En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección Condiciones Contractuales,Porcentaje de Multa, se establece que: El valor del porcentaje de multas que será aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes será de: El valor de las multas será: 1 % por cada día de atraso en la entrega de los bienes. Al respecto, y considerando el porcentaje establecido como interés moratorio 0,01 % (cero coma cero un por ciento) por cada día de atraso en el pago por parte de la Contratante, solicitamos a la convocante la reducción del porcentaje de multa a ser aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes; estableciendo un porcentaje no superior al 0.5%, de manera a establecer y mantener en los términos y ejecución del correspondiente contrato el principio de reciprocidad entre las partes.
En forma complementaria, es importante considerar que por la situación de la pandemia COVID-19, desde el mes de marzo del 2020, en nuestro país, nos encontramos ante la presencia de situaciones imprevistas que afectan todos los procesos de fabricación de equipos por parte de los fabricantes (situaciones excepcionales a nivel internacional), y en consecuencia conllevan a una extensión de los tiempos ordinarios de fabricación y/o plazos de envío a nuestro país (proceso de importación) o al retraso en las entregas de los bienes por parte del proveedor o contratista. Lo solicitado se cursa a los efectos de velar por la amplitud para la participación a oferentes consagrado en el artículo 20° de la Ley 2051/2003, específicamente: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes
En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección Condiciones Contractuales,Porcentaje de Multa, se establece que: El valor del porcentaje de multas que será aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes será de: El valor de las multas será: 1 % por cada día de atraso en la entrega de los bienes. Al respecto, y considerando el porcentaje establecido como interés moratorio 0,01 % (cero coma cero un por ciento) por cada día de atraso en el pago por parte de la Contratante, solicitamos a la convocante la reducción del porcentaje de multa a ser aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes; estableciendo un porcentaje no superior al 0.5%, de manera a establecer y mantener en los términos y ejecución del correspondiente contrato el principio de reciprocidad entre las partes.
En forma complementaria, es importante considerar que por la situación de la pandemia COVID-19, desde el mes de marzo del 2020, en nuestro país, nos encontramos ante la presencia de situaciones imprevistas que afectan todos los procesos de fabricación de equipos por parte de los fabricantes (situaciones excepcionales a nivel internacional), y en consecuencia conllevan a una extensión de los tiempos ordinarios de fabricación y/o plazos de envío a nuestro país (proceso de importación) o al retraso en las entregas de los bienes por parte del proveedor o contratista. Lo solicitado se cursa a los efectos de velar por la amplitud para la participación a oferentes consagrado en el artículo 20° de la Ley 2051/2003, específicamente: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes
.-En vista en que la cantidad de equipos para los items 1 y 3 serian (200 unidades)
obliga a incurrir en una importación, lo cual está asociado a plazos logísticos y de trámites aduaneros, solicitamos a la convocante aceptar un plazo de entrega de 120 días como mínimo, de manera a cumplir en tiempo y forma la entrega total de los ítems solicitados. Considerando que el plazo fijado por la entidad no sería el estándar en plazos de entrega en bienes de acuerdo a las cantidades de equipos a solicitar, representando una verdadera limitación para otros oferentes interesados en ofertar productos, incluso con mejores prestaciones esto a fin de que TODOS los demás oferentes podamos participar en IGUALDAD DE CONDICIONES, según enuncia el Artículo 20 inciso W, de la Ley 2051/03 de Contrataciones públicas: donde cita textualmente "Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u otras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Por consiguiente, las Convocante se abstendrán de solicitar a los oferentes la inscripción en cualquier clase de registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación regidos por esta ley, salvo lo dispuesto por el Título Quinto"
27-10-2021
01-11-2021
.-En vista en que la cantidad de equipos para los items 1 y 3 serian (200 unidades)
obliga a incurrir en una importación, lo cual está asociado a plazos logísticos y de trámites aduaneros, solicitamos a la convocante aceptar un plazo de entrega de 120 días como mínimo, de manera a cumplir en tiempo y forma la entrega total de los ítems solicitados. Considerando que el plazo fijado por la entidad no sería el estándar en plazos de entrega en bienes de acuerdo a las cantidades de equipos a solicitar, representando una verdadera limitación para otros oferentes interesados en ofertar productos, incluso con mejores prestaciones esto a fin de que TODOS los demás oferentes podamos participar en IGUALDAD DE CONDICIONES, según enuncia el Artículo 20 inciso W, de la Ley 2051/03 de Contrataciones públicas: donde cita textualmente "Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u otras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Por consiguiente, las Convocante se abstendrán de solicitar a los oferentes la inscripción en cualquier clase de registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación regidos por esta ley, salvo lo dispuesto por el Título Quinto"
Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones. El plazo de entrega solicitado en las Especificaciones Técnicas se adecuan a las necesidades de la Institución, teniendo en cuenta que actualmente se cuenta con disponibilidad presupuestaria aprobada por Ley de la Nación, en la cual establece mecanismos de apoyo a las mipymes post-covid y con los equipamientos a ser adquiridos, lo que se busca en la brevedad posible asistir a esta categorías de empresas y mitigar así el impacto generado en la economía por las restricciones y los protocolos sanitarios.
