El suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
ÍTEM
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DESCRIPCION DEL BIEN
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ESPECIFICACIONES TECNICAS
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PRESENTACION
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UNIDAD DE MEDIDA
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1
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EQUIPOS DE SEGURIDAD
DE RED DE FIREWALL
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Adquisición de Firewall de Borde
Para establecimientos de Salud de MSPBS
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UNIDAD
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UNIDAD
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Cantidad: 145 (ciento cuarenta y cinco)
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Marca - Especificar
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Modelo - Especificar
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Numero de Parte - Especificar
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Procedencia - Especificar
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Equipo tipo Firewall de Próxima Generación (NGFW) - Exigido
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El dispositivo debe estar catalogado como un appliance de seguridad.
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La solución deberá ser rackeable en racks estándar de 19, con los que ya cuenta la entidad.
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Deberá contar mínimamente con 4 (cuatro) interfaces GbE RJ45, 2 (dos) interfaces SFP (1Gbps) y debe tener una interfaz dedicada para administración.
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Deberá tener la capacidad de ampliación de interfaces a un mínimo de 8 Interfaces adicionales GbE RJ45. De ya contar con la cantidad total de interfaces (12) se considerará este punto como cumplido -
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Deberá poseer una capacidad de Almacenamiento de al menos 120 GB en estado sólido.
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Gigabit Ethernet RJ45 y SFP.
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Interfaz web a través de https, además debe soportar una interfaz CLI mediante conexiones SSH.
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El sistema operativo de la solución ofertada debe ser de propósito específico y no uno de uso genérico, es decir un SO desarrollado por el fabricante de la solución.
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Deberá permitir la configuración de perfiles de administración, los cuales permitirán la limitación de funciones que pueden ser gerenciados.
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Deberá soportar SNMP v2 y v3, Syslog remoto.
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La solución deberá soportar un agendado de backup de sus configuraciones y debe poder programarse el envío de dicho backup de manera automática a un repositorio local, FTP o vía email.
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La solución deberá tener capacidad de integrarse con servidores Radius o LDAP.
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Capacidad incluida, al integrarse con Microsoft Windows Active Directory o Novell eDirectory, de autenticar transparentemente usuarios sin preguntarles username o password. Esto es, aprovechar las credenciales del dominio de Windows bajo un concepto Single-Sign-On
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El sistema propuesto deberá contar con la funcionalidad de autenticar usuarios de forma transparente con métodos como: Un portal cautivo vía web; a través del uso de un agente instalado en el dispositivo final; obteniendo la información del directorio activo.
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Deberá soportar Alta Disponibilidad sin pérdida de conexiones en caso del fallo de uno los nodos, soporte de Modo Activo- Activo, Activo-Pasivo.
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Deberá soportar sincronización de sesiones
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Firewall de capa 7
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IEEE 802.1Q VLAN, IEEE 802.3ad LACP,
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Deberá permitir la integración con analizadores de tráfico mediante el protocolo sFlow, netflow o IPFix.
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Ruteo Estático
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NAT, PAT, NAT con PAT, DHCP Server
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La solución podrá habilitar políticas de ruteo en IPv6, RIPng, OSPFv2
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La solución deberá poder comunicar direccionamiento IPv6 a servicios con IPv4 y viceversa
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BGP v4. La configuración de BGP debe soportar Autonomous System Path (AS-PATH) de 4 bytes.
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Las reglas de firewall deben analizar las conexiones que atraviesen en el equipo, entre interfaces, grupos de interfaces o VLANs.
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Deberá ser posible definir políticas de firewall para puertos TCP y UDP independientes en cada interfaz ya sea tráfico entrante o saliente.
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Las reglas del firewall deberán poder aplicarse a dirección IP origen (que puede ser un grupo de direcciones IP), dirección IP destino (que puede ser un grupo de direcciones IP) y servicio (o grupo de servicios).
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Soporte a reglas de firewall para tráfico de multicast, pudiendo especificar interfaz física o zona origen, interfaz física o zona destino, direcciones IP o red origen, dirección IP o red destino.
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Deberá soportar la capacidad de definir nuevos servicios TCP y UDP que no estén contemplados en los predefinidos.
