Suministros y Especificaciones técnicas

El suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el contrato.

Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.

El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

No. De Artículo

Nombre de los Bienes o Servicios

Especificaciones Técnicas y Normas

1

Seguro medico para funcionarios de la
ANTSV

Las que se describen en el siguiente
detalle.

 

PLAZO DE VIGENCIA DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO: 12 meses
CONTRATO ABIERTO


Cantidades mínimas de beneficiarios titulares: 25
Cantidades máximas de beneficiarios titulares: 50

 

Instructivo de carga SBE: El siguiente ejemplo es la forma de cotización que se utilizara en el sistema, al momento de la recepción de propuestas: Ejemplo: • Costo por Titular por los Servicios del Seguro Médico Sanatorial: 1.000.000. • Cantidad de meses del servicio: 12 meses. • Precio total por funcionario por 12 meses: (Este es el Precio que se debe cargar como precio unitario en el sistema de subasta). 12.000.000.- • Cantidad máxima de funcionarios del contrato abierto: 50 (Precio total máximo por el cual se deberá competir en la etapa competitiva) 600.000.000.-

 

Administrador del Contrato por la ANTSV: la Dirección General de Gestión y Desarrollo de Personas.

1-1 Titular (funcionarios permanentes, comisionados y contratados):

BENEFICIARIO/A del Contrato: todas las personas incluidas en el contrato como familiares directos por parte del Titular, debiendo como requisito, estar incluido en el Grupo Familiar abonado por la Contratante.

 

ADHERENTE: todas aquellas personas agregadas al contrato por el Titular, quien firmará un contrato individual particular de servicios con la Prestadora. En estos casos, la Contratante no cuenta con compromiso contractual, ni de pago de cuotas.

 

EVENTO: se entenderá como evento a los efectos del presente PBC y el Contrato, a todo suceso relacionado a una enfermedad clínica y/o quirúrgica y sus complicaciones, hasta tanto no se haya resuelto, e independientemente de la cantidad de internaciones y/o procedimientos médico quirúrgicos.

 

PRESTADORA: empresa del rubro de medicina prepaga, adjudicada en el marco de la presente licitación y contratada para la prestación del Servicio de Medicina Prepaga para funcionarios de la ANTSV.

Beneficiarios: Titular: Funcionario Permanente, comisionados y Contratados de la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial. La cantidad base de funcionarios permanentes, comisionados y contratados es de 25 (Veinticinco), pudiendo aumentar hasta la cantidad de 50 (Cincuenta).

 Grupo Familiar: Serán tomadas como grupo familiar:

 

En caso de Titular casado/a,

Su cónyuge (ya sea por matrimonio formal o por unión de hecho). Para casos de unión de hecho, se encuentra vigente la constancia en carácter de Declaración Jurada, declaración sentencia judicial. El divorcio vincular declarado podrá extinguir la calidad de BENEFICIARIO/A, a decisión del titular.

Sus hijos/as hasta los 23 años de edad, que se encuentren bajo el régimen de tutela judicial.

  Hijos con discapacidades mentales y/o físicas sin límites de edad.

Hijos/as, estos hasta 23 años de edad.

El titular podrá incluir en su grupo familiar hasta una persona en situación de dependencia directa y/o bajo tutoría declarada, la cual deberá ser demostrada fehacientemente.  El recién nacido será considerado como parte del grupo familiar de forma automática y con todas las coberturas contempladas para el asegurado titular.

 

BENEFICIARIOS ADHERENTES:

 

Adherente: Cada beneficiario titular (funcionario permanente, comisionado o contratado) solicitará la inclusión de beneficiarios adherentes con los mismos beneficios y cobertura que el titular.

a)  los hijos mayores solteros de 24 años del titular pagando una prima de no más del 30% del precio adjudicado por cada titular.

b) Nietos/as pagando una prima de 30 % (treinta) por ciento.

c)Hermanos del titular (hasta 2 dos) pagando una prima, de acuerdo 65% (Sesenta y cinco).

d) Padre/Madre, esposo/esposa, suegro/suegra, pagando una prima, según detalle:

  • Padre o madre:

 hasta los 70 años sin costo.

Desde 71 años en adelante con un 40 % (Cuarenta por ciento) adicional del costo por funcionario.

Desde 81 años en adelante con 50% (Cincuenta por ciento) adicional del costo por funcionario.

 

En caso de Titular soltero/a y/o viudo/a,

  1. Su padre, madre sin límite de edad, si no tuviese beneficiarios (Hijos o cónyuge).
  2. Hijos/as, estos hasta 23 años de edad.
  3. Hijos con discapacidades mentales y/o físicas sin límites de edad.
  1. los hijos mayores solteros desde los 24 años del titular pagando una prima del 30% del precio adjudicado por cada titular.
  2. Nietos/as pagando una prima de acuerdo a la tabla de cálculos de edades y porcentajes 30% (treinta) por ciento.
  3. Hermanos del titular (hasta 2 dos) pagando una prima, de acuerdo 65% (Sesenta y cinco).
  4. Padre/Madre, pagando una prima, de acuerdo al siguiente detalle:
  5. Padre o madre:
  6.  hasta los 70 años sin costo,
  7. Desde 71 años en adelante con un 40 % (Cuarenta por ciento) adicional del costo por funcionario.
  8. Desde 81 años en adelante con 50% (Cincuenta por ciento) adicional del costo por funcionario.

 

El titular podrá incluir en su grupo familiar hasta una persona en situación de dependencia directa y/o bajo tutoría declarada, la cual deberá ser demostrada fehacientemente.  El recién nacido será considerado como parte del grupo familiar de forma automática y con todas las coberturas contempladas para el asegurado titular.

La opción de incluir beneficiarios adherentes será responsabilidad exclusiva de cada titular y los costos serán abonados por cada titular en forma directa a la Prestadora de Servicios, en ventanilla y/o Débito Automático. (A definir entre el Titular con la Prestadora de Servicios). En caso que un titular no abone la cuota por los adherentes, la prepaga podrá suspender los servicios.

Los hijos mayores solteros, podrán ser incluidos como beneficiarios adherentes a partir del día de haber cumplido los 24 años. Esta inclusión, una vez solicitada por el titular y completados los documentos pertinentes, se dará dentro de las primeras 24 hs. hábiles, siendo causal de imposición de sanciones el incumplimiento del presente punto.

 En el momento de completar la solicitud se deberá dar la autorización del débito automático y realizar el pago en efectivo o por depósito bancario de la primera cuota prorrateada. Los beneficiarios adherentes permanecerán en esta condición desde su incorporación hasta el fenecimiento del contrato o en su caso hasta el día en que el titular del seguro sea desvinculado de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley.

La prestadora de servicios no podrá unilateralmente por reglamentación interna, excluir a ningún Beneficiario (Titular, Grupo Familiar y/o Adherente) por falta de pago, sólo suspender temporalmente el servicio, previa comunicación escrita con anticipación de 5(cinco) días hábiles por parte de la prestadora al titular.

Todos los adherentes debidamente admitidos como tales, tendrán los mismos derechos de cobertura, en todas las especialidades, que figuran en el contrato. No se aplicará ninguna norma interna para estos tipos de beneficiarios (Adherentes) que menoscaben la cobertura de los servicios contratados.

 

Observaciones:

 

  1. El periodo de altas de Titulares, por incorporación de nuevos funcionarios, será del 15 al 20 de cada mes (para las que se realicen con posterioridad a la presentación del listado de Titulares y sus grupos familiares una vez firmado el Contrato). Las bajas de Titulares se harán dentro de los últimos 5 días del mes, a efectos de no computar un mes más de pago por el funcionario saliente.

 

  1. El plazo para la incorporación de adherentes es de 90 (noventa) días desde la inclusión del Titular.
  2. La opción de incluir beneficiarios adherentes será responsabilidad exclusiva de cada Titular; por lo cual, el mismo suscribirá un contrato con la Prestadora del Servicio, asumiendo su compromiso de pago, y los costos serán abonados por cada Titular en forma directa a la empresa Prestadora.
  3. La Contratante solo tiene compromiso contractual por los Titulares y beneficiarios del Plan Familiar, quedando el cobro de los adherentes y cualquier gestión que recaiga directamente sobre el Titular, a cargo de la Prestadora y el usuario Titular. Los adherentes del Titular deberán indefectiblemente estar al día con las cuotas mensuales pactadas por Contrato, para poder usufructuar los servicios de conformidad al sistema de pago de cuotas establecido por la Prestadora; siendo los mismos pasibles de corte de servicios en caso de ingresar al estado de Morosidad.
  4. La prestadora de servicios no podrá excluir unilateralmente a ningún adherente, sólo suspender temporalmente el servicio por falta de pago.
  5. Una vez incorporados los beneficiarios del Plan Familiar y adherentes, deberán permanecer hasta la finalización del Contrato (comprendiendo también las extensiones del mismo por medio de Adenda); o en su caso hasta el día en que el Titular del seguro sea desvinculado de la institución, por cualquiera de los motivos previstos en la Ley, lo cual deberá ser comunicado por la Contratante a la Prestadora. No se permitirán cambios ni intercambios de beneficiarios y/o adherentes, salvo casos previstos en el contrato.

1.2- Beneficiarios Adherentes

  1. Por cada adherente se deberá abonar una cuota adicional cuyo pago correrá por cuenta exclusiva del beneficiario Titular. El porcentaje a ser abonado será conforme al siguiente detalle:

 

  1. Personas mayores: Comprende a los Hijos mayores de 24 años, quienes abonarán directamente a la Prestadora una prima de hasta el 30% (treinta por ciento) por persona, del valor abonado por el titular

 

 

  1. Padres, Madres:
  2. Titular soltero sin hijos:

Sus padres mayores sin límite de edad sin costo adicional para el funcionario.

 

  1. Titular soltero con hijos:

Padre o madre:

 hasta los 70 años sin costo,

Desde 71 años en adelante con un 40 % (Cuarenta por ciento) adicional del costo por funcionario.

Desde 81 años en adelante con 50% (Cincuenta por ciento) adicional del costo por funcionario.

  1. Titular con Grupo Familiar

Padres, suegros, desde 71 años con un 40 % (Cuarenta por ciento) adicional del costo por funcionario.

Desde 81 años en adelante con 50% (Cincuenta por ciento) adicional del costo por funcionario.

