El suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
PRESTACIÓN DE SERVICIOS MÉDICOS TERCERIZADOS
Servicio de Terapia Intensiva para pacientes del MSP y BS, referidos de los Hospitales Públicos de la Red de Salud del MSP y BS a través de SEME.
PLANILLA DE SERVICIOS REQUERIDOS
Ítem |
Descripción del servicio |
Unidad de medida de los servicios |
Presen tación |
Cantidad de camas demandadas |
Lugar donde los servicios serán prestados |
1 |
Servicio de Unidad de terapia intensiva UTIP/cama día, con y sin procedimientos s/ especificaciones técnicas. PEDIATRICO (de 29 días a 15 años) |
Día |
Evento |
6 |
Zona de influencia de Asunción y del Gran Asunción |
2 |
Servicio de Unidad de terapia intensiva UTIN/ cama día, con y sin procedimientos s/ especificaciones técnicas. RECIEN NACIDO (de 0 a 28 días) |
Día |
Evento |
12 |
Zona de influencia de Asunción y del Gran Asunción |
3 |
Servicio de Unidad de terapia intensiva UTI/cama día, con y sin procedimientos s/ especificaciones técnicas. ADULTOS ( de 15 años a mas) |
Día |
Evento |
12 |
Zona de influencia de Asunción y del Gran Asunción |
MONTOS TOTALES ÍTEM 1 PEDIÁTRICO
Monto Total Mínimo: Gs. 1.500.000.000.-
Monto Total Máximo: Gs. 3.000.000.000.-
MONTOS TOTALES ÍTEM 2 RECIÉN NACIDO
Monto Total Mínimo: Gs. 1.500.000.000.-
Monto Total Máximo: Gs. 3.000.000.000.-
MONTOS TOTALES ÍTEM 3 ADULTOS
Monto Total Mínimo: Gs. 1.500.000.000.-
Monto Total Máximo: Gs. 3.000.000.000.-
Especificaciones Técnicas Generales De Los Servicios Contemplados En El Servicio De Cama UTI Por Día De Internación:
Servicio de cuidados intensivos, incluye:
Honorarios profesionales: Coordinador médico de la UCI; Médicos de guardia; Enfermería; Fisioterapeuta; Especialistas (interconsultas) Limpieza;
Oxigenoterapia: 24 horas de oxígeno según requiera el paciente;
Medicamentos/Insumos y Descartables: no deberá exceder el precio establecido por DINAVISA y CAFAPAR y la provisión deberán ser inmediatas;
Estudios imagen: Los estudios serán plenamente realizados conforme a indicación del Coordinador médico de la UCI prestadora del Servicio y con autorización del auditor médico de la Dirección de Terapias Intensivas, el Coordinador de Auditorias Médicas de la Dirección de Terapias Intensivas o el Director de Terapias Intensivas, en los casos de que la prestadora subcontrate los servicios de imágenes, para el traslado de los pacientes se realizará con servicio de ambulancia a cargo de la prestadora de servicio, grilla anexa de servicios conexos.
Estudios de laboratorios: grilla anexa de servicios conexos, no deberá exceder el precio de los estudios a los precios establecidos por la sociedad de Bioquímicos del Paraguay;
Soporte Nutricional: Nutrición parenteral, Alimentación de paciente vía oral o enteral diaria. (Conforme a indicaciones médicas del Coordinador médico de la UCI y con autorización del Auditor Médico de la Dirección de Terapias Intensivas, el Coordinador de Auditorias Médicas de la Dirección de Terapias Intensivas o el Director de Terapias Intensivas.