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Las reglas de firewall deberán poder tener limitantes y/o vigencia en base a tiempo y fechas (incluyendo día, mes y año).
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Capacidad de poder asignar parámetros de traffic shaping o rate limit diferenciadas para el tráfico en distintos sentidos de una misma sesión.
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Deberá soportar reglas de firewall en IPv6.
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Deberá será capaz de crear e integrar políticas contra ataques DoS las cuales se deben poder aplicar por interfaces, El dispositivo debe generar logs de cada una de las políticas aplicadas para evitar los ataques de DoS.
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Capacidad de poder asignar parámetros de traffic shapping o rate limit sobre reglas de firewall en kilobits y Megabits por segundo.
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Capacidad de poder asignar parámetros de traffic shapping o rate limit sobre aplicaciones en kilobits y Megabits por segundo.
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Throughput firewall mínimo de 25,5 Gbps.
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Throughput NGFW (Control de Aplicaciones + IPS + Web Filter) mínimo de 3 Gbps
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Throughput IPS mínimo de 3,8 Gbps.
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Throughput de VPN IPSec minimo de 1,8 Gbps
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Throughput Threat Protection minimo de 700 Mbps
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Sesiones Concurrentes (TCP) minimo de 6,000,000
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Nuevas conexiones por segundo minimo de 85,000
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Deberá soportar conexiones VPN del tipo Site to SIte, client to Site, Soporte de VPNs con algoritmos de cifrado: AES, 3DES,
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Deberá soportar longitudes de llave para AES de 256 bits, algoritmos de integridad: MD5, SHA-1 y SHA256.
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La solución deberá contar una aplicación para dispositivos móviles IOS y Android como mínimo, además deberá poder autenticar usuarios de la VPN con Active Directory y Ldap.
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Deberá contemplar la suscripción al servicio de actualización de firmas por la duración del periodo de garantía
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El sistema de prevención de Intrusos deberá estar orientado a la protección de redes y servidores.
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Deberá soportar la detección de distintos tipos de ataques basándose en firmas actualizables.
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Deberá poder mitigar los efectos de ataques de denegación de servicios.
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Deberá contar con mecanismos de detección de ataques basados en reconocimiento de patrones y análisis de
protocolos.
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Deberá poseer mecanismos de protección contra ataques de RPC (Remote Procedure Call).
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Deberá permitir bloquear tráfico entrante, saliente o ambos correspondientes a determinados países, sin necesidad de actualizar manualmente los rangos IP correspondientes a cada país.
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El IPS debe poseer configuraciones o firmas predefinidas para servidores que actúen ya sea como webserver, servidor de DNS, servidor de correo o Servidor de Base de Datos
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Deberá ser posible definir políticas de detección y prevención de intrusiones para tráfico IPv6.
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Deberá poseer mecanismos de protección contra ataques DNS.
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El dispositivo debe poder filtrar el tráfico de posibles amenazas con requerimientos inusuales a aplicaciones conocidas o a la arquitectura de red.
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Deberá proveer información detallada de cada tipo de ataque, Capacidad para manejar perfiles de configuración, Detección de vulnerabilidades, exploits, validación de protocolos, detección de anormalidades, detección de ataques basado en conductas, por ej: múltiples intentos de logueo SSH en pocos segundos, capacidad de crear Excepciones.
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Deberá contemplar suscripción al servicio de actualizaciones de categorías de filtrado URL que deberá estar vigente durante el periodo de la licencia.
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Debe poseer la capacidad de filtrar páginas web (URL Filtering).
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Debe poder aplicar restricción de ancho de banda ya sean para cierto tipo de tráfico, streaming de audio o video, p2p.
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Capacidad de definir parámetros de Traffic Shaping o rate limit que apliquen para cada dirección IP en forma independiente, en contraste con la aplicación de las mismas para la regla en general.
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Capacidad de poder definir ancho de banda garantizado en KiloBytes por segundo.
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Capacidad de poder definir prioridad de tráfico, en al menos tres niveles de importancia.
