El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Términos de referencia
La presente documentación tiene por finalidad, establecer las especificaciones técnicas que servirán de base para la contratación de Fiscalización de Obras Civiles para la realización de la Construcción de las Oficinas Administrativas del SENACSA. (Llamado a Licitación Pública Nacional DISEÑO Y CONSTRUCCION DE LAS OFICINAS ADMINISTRATIVAS DEL SENACSA - ID 400615)
Se considera, sin admitir prueba en contrario, que el Oferente se halla plenamente informado de todo cuanto se relaciona con la naturaleza de los trabajos.
El alcance de estas especificaciones tiene como objetivo ilustrar a todos los Oferentes sobre los criterios que deberán ser respetados para la cotización y posterior realización del proyecto de referencia, FISCALIZACION DE OBRA DE LAS OFICINAS ADMINISTRATIVAS DEL SENACSA.
Tiene por finalidad, establecer las especificaciones técnicas que servirán de base para la Fiscalización en la ejecución de todos los rubros previstos en el cómputo métrico de obras, en cuanto a provisión de materiales y métodos para la realización de la Construcción de las Oficinas Administrativas del SENACSA
La Fiscalización, como se llamará de aquí en adelante, es la consultora, consorcio de consultoras o unipersonal, especializadas en la construcción de Oficinas, empleada por el Contratante del proyecto y por lo tanto, será responsable ante él por todo el desempeño de sus funciones. La Fiscalización, a través de sus inspecciones diarias, es responsable por su trabajo y relaciones con el contratista y sus representantes para garantizar que el proyecto sea logrado de acuerdo con los planos y especificaciones que forman parte de los documentos del contrato de construcción del proyecto, tal como han sido aprobados por el Contratante. Una inspección eficiente, llevada a cabo por la Fiscalización de Obra es uno de los pasos más importantes para obtener un trabajo completamente satisfactorio. Desde el replanteo, estaqueado de las diferentes obras de construcción hasta la recepción final de la obra, la Fiscalización representa al Contratante para velar que todos los detalles de los planos y especificaciones sean ejecutados en forma correcta, que todos los frentes de trabajo lo estén haciendo con los últimos planos y especificaciones en vigencia y que estén al tanto de las últimas instrucciones de servicio y/o órdenes de cambio emitidas.
Es un factor importante que la Fiscalización de Obra en el desempeño de sus funciones actúe con imparcialidad y discreción en sus relaciones con el Contratista y sus representantes en todos los asuntos concernientes al proyecto sin que ello signifique que no sea firme en sus determinaciones.
La Fiscalización debe interpretar los documentos de contrato para explicar o aclarar preguntas o puntos conflictivos y preparar dibujos o esquemas que él considere necesario como complementación.
La Fiscalización de Obra deberá dar respuesta inmediata a todas las solicitudes de interpretación de planos y/o especificaciones que caen dentro del límite de sus atribuciones. Las discusiones y acciones tomadas para tal objeto deberán ser documentadas de acuerdo con los procedimientos que se describen más adelante.
II. DESCRIPCION DE LA OBRA
La edificación deberá emplazarse cercano al acceso principal del predio del SENACSA, ubicado sobre la calle Ciencias Veterinarias 265- San Lorenzo, debiendo reemplazar el edificio inconcluso de 2 niveles, construido de estructura de hormigón armado y mampostería de ladrillo. Por lo tanto, se deberá prever la demolición total de la estructura dejando a consideración del proyectista la utilización, en caso conveniente, de la fundación existente, inclusive podrá adosar nuevas fundaciones al actual.
El nuevo proyecto deberá contemplar los siguientes espacios y áreas; oficinas administrativas, atención al público, salas de esperas y recepción, sala de reuniones, servicios higiénicos sexados, kichinette para el personal, salón de usos múltiples y área de estacionamiento, en total corresponde un área total construida de aproximadamente de 1.200 m2. También comprende la construcción de obras exteriores complementarias consistentes en la construcción de camineros, acceso vehicular y guarda obra perimetral de piso de hormigón, empastado y revitalización de áreas verdes para el patio.
Los niveles se salvarán con la utilización de 2 escaleras, 1 para el público y 1 para el área privada, así como la posibilidad de colocar un ascensor para el público.
