Condición de Participación

Las ofertas podrán ser presentadas por las compañías aseguradoras que cuentan con capacidad de contratar legalmente y cuyo giro actual se halle estrictamente ajustado a las normas que regulan el régimen de seguros en la República del Paraguay, en un todo conforme a la normativa vigente en materia de seguros en el territorio de la República a la fecha de la convocatoria. En caso de que la oferta se presente en forma de coaseguro, cada empresa coaseguradora debe cumplir con los requisitos exigidos para tales figuras, indicados en el presente documento.

Podrán participar en esta licitación, individualmente o en forma conjunta bajo la figura del coaseguro o grupos coaseguradores, los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas o para contratar.

Para participar en procesos de licitación pública nacional (LPN), las empresas deberán contar mínimamente con 5 (cinco) años de experiencia en el mercado de seguros.

Adicionalmente a lo establecido en el párrafo anterior el oferente deberá considerar las siguientes condiciones de participación:

Que se encuentren registrados/as en el Sistema de Información de Proveedores del Estado (SIPE), debiendo suscribir ante el mismo una Declaración Jurada en la cual manifiesta que tiene pleno conocimiento y acepta las reglas del proceso para su activación como oferente. La Declaración Jurada referida, podrá ser descargada desde el SICP, modulo del SIPE.  

Que activados/as conforme al SIPE posean su Usuario y Contraseña, personal e intransferible, salvo que los mismos hayan sido cancelados por el Sistema, de conformidad a la reglamentación específica. La pérdida del usuario y contraseña deberá ser comunicada a la DNCP para que, a través del Sistema, sea bloqueado el acceso inmediatamente; y   

Como requisito para la participación en la Subasta a la Baja Electrónica, el oferente deberá manifestar en el campo previsto en el Sistema Electrónico, que cumple plenamente los requisitos de habilitación y que su propuesta de precios está conforme con las exigencias del pliego de bases y condiciones.

Requisitos de Calificación

Calificación Legal

Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.

Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.   

A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:

  1. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de ofertas que incluye la declaratoria debidamente firmada.
  2. Verificará los registros del personal de la convocante para detectar si el oferente o sus representantes, se hallan comprendidos en el presupuesto del inciso a) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021.
  3. Verificará por los medios disponibles, si el oferente y los demás sujetos individualizados en las prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, aparecen en la base de datos del SINARH o de la Secretaría de la Función Pública.
  4. Si se constatara que alguno de las personas mencionadas en el párrafo anterior figura en la base de datos del SINARH o de la Secretaría de la Función Pública, el comité analizará acabadamente si tal situación le impedirá ejecutar el contrato, exponiendo los motivos para aceptar o rechazar la oferta, según sea el caso.
  5. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de Declaración de Miembros, de conformidad a estándar debidamente firmado en su oferta y cotejará los datos con las personas físicas inhabilitadas que constan en el registro de “Sanciones a Proveedores” del SICP a fin de detectar si directores, gerentes, socios gerentes, quienes ejerzan la administración, accionistas, cuotapartistas o propietarios se hallan comprendidos en el presupuesto del inciso m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021.

            El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.

  1. Si el Comité confirma que el oferente o sus integrantes poseen impedimentos, la oferta será rechazada y se remitirán los antecedentes a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) para los fines pertinentes.

Análisis de precios ofertados

Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:

1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.

Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.

El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.

Certificado de Producto y Empleo Nacional - CPS

A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora de la etapa competitiva.

La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.

El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.

Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.

a) Coaseguros:

a.1. Provisión de Servicios (se entenderá por el término “servicio” aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).

Todos los integrantes del coaseguro deben contar con el CPEN.

Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del coaseguro cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del coaseguro (acuerdo de intención o coaseguro constituido) se desprenda que el integrante del coaseguro que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.

Margen de preferencia local - CPS

Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.

En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.

Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.

 

Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación

1. Formulario de Oferta (*)

[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deberán ser completados y firmados por el oferente.]

2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*)

La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución.