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Facilidad de incorporar sitios a los cuales naveguen los usuarios, y establecer mediante categorías el acceso de los mismos.
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Filtrado de contenido basado en categorías en tiempo real.
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Deberá tener la facilidad de crear perfiles para el acceso web, diferenciando el origen ya sean por dirección IP o segmento de red o por usuarios o grupos de usuarios.
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Los mensajes entregados al usuario por parte del URL FILTER (en caso de que un usuario intente navegar a un sitio correspondiente a una categoría no permitida) deberán ser personalizables, Facilidad de incorporar sitios a los cuales naveguen los usuarios, y establecer mediante categorías el acceso de los mismos.
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Deberá contemplar suscripción al servicio de control de aplicaciones que deberá estar vigente durante el periodo de la licencia.
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Posibilidad de crear políticas granulares para usuarios o grupo de usuarios.
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Identificar, bloquear o limitar las aplicaciones y las funciones dentro de las aplicaciones.
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Control Granular de Redes Sociales (Facebook, Twitter, YouTube, Instagram, Google+, LinkedIn, Tagged, Flickr, Pinterest, Badoo, etc.) Por ejemplo si un usuario accede a la red Social Facebook, la herramienta deberá poder permitirle solo acceso de lectura o debe poder deshabilitar las funciones de chat o Posteo de Publicaciones.
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En el caso de los programas para compartir archivos (peer-to- peer) deberá poder limitar el ancho de banda utilizado por ellos, de manera individual.
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Para aplicaciones identificadas deben poder definirse al menos las siguientes opciones: permitir, bloquear, registrar en log.
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La identificación de la aplicación debe ser independiente del puerto y protocolo hacia el cual esté direccionado dicho tráfico.
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Deberá poseer capacidades de identificación de usuarios en la red por computadora, por dirección IP, o por grupos.
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Deberá poder monitorear tráfico tanto de usuarios de un Directorio Activo como para usuarios Guest.
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Deberá soportar funcionalidad de Antivirus, Esta funcionalidad deberá estar equipada y activa al momento de la entrega de los equipos. En caso de ser requerido licencias, las mismas deberán ser entregadas con los equipos
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La solución ofertada debe proveer reportes automáticos y personalizables tanto a nivel de estadísticas, indicadores, trafico, consumo, usuarios riesgosos, cumplimiento regulatorio, entre otros integrados en el mismo Firewall sin requerir ninguna plataforma o maquina adicional
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La solución deberá poder ofrecer a futuro una plataforma adicional de reportes ejecutivos de la solución de Firewall ofertada y debe ser del mismo fabricante que el firewall, esta solución puede ser un appliance centralizado que consolide todos los equipos en un único punto o un servicio cloud en la nube de la misma marca.
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Fuentes de poder interna.
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Voltaje 220V AC, 50/60 Hz.
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La solución deberá poseer una fuente interna con cable que se conecte a PDUs con conectores IEC-60320 C14 que deberán ser provistos por el oferente.
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Deberá contar con la capacidad de agregar una segunda fuente para redundancia. La misma puede ser externa o interna
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El licenciamiento de todas las funcionalidades debe ser ILIMITADO en cuanto a usuarios, conexiones, equipos que pasan a través de la solución, limitándola solamente por el desempeño del equipo.
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La validez de las licencias debe ser por un periodo de mínimo 36 meses.
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El oferente tendrá que contar con al menos 2 técnicos de nivel superior según la jerarquía de certificaciones de la marca ofertada. Ej.: CISCO CCNP, FORTINET NSE8
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El oferente tendrá que contar con al menos 5 técnicos de nivel medio según la jerarquía de certificaciones de la marca. Ej.: CISCO CCNA, FORTINET NSE4
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Autorización del fabricante
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Autorización del distribuidor
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Se deberá proveer un skill transfer de al menos 100 horas para un máximo de 6 funcionarios de la entidad, y deberá contemplar desde la instalación, configuración y puesta a punto de los componentes de la solución. Para acreditar este requisito, el oferente deberá presentar con su oferta una declaración jurada.