 

 Hermanos: Comprende a los hermanos/as del Titular (sin límite de edad), quienes abonarán directamente a la Prestadora una prima de hasta el 65 % (Sesenta y cinco por ciento) por persona, del valor abonado por el titular.

 

Otros: Comprende a quienes tengan una relación directa de dependencia del Titular y sean parientes consanguíneos y/o afines del mismo (ej.: abuelos, hijastros), o quienes se encuentren bajo los regímenes de tutela o curatela; para cuyo caso abonarán directamente a la Prestadora una prima de hasta el 70% por persona, del valor abonado por el Titular. En todos los casos será sin límites de edad.

 

 

 

2. VIGENCIA DE LOS SERVICIOS:

 

La Prestadora deberá garantizar la VIGENCIA INMEDIATA de todos los servicios a partir de la Orden de Inicio emitida por la Contratante. Entiéndase por VIGENCIA INMEDIATA, que la Prestadora no solicitará a los asegurados antigüedad alguna para las coberturas requeridas en la presente Licitación.

 

 

3. CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN

 

LA PRESTADORA deberá designar dos (2) personas con capacidad de decisión para atender los casos planteados por la Administradora del Contrato, quienes deberán estar disponibles las 24 horas, los 7 días de la semana. Para el efecto, LA PRESTADORA deberá, mediante nota dirigida a la ANTSV, proveer los datos y el número de celular de dicho personal, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato.

  1. LA PRESTADORA proporcionará a cada Titular, Beneficiario y Adherente una Tarjeta de Identificación individual nueva, de carácter intransferible (sin costo para el titular y su grupo familiar (y con un costo mínimo para los adherentes del titular). Dicho carnet los acreditará como beneficiarios de la Medicina Prepaga, y deberá ser exhibido (con la cédula de identidad) toda vez que requiera servicios médicos, sanatoriales y/o diagnósticos cubiertos.
  2. Los carnets identificatorios deberán ser entregados en un periodo máximo de 7 (siete) días hábiles a partir de la entrega de la lista de Titulares Beneficiarios y Adherentes deberán gestionar cada titular directamente con la contratante.
  3. La pérdida o extravío de la Tarjeta de Identificación se deberá comunicar de inmediato a la Prestadora; corriendo la renovación o nueva emisión de la tarjeta por cuenta del Titular, Beneficiario o Adherente. La solicitud de emisión de la nueva tarjeta la deberá realizar el Titular, Beneficiario o Adherente del Contrato en forma personal, en las oficinas de la Prestadora; en caso de imposibilidad, podrá enviar una nota de autorización firmada por el interesado, con una fotocopia de su Cédula de Identidad.
  4. Se establece que el incumplimiento del único requisito indispensable para los beneficiarios, la presentación de la tarjeta de identificación conjuntamente con la cédula de identidad (en casos de extravío u olvido de la Tarjeta de Identificación, será suficiente la presentación de la Cédula de Identidad) al momento de utilización de los servicios (incluso en Farmacias), podrá facultar a la Prestadora y sus Prestadores en convenio a negar la provisión del servicio, o en su defecto, la cobertura sin posibilidad de reembolso.
  5. LA PRESTADORA proveerá a todos los Titulares, de una copia del Contrato suscripto, además del listado de sanatorios, centros asistenciales, Profesionales Médicos en convenio y otros profesionales a su servicio, con indicación de las especialidades, consultorios, domicilio de consultorios y teléfonos actualizados, dentro del plazo máximo de 15 (quince) días posteriores a la firma del Contrato.
  6. En caso de vinculaciones o desvinculaciones de profesionales de la grilla médica propuesta por LA PRESTADORA luego de la firma del contrato, éstas deberán ser comunicadas a la Contratante por escrito, en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles desde la modificación, a fin de que la ANTSV socialice la modificación. En caso de reemplazo de prestadores en convenio (ya sea centros asistenciales, laboratorios, profesionales médicos, etc.), se requiere que los incluidos garanticen la cobertura del servicio de igual manera o mejor, que el reemplazado.
  7. Copago Informado: LA PRESTADORA podrá incluir a ciertos prestadores al sistema Copago Informado. En estos casos LA PRESTADORA informará al Titular, beneficiarios y adherentes donde acudir para contar con la cobertura total de los servicios y donde abonarán una diferencia (Copago Informado), en cuyo caso el beneficiario asumirá la obligación del pago de la misma. Los servicios utilizados por sistema Copago Informado no son reembolsables.
  8. No se podrá requerir garantía o aval alguno, ya sea personal o en efectivo al beneficiario de la Medicina Prepaga, por la prestación de algún servicio incluido en el Contrato, hasta el momento en que se haya excedido íntegramente en la cobertura.
  9. Los precios de los medicamentos y materiales descartables cubiertos por el Contrato y/o facturados al beneficiario, no podrán ser superiores a los existentes en las farmacias de plaza o comercios del ramo, según los precios de venta al público fijados por el MSPYBS.
  10. Todo medicamento o insumo que no haya sido utilizado íntegramente por el paciente, pero que haya sido cobrado o descontado del cupo de cobertura de manera íntegra, será de propiedad de dicho beneficiario y tendrá que ser entregado y retirado por el mismo, salvo restricciones legales para medicamentos controlados.

 

 

 

3.1 COBERTURA

 

Se entenderá por cobertura total, la inclusión de los honorarios profesionales, de paramédicos, ambulancias y traslados en todas sus modalidades (alta, mediana o baja complejidad y casos de urgencia). Además, se incluirá la libre elección de profesionales (dentro de una lista de prestadores habilitados por LA PRESTADORA), centros de diagnóstico, traumatológicos, laboratorios y servicios sanatoriales para capital e interior (consultas, urgencias, emergencias, internaciones, cirugías), de conformidad al listado proveído por LA PRESTADORA, informándose de los prestadores en convenio que cuenten con Sistema Copago.

Se aclara para lo que hubiere lugar, que quedan habilitados a los efectos de las coberturas mencionadas, todos los sanatorios, centros de diagnóstico, traumatológicos, laboratorios y plantel médico de las listas proporcionadas por LA PRESTADORA en carácter de Declaración Jurada, así como las modificaciones que se realicen conforme a lo indicado en las Condiciones Generales.

Debe entenderse que la cobertura de medicamentos y descartables (incluyendo termómetros) se aplica o se computa desde cero por cada vez que el paciente se interne, sin importar que se trate o surja como consecuencia de una misma enfermedad clínica y/o quirúrgica o sus complicaciones, o de una nueva enfermedad clínica y/o quirúrgica o sus complicaciones; es decir, independientemente del diagnóstico que las origina.

En cumplimiento de la Ley Nº 836/80 "Código Sanitario", específicamente lo previsto en el TITULO II DE LOS RECURSOS FÍSICOS Y TERAPÉUTICOS, CAPÍTULO I DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD Artículo 239 y 245, los oferentes que prestan servicios de salud mediante el sistema de atención médica prepaga y los establecimientos de salud deben estar habilitados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

 

 

3.2 VISACIONES

 

 

 

Se aclara a todos los efectos que, las visaciones de las órdenes médicas y/o consultas médicas podrán realizarse en todos los casos en forma personal, vía correo electrónico, wasap o vía fax.

 

LA PRESTADORA deberá proveer las direcciones de correo electrónico y los números telefónicos a los cuales los beneficiarios y adherentes podrán remitir las órdenes, en horario normal de oficina, para casos ambulatorios no derivados de la urgencia. En los casos de urgencia, el paciente asegurado deberá acudir directamente al servicio de urgencia y/o emergencia de los prestadores en convenio, sin necesidad de visaciones, únicamente con carnet y cédula de identidad.

En los casos de Copago Informado, el detalle del porcentaje cubierto por el Contrato y el porcentaje a ser abonado por el paciente, deberá estar indicado en la visación correspondiente.

 

 

4. PROGRAMA DE SUMINISTROS

 

 

 

 

4.1 ASISTENCIA SANATORIAL INTEGRAL

 

 

 

Para las internaciones, la Prestadora deberá habilitar los sanatorios y/o centros asistenciales, con las coberturas respectivas, en los siguientes lugares:

 

Localidad

Cantidad de Centros Asistenciales

ASUNCIÓN

4 (Cuatro)

ASUNCIÓN

2 (DOS) con  Terapia para niños.

SAN LORENZO

2 (DOS)

FERNANDO DE LA MORA

2 (DOS)

LUQUE

2 (DOS)

LAMBARE

1 (UNO)

MARIANO ROQUE ALONSO

1 (UNO)

LIMPIO

1 (UNO)

CAPIATA

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE CORDILLERA

 
  • Caacupé

1 (UNO)

  • Itacurubi de la Cordillera

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE PARAGUARI

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE CAAGUAZU

 

  • Cnel. Oviedo

1 (UNO)

  • Caaguazú

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE GUAIRA

 

  • Villarrica

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE ITAPUA

 

  • Encarnación

2 (DOS)

  • Coronel Bogado

1 (UNO)

  • Hohenau

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE ALTO PARANA

 

  • Ciudad del Este

 2 (DOS) 

DEPARTAMENTO DE CONCEPCION

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE CAAZAPA

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE SAN PEDRO

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE AMAMBAY

 

  • Pedro Juan Caballero

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE PRESIDENTE HAYES

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE CANINDEYU

 

  • Puente Kyjha

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE BOQUERON

1 (UNO)

 

Los Sanatorios, Clínicas y/o Laboratorios a fin de la presentación de la lista detallada más arriba deberán estar habilitados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social o en proceso de renovación a la fecha de la apertura de ofertas, a ser constatado mediante la presentación del certificado o la constancia de trámite. Se tendrán en cuenta vencimientos que hayan acaecido, o cuyos procesos de renovación no se hayan podido iniciar, procesar o finiquitar durante o a causa de la cuarentena por coronavirus y la suspensión de la atención de dependencias del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social afectadas a los procesos de habilitación.

Debe contar con un mínimo de 10 (Diez) laboratorios y 10 (Diez) centros de diagnósticos distribuidos entre Asunción y Ciudades aledañas.

Para los laboratorios de análisis clínicos, al menos contar con 2 (DOS) laboratorios con Certificación de Calidad Internacional.