3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**)

4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**)

5. Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados según los incisos a) y b) del numeral 2 del art. 1 de la Ley N° 6355/19.(**)
6.Certificado de Cumplimiento Tributario. (**)
7. Patente comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**)
8. Declaración Jurada de Declaración de Miembros,  de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios. (**)

9. Documentos legales 

9.1. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas.

  • Fotocopia simple de los documentos que acrediten la existencia legal de la persona jurídica tales como la escritura pública de constitución y protocolización de los estatutos sociales. Los estatutos deberán estar inscriptos en la Sección Personas Jurídicas de la Dirección General de Registros Públicos. (*)
  • Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes - RUC.
  • Fotocopia simple de la cédula de Identidad del o los representante/s legal/es.
  • Copia autenticada de la última declaración jurada presentada a la Superintendencia de Seguros con sello de recepción de la misma, respecto al cumplimiento del Margen de Solvencia y del fondo de Garantía establecido en la Ley N° 827/96 De Seguros y sus reglamentaciones y en la que se consignen los coeficientes de solvencia y del Fondo de Garantía asignados a la aseguradora, correspondiente al último periodo.
  • Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al oferente. Estos documentos pueden consistir en: un poder suficiente otorgado por Escritura Pública (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o los documentos societarios que justifiquen la representación del firmante, tales como las actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas. (*)

9.2. Oferentes Coaseguradores.

  1. Cada integrante del coaseguro que sea una persona jurídica domiciliada en la República del Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales especificados en el apartado Oferentes individuales. Personas Jurídicas. (*)
  1. Original o fotocopia del coaseguro constituido o del acuerdo de intención de constituir el coaseguro. Las formalidades de los acuerdos de intención y de los coaseguros serán determinadas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP). (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades de los firmantes del acuerdo de intención de coasegurarse. Estos documentos pueden consistir en (*):
  • Un poder suficiente otorgado por escritura pública por cada miembro del coaseguro (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
  • Los documentos societarios de cada miembro del coaseguro, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.

       4. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades de los firmantes de la oferta para comprometer al coaseguro, cuando se haya formalizado el coaseguro. Estos documentos pueden consistir en (*):

  • Un poder suficiente otorgado por escritura pública por la empresa piloto del coaseguro (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
  • Los documentos societarios de la empresa piloto, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.

Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.

Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes al inicio de la etapa competitiva.

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

 

REQUISITOS REQUERIDOS PARA TODOS LOS OFERENTES

Con el objetivo de calificar la situación financiera actual del oferente, se considerarán los balances de los años 2018, 2019 y 2020 y sus promedios:

 

a.   Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente

Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 3 (tres) últimos años (2018,2019 y 2020)

Se requerirá a la aseguradora la presentación de la Situación de Liquidez, el cual deberá estar elaborado en base al Anexo de la Resolución SS.SG. Nº 0134/2015 de fecha 18/09/2015 de la Superintendencia de Seguros, con fecha de corte al 30 de junio de 2020, demostrando un superávit a los requerimientos de la Autoridad de Control.

b.   Endeudamiento: pasivo total / activo total

No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 3 (tres) últimos años (2018,2019 y 2020)

c.   Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital

El promedio no deberá ser negativo, en los 3 (tres) últimos años (2018,2019 y 2020)

 

En el caso de Coaseguros todos los miembros integrantes del Coaseguro deberán cumplir con los parámetros establecidos.

 

7.1. Requisitos documentales para evaluar el presente criterio:

  1. Fotocopia autenticada de Balance General y Estado de Resultado de los últimos tres 3 (tres) ejercicios cerrados (2018, 2019 y 2020)
  1. Situación de Liquidez, el cual deberá estar elaborado en base al Anexo de la Resolución SS.SG. Nº 0134/2015 de fecha 18/09/2015 de la Superintendencia de Seguros, con fecha de corte al 30 de junio de 2020, demostrando un superávit a los requerimientos de la Autoridad de Control.

