A fojas 27 y 28/352 del PBC, la Convocante establece algunas cuestiones sobre las cuales necesitamos aclaración. Transcribimos a continuación los párrafos en cuestión, consultando a continuación de cada uno de ellos.-
Luego de la entrega de las unidades, los trabajos realizados contarán con una garantía de 6 (seis) meses o 30.000 kilómetros. Si dentro de este período surgieran desperfectos en las tareas realizadas, se solicitara la re ejecución del servicio nuevamente, a cuenta y cargo del proveedor.
Al respecto, nos gustaría hacer notar a la Convocante que no en todos los sistemas se puede extender semejante garantía. La reparación de un motor, normalmente tiene una garantía de 6 meses o 10.000 kmts, lo que 1ero ocurra. El sistema de suspensión no puede tener mas de 3 meses de garantía, en el entendimiento del alto uso institucional de los rodados y del pésimo estado de las calles asuncenas y de toda el área metropolitana. Por este motivo, nos tomamos el atrevimiento de plantear la cuestión de la garantía a la Convocante, en la siguiente tabla:
Luego de la entrega de las unidades, los trabajos realizados contarán con una garantía conforme al siguiente detalle:
Reparación Completa de Motor, garantía de 6 (seis) meses o 10.000 kilómetros, lo que primero ocurra.
Reparación de Caja, Transmisión, Reductora, garantía de 6 (seis) meses o 10.000 kilómetros, lo que primero ocurra.
Reparación de Freno, embrague, suspensión, dirección hidráulica, garantía de 3 (tres) meses.
Modificar las bases del llamado en tal sentido, será una disminución a las barreras de entrada a la participación al presente llamado, ya que una exigencia desmedida de 6 meses o 30.000 kilometros para un trabajo del sistema de frenos por ejemplo, es técnicamente inaplicable y lógicamente casi un absurdo.
A fojas 27 y 28/352 del PBC, la Convocante establece algunas cuestiones sobre las cuales necesitamos aclaración. Transcribimos a continuación los párrafos en cuestión, consultando a continuación de cada uno de ellos.-
Luego de la entrega de las unidades, los trabajos realizados contarán con una garantía de 6 (seis) meses o 30.000 kilómetros. Si dentro de este período surgieran desperfectos en las tareas realizadas, se solicitara la re ejecución del servicio nuevamente, a cuenta y cargo del proveedor.
Al respecto, nos gustaría hacer notar a la Convocante que no en todos los sistemas se puede extender semejante garantía. La reparación de un motor, normalmente tiene una garantía de 6 meses o 10.000 kmts, lo que 1ero ocurra. El sistema de suspensión no puede tener mas de 3 meses de garantía, en el entendimiento del alto uso institucional de los rodados y del pésimo estado de las calles asuncenas y de toda el área metropolitana. Por este motivo, nos tomamos el atrevimiento de plantear la cuestión de la garantía a la Convocante, en la siguiente tabla:
Luego de la entrega de las unidades, los trabajos realizados contarán con una garantía conforme al siguiente detalle:
Reparación Completa de Motor, garantía de 6 (seis) meses o 10.000 kilómetros, lo que primero ocurra.
Reparación de Caja, Transmisión, Reductora, garantía de 6 (seis) meses o 10.000 kilómetros, lo que primero ocurra.
Reparación de Freno, embrague, suspensión, dirección hidráulica, garantía de 3 (tres) meses.
Modificar las bases del llamado en tal sentido, será una disminución a las barreras de entrada a la participación al presente llamado, ya que una exigencia desmedida de 6 meses o 30.000 kilometros para un trabajo del sistema de frenos por ejemplo, es técnicamente inaplicable y lógicamente casi un absurdo.
Remitirse a la Versión N° 3 del Pliego de Bases y Condiciones.
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FACTURAS DE REPUESTOS
Cuando la Convocante así lo requiera el taller adjudicado deberá presentar copias Autenticadas u Originales de las facturas de los repuestos adquiridos. Conforme requerimiento de la Convocante los repuestos reemplazados deberán ser remitidos al administrador del Contrato, conjuntamente con un informe, donde se deberá detallar la pieza reemplazada, la fecha, número de serie y de pieza conjuntamante con el kilometraje del vehículo y datos de la factura del repuesto.
