de habilitación como fabricante, Importadora o Distribuidora de los productos ofertados expedidos por DNVS.
Certificado de cumplimiento de buenas prácticas de manufacturas y control y / o Almacenamiento según corresponda.
Certificado de Registro Sanitario.
Declaración jurada simple en la que manifieste que cuenta con la capacidad para cumplir con la provisión solicitada en el tiempo y conforme a las especificaciones técnicas, en caso de ser adjudicado.
Lista de clientes del sector público y/o privado, a quienes han proveídos bienes iguales a lo ofertado.
1. Resolución vigente de habilitación del MSP y BS como fabricante y/o importador, representante, distribuidor de especialidades farmacéuticas |
2. Certificado vigente de Registro Sanitario de cada producto ofrecido emitido por el MSP y BS. |
3. Certificado vigente de Buenas Prácticas de Fabricación y/o almacenamiento, según sea el caso, emitido por el MSP y BS. |
4. Certificado otorgado por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria del MSP y BS para empresas que se encuentren en trámites de renovación de apertura (para oferentes fabricantes de medicamentos nacionales). |
5. Habilitación vigente como fabricante, importador o distribuidor de dispositivos médicos |
6. Registro sanitario vigente o constancia de Importación y Comercialización de Dispositivos Médicos |
7. Autorización del Fabricante, representante o distribuidor autorizado |
8. Certificado de habilitación como fabricante de los productos ofertados expedido por la DNVS |
9. Copia autenticada del acta de fijación de precios de cada producto ofertado expedida por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, en forma legible y emita con anterioridad a la fecha de apertura |
10. Certificado de habilitación como fabricante, Importadora o Distribuidora de los productos ofertados expedidos por DNVS. |
11. Declaración Jurada simple en la que manifieste que cuenta con la capacidad para cumplir con la provisión |
12. Lista de clientes del sector público y/o privado |
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del llamado, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.
Nota1: Conforme a lo previsto en el Decreto reglamentario de la Ley de Contrataciones los adjudicatarios de los contratos resultantes de los procesos licitatorios, deberán inscribirse en el Sistema de Información de Proveedores del Estado - SIPE, como requisito previo a la emisión del Código de Contratación respectivo, no siendo la inscripción una exigencia para participar en el proceso tradicional.