3
.-Con relacion al ítem 1 Computadora Tipo 1 - Avanzada,
solicitamos a la entidad respetuosamente a pesar del dictamen emitido en donde se solicita que "No se aceptan adaptadores" en el punto Tarjeta de video dedicada, teniendo en cuenta que el tipo de chasis solicitado es Small Form Factor (SFF), sean aceptado también computadoras con Tarjeta de video dedicada que cuenten con adaptadores en caso de necesidad. De manera a dar oportunidad a un mayor numero de oferentes de presentar sus ofertas. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
27-10-2021
01-11-2021
.-Con relacion al ítem 1 Computadora Tipo 1 - Avanzada,
solicitamos a la entidad respetuosamente a pesar del dictamen emitido en donde se solicita que "No se aceptan adaptadores" en el punto Tarjeta de video dedicada, teniendo en cuenta que el tipo de chasis solicitado es Small Form Factor (SFF), sean aceptado también computadoras con Tarjeta de video dedicada que cuenten con adaptadores en caso de necesidad. De manera a dar oportunidad a un mayor numero de oferentes de presentar sus ofertas. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
.- Con relacion al ítem 1 Computadora Tipo 1 - Avanzada,
solicitamos a la entidad respetuosamente a pesar del dictamen emitido en donde se solicita "Monitor tipo LED de 19.5" pulgadas o superior. widescreen. Resolución 1600x900 o superior. Con base de altura ajustable", en el apartado "base de altura ajustable", sea opcional o retiradas de las especificaciones técnicas ya que son parámetro que no son sustanciales para determinar el porte de monitor solicitado, considerando que lo requerido no seria el estándar que la mayorías de los fabricantes cumplen ya que se debe tomar en cuenta que existen mayorista que en el año preparan su stock en base a las especificaciones técnicas estándar actuales de la Mitic, se entiende que las misma EETT ya están algo desfasados, pero de esta manera se estaría dando oportunidad a un mayor número de oferentes de presentar sus ofertas. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
27-10-2021
01-11-2021
.- Con relacion al ítem 1 Computadora Tipo 1 - Avanzada,
solicitamos a la entidad respetuosamente a pesar del dictamen emitido en donde se solicita "Monitor tipo LED de 19.5" pulgadas o superior. widescreen. Resolución 1600x900 o superior. Con base de altura ajustable", en el apartado "base de altura ajustable", sea opcional o retiradas de las especificaciones técnicas ya que son parámetro que no son sustanciales para determinar el porte de monitor solicitado, considerando que lo requerido no seria el estándar que la mayorías de los fabricantes cumplen ya que se debe tomar en cuenta que existen mayorista que en el año preparan su stock en base a las especificaciones técnicas estándar actuales de la Mitic, se entiende que las misma EETT ya están algo desfasados, pero de esta manera se estaría dando oportunidad a un mayor número de oferentes de presentar sus ofertas. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones. Las medidas y condiciones de los equipos y monitores solicitados son teniendo en cuenta que los mismos serán destinados a atención al público (mediación, fiscalización, oficinas de empleos, atención a Mipymes). Teniendo en cuenta a los lugares a dónde serán destinados estos equipos, los funcionarios de atención al público en todas las oportunidades instruyen a las personas que acuden a estas dependecias en la forma de utilización de la página web, carga de currículum, calculadoras laborales y otros en los cuales deben mostrar la pantalla e indicar los lugares donde deben acceder a fin de contar con estos servicios, por lo tanto la movilidad del monitor es fundamental a fin de evitar rotura de los soportes y pantallas por la movilidad misma de los equipos.