La construcción estará conformada por un sistema estructural de hormigón armado, los muros interiores serán de mamparas de rocayeso, todos pintados igualmente el cielorraso. La cubierta del edificio será de chapa térmico-acústico N° 27 con estructura metálica, impermeabilizada con pintura adecuada al material. Los pisos serán del tipo porcelanato y para las obras exteriores de piso de hormigón. La construcción contará con sus respectivas instalaciones eléctricas, hidrosanitarias, de desagüe cloacal, desagüe pluvial, señales débiles, sistema de audio, sistema de climatización, señalética y sistema de prevención de incendio.
El plazo de la entrega de la Obra será de 12 (doce) meses, a partir del acta de inicio de obra. La recepción definitiva tendrá lugar en el plazo de: 12 (DOCE) MESES contados desde la fecha del acta de la recepción provisoria.
Localidad |
Tipo |
Superficie de |
Descripción |
Plazo |
San Lorenzo Sede Central SENACSA |
Diseño y |
1.200 m²
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(aproximadamente 20 oficinas) Presidencia Gabinete Secretaría Gral. Asuntos Interinstitucionales Asuntos Internacionales Unidad Administrativa Prensa y Protocolo Asesoría OIE Salón Multiuso (180 m2) Estacionamiento Áreas de recepción y espera Áreas de servicios de apoyo |
12 meses |
III. OBJETIVO
Los objetivos más importantes de la Fiscalización son:
IV. ALCANCE DE LOS TRABAJOS
La Fiscalización tendrá a su cargo: el control de los trabajos realizados por el Contratista y que los mismos estén ajustados al Contrato de Obras y sus Apéndices, Anexos, Especificaciones Técnicas, Planos generales, detalles, Planilla de Cómputo Métrico y Presupuesto y Cronograma, a fin de ejecutar correctamente la obra y previendo soluciones adecuadas durante la ejecución de la obra.
La Fiscalización ejercerá su acción en el lugar de la obra.
Se fijará fecha cierta de Inicio, a través del Acta de Inicio, firmado por el Contratante y el Contratista y la Fiscalización, y finalizará después de la emisión del Certificado de Recepción Definitiva de las Obras.
Las relaciones del fiscalizador con el Contratista estarán basadas en las indicaciones establecidas en el Contrato de las obras.
La Fiscalización deberá realizar la fiscalización de las Obras, según el Cronograma estimado de Obras, que será proveído por la Convocante y hasta la Recepción Definitiva de los contratos.
La Fiscalización deberá controlar, que la empresa contratista utilice en obra, los dispositivos y equipos de seguridad de acuerdo a las Normas, Reglamentos y Ordenanzas Vigentes.
La Fiscalización se contempla realizar en horario diurno y en excepciones nocturno.
Todas las comunicaciones serán efectivas a partir de la fecha y hora de recibo por la otra Parte y deberán estar firmadas por personas autorizadas.
Si existieran modificaciones del proyecto, por situaciones imponderables del terreno, la fiscalización deberá presentar al Dpto. de Fiscalización de Obras y Reparaciones del SENACSA, para su consideración, las alternativas de solución para su aprobación.
La fiscalización no deberá aprobar los certificados sin los documentos técnicos de respaldo.
La Fiscalización deberá contar con los insumos necesarios para la efectiva fiscalización de las obras: Movilidad propia, adecuada a las funciones asignadas por Contrato al Consultor, con combustible y mantenimiento a cargo de la Firma Consultora.
El Fiscalizador de Obras es el responsable técnico de la Contratante hasta la Recepción definitiva de la obra y es responsable civil de los perjuicios que comprobadamente sufriere el SENACSA por la inobservancia, negligencia o incumplimiento de las obligaciones.
V. METODOLOGIA DEL TRABAJO
A la Fiscalización se le implementará controles en dos ámbitos bien definidos:
a. Control Físico-Financiero
El control físico-financiero consistirá en la medición y certificación cuantitativa de cada uno de los rubros contractuales incluidos en el cronograma de obras, y contrastado con lo construido en cada periodo de pago.