 

 

 

 

 

 

 

REQUISITOS REQUERIDOS ESPECÍFICAMENTE PARA LOS OFERENTES DE LAS SECCIONES DE:

  • INCENDIO INSTALACIONES
  • INCENDIO EXISTENCIAS
  • TRANSPORTE FLUVIAL

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

  1. Margen de Solvencia: coeficiente mínimo 2 (dos), al cierre del ejercicio financiero al 30 de junio de 2020.

 

  1. Calificación de la Aseguradora: Calificación A, como mínimo, conforme al Informe publicado por la Superintendencia de Seguros del Banco Central del Paraguay, al 30 de junio de 2020. Se aclara que las Compañías de Seguros con calificación de riesgo A- o menor no califican. La misma no podrá contar con observaciones o poseer indicadores negativos. Adjuntar copia de los indicadores financieros y calificación de riesgos.

 

  1. Capital Social: en promedio de los 3 (Tres) últimos ejercicios, igual o superior a Gs. 30.000.000.000 (guaraníes treinta mil millones). Se entiende por promedio la suma de capital social de los 3 (Tres) últimos ejercicios conforme a los balances correspondientes a los años 2018,2019 y 2020 dividido por tres (cantidad de años).

 

  1. Disponibilidades: en promedio de los 3 (Tres) últimos ejercicios, igual o superior a Gs. 18.500.000.000 (guaraníes diez y ocho mil quinientos millones). Se entiende por promedio la suma de los montos de disponibilidades de los 3 (Tres) últimos ejercicios conforme a los balances correspondientes a los años 2018,2019 y 2020 dividido por tres (cantidad de años).

 

  1. Patrimonio Propio No Comprometido: Igual o superior a Gs. 30.000.000.000 (guaraníes treinta mil millones) al 30 de junio de 2020.

 

  1. Fondo de Garantía: Igual o superior a Gs. 15.000.000.000 (guaraníes quince mil millones) al 30 de junio de 2020.

 

7. Cantidad de Reaseguradores: Mínimo 2 (dos).

 

8. Calificaciones de los Reaseguradores: como mínimo Empresas de Reaseguro con calificación A (+/-) (Standard & Poor's, Moody´s, Fictch Rating y AM Best y/o equivalentes).

 

Observación: En caso de Coaseguros, para el requisito 2. Calificación de la Aseguradora, la Compañía Aseguradora líder y los demás miembros deberán acreditar cumplir con la calificación de A, como mínimo, otorgada por una calificadora de riesgo autorizada por la Comisión Nacional de Valores.

 

Para el requisito 5. Patrimonio propio no comprometido, el líder del coaseguro deberá acreditar contar con el 100% del requisito exigido, los demás miembros que integren el coaseguro deberán contar con el 50% del monto requerido, como mínimo.

 

Para el requisito 6. Fondo de Garantía, el líder del coaseguro deberá acreditar contar con el 100% del requisito exigido, los demás miembros que integren el coaseguro deberán contar con el 50% del monto requerido, como mínimo.

 

Todos los miembros integrantes del Coaseguro deberán cumplir con los demás requisitos establecidos en los puntos 1,3,4,7,8.

 

El oferente presentará una declaración jurada en la que exponga cada uno de los datos señalados en los puntos 1,3,4,5,6,7,8.

 

La convocante podrá corroborar toda la información suministrada por el oferente, en caso de constatarse discrepancia entre lo declarado y la información existente en fuentes de información pública o privada, la oferta será descalificada y se aplicará los procedimientos administrativos correspondientes.

 

La convocante se reserva el derecho de solicitar toda documentación respaldatoria presentada por el oferente a la Superintendencia de Seguros del Banco Central del Paraguay, a modo tal de verificar o corroborar lo declarado.

 

- DE VISITAS DE INSPECCIÓN:

Sección Incendio Instalaciones: visita técnica de carácter obligatorio a las instalaciones a ser aseguradas, se deberá presentar la constancia de visita de inspección expedida por PETROPAR.

 

Sección Incendio Existencias y transporte fluvial: en caso que, a efectos de una mejor cotización de los ítems solicitados, algún potencial oferente requiera visitar el lugar y las instalaciones a ser aseguradas, las visitas serán efectuadas conforme al calendario establecido en el presente Pliego de Bases y Condiciones.