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Alcance y Accesorios: El servicio contemplará todos los suministros, actividades de montaje, instalación en general, configuración y puesta en funcionamiento de los firewalls ofertados. Todos los accesorios necesarios para el buen funcionamiento de los equipos serán proveídos por el oferente. El oferente deberá presentar con su oferta una declaración jurada para verificar cumplimiento de este requisito.
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El servicio de instalación contemplara todos los costos de traslado, estadía y viáticos del personal asignado para la instalación de los equipos en las unidades de salud familiar y hospitales regionales del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social
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Se debe contemplar como mínimo 3 instalaciones en simultaneo en los distintos puntos cardinales del país, conforme al listado de establecimientos de salud.
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El soporte requerido deberá ser in-situ e incluir la configuración de los equipos en el formato que la convocante lo exija. Se deberá prever un tiempo máximo de respuesta de 4 horas a partir de la comunicación por correo electrónico de la convocante al proveedor para los sitios del Anexo 1. En caso de que el equipo no pueda ser reparado se deberá reemplazar por uno igual o de mayores prestaciones hasta la devolución de equipo reparado; se deberá dejar en funcionamiento todos los servicios con todas las configuraciones. Este soporte es solicitado por el tiempo que dure la Garantía.
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Garantía
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Se solicita por 3 (tres) años. La misma empezara a regir desde la firma del Acta Definitiva a ser emitida por la Dirección General de Tecnología del Ministerio una vez entregado y configurado en sitio todos los equipos.
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Catálogos Técnicos
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El oferente deberá presentar catálogo de su producto donde indique claramente el cumplimiento de las especificaciones solicitadas.
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ITEM
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REGIÓN
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TIPO ESTABLECIMIENTO
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NOMBRE
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1
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REGIÓN I CONCEPCIÓN
|
Centro de Salud
|
CS - BELEN
|
2
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REGIÓN I CONCEPCIÓN
|
Centro de Salud
|
CS - LORETO
|
3
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REGIÓN I CONCEPCIÓN
|
Centro de Salud
|
CS - VALLEMI
|
4
|
REGIÓN I CONCEPCIÓN
|
Centro de Salud
|
CS - YBY YAU
|
5
|
REGIÓN II - SAN PEDRO
|
Centro de Salud
|
CS - CAPIIBARY
|
6
|
REGIÓN II - SAN PEDRO
|
Centro de Salud
|
CS - CHORÉ
|
7
|
REGIÓN II - SAN PEDRO
|
Centro de Salud
|
CS - ITACURUBI DEL ROSARIO
|
8
|
REGIÓN II - SAN PEDRO
|
Centro de Salud
|
CS - NUEVA GERMANIA
|
9
|
REGIÓN II - SAN PEDRO
|
Centro de Salud
|
CS - VILLA DEL ROSARIO
|
10
|
REGIÓN III - COORDILLERA
|
Centro de Salud
|
CS - ATYRA
|
11
|
REGIÓN III - COORDILLERA
|
Centro de Salud
|
CS - ISLA PUCÚ
|
12
|
REGIÓN III - COORDILLERA
|
Centro de Salud
|
CS - ITACURUBÍ DE LAS CORDILLERAS
|
13
|
REGIÓN III - COORDILLERA
|
Centro de Salud
|
CS - NUEVA COLOMBIA
|
14
|
REGIÓN III - COORDILLERA
|
Centro de Salud
|
CS - PIRIBEBUY
|
15
|
REGIÓN III - COORDILLERA
|
Centro de Salud
|
CS - SAN BERNARDINO
|
16
|
REGIÓN III - COORDILLERA
|
Centro de Salud
|
CS - ARROYOS Y ESTEROS
|
17
|
REGIÓN III - COORDILLERA
|
Centro de Salud
|
CS - CARAGUATAY
|
18
|
REGIÓN III - COORDILLERA
|
Centro de Salud
|
CS - EMBOSCADA
|
19
|
REGIÓN III - COORDILLERA
|
Centro de Salud
|
CS - LOMA GRANDE
|
20
|
REGIÓN IX - PARAGUARÍ
|
Centro de Salud
|
CS - ACAHAY
|
21
|
REGIÓN IX - PARAGUARÍ
|
Centro de Salud
|
CS - CAAPUCU
|
22
|
REGIÓN IX - PARAGUARÍ
|
Centro de Salud
|
CS - CABALLERO
|
23
|
REGIÓN IX - PARAGUARÍ
|
Centro de Salud
|
CS - CHAURÍA
|
24
|
REGIÓN IX - PARAGUARÍ
|
Centro de Salud
|
CS - QUYQUYHO
|
25
|
REGIÓN IX - PARAGUARÍ
|
Centro de Salud
|
CS - SAPUCAI
|
26
|
REGIÓN IX - PARAGUARÍ
|
Centro de Salud
|
CS - YAGUARON
|
27
|
REGIÓN V - CAAGUAZÚ
|
Centro de Salud
|
CS- RAUL ARSENIO OVIEDO
|
28
|
REGIÓN V - CAAGUAZÚ
|
Centro de Salud
|
CS - SANTA ROSA DEL MBUTUY
|
29
|
REGIÓN V - CAAGUAZÚ
|
Centro de Salud
|
CS - CECILIO BAEZ
|
30
|
REGIÓN V - CAAGUAZÚ
|
Centro de Salud
|
CS - CARAYAO
|
31
|
REGIÓN V - CAAGUAZÚ
|
Centro de Salud
|
CS - SAN JOSE DE LOS ARROYOS
|
32
|
REGIÓN V - CAAGUAZÚ
|
Centro de Salud
|
CS - JOSÉ EULOGIO ESTIGARRIBIA
|
33
|
REGIÓN VII - ITAPUÁ
|
Centro de Salud
|
CS - CARMEN DEL PARANÁ
|
34
|
REGIÓN VII - ITAPUÁ
|