Para aquellas ciudades en que el PORVEEDOR Y/O LA PRESATDORA DE SERVICIOS no cuente con centros asistenciales adheridos, podrá otorgar a los beneficiarios el sistema de reembolso, en este caso será del 100 por ciento de los gastos incurridos hasta los límites de este contrato.

 

EL PROVEEDOR Y/O LA PRESTADORA DE SERVICIOS que no cuente con sanatorios propios o tercerizados en determinadas localidades, deberá proceder al reintegro o reembolso de los gastos en un plazo no mayor a ocho días, en que incurrió el beneficiario de acuerdo a la cobertura establecida en el presente contrato.

 

CENTROS ASISTENCIALES EN EL INTERIOR

 

Cobertura para consultas e internaciones, estudios laboratoriales, estudios por imágenes y urgencias en las ciudades circunvecinas de la capital y principales ciudades departamentales.

 

Para estos centros asistenciales, la cobertura de los servicios, deberá ser idéntica a la aplicable en la capital, conforme a las especificaciones técnicas.

 

Todos los servicios contratados para diagnósticos y tratamientos que no se encuentren dentro de la prestación de servicio de la zona serán reembolsados hasta los límites de cobertura, en un plazo no superior a 8 (ocho) días.

 

Para aquellas ciudades en que el PORVEEDOR Y/O LA PRESATDORA DE SERVICIOS no cuente con centros asistenciales adheridos, podrá otorgar a los beneficiarios el sistema de reembolso, en este caso será del 100 por ciento de los gastos incurridos hasta los límites de este contrato.

 

EL PROVEEDOR Y/O LA PRESTADORA DE SERVICIOS que no cuente con sanatorios propios o tercerizados en determinadas localidades, deberá proceder al reintegro o reembolso de los gastos en un plazo no mayor de 72hs. y en caso excepcional justificado de 8 días, en que incurrió el beneficiario de acuerdo a la cobertura establecida en el presente contrato.

 

CALIDAD DE SERVICIO

 

Respecto a los Sanatorios y/o Centros Asistenciales para Asunción será requerido por lo menos para dos (2) establecimiento la categoría correspondiente al Nivel 3 o Superior, de acuerdo a la clasificación establecida por la Superintendencia de Salud, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Al menos uno de los centros asistenciales de la categoría 3 y tomógrafo instalado.

 

Los centros asistenciales del interior, preferentemente deberán contar con la categoría correspondiente al Nivel 1 establecida por la Superintendencia de Salud, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social; los demás para consultas, emergencias, urgencias, laboratorios e internaciones. Se tendrán en cuenta vencimientos que hayan acaecido, o cuyos procesos de renovación no se hayan podido iniciar, procesar o finiquitar durante o a causa de la cuarentena por coronavirus y la suspensión de la atención de SUPSALUD.

 

 

  1. INTERNACIONES

Con cobertura inmediata en centros asistenciales habilitados por el seguro (sea en Asunción, Departamento Central o ciudades del interior del país) a libre elección del asegurado y/o del médico tratante. En habitación individual, sala de estar, baño privado, teléfono, televisión, dieta del paciente, incluyendo alimentación parenteral sea para niños o adultos, ambiente climatizado, cama para el acompañante, atención médica de cualquier especialidad y de enfermería.

La cobertura será sin límite de eventos en el año, hasta 10 (diez) días por evento, en entidades prestadoras de servicios habilitadas por LA PRESTADORA. No existe limitación respecto a la cantidad de veces que el asegurado deba internarse, sin importar que se trate o surja como consecuencia de una misma enfermedad clínica y/o quirúrgica o sus complicaciones, o una nueva enfermedad clínica y/o quirúrgica o sus complicaciones; es decir, independientemente del diagnóstico que las origina.

Estarán cubiertos los honorarios profesionales, cuidados de enfermería, medicamentos y descartables y todos los medios auxiliares de diagnósticos, medicina por imágenes y servicios laboratoriales.

Cobertura de medicamentos mientras el paciente permanezca internado (ya sean inyectables, suspensión, comprimidos o en cualquier presentación) por valor de Gs. 10.000.000 (guaraníes diez millones).

. Materiales descartables (incluyendo termómetros) en general, por valor de Gs. 5.000.000 (guaraníes cinco millones).

 

Debe entenderse que la cobertura de medicamentos y descartables (incluyendo termómetros) se aplica o se computa desde cero por cada vez que el paciente se interne, sea por internaciones clínicas, quirúrgicas, partos, cesáreas y servicio de urgencias, para el beneficiario titular, su grupo familiar y adherentes, sin importar que se trate o surja como consecuencia de una misma enfermedad clínica y/o quirúrgica o sus complicaciones, o una nueva enfermedad clínica y/o quirúrgica o sus complicaciones; es decir, independientemente del diagnóstico que las origina.

Desde el primer día de internación, LA PRESTADORA deberá proveer cada 24 horas, un extracto detallado de los medicamentos, consultas, descartables (incluyendo termómetros) y cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente.

En el caso de que el paciente necesite Sangre, plasma y/o derivados, LA PRESTADORA deberá proveer los mismos y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, plasma y/o derivados, así como transfusiones y todos los descartables o medicamentos utilizados para el efecto, deberán ser cubiertos por LA PRESTADORA

 

 

  1. HONORARIOS PROFESIONALES

Con cobertura total e inmediata en consultorios, internaciones, estudios, procedimientos de diagnóstico o terapéuticos, tratamientos y servicios de urgencias en todas las especialidades (enfermedades clínicas y quirúrgicas), sean accidentales o no, incluyendo los derivados de actividades deportivas a excepción de aquellas de alto riesgo, como automovilismo, boxeo y artes marciales. Incluye quemaduras hasta el 30% de la superficie corporal; siempre que figuren en el listado de profesionales de LA PRESTADORA.

Los honorarios del médico tratante en internación, así como los honorarios de los médicos que conforman la grilla de las especialidades cubiertas por el Contrato y que sean necesarios consultar, deben ser cubiertos por LA PRESTADORA inclusive por 2 (dos) visitas diarias, sin costo para el asegurado.

Todas las especialidades deberán contar con un mínimo de 10 (diez) profesionales de reconocida capacidad e idoneidad, y que cuenten con 5 (cinco) años o más de experiencia en dicha especialidad. Aquellas especialidades que no cuenten con la cantidad de profesionales requeridos, deberán presentar un mínimo de 3 (tres). LA PRESTADORA deberá procurar la contratación de los profesionales que sean solicitados por la Contratante.

 

ESPECIALIDADES CUBIERTAS

Alergología + Test alérgicos:

Analgesia en partos

Anatomía Patológica (incluyendo biopsia de todo tipo, estudios histoquímicos, marcadores tumorales, estudios cromosómicos)

 

Anestesiología (incluida anestesia en procedimientos quirúrgicos)

Cardiología clínica (adulta y pediátrica)

Cateterismo cardíaco

Cirugía cardiaca adultos y niños (ver alta complejidad)

Cirugía general menor y mayor (incluido derecho operatorio)

Cirugía plástica reparadora (no estética), incluyendo consultas

Cirugía pediátrica, incluidas las de patologías congénitas en niños: Postectomía (no electiva), pie bot, hidrocefalia (s/ válvula), ano in-perforado, hernias inguinales, labio leporino, criptorquidia.

Cirugía video laparoscópica (uso del video sin cargo para el asegurado)

Clínica Geriátrica

Clínica médica / medicina interna (incluye Inspección Médica en general solicitada por Instituciones, o a requerimiento del beneficiario)

Clínica neurológica (adultos y niños): incluye estudios especializados, consultas y tratamientos.

Dermatología (adultos y niños): incluye consultas clínicas, estudios, tratamientos, cirugías

Diabetología incluyendo los comprendidos en endocrinología.

Diabetología (adultos y pediátrica)

Dietología Nutrición Obesidad (adultos y niños): incluye consultas, estudios y tratamiento o dieta, ya sea con fines estéticos o médicos).

Endocrinología (adultos y niños)

Endoscopias:

Para eventos clínicos o quirúrgicos, con endoscopios rígidos (ejemplo videolaparoscopio, uroscopias) y flexibles (ejemplo fibrobroncoscopia, ureteroscopia) con fines de diagnóstico y terapéutico, cirugía, eco-endoscopía, extracción de cuerpo extraño y de cualquier otro tipo de procedimiento terapéutico, incluyendo, materiales, honorarios médicos del especialista, anestesista y contrastes.

Flebología

Fisioterapia y Kinesioterapia en general: ambulatoria (sin límite) ejercicios y rehabilitación. Abarca el tratamiento completo, honorarios médicos, aparatos, terapias y todo lo necesario para lograr la rehabilitación.

La Rehabilitación para estimulación temprana hasta 60 sesiones POR GRUPO FAMILIAR INCLUIDO ADHERENTE POR CONTRATO.

Incluye además RPG (hasta 6 POR GRUPO FAMILIAR INCLUIDO ADHERENTE POR CONTRATO, Hidroterapia (hasta 6 POR GRUPO FAMILIAR INCLUIDO EL ADHERENTE POR CONTRATO) , Infiltración intra articulares (sin medicamentos de tratamiento ni infiltración de plasma enriquecido en plaquetas y/o similares), onda de choque (hasta 3 sesiones por beneficiario por contrato)

        Fisioterapia y Kinesioterapia en pacientes internados en sanatorios: hasta el alta    del paciente.

 

 

Fonoaudiología (Evaluaciones y Rehabilitación) hasta 12 consultas por año, por asegurado.

Gastroenterología (adultos y pediátrica)

Gastroenterología (adulto y pediátrico): polipectomía endoscópica, gastrostomía (incluye kit hasta un recambio).

 

Gastroenterología y Proctología (consultas, cirugías y procedimientos)

 

Ginecología y Obstetricia (cobertura en colocación y extracción de dispositivo intrauterino) Incluye cerclaje 100%.

Cobertura del 50% en honorarios para hipertrofia mamaria y Ginecomastia (con mastologo) CON FINES DE SALUD. En la Ginecomastia se cubriran las cirugias realizadas por mastologos en caso que afectan la salud: tumores o quistes o por enfermedad medica (hipogonadismo, hipertiroidismo o insuficiencia renal o hepatica no alcoholica).

Hematología (adultos y niños)

Hepatología

Hemoterapia (incluye serología, materiales descartables para transfusiones).

Los transfusionistas en convenio deberán ser profesionales acreditados por la Sociedad de Hemoterapia.