Procedimientos quirúrgicos menores: la cotización del lote incluye sin ser limitativos, los siguientes conceptos, los que deberán ser proveídos por el prestador e incluidos dentro del precio ofertado:
Vía venosa central;
Vía venosa centralizada;
Colocación de Catéter de Hemodiálisis;
Traqueostomía Percutánea y Abierta;
Colocación de catéter de PIC;
Colocación de tubo de drenaje pleural;
Toilette quirúrgico;
Procedimientos quirúrgicos de Urgencia o Emergencia (con autorización del Auditor médico de la Dirección de Terapias Intensivas, el Coordinador de Auditorias Médicas de la Dirección de Terapias Intensivas o el Director de Terapias Intensivas) grilla anexa de servicios conexos; incluyendo los materiales:
Se enfatiza que el precio de cotización incluye sin ser limitativos, todos aquellos insumos, medicamentos y servicios adicionales que no hubiesen sido expresamente indicados, pero que puedan inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el servicio cotizado.
Hemoderivados: la administración de transfusiones de sangre y/o hemocomponentes cuando, según la condición del paciente corresponda, en todos los casos la sangre y/o hemocomponentes requeridos, serán proveídos por el prestador del servicio;
Internación cama terapia intensiva: incluye dispositivos para oxígeno, una cama hospitalaria articulada, eléctrica, colchón anti escaras, sala en general climatizada, ropa de cama, atención integral de los profesionales de salud, atención de enfermería que incluya las diferentes acciones a ejecutar tantos las propias de enfermería, como por ejemplo: curaciones, colocaciones de sonda, toma de muestra, exámenes específicos, administración de medicamentos vía S.C., I.M. o E.V., manejo de vía aérea, de vías venosas, etc. Por cada paciente garantizar un lugar o área de estar para acompañante de los pacientes a indicar por la prestadora del servicio., el no cumplimiento en el equipamiento de la unidad de terapia conforme a los requisitos de las especificaciones técnicas detalladas anteriormente y las que conforman la Sección III será de carácter excluyente.
Observación: para los casos cardiovasculares tener en cuenta:
Cateterismo-Diagnóstico Incluye: Honorarios profesionales; inyección de contraste intra-coronario; colocación de hasta 1 (un) Stent No Medicado; Hemodinamistas; Coordinador médico de la UCI; Médicos de guardia; Enfermería; Fisioterapeuta; Especialistas (interconsultas), insumos, y Limpieza;
El monto cotizado por 1 (un) día cama no deberá sobrepasar los precios establecidos como referencia a los aranceles de la Sociedad Paraguaya de Medicina Critica.
GRILLA ANEXA DE SERVICIOS CONEXOS
ÍTEM |
DESCRIPCIÓN |
Servicios de Cirugía |
|
1 |
Descubierta Venosa Pediátrica |
2 |
Vía Venosa Central y/o Centralizada (Yugular o Femoral) Pediátrico |
3 |
Vía Venosa Central y/o Centralizada (Yugular o Femoral) Neonato |
4 |
Vía Umbilical (Venosa o Arterial)Neonato |
5 |
Colocación de Tubo de Drenaje Pleural Pediátrico |
6 |
Colocación de Tubo de Drenaje Pleural Neonato |
7 |
Traqueotomía Pediátrico en modalidad abierta o percutánea. |
8 |
Colocación de Catéter de PIC In Situ Pediátrico |
9 |
Toilette In Situ |
10 |
Punción Pleural |
11 |
Punción Abdominal |
Servicios de Estudios Ecografías |
|
12 |
Ecografía abdominal completa |
13 |
Ecografía de tejidos blandos |
14 |
Ecografía pulmonar |
15 |
Ecografía Transfontanelar |
16 |
Electrocardiograma basal con informe |
17 |