Centro de Salud
|
CS - OBLIGADO
|
35
|
REGIÓN VII - ITAPUÁ
|
Centro de Salud
|
CS - EDELIRA 28 5TA LINEA
|
36
|
REGIÓN VII - ITAPUÁ
|
Centro de Salud
|
CS - GENERAL ARTIGAS
|
37
|
REGIÓN VII - ITAPUÁ
|
Centro de Salud
|
CS - GENERAL DELGADO
|
38
|
REGIÓN VII - ITAPUÁ
|
Centro de Salud
|
CS - BELLA VISTA CENTRO
|
39
|
REGIÓN VII - ITAPUÁ
|
Centro de Salud
|
CS - SAN COSME Y DAMIAN
|
40
|
REGIÓN VII - ITAPUÁ
|
Centro de Salud
|
CS - MAYOR OTAÑO
|
41
|
REGIÓN VII - ITAPUÁ
|
Centro de Salud
|
CS - SAN PEDRO DEL PARANÁ
|
42
|
REGIÓN VII - ITAPUÁ
|
Centro de Salud
|
CS - YATYTAY KM 16
|
43
|
REGIÓN VIII - MISIONES
|
Centro de Salud
|
CS AYOLAS
|
44
|
REGIÓN X - ALTO PARANÁ
|
Centro de Salud
|
CS- JUAN E. O'LEARY
|
45
|
REGIÓN X - ALTO PARANÁ
|
Centro de Salud
|
CS - NARANJAL
|
46
|
REGIÓN X - ALTO PARANÁ
|
Centro de Salud
|
CS - DE SANTA ROSA DEL MONDAY
|
47
|
REGIÓN X - ALTO PARANÁ
|
Centro de Salud
|
CS - DE SAN ISIDRO LOS CEDRALES
|
48
|
REGIÓN X - ALTO PARANÁ
|
Centro de Salud
|
CS - NEFROLOGICO HERNANDARIAS
|
49
|
REGIÓN X - ALTO PARANÁ
|
Centro de Salud
|
CS - ITAKYRY
|
50
|
REGIÓN X - ALTO PARANÁ
|
Centro de Salud
|
CS- SANTA FE DEL PARANÁ
|
51
|
REGIÓN X - ALTO PARANÁ
|
Centro de Salud
|
CS- JUAN LEÓN MALLORQUÍN
|
52
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
Centro de Salud
|
CS - SAN ANTONIO
|
53
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
Centro de Salud
|
CS - DE YPANÉ
|
54
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
Centro de Salud
|
CS - NUEVA ITALIA
|
55
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
Centro de Salud
|
CS - GUARAMBARÉ
|
56
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
Centro de Salud
|
CS - YPACARAI
|
57
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
Centro de Salud
|
CS - ZARATE ISLA
|
58
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
Hospital Especializado
|
HOSPITAL DEL INDÍGENA - LIMPIO
|
59
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
Hospital Materno Infantil
|
HMI CAPIATA
|
60
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
USF Unidades de Salud de la Familia
|
USF - PINDOLO
|
61
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
USF Unidades de Salud de la Familia
|
USF - YUKYTY
|
62
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
USF Unidades de Salud de la Familia
|
USF - CAACUPEMI
|
63
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
USF Unidades de Salud de la Familia
|
USF - VILLA SAN SALVADOR
|
64
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
USF Unidades de Salud de la Familia
|
USF - ALDANA CAÑADA
|
65
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
USF Unidades de Salud de la Familia
|
USF - CICOMAR
|
66
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
USF Unidades de Salud de la Familia
|
USF - LOMA BARRERO
|
67
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
USF Unidades de Salud de la Familia
|
USF - VILLA CONSTITUCIÓN
|
68
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
USF Unidades de Salud de la Familia
|
USF - VIRGEN DEL PILAR
|
69
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
USF Unidades de Salud de la Familia
|
USF - NIÑO SALVADOR DEL MUNDO KM21 RUTA I
|
70
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
USF Unidades de Salud de la Familia
|
USF - ITA KAAGUY SUR
|
71
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
USF Unidades de Salud de la Familia
|
USF - LOMAI
|
72
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
USF Unidades de Salud de la Familia
|
USF - ARRUA-I
|
73
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
USF Unidades de Salud de la Familia
|
USF - ALDAMA CAÑADA
|
74
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
USF Unidades de Salud de la Familia
|
USF - PRINCIPE DE PAZ
|
75
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
USF Unidades de Salud de la Familia
|
USF - POTRERO GUAZU
|
76
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
USF Unidades de Salud de la Familia
|
USF - ALDANA CAÑADA II
|
77
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
USF Unidades de Salud de la Familia
|
USF - CAPIIPERY
|
78
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
USF Unidades de Salud de la Familia
|
USF - PINDOTY
|
79
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
USF Unidades de Salud de la Familia
|
USF - MBOCAYATY - ÑEMBY
|
80
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
USF Unidades de Salud de la Familia
|
USF - TAYAZUAPE
|
81
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
USF Unidades de Salud de la Familia
|
USF - MARQUETALIA
|
82
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
USF Unidades de Salud de la Familia
|
USF - TESAIRA
|
83
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
USF Unidades de Salud de la Familia
|
USF - MA. AUXILIADORA
|
84
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
USF Unidades de Salud de la Familia
|
USF - 29 DE SETIEMBRE II
