El llamado se encuentra sin aprobación presupuestaria. Cual seria la razón de la solicitud de póliza como garantía, puesto que la entidad no tiene establecidos parámetros exactos en términos de plazos, adema de no contar con los recursos confirmados? Teniendo en cuenta también que el monto no supera el monto para contrataciones directas? Cabe destacar que resulta un costo superior para el oferente cuando no podemos determinar plazos exactos de la oferta , adjudicación y desembolso de los mismos.
El llamado se encuentra sin aprobación presupuestaria. Cual seria la razón de la solicitud de póliza como garantía, puesto que la entidad no tiene establecidos parámetros exactos en términos de plazos, adema de no contar con los recursos confirmados? Teniendo en cuenta también que el monto no supera el monto para contrataciones directas? Cabe destacar que resulta un costo superior para el oferente cuando no podemos determinar plazos exactos de la oferta , adjudicación y desembolso de los mismos.
Solicitamos respetuosamente a la convocante sea aceptada Declaración Jurada, como garantía de mantenimiento de la oferta y del cumplimiento de contrato, teniendo en cuenta que el monto no es elevado y normalmente se utiliza la figura de DDJJ al corresponder a un monto dentro de una LCD.
Solicitamos respetuosamente a la convocante sea aceptada Declaración Jurada, como garantía de mantenimiento de la oferta y del cumplimiento de contrato, teniendo en cuenta que el monto no es elevado y normalmente se utiliza la figura de DDJJ al corresponder a un monto dentro de una LCD.
Buenos días.
Podrían considerar la presentación de una Declaración Jurada de mantenimiento de oferta, considerando que a los efectos de mantener la oferta vigente en el plazo estipulado en el pliego tendría la misma seriedad que la presentación de una póliza de garantía.
Buenos días.
Podrían considerar la presentación de una Declaración Jurada de mantenimiento de oferta, considerando que a los efectos de mantener la oferta vigente en el plazo estipulado en el pliego tendría la misma seriedad que la presentación de una póliza de garantía.
Buenas tardes
La convocante podrá aceptar equipos con autonomía de 10 horas al 75 % y 10 horas al 100%
Consideramos un tiempo bastante razonable para dar soporte.
Buenas tardes
La convocante podrá aceptar equipos con autonomía de 10 horas al 75 % y 10 horas al 100%
Consideramos un tiempo bastante razonable para dar soporte.
Solicitamos favor aclarar mediante adenda si el Tipo de Garantía de Mantenimiento de Oferta, efectivamente corresponderá a la figura de Declaración Jurada. Debido a que en la Adenda elevada, solo se refieren a la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
Solicitamos favor aclarar mediante adenda si el Tipo de Garantía de Mantenimiento de Oferta, efectivamente corresponderá a la figura de Declaración Jurada. Debido a que en la Adenda elevada, solo se refieren a la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
La Convocante aclara que el Tipo de Garantía de Mantenimiento de Oferta se halla establecido en el SICP, en "Datos de la Convocatoria" - Características Especiales - Tipo de Garantía, conforme se visualiza en la siguiente imagen: Tipo de Garantía - Declaración Jurada
6
Historial de publicaciones
Ponemos a conocimiento de la convocante que el historial de publicaciones no puede ser visualizado. Emite un error al intentar abrir el pdf
Aclaramos que los documentos que se encuentran en el Historial de Publicaciones son documentos propios de la DNCP, y corresponden al Reporte General de la Convocatoria en el SICP.
7
Multas
En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección “Condiciones Contractuales”, Porcentaje de Multa, se establece que: “El valor del porcentaje de multas que será aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes será de: El valor de las multas será: 2% por cada día de atraso en la entrega de los bienes.“
Al respecto, y considerando el porcentaje establecido como interés moratorio 0,5% por cada día de atraso en el pago por parte de la Contratante, solicitamos a la convocante la reducción del porcentaje de multa a ser aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes; estableciendo un porcentaje no superior al 0.5%, de manera a establecer y mantener en los términos y ejecución del correspondiente contrato el principio de reciprocidad entre las partes.
En forma complementaria, es importante considerar que por la situación de la pandemia COVID-19, desde el mes de marzo del 2020, en nuestro país, nos encontramos ante la presencia de situaciones imprevistas que afectan todos los procesos de fabricación de equipos por parte de los fabricantes (situaciones excepcionales a nivel internacional), y en consecuencia conllevan a una extensión de los tiempos ordinarios de fabricación y/o plazos de envío a nuestro país (proceso de importación) o al retraso en las entregas de los bienes por parte del proveedor o contratista. Lo solicitado se cursa a los efectos de velar por la amplitud para la participación a oferentes consagrado en el artículo 20° de la Ley 2051/2003, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…”
En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección “Condiciones Contractuales”, Porcentaje de Multa, se establece que: “El valor del porcentaje de multas que será aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes será de: El valor de las multas será: 2% por cada día de atraso en la entrega de los bienes.“
Al respecto, y considerando el porcentaje establecido como interés moratorio 0,5% por cada día de atraso en el pago por parte de la Contratante, solicitamos a la convocante la reducción del porcentaje de multa a ser aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes; estableciendo un porcentaje no superior al 0.5%, de manera a establecer y mantener en los términos y ejecución del correspondiente contrato el principio de reciprocidad entre las partes.
En forma complementaria, es importante considerar que por la situación de la pandemia COVID-19, desde el mes de marzo del 2020, en nuestro país, nos encontramos ante la presencia de situaciones imprevistas que afectan todos los procesos de fabricación de equipos por parte de los fabricantes (situaciones excepcionales a nivel internacional), y en consecuencia conllevan a una extensión de los tiempos ordinarios de fabricación y/o plazos de envío a nuestro país (proceso de importación) o al retraso en las entregas de los bienes por parte del proveedor o contratista. Lo solicitado se cursa a los efectos de velar por la amplitud para la participación a oferentes consagrado en el artículo 20° de la Ley 2051/2003, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…”
En virtud a las prerrogativas conferidas por Ley, la convocante establece las condiciones específicas de contratación que garanticen que las necesidades sean satisfechas con la oportunidad, calidad y costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones. Por tal motivo, dicho porcentaje de multa por cada día de atraso se ha establecido considerando lo expuesto. En ese sentido, se solicita atenerse a lo dispuesto en la Carta de Invitación.
8
Especificación Técnica
Buenas tardes
Solicitamos a la Convocante puedan aceptar equipos que al 75% y 100% de carga ofrezcan una autonomía de 10 horas continuas, dando oportunidad a que más oferentes puedan participar del presente llamado.
Buenas tardes
Solicitamos a la Convocante puedan aceptar equipos que al 75% y 100% de carga ofrezcan una autonomía de 10 horas continuas, dando oportunidad a que más oferentes puedan participar del presente llamado.