Eco cardiografía |
18 |
Eco cardiografía Tras esofágica |
19 |
Doppler Arterial y/o Venosa |
20 |
Holter |
21 |
Ecoestress Dobutamina |
22 |
Endoscopia Digestiva Alta y baja con sedación |
Radiología |
|
23 |
Tórax P/A |
24 |
Tórax Lateral |
25 |
Abdomen A/P |
26 |
Columna L-S A/P y Lateral |
27 |
Columna Dorsal A/P y Lateral |
28 |
Columna Cervical A/P y Lateral |
29 |
Cráneo A/P y lateral |
30 |
Senos Paranasales MSP |
31 |
Senos Paranasales FNP |
32 |
Caderas A/P |
32 |
Pelvis A/P |
34 |
Fémur A/P y Lateral |
35 |
Rodilla A/P y Lateral |
36 |
Pierna A/P y Lateral |
37 |
Tobillo A/P y Lateral |
38 |
Pie A/P y Oblicuo |
39 |
Hombro A/P |
40 |
Humero A/P y Lateral |
41 |
Codo A/P y lateral |
42 |
Antebrazo A/P y Lateral |
43 |
Muñeca A/P y Lateral |
44 |
Mano A/P y Lateral |
45 |
Clavícula A/P |
Estudios de Imágenes Tomografías |
|
46 |
Tomografías en general, con y sin contraste. |
Estudios de Laboratorio |
|
47 |
Frotis de Sangre Periférica |
48 |
Hematocrito |
49 |
Hemoglobina |
50 |
Hemograma y eritrosedimentación |
51 |
Reticulocitos |
52 |
Grupo Sanguíneo y Factor RH |
53 |
Glucosa |
54 |
Urea |
55 |
Creatinina |
56 |
Ácido Úrico |
57 |
Lípidos Totales |
58 |
Colesterol Total |
59 |
Colesterol HDL |
60 |
Colesterol LDL |
61 |
Colesterol VLDL |
62 |
Triglicéridos |
63 |
GOT |
64 |
GPT |
65 |
Bilirrubina Total, Directa e Indirecta |
66 |
Fosfatasa Alcalina |
67 |
LDH |
68 |
C.P.K. Total |
69 |
C.P.K. MB |
70 |
Troponina T |
71 |
Troponina I |
72 |
Dímero D |
73 |
Gamma GT |
74 |
Amilasa |
75 |
Albúmina |
76 |
Proteínas Totales |
77 |
Hierro |
78 |
Cloruros |
79 |
Calcio |
80 |
Magnesio |
81 |
Na (Sodio) |
82 |
K (Potasio) |
83 |
Proteinuria 24 hs. |
84 |
Hemoglobina glicosilada |
85 |
B.N.P. |
86 |
Monotest |
87 |
Anfígenos Febriles |
88 |
Coombs Directo |
89 |
Antígeno NS1 de Dengue por inmunocromatografía |
90 |
Anticuerpos IgM e IgG contra Dengue por inmunocromatografía |
91 |
IgM Específica contra Dengue MAC ELISA |
92 |
Hisopado Nasofaríngeo para Influenza por inmunocromatografía |
93 |
Hisopado Nasofaríngeo para Virus Respiratorios por inmunofluorescencia |
94 |
Hisopado Nasofaríngeo para Sars Cov 2 por PCR. |
95 |
VDRL |
96 |
PCR |
97 |
Recuento de Plaquetas |
98 |
Tiempo de Coagulación |
99 |
Tiempo de Protrombina |
100 |
Tiempo de Sangría |
101 |
Tiempo parcial de tromb. Act. |
102 |
Fibrinógeno |
103 |
Retracción de coagulo |
104 |
Prueba del lazo |
105 |
Orina Simple y Sedimento |
106 |
Cultivo de Orina y antibiograma |
107 |
Análisis de orina Proteinuria 24hs. |
108 |
Líquido Cefalorraquídeo - Citoquímico y citológico |
109 |
Líquido Cefalorraquídeo - Cultivo y Antibiograma |
110 |
Hemocultivo en aerobiosis por muestra |
111 |
Hemocultivo en anaerobiosis por muestra |
112 |
Liquido Peritoneal - Citoquímico |
113 |
Liquido Peritoneal - Cultivo y Antibiograma |
114 |
Liquido Pleural - Citoquímico |
115 |
Liquido Pleural - Cultivo y Antibiograma |
116 |
Liquido Ascítico Citoquímico |
117 |
Liquido Ascítico - Cultivo y Antibiograma |
118 |
Liquido Articular Citoquímico |
119 |
Liquido Articular - Cultivo y Antibiograma |
120 |
Otras secreciones (cutáneas, vaginales, otica, ocular, faríngea) - Cultivo y antibiograma |
121 |
Otras secreciones (cutáneas, vaginales, otica, ocular, faríngea) Gasometría |
122 |
TSH |
123 |
FT3 |
124 |
FT4 |
125 |
Heces - Examen Parasitológico |
126 |
Heces - Sangre Oculta |
Servicios en General UTI CAMA/DÍA |
|
127 |