|
85
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
USF Unidades de Salud de la Familia
|
USF - MBOCAYATY
|
86
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
USF Unidades de Salud de la Familia
|
USF - CUMBARITY
|
87
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
USF Unidades de Salud de la Familia
|
USF - TACUATY RUGUA
|
88
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
USF Unidades de Salud de la Familia
|
USF - JHUGUÃ JHU
|
89
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
USF Unidades de Salud de la Familia
|
USF - PEDROZO
|
90
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
USF Unidades de Salud de la Familia
|
USF - CERRO GUY
|
91
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
USF Unidades de Salud de la Familia
|
USF - 8 DE DICIEMBRE
|
92
|
REGIÓN XI - CENTRAL
|
USF Unidades de Salud de la Familia
|
USF - COLONIA THOMPSON
|
93
|
REGIÓN XIII - AMAMBAY
|
Centro de Salud
|
CS - SAN ISIDRO
|
94
|
REGIÓN XIII - AMAMBAY
|
Centro de Salud
|
CS - CAPITAN BADO
|
95
|
REGIÓN XIII - AMAMBAY
|
Centro de Salud
|
CS - CHIRIGUELO
|
96
|
REGIÓN XV - PTE. HAYES
|
Centro de Salud
|
CS - BELLA VISTA
|
97
|
REGIÓN XV - PTE. HAYES
|
Centro de Salud
|
CS - NANAWA
|
98
|
REGIÓN XV - PTE. HAYES
|
Centro de Salud
|
CS - IRALA FERNÁNDEZ
|
99
|
REGIÓN XVI - BOQUERÓN
|
Centro de Salud
|
PS SAN MIGUEL
|
100
|
REGIÓN XVI - BOQUERÓN
|
Centro de Salud
|
PS LOMA PLATA
|
101
|
REGIÓN XVI - BOQUERÓN
|
Centro de Salud
|
PS AMISTAD
|
102
|
REGIÓN XVI - BOQUERÓN
|
Centro de Salud
|
PS POZO HONDO (PPPEÑA)
|
103
|
REGIÓN XVI - BOQUERÓN
|
Centro de Salud
|
PS MACHARETY (LAGUNA NEGRA )
|
104
|
REGIÓN XVI - BOQUERÓN
|
Centro de Salud
|
PS VIRGEN DE FATIMA
|
105
|
REGIÓN XVI - BOQUERÓN
|
Centro de Salud
|
PS VIRGEN DEL ROSARIO
|
106
|
REGIÓN XVIII - CAPITAL
|
Centro de Salud
|
CS - NRO 11 - REPUBLICANO I
|
107
|
REGIÓN XVIII - CAPITAL
|
Centro de Salud
|
CS- NRO 3 DOMINGO SAVIO
|
108
|
REGIÓN XVIII - CAPITAL
|
Centro de Salud
|
CS- NRO 7 BARRIO FATIMA
|
109
|
REGIÓN XVIII - CAPITAL
|
Centro de Salud
|
CS- NRO 8 SAJONIA
|
110
|
REGIÓN XVIII - CAPITAL
|
Centro de Salud
|
CS- NRO 9 BERNARDINO CABALLERO
|
111
|
REGIÓN XVIII - CAPITAL
|
Centro de Salud
|
CS- NRO 10 BRASILIA
|
112
|
REGIÓN XVIII - CAPITAL
|
Centro de Salud
|
CS- NRO 12 VALERIO FERNÁNDEZ
|
113
|
REGIÓN XVIII - CAPITAL
|
Centro de Salud
|
CS- ZEBALLOS CUE
|
114
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REGIÓN XVIII - CAPITAL
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Hospital Especializado
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CENTRO DE ADICCIONES - CENPTRA
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115
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REGIÓN XVIII - CAPITAL
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Hospital Especializado
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HOSPITAL PSIQUIÁTRICO
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116
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REGIÓN XVIII - CAPITAL
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Hospital Materno Infantil
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HMI LOMA PYTA
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117
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REGIÓN XVIII - CAPITAL
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USF Unidades de Salud de la Familia
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USF - 3 DE FEBRERO I - SAN MIGUEL
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118
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REGIÓN XVIII - CAPITAL
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USF Unidades de Salud de la Familia
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USF - 3 DE FEBRERO II SAN BLAS
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119
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REGIÓN XVIII - CAPITAL
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USF Unidades de Salud de la Familia
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USF - PELOPINCHO II
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120
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REGIÓN XVIII - CAPITAL
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USF Unidades de Salud de la Familia
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USF - SANTA LUCIA
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121
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REGIÓN XVIII - CAPITAL
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USF Unidades de Salud de la Familia
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USF - SAN FELIPE
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122
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REGIÓN XVIII - CAPITAL
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USF Unidades de Salud de la Familia