Otras Condiciones, Los repuestos cambiados deberán ser entregados, a la persona encargada de retirar el móvil de la firma adjudicada
Las bases del llamado establecen claramente la obligatoriedad para el adjudicado de permitir cuantos controles sean necesarios por parte de los funcionarios de la fiscalía, pues imperativamente establece cuanto sigue transcribo textualmente la obligación referida El contratante podrá fiscalizar los servicios solicitados en las órdenes de servicio mediante funcionarios asignados por la dirección de transporte. Para el efecto el taller adjudicado deberá permitir la fiscalización de los trabajos durante su ejecución.
Claramente las bases del llamado otorgan dicha atribución a los funcionarios designados por el departamento de transporte, consecuentemente solicitamos a la Convocante eliminar la obligatoriedad de presentar copias de facturas de repuestos adquiridos, así como la remisión al administrador del contrato, junto con informe donde se requieran datos de cualquier índole o de entregar a tal o cual persona los repuestos reemplazados. Esta burocracia es impracticable y lejos de ayudar a la celeridad en lo importante la pronta solución del malfuncionamiento mecánico de la flota atentan contra la rapidez debida, pues requerir papeles, informes, copias, etc. enlentecen todo el proceso, distraen de lo importante al adjudicado y no tiene fundamento lógico ni razonable pues el administrador del contrato puede tener un funcionario asignado permanentemente al taller también si así lo quisiese, pues las bases del llamado así lo establecen. En carácter de ruego solicitamos a la Convocante la remoción de tan absurdos requerimientos.
Cuando la Convocante así lo requiera el taller adjudicado deberá presentar copias Autenticadas u Originales de las facturas de los repuestos adquiridos. Conforme requerimiento de la Convocante los repuestos reemplazados deberán ser remitidos al administrador del Contrato, conjuntamente con un informe, donde se deberá detallar la pieza reemplazada, la fecha, número de serie y de pieza conjuntamante con el kilometraje del vehículo y datos de la factura del repuesto.
Otras Condiciones, Los repuestos cambiados deberán ser entregados, a la persona encargada de retirar el móvil de la firma adjudicada
Las bases del llamado establecen claramente la obligatoriedad para el adjudicado de permitir cuantos controles sean necesarios por parte de los funcionarios de la fiscalía, pues imperativamente establece cuanto sigue transcribo textualmente la obligación referida El contratante podrá fiscalizar los servicios solicitados en las órdenes de servicio mediante funcionarios asignados por la dirección de transporte. Para el efecto el taller adjudicado deberá permitir la fiscalización de los trabajos durante su ejecución.
Claramente las bases del llamado otorgan dicha atribución a los funcionarios designados por el departamento de transporte, consecuentemente solicitamos a la Convocante eliminar la obligatoriedad de presentar copias de facturas de repuestos adquiridos, así como la remisión al administrador del contrato, junto con informe donde se requieran datos de cualquier índole o de entregar a tal o cual persona los repuestos reemplazados. Esta burocracia es impracticable y lejos de ayudar a la celeridad en lo importante la pronta solución del malfuncionamiento mecánico de la flota atentan contra la rapidez debida, pues requerir papeles, informes, copias, etc. enlentecen todo el proceso, distraen de lo importante al adjudicado y no tiene fundamento lógico ni razonable pues el administrador del contrato puede tener un funcionario asignado permanentemente al taller también si así lo quisiese, pues las bases del llamado así lo establecen. En carácter de ruego solicitamos a la Convocante la remoción de tan absurdos requerimientos.
Dicho requerimiento se ha establecido a fin de garantizar y precautelar los bienes de la Institución, por tanto, consideramos valido el requerimiento y nos mantenemos en lo solicitado.
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CAPACIDAD TÉCNICA
Donde dice "Contar con (01) grúa y/o tráiler propio para el traslado de vehículos, equipado para realizar, de manera segura y en conformidad a las leyes de tránsito, los servicios de grúa, remolque y traslado de los rodados del Ministerio Publico, ante inconvenientes mecánicos de éstos, en todo el país. Esta grúa y/o tráiler para el traslado de vehículos debe ser de propiedad del oferente y estar a plena disposición de la contratante al momento que esta lo requiera, sean días hábiles o feriados, las 24 hs del día, los 365 días del año".
Dicho requisito implica tener una grúa/tráiler propio para uso exclusivo del Ministerio Público, dejando de lado a otros clientes del contratista por el trato prioritario y exclusivo exigido, lo cual no se justifica según el objeto del llamado.