Servicio de Lectura / Informe de Imágenes Medicas |
128 |
Servicio de Angio-Tac / AngioResonancia |
129 |
Servicios de Ultrasonido Doppler |
130 |
Servicio de Colocación/Retiro de Yeso y Férula |
131 |
Servicio de drenaje de abscesos |
132 |
Servicio de fisioterapia |
133 |
Servicio de Enfermería |
134 |
Servicio de sala de recuperación |
135 |
Servicio de Luminoterapia |
136 |
Servicio de Incubadora |
137 |
Servicio de respirador |
138 |
Servicio de servocuna/cuna térmica |
139 |
Servicio de Consulta con Especialista |
140 |
Servicio de Internación en sala de terapia intensiva por día |
141 |
Servicio de Oxigenoterapia |
142 |
Servicio de Transfusión de sangre (incluye bolsa de sangre de transfusión y los test de laboratorio) |
143 |
Servicio de traslado en ambulancia para estudios |
FORMA Y REQUISITOS DE PRESTACIÓN DE LOS BIENES Y/ O SERVICIOS REQUERIDOS
El Prestador del Servicio pondrá a disposición del MSP y BS, el Hospital de su responsabilidad, con la estructura edilicia, el personal médico, paramédico, administrativo y la capacidad de cómo mínimo de 1 (una) cama instalada en ella, bajo los siguientes criterios:
UBICACIÓN GEOGRÁFICA: La ubicación geográfica del Establecimiento de Salud debe ser dentro de la Zona de Asunción y del Gran Asunción
RECURSOS HUMANOS
Se deberá presentar la nómina de profesionales a desempeñarse en las UTI conforme a los lotes ofertados de acuerdo a la siguiente descripción:
Todos los profesionales, personal de apoyo y limpieza de los Servicios de Unidades de Terapia Intensiva, deben estar vacunados de conformidad con la legislación vigente.
El listado de personal de las Unidades de Terapia Intensiva, presentado por los oferentes para este llamado, estará sujeto a una evaluación por parte de representantes de la Dirección de Terapias Intensivas a fin de constatar el cumplimiento de las documentaciones que acrediten las ofertas realizadas conforme a las EETT y que acreditan su funcionamiento como Hospitales de Nivel 3 y que cuentan con área de Terapia Intensiva habilitadas.
REQUISITOS TÉCNICOS GENERALES DE LA UNIDAD DE TERAPIA
EQUIPOS DE LA UNIDAD DE TERAPIA INTENSIVA
Los equipos utilizados en cada Unidad, deben contar con una antigüedad máxima de 10 años, además deberán presentar una certificación al día emitida por empresas habilitadas para realizar mantenimiento preventivo y/o correctivo de dichos, constatables durante la Supervisión del Comité evaluador, que estará integrada por un representante del órgano competente, la Dirección de Biomédica dependiente de la Dirección General de Insumos Estratégicos del MSP y BS.
El Servicio de Unidad de Terapia Intensiva debe tener disponible en la unidad:
El Hospital Prestador deberá contar con Unidad de Terapia Intensiva con capacidad para por lo menos 1 (un) paciente. El Prestador deberá demostrar que los Servicios de Terapia Intensiva se encuentran plenamente operativos, habilitados y certificados por la Dirección de Establecimientos de Salud y afines del MPS y BS y la SUPERINTENDENCIA de SALUD.
La Dirección de Terapias Intensivas podrá realizar controles de las instalaciones y de las prestaciones médicas del servicio de la unidad de terapia intensiva las veces que considere necesario durante la ejecución del contrato.
INICIO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO: El inicio de la prestación será inmediato a la firma del contrato y el servicio será realizado por el plazo establecido en el contrato.