Infectología (adultos y niños)

Kinesioterapia

Mastología

Monitoreo cardiológico intraoperatorio

Monitoreo fetal

Nefrología, incluyendo hemodiálisis en los casos agudos (hasta diez por año por beneficiario titular, grupo familiar y adherentes).

Neumología (adultos y niños) fisioterapia pulmonar (hasta 5 sesiones por evento).

Oftalmología (adultos y niños): consultas, estudios (incluye campimetria computarizada), procedimientos quirurgicos, tratamientos, cirugía de myopia, cirugía oftalmologica especializada, cirugia lasik (ambos ojos) y/o eximer laser (laserterapia ambos ojos, un asegurado por contrato por grupo familiar incluido adherente). Ejercicios ortopticos, dilatacion de pupila, curva de presion ocular, fondo de ojo, cataratas con implante de lebte intraocular

 

 convencional y por facoemulsificador.

Oncología clínica (adultos y niños): incluye consultas (consultorio e internaciones), estudios, tratamientos Ver Alta Complejidad

Otoneurología (adultos y niños)

Otorrinolaringología (adultos y niños)

Pediatría y Neonatología (inspección Médica en general solicitada por Instituciones y vacunaciones. Las vacunas serán sin cargo para el asegurado, para los casos determinados obligatorios, por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social)

Proctología y Coloproctología

Psicología clínica y laboral

Psicología Pediátrica

Psicopedagogía

Psiquiatría: incluye consultorio y tratamiento

Radiología

Reumatología

Toxicología

Traumatología y Ortopedia (adultos y niños): incluye consultas, estudios, ejercicios, fisioterapias en general y masaje terapéutico (sin límites)

Urología (adultos y niños): consultas, cirugías, incluye RTU de próstata y vejiga, cirugía de varicocele, cirugías vesicales y litotripsias (endoscópicas, quirúrgicas, extracorpórea, ultrasónica y percutánea). Cirugía urológica por láser (cubre hasta la cirugía convencional, equipo cubre hasta el valor de resectoscopio convencional) ureterolitotripcias y cirugías de próstata convencionales y por RTU.

 

Las consultas en especialidades que no figuren más arriba, o superen algún límite establecido, tendrán un arancel del 50% a cargo de la PRESTADORA y 50% a cargo del beneficiario -del grupo familiar o adherentes.

 

Sistema De Reembolso: El beneficiario Titular y su grupo familiar, podrán consultar cada uno con un profesional que no se encuentre en el listado de profesionales brindado por el seguro, hasta 3 (tres) veces por mes cada uno, y la cobertura se realizará por el sistema de reembolsos hasta la suma de Gs. 200.000 (guaraníes doscientos mil) por consulta. El reembolso deberá realizarse a más tardar a los 10 (diez) días hábiles de presentada la solicitud a la Prestadora.

 

 

 

  1. TERAPIA INTENSIVA (ADULTOS Y NIÑOS)

El tiempo de internación será por un periodo máximo de 20 (veinte) días por cada evento y sin límites de eventos en el año, sin importar que se trate o surja como consecuencia de una misma enfermedad clínica y/o quirúrgica, o por una nueva enfermedad clínica y/o quirúrgica; es decir, independientemente del diagnóstico que las origina. Se entenderá que esta cobertura corresponde al titular, a cada uno de los miembros del plan familiar y sus adherentes.

Con cobertura total en honorarios profesionales, equipos, cuidado de enfermería, y todos los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales (no se tendrá en cuenta listado de cobertura según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes), a cargo de la PRESTADORA.

Cobertura de medicamentos (ya sean inyectables, suspensión, comprimidos, o en cualquier presentación) y descartables (incluyendo termómetros) hasta Gs. 20.000.000.- (guaraníes veinte millones) por evento; inclusive para las cirugías de alta complejidad. Incluye igualmente alimentación parenteral.

Debe entenderse que la cobertura de medicamentos y descartables (incluyendo termómetros) se aplica o se computa desde cero, cada vez que el paciente ingrese a la terapia, sin importar que se trate o surja como consecuencia de una misma enfermedad clínica y/o quirúrgica o sus complicaciones, o una nueva enfermedad clínica y/o quirúrgica o sus complicaciones; es decir, independientemente del diagnóstico que las origina.

En ningún caso, el Centro de Internación en Terapia Intensiva podrá requerir garante o aval alguno, ya sea personal o en efectivo al beneficiario Titular, su grupo familiar y adherentes por la prestación de este servicio; salvo adherentes que no estén al día con el pago de 2 (dos) cuotas o más.

Desde el primer día de internación, LA PRESTADORA deberá proveer al grupo familiar, cada 24 horas, un extracto detallado de los medicamentos, consultas, descartables (incluyendo termómetros) o cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente.

En el caso de que el paciente necesite Sangre, plasma y/o derivados, LA PRESTADORA deberá proveer los mismos y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, plasma y/o derivados, así como transfusiones y los medicamentos o descartables (incluyendo termómetros) que sean necesarios para el efecto, deberán ser cubiertos por LA PRESTADORA.

 

 

  1. TERAPIA INTERMEDIA (ADULTOS Y NIÑOS)

Con cobertura hasta el alta del paciente (titular, beneficiarios y adherentes) y se regirá en las mismas condiciones que la Terapia Intensiva.

 

 

  1. MATERNIDAD

Se establece la cobertura total e inmediata por Maternidad, a la Titular o cónyuge del Titular incorporada al Plan Familiar, beneficiarias incluidas en el Plan Familiar y a los adherentes, hasta el alta de la paciente. Se entenderá por cobertura inmediata, que regirá desde la vigencia del contrato, sin tener en cuenta la etapa de gravidez en la que se encuentra la mujer.

Se establece la cobertura total de maternidad para en Parto Normal o Parto por cesárea en: Honorarios profesionales de Ginecólogo, ayudante, instrumentador, anestesista, transfusionista, pediatra (y quien sea necesario); derecho operatorio, pensión sanatorial y Nursery; carpa de oxígeno, oxígeno; medicamentos y materiales descartables (dentro de los límites establecidos para Terapia Intensiva); U.T.I. Neonatal (conforme lo establecido para Terapia Intensiva); equipos utilizados en sala de partos; y todos los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales (no se tendrá en cuenta listado de cobertura según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes.

Desde el primer día de internación, LA PRESTADORA deberá proveer al grupo familiar, cada 24 horas, un extracto detallado de los medicamentos, consultas, descartables (incluyendo termómetros) o cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente.

En el caso de que la paciente necesite Sangre, plasma y/o derivados, LA PRESTADORA deberá proveer los mismos y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, plasma y/o derivados, así como transfusiones y los medicamentos o descartables (incluyendo termómetros) que sean necesarios para el efecto, deberán ser cubiertos por LA PRESTADORA.

Se incluye también dentro de la cobertura de maternidad, los siguientes eventos: Control de embarazo en general, aborto espontáneo, legrado, Parto normal o por cesárea, embarazo ectópico, mola (embarazo patológico), internaciones clínicas ligadas al curso del embarazo (ej.: eclampsia, diabetes gestacional, hipemérecis gravídica).

 

 

 

  1. PREMATURIDAD, INCUBADORA Y LUMINOTERAPIA NEONATAL

Prematuridad: Tendrán cobertura total e inmediata desde su nacimiento aquellos niños nacidos antes de las 37 semanas de gestación, en los gastos relacionados al diagnóstico y tratamiento de la prematurez, internaciones clínicas y/o quirúrgicas (conforme lo establecido para internaciones), honorarios profesionales de pediatra, nutricionista (y los que fueren requeridos), enfermería.

Incubadora y Luminoterapia Neonatal: Se entenderá que esta cobertura corresponde a los miembros recién nacidos (incluyendo a prematuros), que pasan a formar parte del Plan Familiar del titular, o como adherentes del mismo (conforme corresponda); se regirá por las mismas condiciones que el ítem de Terapia Intensiva.

 

  1. SERVICIOS DE URGENCIA Y/O EMERGENCIA

 

Debe estar integrado por guardias de urgencias en los sanatorios y centros asistenciales, compuesto de médicos clínicos, cirujanos, cardiólogos, obstetras y pediatras, las 24 horas y todos los días del año, incluyendo domingos y feriados. Además, deberá contar con profesionales médicos de las subespecialidades como cirugía, traumatología o cardiología, a convocatoria inmediata del médico de guardia de acuerdo con el diagnóstico del paciente.

LA PRESTADORA proveerá atención médico-quirúrgica derivada de cualquier clase de accidente, hasta la total recuperación del accidentado, incluyendo los accidentes colectivos (de beneficiarios) o quemaduras graves.

LA PRESTADORA deberá disponer de ambulancias para todo tipo de traslado. Unidad coronaria móvil. Estos servicios deben incluir honorarios médicos y derechos de urgencia, por medio de prestadores habilitados en convenio. Incluye también el traslado en ambulancia desde el interior del país para los casos considerados de emergencia y/o urgencia; el cual deberá estar a cargo de LA PRESTADORA, para el titular, los beneficiarios y adherentes del Contrato.

Las consultas y los procedimientos realizados por el médico de guardia de acuerdo con las coberturas del plan, incluyen además los siguientes procedimientos, los cuales serán de cobertura total y tantas veces como sea necesario: Suturas, curaciones, drenajes de abscesos, hematomas y análogos, extracción de uña encarnada, extracción de cuerpo extraño, enyesados simples, taponamiento nasal.

Si un asegurado (titular, beneficiario o adherente) se encuentra en una situación que signifique compromiso inmediato y severo de sus signos vitales (accidentes de tránsito, primeros auxilios, partos, infartos y otros imprevistos que pongan en riesgo la vida del asegurado), podrán buscar auxilio en centros médicos que no se encuentren dentro del listado proveído por LA PRESTADORA, si estos son los más cercanos al lugar de ocurrencia del episodio. Ocurrido el mismo, se deberá comunicar dentro de las primeras 24 (veinticuatro) horas a LA PRESTADORA para que ésta se haga cargo del paciente, asumiendo la cobertura total de los gastos (100%) e indicando su traslado o su continuidad en dicho centro.