La fiscalización deberá cotejar la correspondencia entre el o los certificados y las Actas, verificando cantidades y costos, rubro por rubro, rubricando en el mismo su firma como aval al contenido del mismo.
Los formatos, tanto para Actas de Medición como para los Certificados, serán proveídos por el SENACSA a la firma Consultora adjudicada. El contenido de cada Certificado de Obra deberá estar acompañado del Informe de Avance correspondiente.
b. Control de calidad
La calidad es el conjunto de características de un producto, un proceso, un servicio que contribuye a satisfacer las necesidades para las cuales existe dicho producto, proceso o servicio.
Las obras ejecutadas deben cumplir con los estándares de un producto final que garantice seguridad, confiabilidad y operatividad de lo construido.
Todos los productos proveídos por el contratista y procesos constructivos deberán cumplir con el Programa de Aseguramiento de la Calidad conforme con lo establecido en las especificaciones técnicas y con los requerimientos de la obra.
VI. PERSONAL Y EQUIPAMIENTO PARA LA FISCALIZACION
La Fiscalización deberá tener un equipo de personal profesional compuesto en general por el siguiente personal:
El Gerente o Director de Fiscalización; deberá ser profesional titulado con registro profesional de las carreras de arquitectura o ingeniería civil, con experiencia comprobada en estructuras de hormigón armado, deberá contar con no menos de 10 (diez) años de experiencia específica como gerente o director en Fiscalización de proyectos de igual envergadura. Tendrá una dedicación mínima de 20 (veinte) días hábiles al mes. Sus principales actividades serán:
i. Supervisión de las tareas técnicas administrativas de las obras. ii. Respuesta a las notas presentadas por el contratista y a las inquietudes presentadas por el mismo. iii. Asistencia a las reuniones con el SENACSA. iv. Asesoramiento técnico en la ejecución de todos los ítems del contrato. v. Fiscalización de los equipos utilizados. vi. Informes de situación del Contrato. vii. Supervisión de la Certificación presentada por el Contratista. viii. Seguimiento del Control Ambiental ix. Evaluación de prórrogas. x. Unificación de criterios de evaluación y seguimiento del contrato, capacitación y tareas de asistencia. xi. Coordinación con los distintos actores de las distintas áreas sobre los informes presentados y reuniones mensuales con los mismos.
El Fiscal Residente de Obra; deberá ser profesional titulado con registro profesional de las carreras de arquitectura o ingeniería civil, deberá contar con no menos de 5 (cinco) años de experiencia específica como residente en Fiscalización de proyectos similares. Estará presente a tiempo completo en la obra.
Residente de Obra, profesional calificado en la propuesta, para llevar acabo de forma satisfactoria la ejecución de la obra. El Residente de Obra tendrá residencia en el lugar en que se ejecuta la Obra, prestará servicios a tiempo completo y deberá remitir informes, resolver problemas con terceros, recibir: llamadas de atención, instrucciones. El Fiscal Residente de Obra en ningún momento deberá abandonar la Obra, mientras esta se encuentre en ejecución, los detalles correspondientes a cómputos métricos aclaración de mediciones y la elaboración de la Planilla de Avance
Sus tareas principales serán:
i. Control de ejecución de los diseños de obras aprobados. ii. Control de la calidad de los materiales y los procedimientos constructivos: aprobar fuentes de abastecimiento, diseño de las dosificaciones, procedimientos constructivos a emplear, evaluar la calidad final de las obras previa a su recepción. iii. Evaluar solicitudes de prórroga. iv. Control de cantidades ejecutadas de obra, cálculo del monto mensual a pagar, evaluar el avance con respecto al presentado. v. Control de todos los problemas detectados en la obra, presentando al contratista y al supervisor la posible solución. vi. Realizar todas las actas para el cumplimiento de lo contratado, órdenes de servicio, etc. vii. Preparar el Informe mensual de lo ejecutado y estado de la obra. viii. Colaboración en el control de las tareas de Plan de Gestión Ambiental. ix. Canalización de todas las inquietudes de los vecinos ante las autoridades del SENACSA.