GARANTÍA DEL SERVICIO: El proveedor deberá garantizar la prestación permanente del servicio, la cual no debe ser interrumpida por ningún motivo de contingencia. La prestación del servicio deberá incluir todos aquellos ítems que no hubieran sido expresamente indicados, pero que puedan inferir razonablemente en dicho contrato para satisfacer la prestación. El Servicio a prestar debe estar ubicado en la zona de influencia de Asunción y del Gran Asunción de la República del Paraguay.
ACCESO A RECURSOS ASISTENCIALES: Los Establecimientos de Salud que tengan Unidades de Terapia Intensiva a presentarse para este llamado deben disponer o garantizar el acceso en tiempo real, las 24 horas que se preste el servicio los siguientes recursos asistenciales, diagnósticos y terapéuticos, específicos para el grupo etario asistido (Adulto, Pediátrico y Neonatal):
Conforme a la grilla de SERVICIOS CONEXOS.
El compromiso contractual entre el MPS y BS y el Prestador del servicio implica la disponibilidad efectiva de la cantidad de camas adjudicadas para la prestación del servicio, al momento del requerimiento por parte de nuestra Entidad.
SERVICIO DE TRASLADO DE PACIENTES
Ambulancias: Cuando se requiera del uso de Ambulancia para el traslado de pacientes hasta el Hospital Prestador del Servicio, bajo el contrato firmado, se realizará en ambulancias del SEME tanto para el ingreso al hospital de la prestadora del servicio como al egreso del paciente siempre y cuando deba continuar su tratamiento en un Hospital que corresponda a la Red de Hospitales de Salud Pública.
Los Pacientes serán remitidos al Prestador del servicio mediante documentación denominada Orden de Internación emitida por el DTI-MSPYBS dentro de las primeras 24 horas de la confirmación del traslado al hospital prestador del servicio y además deberá ir al momento del ingreso del paciente el Informe de Traslado del Hospital Público elaborado por el Hospital de origen junto con la FICHA DE TRASLADO DE PACIENTE emitida por SEME, todas estas correctamente firmadas y selladas y la Conformidad de los padres o responsables del paciente se corroborará la firma en la FICHA DE TRASLADO DE PACIENTE. Dichas documentaciones serán requisito indispensable para la presentación de los pedidos de pago correspondientes, sin las mismas los pedidos no serán procesados. El prestador no podrá, bajo ningún concepto, admisionar a pacientes por esta licitación sin los requisitos aprobados por el Director de la Dirección de Terapias Intensivas y demás documentos requeridos conforme a las CGC.
Las solicitudes para los estudios auxiliares de diagnóstico y otros estudios específicos en los ÍTEMS NO CONTEMPLADOS en las especificaciones técnicas deberán estar plenamente indicadas y justificadas según diagnóstico y evolución de la patología, para ser derivadas y realizadas en la red de servicios de salud del MSP y BS y bajo autorización del Auditor Médico de la Dirección de Terapias Intensivas, el Coordinador de Auditorias Médicas de la Dirección de Terapias Intensivas o el Director de Terapias Intensivas.
En caso de que el Sistema Público cuente nuevamente con disponibilidad de camas UTI y de que la situación clínica del paciente internado en la UTI del Prestador de Servicio lo amerite, el Auditor Médico de la Dirección de Terapias Intensivas podrá disponer el traslado del paciente a los Servicios de Salud del MSP y BS, con la anuencia del Coordinador de la UTI del Prestador de Servicio, teniendo en cuenta que es el responsable del tratamiento médico.
Las derivaciones serán realizadas de acuerdo a las necesidades desde los centros asistenciales de la Red de Salud del MPS y BS.
Aquellos pacientes cuya patología y gravedad requieran de asistencia de mayor complejidad, serán trasladados a los centros asistenciales de la Red de Salud del MPS y BS, según necesidad y bajo autorización del Auditor Médico de la Dirección de Terapias Intensivas, el Coordinador de Auditorias Médicas de la Dirección de Terapias Intensivas o el Director de Terapias Intensivas.
