El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
LISTA DE BIENES
Item |
Código de Catalogo |
Descripción del Bien / servicio |
Unidad de Medida |
Cant. Mínima |
Presentación |
1 |
41113118-9999 |
Analizador de Nitrógeno y Carbono Total |
UNIDAD |
1 |
UNIDAD |
ESPECIFICACIONES TECNICAS REQUERIMIENTOS MINIMOS
ANALIZADOR DE NITROGENO Y CARBONO TOTAL
CONDICIONES GENERALES
La Contratista proveerá los bienes y servicios necesarios para el bien mencionado, como la instalación, el equipamiento, la puesta en funcionamiento, el mantenimiento y la garantía de buen funcionamiento por el periodo requerido en cada item, contados a partir de la recepción e instalación del bien.
El equipo solicitado deberá ser nuevo, instalado y puesto en servicio en las dependencias indicadas por los técnicos de la Facultad de Ciencias Veterinarias de la Universidad Nacional de Asunción.
Sera responsabilidad del adjudicatario la asignación para los trabajos a ser ejecutados in-situ si correspondiere, personal técnico altamente especializado en el área y con la experiencia necesaria para el buen desempeño en las tareas a ser desarrolladas.
El Contratista deberá garantizar que un tercero no podrá reclamar contra el Contratante de cualquier derecho sobre el tema de la ejecución del contrato.
El Contratista será responsable de los gastos de envío y teniendo todas las obligaciones legales por infringir los derechos legales de un tercero en relación con la ejecución del contrato.
Cuando el cumplimiento del contrato implica derechos de propiedad intelectual (incluidos los derechos de patente, marca registrada, derecho de autor, diseños de circuitos integrados derecho, secretos comerciales, derecho de obtención vegetal, etc.):
GARANTÍA DE CALIDAD E IDONEIDAD.
SERVICIO TECNICO.
PERIODO DE MANTENIMIENTO.
REGISTROS DE MANTENIMIENTO.
MANUALES DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO, MANUAL DE USUARIO, CAPACITACIÓN Y VIDEO DE AUTO-ENSEÑANZA.
INSPECCIONES Y PRUEBAS GENERALES DE LOS BIENES REQUERIDOS
Las inspecciones y pruebas se realizarán en base a las especificaciones técnicas requeridas, verificando que el bien ofertado cumple con todas y cada una de ellas, en caso contrario serian devueltas y en un plazo no mayor a 10 (diez) días corridos contados a partir de la recepción de la Nota de Comunicación por parte del Proveedor y/o de su rechazo en la recepción misma del bien, la adjudicataria deberá volver solicitar la verificación del bien ajustándose estrictamente a las especificaciones técnicas requeridas evitando así la causal de rescisión del contrato contraído entre las partes. Los bienes deberán ser nuevos y estar bien embalados, no se deberá observar ninguna avería de forma y contenido, se realizará una inspección minuciosa de cada BIEN por los técnicos designados por la convocante.
El presente proceso licitatorio se da inicio a solicitud de la Prof. Dra. María Paz Corrales Mármol, Directora del Proyecto CONACYT LABO 18-59.
QUE, por Resolución CONACYT N° 683/2018, se APRUEBA LA GUIA DE BASES Y CONDICONES Y SE ESTABLECE EL LANZAMIENTO DE LA CONVOCATORIA 2018 PARA EL FORTALECIMIENTO DEL EQUIPAMIENTO TECNÓLOGICO DE INVESTIGACIÓN DE PARAGUAY, EN EL MARCO DEL COMPONENTE 1 FOMENTO A LA INVESTIGACION CIENTIFICA PROGRAMA PARAGUAYO PARA EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y TECNOOLOFIA (PROCIENCIA).
QUE, el Proyecto identificado con el Código: LABO 18-59, fue adjudicado a través de la Resolución CONACYT N° 315/2020 POR LA CUAL SE APRUEBA LA NOMINA DE PROYECTOS ADJUDICADOS EN EL MARCO DE LA CONVOCATORIA DE FORTALECIMIENTO DE EQUIPAMIENTO TECNOLOGICO DE INVESTIGACION DE PARAGUAY DEL COMPONENTE I FOMENTO A LA INVESTIGACION CIENTIFICA PROGRAMA PARAGUAYO PARA EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y TECNOLOGIA PROCIENCIA CONVOCATORIA 2018.