 

En caso de que el oferente no realice dicha visita o inspección, deberá presentar con su oferta una declaración jurada en la que manifieste que conoce suficientemente las condiciones para el cumplimiento de las obligaciones y que cuenta con la información necesaria para preparar la oferta y celebrar el contrato.

 

 

REQUISITOS EXIGIDOS PARA LOS OFERENTES DE LAS SECCIONES DE:

  • TRANSPORTE TERRESTRE DE MERCADERÍAS
  • RESPONSABILIDAD CIVIL
  • AUTOMÓVILES/EMBARCACIONES
  • ROBO Y/O ASALTO/ VALORES EN CAJA/MOSTRADOR/PLAYEROS
  • RESPONSABILIDAD CIVIL PARA ESTACIONES DE SERVICIO
  • EQUIPAMIENTOS DE LABORATORIO MÓVIL.

 

  1. Se considerarán las siguientes condiciones financieras mínimas establecidas en el Balance General al 30/Jun/2020 y se requerirá la presentación de una declaración en el que conste el cumplimiento del coeficiente mínimo detallados a continuación, establecidas en el informe remitido a la Superintendencia de Seguros al 30 de junio del año 2020 (s/ Resolución SS.SG. N° 239/07 y sus respectivas modificaciones vigentes):

 

  1. Margen de Solvencia: coeficiente mínimo 1,80 (uno punto ocho).
  2. Patrimonio Propio No Comprometido: Gs. 12.000.000.000 (guaraníes doce mil millones).
  3. Fondo de Garantía: Gs. 6.000.000.000 (guaraníes seis mil millones).
  4. Disponibilidades: Gs. 7.000.000.000 (guaraníes siete mil millones).
  5. Capital Social Mínimo: Gs. 12.000.000.000 (guaraníes doce mil millones).

 

  1. Calificación de la Aseguradora: Empresas Aseguradoras con Calificación A, como mínimo, conforme al Informe publicado por la Superintendencia de Seguros del Banco Central del Paraguay, al 30 de junio de 2020. Se aclara que las Compañías de Seguros con calificación de riesgo A- o menor no califican. La misma no podrá contar con observaciones o poseer indicadores negativos. Adjuntar copia de los indicadores financieros y calificación de riesgos.

 

  1. Cantidad de Reaseguradores: Mínimo 2 (dos) Compañías Reaseguradoras. Para los contratos automáticos de reaseguros, se deberá presentar una copia autenticada de dichos contratos conjuntamente con un resumen de las Compañías intervinientes, detallando el porcentaje de participación de las mismas en la asunción del riesgo para cada Sección, y la calificación respectiva de las Reaseguradoras.

 

  1. Calificaciones de los Reaseguradores: (Standard & Poor's, Moody´s, Fictch Rating y AM Best). Empresas de Reaseguro con calificación A (+/-), como mínimo.

 

Observación: Para el requisito 1. b) Patrimonio propio no comprometido, el líder del coaseguro deberá acreditar contar con el 100% del requisito exigido, los demás miembros que integren el coaseguro deberán contar con el 50% del monto requerido, como mínimo.

 

Para el requisito 1. c) Fondo de Garantía, el líder del coaseguro deberá acreditar contar con el 100% del requisito exigido, los demás miembros que integren el coaseguro deberán contar con el 50% del monto requerido, como mínimo.

 

En caso de Coaseguros, para el requisito 2. Calificación de la Aseguradora, la Compañía Aseguradora líder deberá acreditar cumplir con la calificación de A, como mínimo. Los demás miembros podrán acreditar una calificación mínima de A (+/-), otorgada por una calificadora de riesgo autorizada por la Comisión Nacional de Valores.

 

Con relación a los puntos 3. Cantidad de Reaseguradores y 4. Calificación de Reaseguradores, los miembros integrantes del coaseguro en forma conjunta deberán contar mínimo con dos (2) reaseguradores con calificación mínima de A (-/+) según la Standard Poor’s y/o equivalente de otras calificaciones internacionales.

 

Todos los miembros integrantes del Coaseguro deberán cumplir con los demás requisitos establecidos.

 

El oferente presentará una declaración jurada en la que exponga cada uno de los datos señalados en los puntos 1,2,3,4.