DE LA HOSPITALIZACIÓN
Los estudios auxiliares de diagnóstico comprendidos en el Listado: Laboratorios, Procedimientos Terapéuticos estrictamente necesarios deben estar acordes con la patología y gravedad del paciente. Las solicitudes para los estudios auxiliares de diagnóstico y otros estudios específicos deberán estar plenamente indicadas y justificadas según diagnóstico y evolución de la patología.
Remisión de informe de ocupación y disponibilidad de camas con una frecuencia de 3 veces por día incluido sábados y domingos (08:00, 14:00 y 18:00) las Altas según se fueran sucediendo, reportado a la Coordinación Administrativa de la Dirección de Terapias Intensivas, Departamento de Servicios Social de la Dirección de Terapias Intensivas (La línea habilitada de la Dirección de Terapias Intensivas: 021 204645) y a SEME vía correo electrónico y/o fax que serán proporcionados una vez iniciada la ejecución del contrato. Para dar cumplimiento a este apartado será obligatoria la implementación de la siguiente Planilla:
(Membrete de la prestadora del servicio) Reporte de Ocupación de Camas
Observación: camas disponible _______siendo las __:__ hs.
___________________________________________ Firma del Responsable de la prestadora del servicio |
OBS.: Se deberá reportar como la ocupación de camas de forma correlativa en forma de listado completo, los datos de pacientes ingresados con sus egresos correspondientes, detalle de hora, sin omitir ningún dato de forma correlativa a su ingreso, los cuales se tendrán en cuenta al momento de la recepción de los expedientes para pago de acuerdo a la fecha de egreso del mismo a los fines de realizar el control de la facturación y presentación a la Dirección de Terapias Intensivas, en ningún caso podrá sobrepasar los 10 (diez) días hábiles del egreso del paciente, los casos que ameriten un análisis deberán ser comunicados nota mediante a la Dirección de la Dirección de Terapias Intensivas para su evaluación.
ÍTEMS NO CONTEMPLADOS
La provisión de medicamentos e insumos, se realizará de acuerdo a lo solicitado por parte de los profesionales médicos del Hospital Prestador de manera inmediata y sin demora a fin de proporcionar el correcto tratamiento médico al paciente, en estos casos citados en los ítems referenciados como medicamentos de alto costo estará sujeto a la disponibilidad en la existencia de la Dirección General de Insumos Estratégicos en Salud del MSP y BS. Todos los medicamentos e insumos utilizados deberán estar contenidos en los Cuadros Básicos Institucionales de Medicamentos e Insumos aprobados por DINAVISA y CAFAPAR.
Todas aquellas situaciones no contempladas serán evaluadas por la Dirección de Terapias Intensivas del MSPBS, y remitida para su correspondencia ante la Dirección General de Asesoría Jurídica del MSPyBS para su dictamen, a fin de llegar a una compensación de acuerdo a aranceles ya sea de la Sociedad Paraguaya de Médicos y de otras entidades normativas según corresponda.
BIOSEGURIDAD
SEGURIDAD DEL PACIENTE
La Unidad de Terapia Intensiva debe contar con:
Los domisanitarios para uso hospitalario y los productos usados en los procesos de limpieza y desinfección deben ser utilizados según las especificaciones del fabricante y deben estar autorizados por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria DNVS.
La Unidad de Terapia Intensiva debe adoptar medidas sistemáticas para la prevención y control de infecciones y eventos adversos.
Los equipos de las Unidades de Terapia Intensiva deben:
Para el control del cumplimiento de lo referido el auditor médico de la Dirección de Terapias Intensivas deberá tener acceso a la documentación de control de las buenas prácticas de la terapia intensiva, así como a la visualización in situ de los insumos del tipo domisanitarios utilizados, a fin de realizar la verificación correspondiente y velar por el cumplimiento de los puntos citados en el presente apartado de seguridad del paciente.
