El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Especificaciones técnicas Adquisición de Productos Químicos para la Planta de Tratamiento de Agua de José A. Falcón.
Ítem |
Descripción |
Cantidad |
Presentación |
1 |
HIPOCLORITO DE SODIO AL 12% El hipoclorito de sodio es un compuesto químico altamente oxidante, que suele ser llamado también cloro o lejía. Es un líquido amarillento, límpido y con olor característico a cloro. Es completamente soluble en agua. Formula : NaClO PROPIEDADES Poderoso agente oxidante, Es excelente desinfectante y bactericida. Es corrosivo del aluminio. Características FISICO-QUIMICO Aspecto físico: Solución Liquida Color : Amarillo Verdoso PH : debe ser superior a 9,5 p/estabilidad Materia Activa entre 80 g/l de cloro activo a 150 g/l Densidad (20º c) 1,1 g/cm3 a 1,2 g/ cm 3 hidróxido libre Max 4g/l Principales aplicaciones: Se usa como blanqueador de productos textiles y pulpa de papel, para purificar agua efluentes industriales y domésticos, en el tratamiento de agua para consumo,para preparar otros productos químicos, etc. Condiciones Generales 1-El hipoclorito de sodio se presenta comercialmente como un líquido claro, ligeramente amarillo cuya densidad debe ser de 1,1 g/ cm3 a 1,2 g/ cm3. 2- La solución no deberá contener más de 45% de materia insoluble. 3- El contenido de cloro disponible no debe ser menor del 8% (80 g/cm3).- 4- El contenido de la alcalinidad libre, expresadas como hidróxido de sodio no deber mayor de 1,67% (20 g/l).- 5- Los hipocloritos pertenecen a la clase 5 A y 8 A de las mercaderías peligrosas y deberán llevar en el rótulo las indicaciones establecidas en las normas internacionales.- Empaque y Rotulado El rótulo deberá llevar el nombre del producto, el nombre del fabricante o marca registrada, el contenido neto del material expresado en Unidades del Sistema Internacional, contenido de cloro disponible y número de lote. CONDICIONES DE ALMACENAMIENTO Debe ser almacenado en un lugar fresco y seco, lejos de la luz solar directa y en lo posible se debe mantener la solución en ambientes con temperaturas inferiores a los 30°C. Por ningún motivo debe entrar en contacto con superficies metálicas o ácidos.-
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4.000 lts
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Bidón de 20 litros |
2 |
SULFATO DE ALUMINIO FORMULA QUÍMICA: Al₂(SO)₃ Características Físico- Químicas Aspecto: Formas sólidas hidratadas, de diferentes tamaños de partículas (escama, troceados, molido, granulado). Solubilidad: El límite práctico de solubilidad depende de la temperatura y del equipamiento para la solubilización del producto sólido. Propiedades químicas: El sulfato de aluminio es una sal hidratada o una solución ácida. Las soluciones muy diluidas se hidrolizan y forman un precipitado de hidróxido de aluminio. Se han establecido límites para aquellas impurezas y sustancias tóxicas que puedan encontrarse en cantidades significativas como consecuencias del proceso de producción habitual y de las materias primas utilizadas. Todo cambio en el proceso de producción o en las materias primas que puedan Originar la aparición significativa de otras impurezas o subproductos debe ser notificado al usuario. Composición del producto comercial: El sulfato de aluminio es el resultado de un complejo proceso de fabricación y no debe, en ningún caso ser el resultado de una mezcla de productos químicos comercialmente disponibles. La concentración de materia activa se expresa en gramos de aluminio por kilogramo de producto (gr Al/ Kg) Para las formas sólidas hidratadas, el contenido en aluminio soluble en agua varía para las distintas granulometrías. Los contenidos típicos pueden encontrarse entre 72 g Al/ Kg y 91 g Al/ Kg del producto sólido. Modo de envasado: Los sólidos en embalajes apropiados, bolsas de plástico o de papel. Siguiendo las indicaciones del fabricante. Empaque y Rotulado El rótulo deberá llevar el nombre del producto, la denominación comercial y la calidad, el peso neto, el nombre y la dirección del proveedor t/o fabricante. Además símbolos e indicaciones de peligrosidad Naturaleza de los riesgos particulares a las sustancias peligrosas Recomendaciones de seguridad relativas a las sustancias peligrosas Condiciones de Almacenamiento Estabilidad a largo plazo. Estable Incompatibilidad de almacenamiento. Se evita el contacto con los cloritos, hipoclorito y sulfito. Este producto ataca ciertas superficies metálicas por ejemplos metal, galvanizado, aluminio, cobre, cinc y aleaciones de estos metales.-