 

La convocante podrá corroborar toda la información suministrada por el oferente, en caso de constatarse discrepancia entre lo declarado y la información existente en fuentes de información pública o privada, la oferta será descalificada y se aplicará los procedimientos administrativos correspondientes.

 

La convocante se reserva el derecho de solicitar toda documentación respaldatoria presentada por el oferente a la Superintendencia de Seguros del Banco Central del Paraguay, a modo tal de verificar o corroborar lo declarado.

 

VISITAS DE INSPECCIÓN: RESPONSABILIDAD CIVIL, AUTOMÓVILES/EMBARCACIONES, RESPONSABILIDAD CIVIL PARA ESTACIONES DE SERVICIO, EQUIPAMIENTOS DE LABORATORIO MÓVIL, en caso que, a efectos de una mejor cotización de los ítems solicitados, algún potencial oferente requiera visitar el lugar y las instalaciones a ser aseguradas, las visitas serán efectuadas conforme al calendario establecido en el presente Pliego de Bases y Condiciones, y se presentará la constancia de inspección de las visitas técnicas.

 

En caso de que el oferente no realice dicha visita o inspección, deberá presentar con su oferta una declaración jurada en la que manifieste que conoce suficientemente las condiciones para el cumplimiento de las obligaciones y que cuenta con la información necesaria para preparar la oferta y celebrar el contrato a entera satisfacción de la convocante.

 

Observación: en caso de coaseguros todos los miembros integrantes del coaseguro deberán cumplir con los requisitos establecidos.

 

Cesión del riesgo al reaseguro conforme a la reglamentación de la Superintendencia de Seguros (Observación: luego de efectuada la adjudicación, para tener derecho al pago, el oferente adjudicado deberá presentar el original o fotocopia autenticada del Contrato de Reaseguro).

 

Presentar original o fotocopia debidamente autenticada por Escribano Público, de la Constancia expedida por la Superintendencia de Seguros, en el cual se certifique que los reaseguradores o Bróker se hallan inscriptos en dicha institución

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:

 

Requisitos documentales para evaluar el presente criterio para todos los oferentes:

  1. Fotocopia autenticada de Balance General y Estado de Resultado de los últimos tres 3 (tres) ejercicios cerrados (2018, 2019 y 2020)
  1. Situación de Liquidez, el cual deberá estar elaborado en base al Anexo de la Resolución SS.SG. Nº 0134/2015 de fecha 18/09/2015 de la Superintendencia de Seguros, con fecha de corte al 30 de junio de 2020, demostrando un superávit a los requerimientos de la Autoridad de Control.

 

 

 

 

 

 

 

Requisitos documentales para evaluar el presente criterio requeridos específicamente para los oferentes de las secciones de:

  • INCENDIO INSTALACIONES
  • INCENDIO EXISTENCIAS
  • TRANSPORTE FLUVIAL

 

  1. Declaración jurada en la que exponga cada uno de los datos señalados en los puntos 1,3,4,5,7,8.
  1. Informe de la Calificadora de Riesgo para el punto 2 y la presentación de la lista donde consta la inscripción de la reaseguradora ante el órgano rector para el punto 6
  1. Copia autenticada del último balance presentado a la Superintendencia de Seguros.
  1. Declaración jurada de la Compañía Aseguradora que certifique que da cumplimiento al Artículo 9° de la Ley N° 827/96 De Seguros y que los riesgos retenidos se encuentran en concordancia con la Resolución 102/09 de fecha 11/agosto/2009, de la Superintendencia de Seguros (Régimen de Retención de Riesgos), vigente a la fecha.
  1. Se deberá presentar un plan de reaseguro en el que se describirá las empresas reaseguradoras a las que se efectuará la cesión (mencionando nombre o razón social, país de origen, dirección y calificación) detallando los tipos de contratos a ser suscritos y el porcentaje de participación de cada reaseguradora con la participación de las mismas en la asunción del riesgo y la compañía reaseguradora líder, así como los corredores de reaseguros que intervendrán si fuera el caso.
  1. Cesión del riesgo al reaseguro conforme a la reglamentación de la Superintendencia de Seguros (Obs: luego de efectuada la adjudicación, para tener derecho al pago, el oferente adjudicado deberá presentar el original o fotocopia autenticada del Contrato de Reaseguro). La nómina del reasegurador deberá permanecer invariable hasta la extinción del contrato, salvo causa debidamente justificada, en cuyo caso, lo que incorporen deberán estar igual o mejor calificados que los salientes, notificando de inmediato al asegurado. Para las Secciones Incendio Instalaciones e Incendio Existencias, se requerirá la presentación por separado.
  1. Presentar original o fotocopia debidamente autenticada por Escribano Público, de la Constancia expedida por la Superintendencia de Seguros, en el cual se certifique que los reaseguradores o Bróker se hallan inscriptos en dicha institución.
  1. Constancia de Visita Técnica de la Sección Instalaciones.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Requisitos documentales para evaluar el presente criterio requeridos específicamente para los oferentes de las secciones de:

  • TRANSPORTE TERRESTRE DE MERCADERÍAS
  • RESPONSABILIDAD CIVIL
  • AUTOMÓVILES/EMBARCACIONES
  • ROBO Y/O ASALTO/ VALORES EN CAJA/MOSTRADOR/PLAYEROS
  • RESPONSABILIDAD CIVIL PARA ESTACIONES DE SERVICIO
  • EQUIPAMIENTOS DE LABORATORIO MÓVIL.

 

  1. Declaración jurada en la que exponga cada uno de los datos señalados en el punto 1, 2, 3 y 4.
  1. El oferente deberá presentar el informe de la Calificadora de Riesgo correspondiente que demuestre el punto 2.
  1. Copia autenticada de los contratos automáticos de reaseguros conjuntamente con un resumen de las Compañías intervinientes, detallando el porcentaje de participación de las mismas en la asunción del riesgo para cada Sección, y la calificación respectiva de las Reaseguradoras
  1. Copia autenticada del último balance al 30 de junio de 2020, presentado a la Superintendencia de Seguros.
  1. Declaración jurada de la Compañía Aseguradora que certifique que da cumplimiento al Artículo 9° de la Ley N° 827/96 De Seguros y que los riesgos retenidos se encuentran en concordancia con la Resolución 102/09 de fecha 11/agosto/2009, de la Superintendencia de Seguros (Régimen de Retención de Riesgos), vigente a la fecha de la etapa competitiva.
  1. Copia autenticada de los formularios de cálculo del margen de solvencia correspondiente al mes de junio del 2020 presentados a la Superintendencia de Seguros
  1. Se deberá presentar copia autenticada del respaldo de reaseguro, detallando el porcentaje de participación de las mismas en los riesgos para cada Sección.
  1. Se deberá presentar un resumen de las compañías reaseguradoras intervinientes, con el porcentaje de cobertura para cada riesgo.

 

Experiencia requerida

Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:

 

 

El Oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de experiencia: 5 (cinco) años 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020 de existencia legal en forma ininterrumpida y que posee experiencia de seguros para cobertura de riesgos, por ello el oferente deberá presentar lo siguiente:

•  Declaración Jurada de parte del oferente en la que se indique que el mismo cuenta con una antigüedad mínima de 5 (cinco) 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020 ininterrumpida, para operar en los ramos de la licitación.

•  Copia de la Resolución de la Superintendencia de Seguros del Banco Central del Paraguay, certificando la habilitación del oferente para operar en los ramos de la licitación.

•  No registrar siniestros pendientes ni en gestión judicial con la convocante. Este punto será verificando por la Convocante.

•Declaración Jurada de cobertura a instituciones públicas y/o privadas, del periodo comprendido entre los años 2016 a 2020; indicando la institución, riesgo asegurado, suma asegurada de dichas coberturas.

Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

              1.  
              1.  

1. Declaración Jurada de parte del oferente en la que se indique que el mismo cuenta con una antigüedad mínima de 5 (cinco) 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020 ininterrumpida, para operar en los ramos de la licitación.