Además, por lo general los vehículos de las instituciones públicas cuentan con seguro privado, el cual incluye cobertura de servicio de grúa.
Por lo expuesto, teniendo en cuenta que el servicio de grúa no es el objeto principal del llamado, favor permitir la presentación de un contrato de servicio de grúa tercerizado con cobertura a nivel nacional las 24 horas, 365 días del año.
Tener en cuenta que el Art. 20 de la Ley 2051/03 establece que no se pueden incluir condiciones que no resulten técnicamente indispensables si con ello se restringe la participación de potenciales oferentes.
Donde dice "Contar con (01) grúa y/o tráiler propio para el traslado de vehículos, equipado para realizar, de manera segura y en conformidad a las leyes de tránsito, los servicios de grúa, remolque y traslado de los rodados del Ministerio Publico, ante inconvenientes mecánicos de éstos, en todo el país. Esta grúa y/o tráiler para el traslado de vehículos debe ser de propiedad del oferente y estar a plena disposición de la contratante al momento que esta lo requiera, sean días hábiles o feriados, las 24 hs del día, los 365 días del año".
Dicho requisito implica tener una grúa/tráiler propio para uso exclusivo del Ministerio Público, dejando de lado a otros clientes del contratista por el trato prioritario y exclusivo exigido, lo cual no se justifica según el objeto del llamado.
Además, por lo general los vehículos de las instituciones públicas cuentan con seguro privado, el cual incluye cobertura de servicio de grúa.
Por lo expuesto, teniendo en cuenta que el servicio de grúa no es el objeto principal del llamado, favor permitir la presentación de un contrato de servicio de grúa tercerizado con cobertura a nivel nacional las 24 horas, 365 días del año.
Tener en cuenta que el Art. 20 de la Ley 2051/03 establece que no se pueden incluir condiciones que no resulten técnicamente indispensables si con ello se restringe la participación de potenciales oferentes.
Remitirse a la Versión N° 3 del Pliego de Bases y Condiciones
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CAPACIDAD TÉCNICA
Donde dice "Contar con (01) grúa y/o tráiler propio para el traslado de vehículos, equipado para realizar, de manera segura y en conformidad a las leyes de tránsito, los servicios de grúa, remolque y traslado de los rodados del Ministerio Publico, ante inconvenientes mecánicos de éstos, en todo el país. Esta grúa y/o tráiler para el traslado de vehículos debe ser de propiedad del oferente y estar a plena disposición de la contratante al momento que esta lo requiera, sean días hábiles o feriados, las 24 hs del día, los 365 días del año".
Dicho requisito implica tener una grúa/tráiler propio para uso exclusivo del Ministerio Público, dejando de lado a otros clientes del contratista por el trato prioritario y exclusivo exigido, lo cual no se justifica según el objeto del llamado.
Además, por lo general los vehículos de las instituciones públicas cuentan con seguro privado, el cual incluye cobertura de servicio de grúa.
Por lo expuesto, teniendo en cuenta que el servicio de grúa no es el objeto principal del llamado, favor permitir la presentación de un contrato de servicio de grúa tercerizado con cobertura a nivel nacional las 24 horas, 365 días del año.
Tener en cuenta que el Art. 20 de la Ley 2051/03 establece que no se pueden incluir condiciones que no resulten técnicamente indispensables si con ello se restringe la participación de potenciales oferentes.
Donde dice "Contar con (01) grúa y/o tráiler propio para el traslado de vehículos, equipado para realizar, de manera segura y en conformidad a las leyes de tránsito, los servicios de grúa, remolque y traslado de los rodados del Ministerio Publico, ante inconvenientes mecánicos de éstos, en todo el país. Esta grúa y/o tráiler para el traslado de vehículos debe ser de propiedad del oferente y estar a plena disposición de la contratante al momento que esta lo requiera, sean días hábiles o feriados, las 24 hs del día, los 365 días del año".
Dicho requisito implica tener una grúa/tráiler propio para uso exclusivo del Ministerio Público, dejando de lado a otros clientes del contratista por el trato prioritario y exclusivo exigido, lo cual no se justifica según el objeto del llamado.
Además, por lo general los vehículos de las instituciones públicas cuentan con seguro privado, el cual incluye cobertura de servicio de grúa.