La cobertura de medicamentos (ya sea inyectables, suspensión, comprimidos o en cualquier presentación, incluyendo antibióticos) y descartables (incluyendo termómetros), para los servicios de urgencia, será del 100% (cien por ciento), en los servicios dispuestos y habilitados por LA PRESTADORA y aplica igualmente para las cirugías que no necesiten internación.

 

 

  1. OTROS SERVICIOS CUBIERTOS INTEGRALMENTE

En Internaciones, Servicios de Guardia y cirugías que no requieran internación:

  1. La cobertura se aplica a cada vez que el paciente lo necesite, es decir comienza de cero en cada internación, Servicios de Guardia y cirugías que no requieran internación. Deben estar cubiertos los derechos operatorios en todo tipo de internaciones e intervenciones quirúrgicas, así como en cirugías menores que no requieran internación y se realicen en consultorios. Así también deben estar cubiertos en su totalidad la utilización de electrocardiógrafo, rayos x del sanatorio, colchones de aire-agua, monitor, monitor fetal, cuna térmica, video, entre otros.
  2. Inyecciones, vacunaciones, nebulizaciones, servicio de enfermería, toma de presión arterial, aplicación de ultrasonidos, masajes, infrarrojo, medicamentos y otros necesarios que pueda necesitar el asegurado en Internaciones, Servicios de Guardia y cirugías que no requieran internación, tanto para casos de accidentes, como para cualquier requerimiento de atención en este servicio, tendrán una cobertura inmediata y total para el titular, beneficiarios y adherentes; esto incluye medicamentos y descartables (incluyendo termómetros).
  3. El examen médico preventivo anual, que incluya examen clínico, análisis de rutina, rayos x de tórax, ECG, y para mujeres estudio de PAP, mamografía, colposcopía tendrá una cobertura total para el titular, beneficiarios y adherentes.
  4. Deberá incluir para los casos de los niños en edad escolar, la emisión de certificados solicitados por sus colegios, y para los casos de chicos con problemas de salud que les impida la realización de ejercicios físicos y que deban demostrarse fehacientemente con certificado expedido por el profesional médico. El mismo deberá poder realizarse tanto en la central prestadora como también en las clínicas periféricas autorizadas, de forma a facilitar el traslado del niño.

Electrocardiograma de reposo y de esfuerzo (ergometría), Holter, electroencefalograma, audiometrías, con cobertura total a cargo de LA PRESTADORA.

Para enfermedades clínicas o quirúrgicas deberán estar cubiertos los procedimientos endoscópicos, con endoscopios rígidos (videolaparoscópios, uroscopios, etc.), y flexibles (fibroscopios), con fines de diagnóstico, cirugía o de tratamiento, incluyendo honorarios médicos y de anestesista, contraste y extracción de cuerpos extraños y uso de equipo e instrumentales y todos los elementos necesarios. Además, las especialidades de gastroenterología, urología, neumología, ginecología, otorrinolaringología, traumatología, laparoscopia y artroscopia (incluyendo uso de equipos, video, etc.).

  1. Cobertura de medicamentos mientras el paciente permanezca internado (ya sean inyectables, suspensión, comprimidos, o en cualquier presentación) por valor de Gs. 10.000.000 (guaraníes diez millones).
  2. Materiales descartables (incluyendo termómetros) en general, utilizados por valor de Gs. 5.000.000 (guaraníes siete millones).

Las coberturas se computan cada vez que el paciente (titular, beneficiarios y adherentes) lo necesite, sea por internaciones clínicas, quirúrgicas, partos, cesáreas y/o servicios de urgencias, sin importar que se trate o surja como consecuencia de una misma enfermedad clínica y/o quirúrgica o sus complicaciones, o una nueva enfermedad clínica y/o quirúrgica o sus complicaciones; es decir, independientemente del diagnóstico que las origina.

TODA LA COBERTURA SEÑALADA EN ESTE ITEM RIGE IGUALMENTE PARA LAS CIRUGÍAS MENORES QUE NO NECESITEN INTERNACIÓN.

 

 

  1. VISITAS DOMICILIARIAS

Visitas con carácter no urgente a cargo de un plantel que deberá estar compuesto por 3 (tres) médicos para adultos y 3 (tres) para niños. Las visitas se deberán realizar dentro de las tres (3) horas de recibido el llamado (indefectiblemente), mediante pago de un ticket moderador no mayor a Gs. 80.000, a cargo del paciente. Estas visitas deberán realizarse en las ciudades de Asunción, y las ciudades del departamento central o del área metropolitana, según sea requerido por el paciente.

Debe también contemplarse la asistencia domiciliaria para análisis clínicos, radiográficos con equipo portátil y electrocardiogramas, con cobertura total.

En los casos de toma de muestras laboratoriales a domicilio, serán sin cargo para el beneficiario, siempre que se trate de pacientes fehacientemente comprobados con incapacidad de concurrir a los lugares habilitados por la Prestadora.

 

  1. CENTROS ASISTENCIALES EN EL INTERIOR

Cobertura para consultas e internaciones, estudios laboratoriales y radiológicos, en las Ciudades circunvecinas de la capital y principales ciudades departamentales. Para estos centros asistenciales, la cobertura de los servicios deberá ser idéntica a la aplicable en la capital, conforme a las especificaciones técnicas.

 

  1. COBERTURA EN CIRUGIA ODONTOLÓGICA

Esta cobertura está prevista para los casos en que sea necesaria la utilización de la sala de operación e internación en cirugías odontológicas, incluido anestesia y otros servicios.

 

 

  1. MÉDICOS CONSULTORES O INTERCONSULTAS CON MÉDICOS DEL PLANTEL

Especialistas a pedido del paciente o del médico tratante, sin límites de consultas por cada internación, siempre que el mismo pertenezca al plantel habilitado por LA PRESTADORA

 

  1. MÉDICOS CONSULTORES O INTERCONSULTAS CON MÉDICOS QUE NO FORMAN PARTE DEL PLANTEL 

Por cada evento de internación, en caso de que el paciente o el médico tratante solicite un profesional especialista (nacional o extranjero radicado en el país) que no pertenezca al plantel habilitado por LA PRESTADORA, ésta deberá cubrir los honorarios de hasta cinco (5) visitas realizadas por dicho especialista, por un valor máximo de Gs. 200.000 por cada consulta. Si fuesen necesarias más de cinco (5) visitas, los gastos de honorarios serán abonados por el paciente.

 

  1. REHABILITACIÓN CARDIOVASCULAR 

 

Abarca el tratamiento completo, honorarios médicos, medicamentos, aparatos, terapias y todo lo necesario para lograr la rehabilitación Cardiovascular del paciente. (Titular, beneficiarios del Plan Familiar y adherentes).

 

  • COBERTURA EN FARMACIAS, ÓPTICAS Y OTROS

LA PRESTADORA deberá presentar un Plan de Cobertura Farmacéutica con descuento de hasta el 30% en compras realizadas por el Titular, beneficiarios del Plan Familiar y adherentes, en medicamentos nacionales 30%, importados 20%. La cobertura de dicho descuento será hasta que la suma del descuento llegue al monto de Gs. 1.500.000, por cada año de contrato y por cada beneficiario (Titular, beneficiarios del Plan Familiar y adherentes) de manera individual.

El Plan de Cobertura Farmacéutica deberá indicar también la/s farmacia/s (debidamente habilitada/s) en convenio con LA PRESTADORA, con un mínimo de 2 (dos) cadenas farmacéuticas, y 15 (quince) locales distribuidos en Asunción y Gran Asunción.

Otros servicios conexos (como descuentos en ópticas), serán establecidos a criterio de LA PRESTADORA.

 

  1. MEDICINA DE ALTA COMPLEJIDAD

El criterio a ser empleado en este punto, es el de lograr una cobertura del 70% en concepto de honorarios médicos (excepto anestesistas) y prótesis de cualquier tipo (para la determinación de porcentajes se tendrán en cuenta los valores de mercado, así como los arancelarios), para los casos de:

Atención, internación y alimentación de los beneficiarios y su grupo familiar en caso de intento de autoeliminación y/o autoagresión y sus secuelas, ya sean físicas o mentales.

Cirugía plástica con fines reparadora no estética.

Malformaciones congénitas en adultos y niños (salvo cardiocirugía)

Tratamiento médico-quirúrgico con fines de esterilidad

Enfermos mentales ya sean depresivos o excitados (hasta cierto tiempo a convenir).

Alcohólicos agudos y crónicos (gastos relacionados al alcholismo, previa prueba médica que acredite dicha condición)

Diálisis peritoneal, hemodiálisis en los casos crónicos, formalizaciones

Tratamientos especializados en alergias

Acupunturas, homeopatía y quiropraxia

Lipoaspiración de tratamiento clínico, no estético.

Secuelas de quimioterapia y radioterapia

Diagnóstico neurofisiológico de la impotencia sexual masculina y técnica de fertilización asistida, operaciones de cambio de sexo

Lesiones causadas por investigaciones en etapas experimentales, no reconocidas por instituciones oficiales o científicas

Los derechos operatorios sanatoriales deberán estar cubiertos en su totalidad (100%), así como todos los medios auxiliares de diagnóstico, incluidos servicios laboratoriales (no se tendrá en cuenta listado de cobertura según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes).

Los honorarios de anestesistas deberán estar cubiertos en un 100 % (cien por ciento). Los medicamentos y materiales descartables (incluyendo termómetros) utilizados serán cubiertos hasta la suma de Gs. 20.000.000 (guaraníes veinte millones).

Se entenderá por ALTA MÉDICA de Alta Complejidad, la finalización del tratamiento practicado a un paciente/beneficiario por el médico especialista que presta los servicios de ALTA COMPLEJIDAD y su posterior traslado al médico tratante general, momento en el que entrará a regir lo establecido en las Condiciones Generales de Prestación y los beneficios de la Cobertura médica básica. Desde el momento del Alta Médica en cuestión, se deberá dejar de tratar al paciente como de ALTA COMPLEJIDAD, e incluirlo dentro de la cobertura regular del seguro.

 

 

  1. ASISTENCIA DOMICILIARIA DE EMERGENCIA

A cargo de una unidad móvil (ambulancia equipada para urgencias de todo tipo, personal médico y paramédico, medicamentos y materiales descartables), sin costo para el paciente. Este servicio debe estar disponible durante las 24 (veinticuatro) horas del día y durante todo el año.