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5.500 kg |
Bolsas de 50 kg |
3 |
CAL HIDRATADA FORMULA QUÍMICA: CA (OH)2 Características Físico- Químicas Aspecto: es un sólido de coloración blanca, en forma de producto particulado fino o polvo. El producto debe tener un contenido Ca (OH)2 mayor y/o igual a 90%; Mg(OH)2 menor y/o igual a 2,2; e impureza menor al 5% Propiedades químicas: La cal debe tener una pureza óptima para los fines a que se destina, no debiendo por lo tanto contener sustancias tóxicas para los seres vivos y el producto debe regirse por las legislaciones pertinentes. En el tratamiento de agua el pH puede corregirse con la adición de reactivo básico, para esto utilizamos la cal hidratada. Empaque y Rotulado Modo de envasado: La cal hidratada es embalada en bolsas de plástico o de papel de 20 Kg. siguiendo las indicaciones del fabricante. El rótulo deberá llevar el nombre del producto, la denominación comercial y la calidad, el peso neto, el nombre y la dirección del proveedor y/o fabricante. Además, símbolos e indicaciones de peligrosidad Naturaleza de los riesgos particulares a las sustancias peligrosas Recomendaciones de seguridad relativas a las sustancias peligrosas Condiciones de Almacenamiento Deben ser almacenadas sobre un estrado, en áreas cubiertas y en ambiente seco y aireado. |
1.200 kg
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Bolsas plásticas o de papel de 20 kg.
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Ing. Guillermo Caballero, Gerente de Obras Portuaria
La planta de Tratamiento de Agua de la Administración Nacional de Navegación y Puertos en la José A. Falcón fue inaugurada el 18 de diciembre de 1995, con la finalidad de operar y mantener el Sistema de Abastecimiento de Agua Potable para las dependencias de la institución y el área que corresponde a Aduanas en la frontera con la ciudad de Clorinda (Rca. Argentina).
Es un llamado periódico, generalmente una vez al año, con el propósito dem mantener el stock de productos químicos en la planta de tratamiento de agua, necesarios para el procesamiento de agua cruda.
El agua utilizada por el ser humano debe reunir una serie de condiciones, siendo uno de los requisitos más importantes la ausencia de bacterias y parásitos. Las Espesificaciones Técnicas se han realizado conforme a las normativas estándares para el tratamiento del agua cruda con el propósito de potabilizarla, los productos utilizados para asegurar la potabilidad son: sulfato de aluminio, cloro y cal son utilizados para lograr la potabilidad y calidad exigidas para el uso humano.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
1 |
HIPOCLORITO DE SODIO AL 12% |
4.000 |
LITROS |
Planta de tratamiento de agua de la Terminal Portuaria de José A. Falcón |
Dentro de los 30 días a partir de la firma del contrato.
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2 |
SULFATO DE ALUMINIO |
5.500 |
KILOGRAMOS |
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3 |
CAL HIDRATADA |
1.200 |
KILOGRAMOS |
- HIPOCLORITO DE SODIO AL 12 % EN BIDON DE 20 LITROS
- SULFATO DE ALUMINIO EN BOLSA DE 50 KG
- CAL HIDRATADA EN BOLSAS PLASTICAS O DE PAPEL DE 20 KG
Observación: El proveedor será el único responsable de la cabal, eficiencia y satisfactoria provisión de los bienes y no podrá eludir sus responsabilidades por no haber solicitado a su debido tiempo las instrucciones y/o aclaraciones necesarias con relación a los bienes solicitados.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según la carta de invitación) |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Diciembre 31/12/2021 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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