3- Equipamiento
A continuación, se lista un equipo mínimo no limitativo con el que debe contar la Fiscalización,
Además de todos los requisitos estipulados en los documentos de contrato, la fiscalización debe cumplir con los siguientes:
VII. DETALLE DE LOS RESULTADOS
El detalle de los resultados esperados de la fiscalización corresponde al cumplimiento de la totalidad del alcance de los Términos de Referencia
La fiscalización deberá presentar los siguientes Informes:
Informe inicial:
La Fiscalización deberá presentar dentro de los primeros 5 (cinco) días de inicio del Contrato un informe inicial, el cual contendrá:
Informe mensual:
Corresponde la presentación de los detalles de las actividades acontecidas y de fiscalización, de acuerdo al siguiente contenido y no limitándose a las mismas, acompañando la certificación y que deberá presentarse ante el Dpto. de Fiscalización de Obras y Reparaciones del SENACSA:
Los informes mensuales deberán ser presentados en cuatro copias originales en la sede del SENACSA durante los primeros 5 (cinco) días del mes siguiente.
Reuniones quincenales:
Será obligatoria la presencia del Fiscal Residente de Obra y en caso que la situación lo requiera, se solicitará la presencia del Fiscal Director, en las reuniones quincenales que serán realizadas entre el Contratante, Contratista y Fiscalización, en el sitio de obras o en las oficinas del SENACSA. Las que serán realizadas durante el periodo correspondiente al servicio de Fiscalización en obra.
La fiscalización labrará el Acta de la reunión de los temas tratados, el cual deberá ser presentado en la próxima reunión.
Antes del inicio de cada reunión quincenal se deberá poner en consideración a los presentes, y después de aprobado el texto, firmarán los presentes en cuatro ejemplares originales.
Además, deberá presentar Informes técnicos en caso que fueran requeridos por el Departamento de Fiscalización de Obras.
Recepción Provisoria e Informe:
Corresponde al Acta de Recepción Provisoria y al informe técnico de terminación de las obras, incluyendo los siguientes documentos y no limitándose a los mismos:
Asesoría técnica e informe trimestral:
Corresponde desde la recepción provisoria hasta la recepción definitiva. Incluye los siguientes puntos:
Recepción definitiva de obra e informe final
VIII. REGISTROS DOCUMENTALES A PRESENTAR ANTES, DURANTE Y POSTERIOR A LA EJECUCIÓN DE LA OBRA
a. Acta de Inicio
b. Libros de Obras
c. Informes de fiscalización
d. Actas de medición
e. Actas de reuniones quincenales
e. Certificados de Obras
h. Actas de Recepción Provisoria
i. Actas de Recepción Definitiva
La fiscalización deberá disponer del Libro de Obra, desde el inicio hasta la finalización de la obra, los registros de los acontecimientos producidos durante la ejecución de los trabajos en las documentaciones confeccionadas para el efecto.
El Libro deberá ser debidamente rubricado por la fiscalización en todas las hojas con las fechas ciertas y firma autorizada.
Los asientos deberán hacerse a máquina o manuscrito con redacción clara y legible a fin de evitar toda clase de duda en su interpretación y alcance.
El uso del Libro de Obra, no excluye el labrar Actas sobre eventos o circunstancias que el Contrato así lo determinen.
Estas Actas deben reunir los requisitos principales que se enumeran a continuación:
- Iniciación de Obras.
- Reuniones quincenales.
- Recepción Provisoria de las Obras.
- Recepción Definitiva de las Obras.
- Otras circunstancias que el Contratante y la fiscalización determinan necesario.
LIBRO DE OBRAS
Constituye un instrumento público que deben ser suscrito por las partes responsables y por tanto se debe cuidar la legibilidad y claridad de concepto en su redacción. Su alcance se proyecta más allá del plazo de ejecución de las obras y del tiempo de garantía.
Deberá estar habilitado y estará constituido por folios numerados y hojas separadas.
El Libro de Obra, constará de hoja original, duplicado y triplicado, (original para el Contratante, duplicado para la fiscalización y el triplicado para el Contratista).
Además, constituye uno de los documentos más importantes para las partes, entiéndase Contratista FiscalizaciónSenacsa, por lo que tiene que ser conservado mientras se mantengan los lapsos legales de las prescripciones.