 

2. Copia de la Resolución de la Superintendencia de Seguros del Banco Central del Paraguay, certificando la habilitación del oferente para operar en los ramos de la licitación.
3. No registrar siniestros pendientes ni en gestión judicial con la convocante. Este punto será verificado por la Convocante.
4. Declaración Jurada de cobertura a instituciones públicas y/o privadas, del periodo comprendido entre los años 2016 a 2020; indicando la institución, riesgo asegurado, suma asegurada de dichas coberturas

Capacidad Técnica

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

En caso de requerirse REASEGURO FACULTATIVO, carta de compromiso del (los) reasegurador (es), inscripto (s) en la Superintendencia de Seguros, dirigida al oferente, manifestando que, en caso de adjudicarse la cobertura licitada, cubrirá cuanto menos el porcentaje requerido del riesgo asegurado, con la mención de su participación, así como el país de origen, dirección, y su calificación. En el caso de la participación de corredor de reaseguro (Bróker), este deberá estar inscripto en la Superintendencia de Seguros y presentar una carta compromiso dirigida al oferente manifestando su compromiso de colocación con uno o varios reaseguradores que, en caso de adjudicación de la cobertura licitada, cubrirá cuanto menos el porcentaje requerido del riesgo asegurado. Si el capital en riesgo licitado supera la capacidad automática del contrato de reaseguro del oferente, éste deberá colocar el excedente del capital en riesgo en reaseguros facultativos en la forma señalada precedentemente. Si la oferente manifiesta que el capital en riesgo licitado es parcial o totalmente cubierto por su contrato automático de reaseguros, deberá acompañar copia autenticada de dicho documento.

En caso de que el oferente, realice cesión de riesgos, deberá presentar documentación que pruebe o evidencie que los riesgos a ser cedidos cubren la cuantía necesaria para el cumplimiento de la reglamentación establecida por el ente regulador referente a la capacidad de retención mínima requerida. Esto podrá consistir en una carta compromiso de los reaseguradores o corredores de reaseguros dirigida al oferente o copia autenticada de los contratos de reaseguro, en los que se evidencia fehacientemente la magnitud del capital en riesgo a ser cedida por la cedente (oferente/aseguradora) para la cobertura respectiva en caso de adjudicación del seguro solicitado. Los reaseguradores o corredores de reaseguros que emitan el presente documento, deben estar inscriptos en la Superintendencia de Seguros.

En caso de que intervengan corredores de reaseguros en la colocación del Riesgo, los mismos deberán estar inscriptos en el registro de corredores que lleva la Superintendencia de Seguros. Para el efecto, deberán presentar una copia de la resolución de inscripción y/o renovación correspondiente emitida por dicha autoridad de control. Además de una declaración jurada de que tal disposición sigue vigente.

En caso de requerirse REASEGURO FACULTATIVO, carta de compromiso del (los) reasegurador (es), inscripto (s) en la Superintendencia de Seguros, dirigida al oferente, manifestando que, en caso de adjudicarse la cobertura licitada, cubrirá cuanto menos el porcentaje requerido del riesgo asegurado, con la mención de su participación, así como el país de origen, dirección, y su calificación. En el caso de la participación de corredor de reaseguro (Bróker), este deberá estar inscripto en la Superintendencia de Seguros y presentar una carta compromiso dirigida al oferente manifestando su compromiso de colocación con uno o varios reaseguradores que, en caso de adjudicación de la cobertura licitada, cubrirá cuanto menos el porcentaje requerido del riesgo asegurado. Si el capital en riesgo licitado supera la capacidad automática del contrato de reaseguro del oferente, éste deberá colocar el excedente del capital en riesgo en reaseguros facultativos en la forma señalada precedentemente. Si la oferente manifiesta que el capital en riesgo licitado es parcial o totalmente cubierto por su contrato automático de reaseguros, deberá acompañar copia autenticada de dicho documento.