5
.- Con relacion al ítem 3 UPS
en donde el PBC solicita " Pantalla LED de estado", solicitamos respetuosamente a la entidad que en este punto sea aceptado también Indicador Led, debido a que dicha tecnología es menos conflictiva, permite un mayor ahorro de consumo de energía y no altera el monitoreo del estado del ups, ni su respectivo rendimiento, dando también así mayor participación de parte de los oferentes. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
en donde el PBC solicita " Pantalla LED de estado", solicitamos respetuosamente a la entidad que en este punto sea aceptado también Indicador Led, debido a que dicha tecnología es menos conflictiva, permite un mayor ahorro de consumo de energía y no altera el monitoreo del estado del ups, ni su respectivo rendimiento, dando también así mayor participación de parte de los oferentes. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones. Se requiere de pantalla led disponer de una mayor cantidad de información sobre el funcionamiento del equipo.
6
.- Con relacion al ítem 3 UPS
en donde el PBC solicita " Tiempo de Autonomía de 20 minutos como mínimo ", aclaramos a la convocante que dicha característica no corresponden a un equipo del porte requerido. Solicitamos respetuosamente que dicho punto sea omitido o en su defecto especificar a que carga en Watts requieren autonomía o en su efecto sean aceptado UPS que cumplan con "22 minutos de autonomía a una carga de 100Watts aproximadamente", dando también así mayor participación de parte de los oferentes. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
en donde el PBC solicita " Tiempo de Autonomía de 20 minutos como mínimo ", aclaramos a la convocante que dicha característica no corresponden a un equipo del porte requerido. Solicitamos respetuosamente que dicho punto sea omitido o en su defecto especificar a que carga en Watts requieren autonomía o en su efecto sean aceptado UPS que cumplan con "22 minutos de autonomía a una carga de 100Watts aproximadamente", dando también así mayor participación de parte de los oferentes. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones. Tener en cuenta que los equipos a ser destinados para estas ups serán definidos por la Institución, es decir, no necesariamente irá una cpu y un monitor, sino que podrían agregarse otros dispositivos, como ser: Scanner, Impresora, un monitor adicional. Con la adquisición de estos equipos el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social debe asegurar una atención integral en tiempo y forma a la ciudadanía.
7
- Con relacion al ítem 3 UPS
en donde el PBC solicita " Termofusible de protección.", Solicitamos respetuosamente a la entidad que este punto sea opcional o la misma retirada de las especificaciones ya que es una tecnología que hoy en día solo las UPS de mayor porte la usan, teniendo en cuenta que lo solicitado no sería el estándar para el porte de equipo requerido, o en su efecto sean aceptado UPS que cumplan con "Protección completa de sobrecarga y sobrecarga de descarga profunda", dando también así mayor participación de parte de los oferentes. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
en donde el PBC solicita " Termofusible de protección.", Solicitamos respetuosamente a la entidad que este punto sea opcional o la misma retirada de las especificaciones ya que es una tecnología que hoy en día solo las UPS de mayor porte la usan, teniendo en cuenta que lo solicitado no sería el estándar para el porte de equipo requerido, o en su efecto sean aceptado UPS que cumplan con "Protección completa de sobrecarga y sobrecarga de descarga profunda", dando también así mayor participación de parte de los oferentes. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
El potencial oferente no ejemplifica un mecanismo de
protección adecuado o si esta característica es una limitante.
8
*-En el PBC. Especificaciones técnicas, ítem 1 Computadoras Tipo I Avanzadas, Tarjeta de video
Solicitan:
10 - Tarjeta de video dedicada: Deberá tener dos salidas de video tipo VGA o DVI o DisplayPort más una HDMI. No se aceptan adaptadores.
Al respecto, solicitamos a la convocante que pueda ser aceptado adaptador de video HDMI, teniendo en cuenta las especificaciones técnicas estándares originales aprobadas por la MITIC, en las que son aceptados adaptadores en caso de necesidad, permitiendo así la participación de un mayor número de oferentes, marcas y modelos.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud , esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley.
27-10-2021
01-11-2021
*-En el PBC. Especificaciones técnicas, ítem 1 Computadoras Tipo I Avanzadas, Tarjeta de video
Solicitan:
10 - Tarjeta de video dedicada: Deberá tener dos salidas de video tipo VGA o DVI o DisplayPort más una HDMI. No se aceptan adaptadores.