 

  1. SERVICIO SIN COBERTURA

 

Son los que habitualmente no son cubiertos en los contratos de medicina pre-paga. No obstante, la tendencia será el logro de aranceles con descuentos por vía de negociación y conforme a cada caso en particular.

Tendrá arancel preferencial del 50% (Cincuenta) por ciento, todo lo que se encuentra expresamente detallado en este Pliego.

 

Las demás entidades crónicas y sus tratamientos están cubiertos como: crisis hipertensivas, crisis asmática, anginas de pecho, infartos de miocardio, accidentes cerebro vascular, descompensaciones diabéticas.

Los casos preexistentes y crónicos no serán considerados como servicios sin cobertura.

 

 

 

 

 

  1. MEDICINA POR IMÁGENES

 

Todos los estudios de medicina por imágenes deberán tener cobertura total, y en todos los casos es por persona y sin límites (salvo que las especificaciones técnicas indiquen uno), siempre que provengan de una orden escrita del médico tratante.

Este ítem comprende todos los métodos auxiliares de diagnóstico que se efectúan mediante el registro impreso o fotográfico de imágenes efectuado en consultorios o centros especializados, con cobertura de gastos en forma integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, sustancias de contraste, a cargo de LA PRESTADORA.

Exámenes contemplados en esta cobertura:

 

Abdomen simple

Acufenometría

Angiografía de miembro 1 lado h/6 placas

Angiografía de miembro 2 lados h/6 placas

Angiografía de cualquier miembro o parte del cuerpo

Angiografía digital 3D

Angioresonancia

Antebrazo en todas las posiciones

Aortografía lumbar o abdominal h/5 placas

Apéndice

Árbol urinario simple

Arteriografía cerebral h/8 placas 2 lados

Arteriografía cerebral h/8 placas c/lado

Arteriografía selectiva (abdominal o tórax)

Arteriografía selectiva dos arterias

Arteriografía selectiva renal 1 lado

Arteriografía selectiva renal 2 lados

Audiometría

Autorrefracción c/ ciclopejía

Biligrafina o colongiografía endovenosa

Biopsias de todo tipo

Brazo en todas las posiciones

Broncografía 2 lados

Broncografía c/lado

Cadera o pelvis en todas las posiciones

Campo visual computarizado

Capsulotomía y Capsulotomía posterior

Cavum

Cavum contrastado

Cistografía

Clavícula en todas las posiciones

Codo en todas las posiciones

Colangiografía endovenosa (biligrafina)

Colangiografía operatoria

Colangiografía pos-operatoria

Colangiografía retrograda con papilotomía

Colangiografía retrograda simple

Colangiografía trans-parientohepático

Colangio resonancia magnética nuclear

Colecistografía oral

Colon contrastado

Colon doble contraste

Colon doble contraste

Colon por ingestión

Colonoscopía

Columna cervical en todas las posiciones

Columna dorsal o lumbar en todas las posiciones

Columna panorámica (espinografía) en todas las posiciones

Control radiológico en maniobras traumatológicas

Costilla en todas las posiciones

Cráneo en todas las posiciones

Cráneo para ortodoncia

Curva de presión ocular

Dilatación pupilar (ciclopejía/fondo de ojo)

Dedo 2 posiciones

Dental en todas las placas

Dental oclusal

Dental seriado

Densitometría

Ecobiometría (ambos ojos)

Electrocardiograma

Electroencefalograma

Electromiograma (de miembros superiores e inferiores) en general

Embarazo

Ergometría

Espirometría Computarizada

Esófago, estómago y duodeno

Esternón en todas las posiciones

Examen de retina

Examen y ejercicios ortópticos

Fistulografía h/2 placas

Flebografía cada lado

Galactografía bilateral previa mamografía

Galactografía bilateral sin placa simple

Galactografía c/lado c/previa mamografía

Galactografía sin placa simple 1 lado

Gasto cardiaco

Gonioscopía

Histerosalpinografía cuando viene espec.

Histerosalpinografía radiológica c/espec.

Holter de latidos

Hombro en todas las posiciones

Impedanciometría

Intestino delgado o tránsito intestinal

Laringografía contrastada

Linfografía cada lado

Linfografía dos lados

Litotripsia por nefrostomía

Litotripsia uretral

Logoaudiometría

Mama (pieza operatoria) p/placa

Mama (reperage para biopsia) p/placa

Mamografía en todos los lados

Mano en todas las posiciones

Mapeamiento de retina

Mastoide en todas las posiciones

Maxilar inferior en todas las posiciones

Maxilar inferior c/ortopantomografía

Mielografía s/ contraste ni especialista

Monitoreo fetal

Muñeca en todas las posiciones

Muslo o fémur en todas las posiciones

Neurofisiología / Mapeo cerebral

Oclusión vascular retiniana

Oclusión de vena central de retina

Orbitas c/posición

Ortopantomografía

Otomicocopía Otomisiones acústicas

OCT para Nervio Óptico

Papilografía o Video papilografía digital

Paquimetría corneal (cada ojo)

Penescopía

Perfil biofísico

Perimetría doble frecuencia

Pie en todas las posiciones

Pielografía ascendente

Pielografía endovenosa o riñón contraste

Pierna en todas las posiciones

Pierna en todas las posiciones

Placa suplementaria

Pruebas vestibulares en general (Electronistagmografía, Prueba calórica, Prueba rotatoria, Posturografía dinámica computarizada).

Rectosismondoscopía

Resonancia Magnética y/o con contraste (hasta 3 por año).

Rodilla en todas las posiciones

Saco lagrimal

Saco lagrimal (radio. como especialista)

Sacro-coxis en todas las posiciones

Scopia como complemento de examen c/ T.V.

Scopia arco c por 1 hora

Scopia arco c por más de 1 hora

Senos faciales en todas las posiciones

Sialografía en todos los lados

Somnografía o Estudio del Sueño

Spect perfusión Miocárdica

Test alérgicos: prick test p/ aeroalergenos y prueba p/ contrastes endovenosos

Timpanometría

Tobillo en todas las posiciones

Topografía corneal

Topografía corneal bilateral

Topografía corneal bilateral

Topografía corneal bilateral

Topografía corneal bilateral

Tórax en todas las posiciones

Tránsito intestinal o intestino delgado

Transparieto-hepática

Uretrocistografía

Urograma de excresión

Urotac

Vesícula simple

 

 

ECOCARDIOGRAMA (SIN LIMITES)

Eco doppler en general

Ecocar. c/doppler bidimensional

Ecocardiograma sin doppler

Eco-stress

Eco-stress con dobutamina

El listado enunciativo y no limitativo. Deberá incluir todos los tipos de ecocardiogramas y/o ecocardiografías posibles con sus diferentes variantes, sin exclusión alguna.

 

ECOGRAFIA (sin limite)

Ecografía abdominal

Ecografía de mamas

Ecografía de tiroides

Ecografía del bazo

Ecografía ginecológica y obstetricia

Ecografía morfológica y con marcadores cromosómicos

Ecografía hígado-vías biliares-vesícula

Ecografía intracavitaria c/residuo

Ecografía intra-operatoria

Ecografía oftálmica/ocular

Ecografía pan cefálica

Ecografía prostática

Ecografía prostática intracavitaria

Ecografía renal

Ecografía testicular

Ecografía trasvaginal

Ecografía tridimensional (3D)

Ecografía cuadrimensional (4D)

Ecografía tejidos blandos

Punciones con control ecográfico

Ecografía abdominal

Ecografía de mamas

Ecografía de tiroides

Ecografía del bazo

Ecografía ginecológica y obstetricia

Ecografía morfológica y con marcadores cromosómicos

Ecografía hígado-vías biliares-vesícula

Ecografía intracavitaria c/residuo

Ecografía intra-operatoria

Ecografía oftálmica/ocular

Ecografía pan cefálica

Ecografía prostática

Ecografía prostática intracavitaria

Ecografía renal

Ecografía testicular

Ecografía trasvaginal

Ecografía tridimensional (3D)

Ecografía cuadrimensional (4D)

Ecografía tejidos blandos

Punciones con control ecográfico

El listado enunciativo y no limitativo. Deberá incluir todos los tipos de ecografías posibles con sus diferentes variantes, sin exclusión alguna.

 

 

ECOGRAFIA COMPUTADA7MULTISLICE (hasta 7 por grupo familiar)

Tomografías Multi Slice (TCMS)

Tomografía computada cráneo

Tomografía computada miembros

Tomografía computada tórax

Tomografía computada abdomen inferior

Tomografía computada abdomen superior

Tomografía computada pelvis

Tomografía computada columna cervical

Tomografía computada columna dorsal

Tomografía computada columna lumbar

Tomografía computada de las vías urinarias

Tomografías en general

El listado enunciativo y no limitativo. Deberá incluir todos los tipos de tomografías posibles con sus diferentes variantes, sin exclusión alguna.

 

MEDICINA NUCLEAR (con cobertura del 70%)

Cámara-gamma (perfusión miocárdica con talio, tecnecio, S.P.E.C.T.)

Centellografía glándula salivar

Centellografía sangrado intestinal

Centellografía cerebral

Centellografía de tiroides o mapeo

Ventriculograma isotópico

Centellografía hepática

Centellografía ósea

Centellografía pulmonar

Centellografía renal

Centellografía testicular

 

TERAPIA COBALTO (con cobertura del 70%)

Angiomas radiot. sup. d.t. 10 irrad. p/campo

Ca. cuello-cuerpo uter. lesión sola p/campo

Ca. cuello-cuerpo uter. mas anexo

Carcinoma de lengua lesión gang. anexo

Carc. mamario b cobalto s/op. c/cad. Gang.

Carc. mamario cobalto solo tumor s/ cicat.

Carc. pene lesión sola co. irrad. p/ campo

Carc. pene más campo anexo r. gang

Carc. vejiga cobalto irrad. p/ campo

Carcinoma cutáneo epitel. d.t. 25 p/campo

Carcinoma esofágico más campo anexo

Carcinoma esofágico lesión sola cobalto

Carcinoma laríngeo lesión sola cobalto

Carcinoma laríngeo más campo anexo

Carcinoma oral lesión gang. irrad. p/ campo

Carcinoma oral más campo anexo

Carcinoma pulmonar cobalto

Carcinoma s/ maxilar lesión sola cobalto

Carcinoma s/ maxilar más campo anexo

Cicatriz queloide s/aplicación

Huesos (tumores) co. irrad. por campo

Linfomas co. irrad. nodal infodiaf.