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USF - BLANCO CUE
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123
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REGIÓN XVIII - CAPITAL
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USF Unidades de Salud de la Familia
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USF - PERPETUO SOCORRO I
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124
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REGIÓN XVIII - CAPITAL
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USF Unidades de Salud de la Familia
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USF - PERPETUO SOCORRO II
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125
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REGIÓN XVIII - CAPITAL
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USF Unidades de Salud de la Familia
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USF - ZEBALLOS CUE I
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126
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REGIÓN XVIII - CAPITAL
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USF Unidades de Salud de la Familia
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USF - ZEBALLOS CUE II
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127
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REGIÓN XVIII - CAPITAL
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USF Unidades de Salud de la Familia
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USF - ZEBALLOS CUE III
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128
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REGIÓN XVIII - CAPITAL
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USF Unidades de Salud de la Familia
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USF - SAN ALFONSO
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129
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REGIÓN XVIII - CAPITAL
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USF Unidades de Salud de la Familia
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USF - SAN BLAS - CATEURA
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130
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REGIÓN XVIII - CAPITAL
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USF Unidades de Salud de la Familia
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USF - Nº 11 - BO. REPUBLICANO II
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131
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REGIÓN XVIII - CAPITAL
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USF Unidades de Salud de la Familia
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USF - SAN CAYETANO II
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132
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REGIÓN XVIII - CAPITAL
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USF Unidades de Salud de la Familia
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USF - STA. MARIA
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133
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REGIÓN XVIII - CAPITAL
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USF Unidades de Salud de la Familia
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USF - STA. ANA - DIVINO NIÑO
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134
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REGIÓN XVIII - CAPITAL
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USF Unidades de Salud de la Familia
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USF - STA. ANA - STA. ROSA
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135
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REGIÓN XVIII - CAPITAL
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USF Unidades de Salud de la Familia
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USF - YUKYTY
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136
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REGIÓN XVIII - CAPITAL
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USF Unidades de Salud de la Familia
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USF - VIÑAS CUE
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137
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REGIÓN XVIII - CAPITAL
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USF Unidades de Salud de la Familia
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USF - STA. ROSA TRINIDAD
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138
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REGIÓN XVIII - CAPITAL
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USF Unidades de Salud de la Familia
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USF - SAN JUAN
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139
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REGIÓN XVIII - CAPITAL