EVALUACIÓN DE PROCESOS ASISTENCIALES Y DE RESULTADOS
PAUTAS ESPECIALES A TENER EN CUENTA AL MOMENTO DE LA FACTURACIÓN:
La dependencia requirente es la Dirección de Terapias Intensivas del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
La necesidad a satisfacer es la atención de pacientes que requieren ingresar a la Unidad de Cuidados Intensivos, que hayan ingresado por el sistema público y comunicada la solicitud por un médico de la red pública del MSP y BS y Hospital de Clínicas al servicio de Servicio de Emergencias Médicas Extrahospitalarias (SEME) 141, esto implica, de admisión y derivación por el sistema público.
La planificación se realiza con intervalos regulares de tiempo o con cierta frecuencia, de acuerdo a la disponibilidad de saldo del contrato.
Las especificaciones técnicas se elaboraron conforme a la cualidad, circunstancia y capacidad, que permita brindar atención o servicio estandarizado a los pacientes ingresados.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo con el plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
(Indicar el N°) |
(Indicar la descripción de los bienes) |
(Insertar la cantidad de bienes a proveer) |
(Indicar la unidad de medida de los bienes |
(Indicar el nombre del lugar) |
(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s) |
|
|
|
|
|
|
Ítem |
Descripción del servicio |
Cantidad |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
1, 2 y 3 |
Servicios tercerizados de terapia intensiva para recién nacido, pediátrico y adultos |
1 |
Día |
El inicio de la prestación será inmediato a la firma del contrato y el servicio será realizado por el plazo establecido en el contrato. El Servicio a prestar debe estar ubicado en la zona de influencia de Asunción y del Gran Asunción de la República del Paraguay. |
Hasta la vigencia del Contrato
|
CONDICIONES DE ENTREGA:
Las Órdenes de Servicio serán emitidas por el DEPARTAMENTO DE EJECUCIÓN DE CONTRATOS DE LA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCIÓN DE TERAPIAS INTENSIVAS DEL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR SOCIAL.
LUGAR DE ENTREGA O REMISIÓN DE PACIENTE AL SERVICIO DE TERAPIA INTENSIVA:
Servicio de Terapia Intensiva de los Proveedores, constituyéndose el traslado y/o derivación de pacientes únicamente coordinado por el sistema de referencia y contra referencia regulado por el Servicio de Emergencia Médica Extra Hospitalaria (SEME), en coordinación con la Dirección de Terapias Intensivas, ambos dependientes del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
El traslado de paciente será gerenciado por el Médico Regulador del SEME, en coordinación con el Coordinador de Auditorias Médicas de la Dirección de Terapias Intensivas o el Director de la Dirección de Terapias Intensivas del MSP y BS, quienes coordinarán la transferencia a un Servicio Privado, siempre y cuando no exista lugar en los Hospitales de la Red Pública.
El traslado estará condicionado a la emisión de la confirmación de no disponibilidad de cama que será emitida por el Centro Regulador del SEME denominado el formulario como FICHA DE TRASLADO DE PACIENTE, y refrendada por el Médico Regulador de turno al momento de la derivación del mismo.
Los pacientes que son trasladados al Servicio de Terapias Intensivas de la Contratista, deberán ser contra referidos a través de SEME, a Hospitales dependientes del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social u otros del Sub Sector Público; siendo éstos de carácter prioritario al momento de la remisión a las Unidades de Terapias Intensivas dentro del Sistema Público.