Linfomas co. irrad. nodal supradiaf.

Linfomas co. irrad. nodal total

Linfomas co. una región ganglionar

Rodioterapia antiimflam. prom. c/ aplic.

Seminoma co. rad. prof. d.t. 50 irrad. nod. tot.

Tumores cerebrales en general co. irrad. camp.

Huesos (tumores) co. irrad. por campo

 

 

ESTUDIOS ELECTROFISIOLOGICOS (EEF)

EEF en todas sus formas (sin límites)

 

OTROS ESTUDIOS ( hasta 7 por grupo familiar)

MAPA (Monitoreo Ambulatorio de Presión Arterial)

Potenciales evocados auditivos

Potenciales evocados auditivos cerebrales

Potenciales evocados somato sensitivos

Potenciales evocados visuales

Baropodometría y estudios de Plantigrafía en general (incluye computarizada)

 

  1. ESTUDIOS LABORATORIALES

Todos los estudios laboratoriales citados serán sin límites y por persona. Este servicio debe cubrir a los pacientes a domicilio, y/o a los que concurren a los laboratorios habilitados en forma programada o en casos de urgencias las 24 (veinticuatro) horas del día. Debe tener cobertura integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables y las determinaciones químicas y microbiológicas utilizadas.

Todos los estudios  citados más abajo tienen cobertura del 100% (Cien por ciento), y los no citados deben ser deben ser realizados con una cobertura del 70% (Setenta por ciento) a cargo de LA PRESTADORA

 

Ácido cítrico

Ácido fenil Pirúvico

Ácido fólico

Ácido Láctico

Ácido úrico

Ácido vanil Mandélico (AVN)

Ácido valproico

ACTH

Adenovirus Anticuerpo IGG

Adenovirus Anticuerpo IGM

Adenovirus Antígeno, Secreciones Respiratorias

Addis, Recuento de

Aglutinación de partículas de látex para:

A. Escherichia coli Ki

A. Hemo-philus influenzae tipo b

A. Legionella pneumofila

A. Nesseria meningitidis grupo a

A. Nesseria meningitidis grupo b

A. Nesseria meningitidis grupo c

A. Stroptococus Pheumoniae

A. Stroptococus beta hemolítico grupo a

A. Stroptocicus grupo b

Aglutinas Anti a

Aglutinas Anti b

AIDS-ac

Albúmina

Alcohol

Aldolasa

Aldosterona

Alergia-Tests: RAST

Alfa 1 antitripsina

Alfafetoproteína (APF)

A/G

Amilasa

Amonio

ANA

Anca C PR3 (ANCA C)

Anca P MPO (ANCA P)

Androstenediona

Anfetamina

Antibiogramas para gérmenes aeróbicos

Antibiogramas para gérmenes anaeróbicos

Ac. Anti cardiolipinalgG-IgM

Ac. Anti DNA

Ac. Anti Microsomales

Ac. Anti Mitocondriales

Ac. Anti Musculo Liso (ASMA)

Ac. Anti Nucleares

Ac. Anti Tironglubinas

Ac. Anti Tiroides

Ac. Anti-Toxoplasma IgG

Ac. Anti Tripanosoma IgG

Ac. Anti Tripanosoma IgM

Ac. Anti Virus Sinciciall Respiratorio (VSR)

Ac. Heterofilos

A.F.P.

Análisis para detección de avitaminosis, hipervitaminosis, o control

Anticoagulante Lúpico

Anti-tTG, IgA - IgA total- anti-tTG, IgG- AGA, IgG (Pruebas de la enteropatía sensible a gluten)

Anticuerpo (AC) Anti Centromero

Anticuerpo (AC) Anti Endomisio IgA

Anticuerpo (AC) Anti Endomisio IgG

Anticuerpo (AC) Anti Endomisio IgM

Anticuerpo (AC) Anti Gliadina IgA

Anticuerpo (AC) Anti Gliadina IgG

Anticuerpo (AC) Anti Helicobacter Pylori IGA

Anticuerpo (AC) Anti Helicobacter Pylori IGG

Anticuerpo (AC) Anti RNP ENA

Anticuerpo (AC) Anti PM Scl

Anticuerpo (AC) Anti SSA (RO)

Anticuerpo (AC) Anti SSB (LA)

Anticuerpo (AC) Anti CCP

Antigeno AG Antidengue (test Rápido)

Anticuerpo Antidengue IgM e IgG

Antígeno Carcinoembrionario (CEA)

Antígenos Febriles

Antígeno Prostático específico (PAS)

Antitrombina III (AT III)

Anticuerpos Anti-Tiroides

Anti SM

Antil/LA anticuerpos suero

Apolipoproteina b

Artritest

Aspegillus

ASTO

Autovacunas

Azucares reductores

BAAR

Barbitúricos

Bence-Jones

Benedict, Reacción de

Beta 2 Microglobulina en sangre

Beta Cross Laps

BNP (Péptido Natriurético Tipo B)

Bicarbonato

Billirubina total, directa e indirecta

Bilis, cultivo

Bioperfil fisiológico

Bioquímica de plasma Seminal

CA 123

CA 125

CA 15-3

CA 19-9, antígeno, sangre

C 3

C 4

Calcio

Calcitonina

Calculo Urinario

Campo oscuro

Campylobacter

Cannabinoides

Capacidad de fijación de hierro (TIBC)

Catecolaminas

Carbamazepina

Cardiolipina IGA AC

Cardiolipina IGGG - IGM

CEA

Células LE

Cetonemia

Cetonuria

Cetoferoides 17

CH 50

Chagas (Ac. Anti Trypanosoma IgG e IgM)

Chalamydia

Citomegalovirus-ac-IgG

Citomegalovirus-ac-IgM

Citrato (O)

Ck

Ck-mb

Clearance de Creatinina

Cloruros

ac-IgG

CMV-ac-IgM

Creatinina

Coagulograma

Cobre

Cocaína

Coccidioidina

Colesterol esterificado

Colesterol HDL

Colesterol-LDL

Colesterol total

Colesterol VLDL

Colinesterasa

Coloración de Giemsa

Coloración de Gram

Coloración de Ziehl

Complemento hemolítico (CH 50)

Coprocultivo

Coprología Funcional

Coproporfirinas

Cortisol

Crasis Sangui (por Hematólogo)

Crioglutininas

Crioglobulinas

Criptococus

Cristales-Identificación

Cuerpos Cetónicos

Cultivo en Aerobiosis

Cultivo en Anaerobiosis

Cultivo en Thayer-Martin

Cultivo para BAAR

Cultivo para GC

Cultivo para hongos

Cultivo para listeria

Cultivo para Mycoplasma

Curva de tolerancia oral a la glucosa

Dehidroepitandrostenediona (DHEA-S04)

Dehidrostestosterona

Densidad

Difteria, Cultivo

Dímero D

Digoxina

DNA-ac

Dióxido de carbono (CO2)

Dosaje de ácido valproico

Dosaje de ácido fenobarbital

D-Xilosa

EBV-EA-ac

EBV-VCA-ac

Electroforesis de hemoglobina

Electroforesis de lipoproteínas

Electroforesis de proteínas

Electrólitos

Eosinófilos

Epstein-Barr Virus-ac

Eritrosedimentación

Escherichia coli enteropatogeno

Escherichia coli kI. Látex

Esperma, cultivo

Espermograma

Esputo. Coloración para BAAR

Esputo. Cultivo para gérmenes comunes

Esputo. Eosinofilos y mastocitos

Esteatocrito

Estradiol

Estriol libre

Estrógenos totales

Estudio capilar. Investigación de hongos

Estudio Macro metabólico

Exceso de base

Factor reumatoideo

Factor reumatoideo cuantitativo

Factor reumatoideo Isotipo IGA

Factor reumatoideo Isotipo IGG

Factor reumatoideo Isotipo IGM

Fenilhidantoina

Fenil Alanina

Fenobarbital

Ferritina

Fibrinógeno

Fibrinólisis

Formula Leucocitaria

Fosfatasa acida prostática (pap)

Fosfatasa Acida total y prostática

Fosfatasa alcalina

Fosfatidil-gilierol en liq. amniótico

Fosfolípidos

Fósforo

Fragilidad osmótica de los hematíes

Frotis de sangre periférica

Frotis de sangre periférica (para Hematólogo)

Fructosa

Fructosamina

FSH

FTA-abs-IgG

FTA-abs-IgM

FTI

Galactosa Neonatal (GALT)

Gamma Globulinas

Gamma GT

Garganta. Cultivo

Gases arteriales

Gastrina

GC. Cultivo

GH (Hormona de crecimiento)

Gliadina IgG-IgM

Globulina

Glóbulos blancos

Glóbulos rojos

Glucohemoglobina

Glucosa

Glucosa 6 Fosfato de Deshidrogenasa (G6PD)

Glucosa. Curva de tolerancia

Glucosa pre y pos prandial

Glucosuria

Ganadotrofina Coriónica (hCG)

Gota gruesa

GOT

GPT

Graham-Test

Gravindex

Grupo Sanguíneo

Guayaco inmunológico

Ham-test

Hmburger-test

Hamber

Haptoglobina

HbA 1c

Hdelta

HAV-ac

HAV-ac-IgM

HBc-ac

HBc-ac-IgM

HBDH

HBe-ac

HBe-Ag

HBs-ac

HBs-Ag

hCG- sub-unidad beta

HDL-Colesterol

Heces. Benedict

Heces. Examen parasitológico

Heces. Flora microbiana

Heces. Frotis

Heces. Hongos

Heces. Microscopia Funcional

Hematrocrito

Hemocultivo en aerobiosis

Hemocultivo en anaerobiosis

Hemoglobina

Hemoglobina. Electroforesis

Hemoglobina fetal

Hemoglobina glucosilada (Hb A Ic)

Hemograma

Hemograma (Plaquetas + VSG) p/ Hematólogo

Hemoparásitos

Hemophilus influenzae tipo b. látex

Hepatitis A y B (VHA Ab-IgM, VHA Ab-IgG, VHBsAg, HBsAb, HBcAb-IgM, HBcAb-IgG, HBeAg)

Hepatitis C (VHC) IgG e IgM

Hepatograma/Perfil Hepático (GPT-GOT-FA-BT-BD-BI)

Herpes

H.G.H.