QUE, por Resolución CONACYT N° 367/2020, se ha aprobado la ADENDA N.º 2 A LA GUIA DE EJECUCIÓN 2016 DE PROYECTOS DE FORTALECIMIENTO DEL EQUIPAMIENTO TECNÓLOGICO DE INVESTIGACIÓN DE PARAGUAY.
Por ello, y en el marco de todo lo citado precedentemente se ha procedido a planificar y programar el proceso licitatorio en concordancia con el compromiso asumido como Institución Beneficiaria de los fondos del CONACYT y por lo tanto adquirir los equipos postulados en las bases de la convocatoria del referido Proyecto y dotar al equipo Técnico Científico de los bienes, para obtener los resultados propuestos a través de la línea de investigación a ser desarrollada por los mismos.
Atendiendo las características del presente procedimiento de contratación, es oportuno mencionar que los requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones van dirigidas a potenciales oferentes cuya infraestructura, capacidad técnica, financiera, legal y experiencia demostrada sea apta para ejecutar sin inconvenientes el contrato objeto de la presente licitación. Además, dichos equipos deben contener una alta fiabilidad y calidad para la obtención de pruebas y resultados laboratoriales con trazabilidad sin variación o desviación de la concentración o el componente activo del insumo utilizado en las técnicas aplicadas a la investigación respectiva.
Consideramos que nuestra solicitud se encuentra enmarcado bajo el Art. 4° Principios Generales, inc a) Economía y Eficiencia: Garantizarán que los Organismos, Entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, y b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta Ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
La firma Adjudicada será responsable del cumplimiento del plan de entregas, cuyo incumplimiento obligará a la aplicación de las multas establecidas para el presente proceso.
NO APLICA
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
Para el caso de los insumos que se requieren con el equipo dispondrán lo siguiente: Etiquetas o impresiones de serigrafías: Marca del producto, Nombre de producto, Presentación (Kilo), Elaborado por, Planta Industrial, Dirección, Vencimiento, Indicar los requerimientos de la especie y categoría correspondiente al pedido solicitado en unidades de medidas estándar UI, mgr, ppm/kgr., Uso o Aplicación, Número de teléfono de atención al cliente, Registro y habilitación expedida por la entidad competente. Obs.: deberá llevar impreso en tinta indeleble (rojo o negro) en la parte visible la leyenda USO EXCLUSIVO DE LA FCV-UNA. Transporte: Deberá ser del tipo furgón o carrocería cerrada, para el traslado de los productos embolsados. Los vehículos deberán contar con carrocerías cerradas, adecuadas al volumen del producto a ser transportado y estar acondicionado higiénicamente. No deberán transportarse conjuntamente con sustancias nocivas (Ej.: productos de limpieza e higiene, insecticidas, plaguicidas y otros productos que pudieran contaminar el producto).
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Una vez adjudicado, las inspecciones y pruebas se realizarán en base a las especificaciones técnicas requeridas, verificando que el bien ofertado cumple con todas y cada una de ellas, en caso contrario serian devueltas y en un plazo no mayor a 10 (diez) días corridos contados a partir de la recepción de la Nota de Comunicación por parte del Proveedor y/o de su rechazo en la recepción misma del bien, la adjudicataria deberá volver solicitar la verificación del bien ajustándose estrictamente a las especificaciones técnicas requeridas evitando así la causal de rescisión del contrato contraído entre las partes. Los bienes deberán ser nuevos y estar bien embalados, no se deberá observar ninguna avería de forma y contenido, se realizará una inspección minuciosa de cada BIEN por los técnicos designados por la convocante. En los casos que se requieren y/o en cualquier etapa de la ejecución del contrato, ante indicios o detección de variaciones de concentración de los insumos (proveídos con el equipo), principios activos de los insumos, la convocante podrá requerir informes laboratoriales del INTN, el CEMIT o a través de sus laboratorios, que servirán como una herramienta de verificación de los parámetros determinados en las especificaciones técnicas. Para dichas pruebas, el proveedor deberá cubrir los costos y reponer directamente la cantidad utilizada para el muestro de calidad, en el plazo indicado. En el caso que se detectará diferencias entre lo requerido y lo proveído conforme a los análisis realizados, se remitirá todo el lote del insumo analizado, el cual deberá ser repuestos en el plazo indicado.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Para Bienes: Nota de Remisión, la cual deberá llevar la firma y aclaración de los responsables asignados de la dependencia receptora para el efecto.
Frecuencia: Un evento.
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Nota de Remisión / Acta de recepción 1 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
AGOSTO / 2021 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
|
|
|
|
|
|
|
2. Documentos. Consorcios |
|
|
|
|