Por lo expuesto, teniendo en cuenta que el servicio de grúa no es el objeto principal del llamado, favor permitir la presentación de un contrato de servicio de grúa tercerizado con cobertura a nivel nacional las 24 horas, 365 días del año.
Tener en cuenta que el Art. 20 de la Ley 2051/03 establece que no se pueden incluir condiciones que no resulten técnicamente indispensables si con ello se restringe la participación de potenciales oferentes.
Remitirse a la Versión N° 3 del Pliego de Bases y Condiciones
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CAPACIDAD TÉCNICA LOTES 1 AL 7
Se requiere: Pluma de 4 toneladas como mínimo, una unidad, y Arco levanta motor (soporte de aparejo) para 2 ton. una unidad.
Favor aceptar de forma alternativa a las herramientas citadas contar con Barra de Soporte / Elevador de motores, ya que el mismo cumple la misma función que el Arco, siendo más práctico en cuanto a espacio y también sirve para desmontaje de cajas de transmisión. Además se solicita una Pluma, que en conjunto con la barra de soporte equivalen a un Arco levanta motor.
Favor tener en cuenta que son muy pocos los talleres que aun utilizan el arco levanta motor por el espacio que ocupa y por no ser una herramienta funcional con otras aplicaciones más que levantar el motor, siendo la barra de soporte una herramienta más moderna y actual.
Se requiere: Pluma de 4 toneladas como mínimo, una unidad, y Arco levanta motor (soporte de aparejo) para 2 ton. una unidad.
Favor aceptar de forma alternativa a las herramientas citadas contar con Barra de Soporte / Elevador de motores, ya que el mismo cumple la misma función que el Arco, siendo más práctico en cuanto a espacio y también sirve para desmontaje de cajas de transmisión. Además se solicita una Pluma, que en conjunto con la barra de soporte equivalen a un Arco levanta motor.
Favor tener en cuenta que son muy pocos los talleres que aun utilizan el arco levanta motor por el espacio que ocupa y por no ser una herramienta funcional con otras aplicaciones más que levantar el motor, siendo la barra de soporte una herramienta más moderna y actual.
Remitirse a la Versión N° 3 del Pliego de Bases y Condiciones
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Requerimientos
Solicitamos a la convocante la extracción de la Declaración Jurada de listado de personal, acompañado de planilla de IPS, Por que no contamos con ese documento debido a que somos del interior y este año no hubo esa clase de capacitaciones.
Solicitamos a la convocante la extracción de la Declaración Jurada de listado de personal, acompañado de planilla de IPS, Por que no contamos con ese documento debido a que somos del interior y este año no hubo esa clase de capacitaciones.
Se aclara que el requerimiento exigido por esta convocante con respecto a la presente consulta, fue realizada a los efectos de que la convocante precautele la correcta ejecución de los servicios objeto de la licitación de Mantenimiento para Vehículos del Ministerio Público, a fin de que efectivamente la convocante compruebe la capacitación del personal, en ese sentido, el P.B.C refiere: - Declaración Jurada de listado de personal que posee el Oferente, acompañado de planilla de IPS, Curriculum Vitae y certificado de capacitación siendo aceptables institutos con reconocimiento oficial (SNPP, MEC y SINAFOCAL) no estableciendo periodo alguno con respecto a la vigencia de los certificados y/o capacitaciones.
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Capacitaciones
Referente a la Declaración de listado de Personal acompañado de planilla del IPS , currículo vitae y certificado de capacitación siendo aceptables institutos con reconocimiento oficial (SNPP, MEC Y SINAFOCAL) Pedimos tener en consideración lo de las capacitaciones para omitir dicho punto debido a que somos un taller del interior y por ende no existe esas clases de capacitaciones.
Referente a la Declaración de listado de Personal acompañado de planilla del IPS , currículo vitae y certificado de capacitación siendo aceptables institutos con reconocimiento oficial (SNPP, MEC Y SINAFOCAL) Pedimos tener en consideración lo de las capacitaciones para omitir dicho punto debido a que somos un taller del interior y por ende no existe esas clases de capacitaciones.
Se aclara que el requerimiento exigido por esta convocante con respecto a la presente consulta, fue realizada a los efectos de que la convocante precautele la correcta ejecución de los servicios objeto de la licitación de Mantenimiento para Vehículos del Ministerio Público, a fin de que efectivamente la convocante compruebe la capacitación del personal.