El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Resumen de las Especificaciones Técnicas. Los bienes deberán cumplir con las siguientes Especificaciones Técnicas y Normas: El servicio de reparaciones comprende la reparación y/o cambio de piezas de cualquier desperfecto del vehículo, en su planta matriz, caja, diferencial, sistemas de dirección, freno, suspensión, hidráulico, eléctrico, de enfriamiento, climatización, así como cualquier otro desperfecto. Para todos los casos, el proveedor deberá realizar una inspección de los vehículos a efectos de determinar el desperfecto mecánico y/o situación que requiera mantenimiento de los mismos, con supervisión del mecánico autorizado por la Gobernación de Paraguarí. No será necesario un presupuesto, ya que la oferta constituye la base para el presupuesto. El proveedor deberá determinar el lugar exacto donde se encuentra el taller de su propiedad. Para los casos excepcionales, se podrá optar por la Fábrica de Tubos de la Gobernación para las inspecciones vehiculares. El taller del proveedor deberá contar con todo lo dispuesto en el apartado Capacidad Técnica de este PBC. El proveedor deberá contar con el Certificado de Evaluación de Impacto Ambiental emitido por la MADES. Conforme lo establece la Decreto 954/13 artículo 2 inc. j) Recolección, tratamiento y disposición final de residuos urbanos e industriales 1. Para las reparaciones mecánicas se utilizará el siguiente procedimiento:
3. Requerimiento de infraestructura:
4. Obligaciones del Proveedor:
5. Fiscalización de los Servicios:
Los servicios aquí citados se ejecutarán conforme a la Lista de Precios publicada en el SICP (www.dncp.gov.py). |
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Solicitante: Ricardo Ramos, jefe de Transporte
Justificación de la necesidad: que los vehículos y maquinarias tendrán garantizada el mantenimiento y reparacion de las partes acordes a sus especificaciones técnicas, lo que a su vez garantiza su estabilidad durante su manejo, brinda seguridad al conductor y acompañantes, durante el ejercicio de actividades fuera de la Institución. La no consecución del proceso implicaría riesgos para los que lo utilizan ya que no se contaría con los vehiculos con las condiciones señaladas. Justificación de la planificación: se trata de un llamado periódico, sucesivo ya que la necesidad es continua. Justificación de las especificaciones técnicas: las especificaciones técnicas se basan en las necesidades actuales de la Institución, en su infraestructura, conocimiento del área técnica, entre otros.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
No aplica
La firma adjudicada se deberá comprometer a realizar los servicios ya sea de provisión de repuestos, reparación e incluso el remolque de los vehículos para la reparación pertinente, aun cuando estos se encuentren en cualquier punto del territorio nacional. La Contratante deberá entregar en forma mensual la Orden de Servicios emitida para la provisión de repuestos y mano de obra; luego, la firma adjudicada deberá emitir la factura crédito correspondiente de acuerdo a los trabajos, y a nombre de la Gobernación de Paraguarí. La fecha de entrega se deberá realizar en un plazo mínimo de 5 (cinco) días hábiles en forma ordinaria, hasta 8 (ocho) días hábiles en forma extraordinaria. En casos excepcionales que el servicio requiera de un plazo mayor el Oferente adjudicado podrá solicitar una prórroga, la cual no podrá exceder el término de 15 (quince) días hábiles contados a partir de la fecha de inicio de los trabajos y deberá comunicarse a los técnicos que la Convocante designe para el control. En caso que dicho plazo resulte insuficiente por la característica del servicio a ser proveído, el adjudicado deberá comunicar por escrito a la Gobernación sobre esta situación. La fecha de inicio de los trabajos se considerará desde el día en que las maquinarias y/o vehículos sean retiradas del Parque Automotor de la Institución para su mantenimiento y/o reparación. Los gastos en que incurriese en dicho traslado recaerán por cuenta exclusiva del Oferente. En caso de que una maquinaria o vehículo se hallara con problemas de mecánica y con dificultad para su traslado hasta las instalaciones del taller, el Oferente adjudicado estará obligado al traslado de la maquinaria o vehículo a las instalaciones del taller. |
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Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Se encuentran estipuladas en las Especificaciones Técnicas de este PBC.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Nota de Remisión / Acta de recepción 1 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Octubre |
Nota de Remisión / Acta de recepción 2 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Noviembre |
Nota de Remisión / Acta de recepción 3 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Diciembre |
Nota de Remisión / Acta de recepción 4 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Enero |
Nota de Remisión / Acta de recepción 5 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Febrero |
Nota de Remisión / Acta de recepción 6 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Marzo |
Nota de Remisión / Acta de recepción 7 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Abril |
Nota de Remisión / Acta de recepción 8 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Mayo |
Nota de Remisión / Acta de recepción 9 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Junio |
Nota de Remisión / Acta de recepción 10 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Julio |
Nota de Remisión / Acta de recepción 11 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Agosto |
Nota de Remisión / Acta de recepción 12 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Setiembre |
Nota de Remisión / Acta de recepción 13 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Octubre |
Nota de Remisión / Acta de recepción 14 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Noviembre |
Nota de Remisión / Acta de recepción 15 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Diciembre |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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