Al respecto, solicitamos a la convocante que pueda ser aceptado adaptador de video HDMI, teniendo en cuenta las especificaciones técnicas estándares originales aprobadas por la MITIC, en las que son aceptados adaptadores en caso de necesidad, permitiendo así la participación de un mayor número de oferentes, marcas y modelos.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud , esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley.
Con respecto a las especificaciones técnicas del ítem 4 Scanner de Documentos
Donde se manifiesta lo siguiente, Opcional: Software Profesional de proceso de gestión digital de archivos (ESTE CRITERIO NO ES EVALUABLE NI EXCLUYENTE), entendemos que se tratan de funcionalidades esenciales de los equipos de captura de imágenes, sin las cuales no se dispondrían de las herramientas para el procesamiento masivo de imágenes, por ende, representa un estándar en la fabricación y configuración en esta línea de productos, esto compartido por todas las marcas a nivel mundial para la captura y gestión de archivos digitales, no significando costos por separado, son realmente controladores de los Scanners de Documentos, motivo por el cual solicitamos consideren su activación en carácter de funcionalidades esperadas dentro de las especificaciones técnicas.
29-10-2021
01-11-2021
Con respecto a las especificaciones técnicas del ítem 4 Scanner de Documentos
Donde se manifiesta lo siguiente, Opcional: Software Profesional de proceso de gestión digital de archivos (ESTE CRITERIO NO ES EVALUABLE NI EXCLUYENTE), entendemos que se tratan de funcionalidades esenciales de los equipos de captura de imágenes, sin las cuales no se dispondrían de las herramientas para el procesamiento masivo de imágenes, por ende, representa un estándar en la fabricación y configuración en esta línea de productos, esto compartido por todas las marcas a nivel mundial para la captura y gestión de archivos digitales, no significando costos por separado, son realmente controladores de los Scanners de Documentos, motivo por el cual solicitamos consideren su activación en carácter de funcionalidades esperadas dentro de las especificaciones técnicas.
Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones. Los equipos ofertados deberán contar con sus drivers correspondientes para su instalación. Con relación al Software Profesional de proceso de gestión digital de archivos, el Ministerio de Trabajo ya cuenta con un software de gestión de documento, pero se pide adicionalmente, sin costo para la institución, si el oferente considera pertinente la provisión de un software adicional para la gestión de documentos.
10
Con respecto a las especificaciones técnicas del ítem 5 Scanner de Documentos de Alta Producción
Donde se manifiesta lo siguiente, Opcional: Software Profesional de proceso de gestión digital de archivos (ESTE CRITERIO NO ES EVALUABLE NI EXCLUYENTE), entendemos que se tratan de funcionalidades esenciales de los equipos de captura de imágenes, sin las cuales no se dispondrían de las herramientas para el procesamiento masivo de imágenes, por ende, representa un estándar en la fabricación y configuración en esta línea de productos, esto compartido por todas las marcas a nivel mundial para la captura y gestión de archivos digitales, no significando costos por separado, son realmente controladores de los Scanners de Documentos, motivo por el cual solicitamos consideren su activación en carácter de funcionalidades esperadas dentro de las especificaciones técnicas.
29-10-2021
01-11-2021
Con respecto a las especificaciones técnicas del ítem 5 Scanner de Documentos de Alta Producción
Donde se manifiesta lo siguiente, Opcional: Software Profesional de proceso de gestión digital de archivos (ESTE CRITERIO NO ES EVALUABLE NI EXCLUYENTE), entendemos que se tratan de funcionalidades esenciales de los equipos de captura de imágenes, sin las cuales no se dispondrían de las herramientas para el procesamiento masivo de imágenes, por ende, representa un estándar en la fabricación y configuración en esta línea de productos, esto compartido por todas las marcas a nivel mundial para la captura y gestión de archivos digitales, no significando costos por separado, son realmente controladores de los Scanners de Documentos, motivo por el cual solicitamos consideren su activación en carácter de funcionalidades esperadas dentro de las especificaciones técnicas.
Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones. Los equipos ofertados deberán contar con sus drivers correspondientes para su instalación. Con relación al Software Profesional de proceso de gestión digital de archivos, el Ministerio de Trabajo ya cuenta con un software de gestión de documento, pero se pide adicionalmente, sin costo para la institución, si el oferente considera pertinente la provisión de un software adicional para la gestión de documentos.