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USF Unidades de Salud de la Familia
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USF - SAN CAYETANO
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140
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REGIÓN XVIII - CAPITAL
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USF Unidades de Salud de la Familia
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USF - PEDRO VIERA
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141
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REGIÓN XVIII - CAPITAL
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USF Unidades de Salud de la Familia
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USF - VIRGEN DE FÁTIMA
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142
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REGIÓN XVIII - CAPITAL
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USF Unidades de Salud de la Familia
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USF - PELOPINCHO I
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143
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REGIÓN XVIII - CAPITAL
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USF Unidades de Salud de la Familia
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USF - ITA ENRAMADA
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144
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REGIÓN XVIII - CAPITAL
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USF Unidades de Salud de la Familia
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USF - HOSP. CLÍNICAS II
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145
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REGIÓN XVIII - CAPITAL
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Dirección General de Tecnología
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MSPBS
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La entrega de los bienes se realizará de acuerdo con el plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
Ítem
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Descripción del bien
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Cantidad
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Unidad de medida
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Lugar de entrega de los bienes
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Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes
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1
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Firewall de borde para establecimientos de salud
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145
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Unidad
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Conforme al listado de sitios descriptos en el numeral 1 del presente apartado.
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Hasta el 40 %: dentro de los 30 días hábiles posteriores a la recepción de la Orden de Compra por parte del Proveedor, contra entrega de bienes, instalación, configuración y puesta en funcionamiento. (Ejercicio Fiscal 2021).
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El 60 %: dentro de los 90 días hábiles posteriores a la recepción de la Orden de Compra por parte del Proveedor, contra entrega de bienes, instalación, configuración y puesta en funcionamiento. (Ejercicio Fiscal 2022)
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Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
1. El proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.
Las inspecciones y pruebas serán como se indican a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será:
INDICADOR
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TIPO
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FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA
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Nota de Remisión / Acta de recepción
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Nota de Remisión / Acta de Recepción
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De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
1. Personas Físicas / Jurídicas |
a) Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos; |
b) Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos; |
c) Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social; |
d) Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS; |
e) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación. |
f) Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la firma del contrato. |
2. Documentos. Consorcios |
a) Cada integrante del consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes. |
b) Original o fotocopia del consorcio constituido. |
c) Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio. |
d) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación. |