El libro de Obras deberá ser llenado diariamente, en la que se debe consignar todo lo concerniente a la obra, como ser: cantidad y categoría del personal en obra, cantidad de materiales, equipos en obras, trabajos ejecutados en el día, condiciones del tiempo, etc.
Todo evento o circunstancia asentado en el Libro de obra, deberá estar con la fecha en que se produce y deberá estar certificado por la fiscalización.
El Libro de obra deberá estar en el sitio de obra desde el inicio de la obra hasta la finalización de la misma y a disposición del SENACSA, que podrá asentar en los mismos Órdenes de Servicio con facultades mandatarias para la fiscalización y el Contratista.
Básicamente deberá ser empleado este Libro ante los siguientes acontecimientos, citados como ejemplos y no limitándose a los mismos:
El Libro de Obra debe permanecer en Obra, siendo la fiscalización la responsable de su conservación y al libre uso del Contratista, la fiscalización y el SENACSA.
IX. PROCEDIMIENTOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LOS CERTIFICADOS
La fiscalización deberá tener un equipo de apoyo al Fiscal Director y al Fiscal Residente, de gabinete y consultor principal para la elaboración de los certificados de obras, para que pueda ser presentado a la Contratante entre la fecha del 1 al 5 de cada mes.
La presentación de los certificados deberá ser con base a los siguientes procedimientos y no limitándose a los mismos:
X. SUPERVISIÓN Y COORDINACIÓN
La consultoría estará supervisada por el Departamento de Fiscalización de Obras y Reparaciones del SENACSA o por una persona que éste designe por escrito y comunique al Consultor.
Lic. Victor Manuel Mereles - Dirección General de Administración y Finanzas
La necesidad radica, en que el SENACSA pretende garantizar y comprobar que la ejecución de la obra se realice conforme a las especificaciones técnicas de acuerdo con los contratos establecidos con el proyecto de obras.
En forma Temporal
Cabe señalar, que las especificaciones Técnicas fueron elaboradas por la Coordinación de Proyectos y Obras de acuerdo a las necesidades requeridas por la Institución
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
(Indicar el N°) |
(Indicar la descripción de los bienes) |
(Insertar la cantidad de bienes a proveer) |
(Indicar la unidad de medida de los bienes |
(Indicar el nombre del lugar) |
(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s) |
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El trabajo de fiscalización iniciará antes de que se dé la orden de inicio al Contratista, en un tiempo de cinco (5) días corrido posterior a la firma de su contrato, que le permita revisar e interiorizarse del diseño, planos, especificaciones y planillas de cómputo y cronograma de obra del proyecto. El plazo de la entrega de la Obra será de 12 (doce) meses, a partir del acta de inicio de obra. El Fiscal prestará los servicios por el tiempo que dure la realización de los trabajos hasta la recepción definitiva de la obra. La recepción definitiva tendrá lugar en el plazo de: 12 (DOCE) MESES contados desde la fecha del acta de la recepción provisoria.
DEL PERIODO DE GARANTÍA
En el transcurso del Periodo de Garantía, que va desde la Recepción Provisoria hasta la Recepción Definitiva de la Obra, la fiscalización deberá llevar a cabo una inspección periódica, de las condiciones del edificio y del funcionamiento del mismo, a fin de detectar probables vicios ocultos en la obra.
De constatarse vicios ocultos, la fiscalización deberá solicitar a la Empresa Contratista la corrección o reposición, según fuere el caso, de cualquier parte de la obra ejecutada por la misma.
Cualquier problema de Vicios Ocultos detectado, por la fiscalización, deberá ser informado al SENACSA, detallando los inconvenientes, las soluciones del tratamiento y el plazo en que realizará la empresa Contratista
Para la Recepción Definitiva, la Obra no deberá presentar ninguna objeción a los trabajos realizados
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
Lista de Planos o Diseños |
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Plano o Diseño No. |
Nombre del Plano o Diseño |
Propósito |
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El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Informe inicial |
Informe inicial |
Dentro de los primeros 5 (cinco) días de inicio del Contrato |
Informe mensual | Informe mensual | En forma mensual |
Informe final | Informe final | Al momento de la Recepción Definitiva de Obra |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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