A continuación se expone el FLUJOGRAMA DE DERIVACION DE PACIENTES:
CONDICIONES DE ENTREGA:
Para el Ingreso de los pacientes al Servicio de Terapia Intensiva de los Sanatorios y Hospitales adjudicados, se deberá contar con la documentación y procedimientos detallados a continuación:
POR PARTE DE LA CONTRATANTE
En caso de que un paciente en Capital o Gran Asunción requiera de UTI y solo haya disponibilidad de cama en el Sistema Público a más de 60 km. de distancia, el Coordinador de Regulación Médica del SEME conjuntamente con el Director de la Dirección de Terapias Intensivas, procederán a evaluar el cuadro clínico del paciente, referido por el Médico Tratante, de manera a determinar los criterios clínicos para un traslado apropiado. En caso de que el paciente no cuente con criterios de traslado para una distancia mayor a la establecida más a arriba y de manera a salvaguardar la vida del paciente, será derivado al Hospital Privado más cercano (Prestador del Servicio de la presente contratación). Para el efecto el Coordinador Médico de SEME y el Director de la Dirección de Terapias Intensivas deberán dejar constancia de este hecho en el apartado Observación de la FICHA DE TRASLADO elaborada por SEME. En el caso durante el tratamiento e internación bajo este contrato, se constate en el Sistema público de servicios de terapias intensivas la disponibilidad de camas, se dará prioridad a la reincorporación del paciente a los hospitales públicos siempre y cuando el cuadro patológico/clínico del paciente permita su traslado y que la misma permita referir al Hospital de Origen o cercano al Hospital de Origen del paciente atendido bajo este contrato, todo esto comunicado por el Coordinador de la prestadora del Servicio, confirmado los datos por el sistema de SEME 141 Médico Regulador de SEME y bajo autorización del Auditor Medico de la Dirección de Terapias Intensivas, el Coordinador de Auditoria Médica de la Dirección de Terapias Intensivas y el Director de la Dirección de Terapias Intensivas.
En cuanto a la toma de datos, se realizará una visita in situ para la entrevista correspondiente en el Hospital prestador del servicio para la correspondiente identificación de los familiares y/o acompañantes del paciente para así realizar la correcta captación de la información de los mismos. Las visitas serán programadas por el/la Jefe/a de la Unidad de Servicio Social, una vez que sean presentadas las documentaciones dentro de un plazo no mayor a los 2(dos) días de la internación, para lo cual se deberá indicar una oficina para realizar la entrevista.
En caso de que se cuente con alguna dificultad para la elaboración de la Ficha Social (que el paciente no cuente con familiares presentes durante la visita) o se detecte alguna irregularidad en cuanto a las documentaciones proporcionadas durante la visita de Servicio Social de la Dirección de Terapias Intensivas, se emitirá un INFORME a la Dirección de la Dirección de Terapias Intensivas.
POR PARTE DE LA CONTRATISTA
BENEFICIARIOS DEL SERVICIO OBJETO DE ESTA CONTRATACIÓN
En casos excepcionales y a los efectos de salvaguardar la vida de los pacientes que cuenten con Seguro del IPS se procederá de la siguiente manera:
CONDICIONES PARA EL INGRESO AL SERVICIO OBJETO DE ESTA CONTRATACIÓN
Pacientes que hayan ingresado por el sistema público y comunicada la solicitud por un médico de la red pública del MSP y BS y Hospital de Clínicas al servicio de SEME 141, esto implica, de admisión y derivación por el sistema público
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indican a continuación:
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación: se realizarán in situ en la Unidad de Terapia Intensiva.
El Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social designará al Auditor Médico de la Dirección de Terapias Intensivas, el cual será responsable de realizar el seguimiento in situ del estado de cada paciente derivado al Centro Asistencial Contratista, de manera que el mismo informe tanto sobre los tratamientos realizados al paciente como las condiciones efectuadas; quien será responsable de emitir un Informe médico de correspondencia del tratamiento. El Informe deberá contar indefectiblemente con la firma, sello y Nº de Registro Profesional vigente del Auditor Médico designado
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será:
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será: Orden de Servicio/Ficha o Informe de la Dirección de Terapia Intensiva.
Las Cantidades y Montos Mínimos adjudicadas: serán solicitadas según necesidad.
Las Cantidades y Montos Máximos adjudicadas: serán solicitadas según necesidad.
Frecuencia: según necesidad.
Planificación de indicadores de cumplimiento: ÍTEMS 1, 2 Y 3.
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Orden de Servicio / Ficha o Informe de la DTI (n) |
Informe / Acta de recepción |
Según necesidad del Servicio |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
1. Personas Físicas / Jurídicas |
a) Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos; |
b) Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos; |
c) Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social; |
d) Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS; |
e) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación. |
f) Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la firma del contrato. |
2. Documentos. Consorcios |
a) Cada integrante del consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes. |
b) Original o fotocopia del consorcio constituido. |
c) Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio. |
d) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación. |