HLA B27

Hidatidosis-ac

Hidroxicorticosteroides 17

Hidroxi-Indol-Acético 5 (5HIAA)

Hidroxiprogesterona

Hidroxiprogesterona Neonatal

Hierro sérico

Hisopado Faríngeo

Histoplamina

HIV AC/AG

Homocisteina / Homocistina /Cistina

Hongos. Cultivo e identificación

Hongos. Examen en fresco

Hormona de crecimiento (hGh)

Hormona Folículo Estimulante (FSH)

Hormona Lactógeno Placentaria (hP)

Hormona Luteinizante (LH)

IgA

IgD

IgE

IgG

IgM

Inclusiones citomegálicas

Índices hematimétricos

Índice de Tiroxina Libre

Influenza tipo A (por Hisopado)

Influenza tipo A H1N1 (por Hisopado)

Influenza tipo B (por Hisopado)

Inmunoelectroforesis

Inmunoglobinas

Inmunohistoquímica (IHQ)

Inmunofluorescencia

Insulina

Klesbsiella pneumoniae

Lactosa

LAP

Larvas de vermes

L. Haemophilus influenzae tipo b (latex)

L. Neusseria meningitidis grupo A (latex)

L. Neisseria meningitidis grupo B (latex)

L. Neisseria meningitidis grupo C (latex)

L. Strptococcus pneumonias (latex)

L. Streptococcus beta hemoliticos grupo (latex)

L. Streptococcus grupo B (latex)

Lavado gástrico

LCR. Citoquímico

LcR. Cultivo

LDH

LDL-Colesterol

LE

Lecitina en líquido amniótico

Legionella Pheumiphila (látex)

Leishmania Anticuerpo IgG

Leishmania Anticuerpo IgM

Lesión genital. Coloración de Gram

Lesión genital. Coloración de fontana

Lesión genital. Estudio microbiológico

Lesión en la piel. Cultivo para hongos

Lesión de uñas. Cultivo para hongos

LH

Linfa cutánea. Coloración de Ziehl

Lipasa

Lípidos totales

Líquido amniótico. Cultivo

Líquido amniótico. Fosfaditil-glicerol

Liquido articular. Citoquímico

Liquido articular. Cristales

Liquido articular. Cultivo

Liquido ascítico. Cultivo

Liquido gástrico-duodenal. Parásitos

Liquido peritoneal. Cultivo

Liquido pleural. Cultivo

Listeria

Litio

Madurez Fetal (fosfatydil glicerol)

Magnesio

Magnesio eritrocitario

Marihuana

Mastositos

Metahemoglobina

Metotrexate

Micosis oportunistas

Micosis profundas

Micosis subcutáneas

Micosis superficiales

Microalbuminuria

Mioglobina

Moco cervical

Monotest

Morfina

Mucoproteínas

Mycobacterium Tuberculosis

Mycoplasma en secreción vaginal

Micoplasma Hominis

Neiseriae Gonorrea

Neiseriae Meninigitidis. Grupo A (latex)

Neiseriae Meninigitidis. Grupo B (latex)

Neiseriae Meninigitidis. Grupo C (latex)

N. 5 Nucleotidasa

NTX

Oído cultivo

Opiáceos

Orina, físico-químico y del sedimento

Orina cultivo

Oxalato

Oxiurius

Parásitos. Investigación e identificación

Parathormona (PTH)

PAS (Antígeno prostático específico)

PAS libre

Paul-Bunell (presuntivo)

PCR Ultrasensible

Perfil Celiaco

pOO2

po2

pDF

Péptido C

pH

Phenistix

Plaquetas

Plaquetas por Hematólogo

Plasma seminal

Porfobilinogeno

Potasio

PPD

Preparación de células LE

Productos de degradación de la fibrina

Progesterona

Prolactina

Proteína C

Proteínas C reactiva

Proteínas de Bence-Jones

Proteínas Electroforesis

Proteínas S

Proteínas totales

Protomorfinas

Protozoarios

Prueba de concentración

Prueba de dilución

Prueba de lazo

Prueba de tolerancia oral a la glucosa

Prueba de tolerancia a la lactosa

Prueba de Tzanck

PTH

Pus. Cultivo

Punta de catéter. Cultivo

Quimiotripsina

Quistes de protozoos

Raspado de lengua. Cultivo para hongos

Reacción de Huddleson

Reacción de Widal

Recuento de Addis

Recuento de Linfocitos CD4

Relación A/B

Relación calcio/creatinina

Relación PAS/PAS Libre

Reticulositos

Retracción del coágulo

RK 39 Leishmaniasis Kala azar

Rh

RO (SSA) anticuerpos suero

Rotavirus

Rubeola IgG

Rubeola IgM

Sangre oculta

Saturación de oxígeno

Secreción conjuntival. Cultivo

Secreción endocervical. Cultivo

Secreción faríngea. Cultivo

Secreción genital. Cultivo

Secreción nasal. Cultivo

Secreción nasal. Eosinofilos y mastositos

Secreción prostática. Cultivo

Secreción purulenta. Cultivo

Secreción traqueal. Cultivo

Secreción uretral. Cultivo

Secreción bulbar. Cultivo

Sífilis

Simis-Hunner - test

Shigella. Cultivo

SO2

Sodio

Somatomedina - c

Staphylcoccus aureus

Streptococcus. Cultivo

Streptococcus. Beta hemolitico gr. A (latex)

Streptococcus. grupo B (latex)

Streptococcus. Pneumoniae

Streptonasa B

Streptozima

Swin up

tTG

T3 libre

T3 total

T3 uptake

T4 libre

T4 total

Tacrolinemia

Test de absorción a la xilosa

Test de Coombs Directo

Test de Coombs Indirecto

Test de estimulación con ACTH

Test de estimulación hormona de crecimiento

Test (con ejercicios) con L-Dopa

Test de estimulación con LH/RH

Test de estimulación con TRH

Test de Ham

Test de supresión con dexametosona

Test de VPH

Test de IRT

Test del Sudor

Testosterona libre

TIBC (Capacidad de fijación del hierro)

Tiempo de coagulación sanguínea

Tiempo de Protrombina y coagulación

Tiempo de tromboplastina parcial activada

Timol

Tine test (TB)

Tipificación

Tiroglubina

Tiroperoxidasa Anticuerpo (Tipo AC)

Toxoplasmosis- ac IgG, IgM

Transferrina

Transglutaminosa Tisular IgA / IgG

Trichomonas vaginalis

Triglicéridos

Troponina I. Cuantitativa

Trypanosoma cruzi-ac

TSH

TTPa

Ulcera genital. Cultivo

Urea

Ureaplasma urealyticum

Urobilina

Urobilinógeno

Van de Kamer

Vandil - Mandelic - Acid (AVM)

Vermes

VDRL

Vicent's Angina. Frotisri

Virocitos

VLDL Colesterol

VSR - ac

Se incluye centellografía y captación tiroidea.

 

 


 

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

  • CP. LOURDES RODRIGUEZ - Directora Dirección Administrativa, en forma conjunta con la DRA. ARLY ROBLEDO - Directora de Gestión y Desarrollo de Personas.
  • Justificativo Técnico para contar con el servicio de medicina pre-paga : el servicio de cobertura de seguro medico esta destinado a los funcionarios de la ANTSV quienes será beneficiados con la cobertura medica según necesidad de los mismos, ya sea para la prestación de servicio medico, laboratorial o sanatorial.
  • En cuanto a la planificación, cabe resaltar que por tratarse de un prestación de servicio medico, lo cual es altamente sensible no dejar sin cobertura a los funcionarios de la ANTSV, se realiza el llamado a Convocatoria por el periodo de 12 meses en atención a que ya se encuentra próximo a vencer el Contrato actual.
  • Las Especificaciones Técnicas se han establecido con la amplitud de posibles servicios de cobertura medica, laboratorial o sanatorial que puedan necesitar los funcionarios de la ANTSV.

Plan de entrega de los bienes

La entrega de los bienes se realizará de acuerdo con el plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:

Ítem

Descripción del bien

Cantidad

Unidad de medida

Lugar de entrega de los bienes

Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes

(Indicar el N°)

(Indicar la descripción de los bienes)

(Insertar la cantidad de bienes a proveer)

(Indicar la unidad de medida de los bienes

(Indicar el nombre del lugar)

(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s)

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

 

Plan de entrega de los servicios

 

 

Ítem

Descripción del servicio

Cantidad

Unidad de medida de los servicios

Lugar donde los servicios serán prestados

Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios

(Indicar el N°)

(Indicar la descripción de los servicios)

(Insertar la cantidad de rubros de servicios a proveer)

(Indicar la unidad de medida de los rubros de servicios

(Indicar el nombre del lugar)

(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s)

1

Seguro
Medico para
funcionarios
de la ANTSV

12

Meses

En los locales
habilitados por el
proveedor, según la
cobertura indicada
en el Pliego de Bases y
Condiciones y
conforme a los
requerimientos de los
asegurados (Titular,
Beneficiarios del
plan familiar y
adherentes)

Cobertura inmediata a
partir de la suscripción
del contrato y la
formalización de los
documentos solicitados
en el PBC, hasta el
31/12/2022.

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

No aplica

Embalajes y documentos

El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:

No aplica

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indican a continuación:

La convocante podrá requerir que se realice una verificación de los centros asistenciales declarados por el o los oferentes, a fin de comprobar si los mismos se ajustan a los requerimientos del pliego.

1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.

2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.

Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.

3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.

4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.

5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.

6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.

7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.

8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será:

Planificación de indicadores de cumplimiento:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA

(se indica la fecha que debe presentar según el PBC)

Nota de Remisión /
Informe mensual

Nota de Remisión /
Informe mensual

Desde el inicio de la cobertura, mensualmente, hasta la duración de
vigencia del contrato (Dic/2022).-

 

Criterios de Adjudicación

La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

 

 

Notificaciones

La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:

1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.

2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.

La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.

Documentación requerida para la firma del contrato

Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.

 

 

1. Personas Físicas / Jurídicas

a) Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos;

b) Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos;

c) Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social;

d) Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS;

e) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.

f) Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la firma del contrato.

2. Documentos. Consorcios

a) Cada integrante del consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes.

b) Original o fotocopia del consorcio constituido.

c) Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio.

d) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.