En caso de que el oferente, realice cesión de riesgos, deberá presentar documentación que pruebe o evidencie que los riesgos a ser cedidos cubren la cuantía necesaria para el cumplimiento de la reglamentación establecida por el ente regulador referente a la capacidad de retención mínima requerida. Esto podrá consistir en una carta compromiso de los reaseguradores o corredores de reaseguros dirigida al oferente o copia autenticada de los contratos de reaseguro, en los que se evidencia fehacientemente la magnitud del capital en riesgo a ser cedida por la cedente (oferente/aseguradora) para la cobertura respectiva en caso de adjudicación del seguro solicitado. Los reaseguradores o corredores de reaseguros que emitan el presente documento, deben estar inscriptos en la Superintendencia de Seguros.

En caso de que intervengan corredores de reaseguros en la colocación del Riesgo, los mismos deberán estar inscriptos en el registro de corredores que lleva la Superintendencia de Seguros. Para el efecto, deberán presentar una copia de la resolución de inscripción y/o renovación correspondiente emitida por dicha autoridad de control. Además de una declaración jurada de que tal disposición sigue vigente.

Requisitos documentales para evaluar la capacidad técnica

  1. Copia de la Resolución de la Superintendencia de Seguros del Banco Central del Paraguay, certificando la habilitación del oferente para operar en los ramos de la licitación.

Otros documentos solicitados a presentar con la oferta

 

  • Declaración jurada de poseer capacidad financiera, donde se indique claramente el margen de solvencia, el patrimonio propio no comprometido, de contar con fondo de garantía, cantidad de reaseguradores, éste último de ser requerido por la convocante en procesos de LPN.
  • Copia simple del informe de la Calificadora de Riesgo donde se detalle la calificación de la Aseguradora.
  • Copia simple de la constancia de inscripción de la Reaseguradora ante la Superintendencia de Seguros del BCP.
  • Declaración jurada donde se informe de todos los mecanismos de transferencias de riesgos, individualizándose el tipo de contrato aplicado.
  • Declaración jurada de la aseguradora donde indique que posee capacidad de retención para la cobertura.
  • En caso de la participación del corredor de reaseguro (Bróker), éste deberá estar inscripto en la Superintendencia de Seguros, y presentar una carta compromiso dirigida al oferente manifestando su compromiso de colocación con uno o varios reaseguradores que en caso de adjudicación de la cobertura licitada, cubrirá cuanto menos el porcentaje requerido del riesgo asegurado.
  • Declaración jurada de información sobre pólizas emitidas a favor de instituciones del sector público de conformidad al Formulario N° 2 de la Sección Formularios. 
  • Declaración jurada de información sobre siniestros indemnizados a favor de instituciones del sector público de conformidad al Formulario N° 3 de la Sección Formularios. 
  • Declaración jurada de que el oferente ha examinado atentamente todos los documentos exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones y de la oferta, que los acepta en todos sus términos y el compromiso de no solicitar modificación alguna.
  • Constancia de que la/s Compañía/s Reaseguradora/s o el Bróker se hallan habilitados para operar en nuestro país, y se encuentran registrados en la Superintendencia de Seguros del Banco Central de Paraguay, para operar como tal.
  • Copia autenticada de los modelos de las pólizas para la sección incendio instalaciones en la modalidad A PRORRATA y en la sección incendio existencias en la modalidad A PRORRATA CON CLÁUSULA DE DECLARACIÓN.
  • Declaración Jurada donde se informe de todos los mecanismos de transferencia de riesgos, individualizándose el tipo de contrato aplicado.
  • Luego de efectuada la adjudicación, para tener derecho a todo pago, el Oferente adjudicado deberá presentar el original y/o fotocopia autenticada del Contrato de Reaseguro con el detalle de las Compañías Reaseguradoras intervinientes, cuyas calificaciones cumplan con lo establecido en este pliego. El detalle debe mencionar los nombres o razón social, país de origen, dirección, porcentajes de participación de las mismas en la asunción del riesgo y la Compañía Reaseguradora Líder. La nómina de los mismos podrá ser reemplazada siempre y cuando el listado definitivo presente compañías reaseguradoras de calificación igual o superior a lo presentado con la carta oferta.

Criterio de desempate de ofertas

El vencedor de cada grupo subastado será el oferente que ingresó el menor precio. En los casos de igualdad de precios, queda como vencedor el que lo haya ingresado primero.

Siempre que el criterio de desempate establecido, no sea aplicable, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP.