El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
ACLARACIÓN: El cálculo que el oferente deberá tener en cuenta al momento de la cotización de su oferta, es el siguiente: a modo de ejemplo en base al precio referencial:
PRECIO REFERENCIAL |
CANTIDAD MÁXIMA FUNCIONARIO |
CANTIDAD DE MESES |
TOTAL ANUAL |
Gs. 1.500.000.- |
122 |
12 |
Gs. 2.196.000.000.- |
Se aclara, además, para lo que hubiere lugar, que el PRECIO UNITARIO publicado a través del SICP de Gs. 18.000.000, fue determinado en base al precio referencial (Gs. 1.500.000) * 12 meses, según el cuadro de ejemplo detallado precedentemente.
ANEXO I
DE LOS BENEFICIARIOS
CANTIDAD DE BENEFICIARIOS y FORMA DE COBERTURA
La cantidad de beneficiarios titulares (funcionarios) de este servicio es de 122 (ciento veintidós) como máximo y de 61 (sesenta y uno) como mínimo. No obstante, esta cantidad estará sujeta a modificaciones en la medida en que el Fondo Ganadero así lo requiera por sus funciones. Esta modificación será instrumentada mediante una adenda al contrato respectivo.
Son beneficiarios de este contrato las personas que figuren en la lista suministrada por el Fondo Ganadero al OFERENTE ADJUDICADO; la cobertura y derechos que conferirá el contrato serán para los beneficiarios titulares, sus grupos familiares, adherentes, y a los incorporados en lo sucesivo. Todos los beneficiarios, cónyuges de hecho/derecho, hijos u otras personas dependientes tendrán los mismos derechos a las coberturas que se encuentran estipuladas en el contrato que sea suscripto entre las partes, con excepción de la cobertura de maternidad que será garantizada para las titulares, cónyuges de varones titulares o pareja de unión de hecho del titular e hijas hasta los 20 (veinte) años de edad.
BENEFICIARIOS TITULARES
Se clasifican de la siguiente manera:
DESCRIPCIÓN DEL GRUPO FAMILIAR |
|
|
DESCRIPCIÓN DE LOS ADHERENTES |
Podrán ser incluidos como ADHERENTES los siguientes, cuya Prima (iva incluido) será según detalle:
|
Cuando en este PBC y en el futuro contrato se utilice el término beneficiario y/o titular entiéndase que corresponde a cualesquiera de los futuros asegurados citados más arriba (beneficiarios titulares, miembros del grupo familiar a quienes se extiende la cobertura y beneficiarios adherentes), es decir, con todos los integrantes que los funcionarios conllevan, con las excepciones determinadas en este mismo PBC. Cuando se refiera a hijos a aquellos que tienen en común el matrimonio legal o aparente o los que provengan de cualquiera de los cónyuges.
VIGENCIA DE LA COBERTURA
Cobertura inmediata de los servicios estipulados en todos los anexos de esta Sección, los que tendrán vigencia por 12 (doce) meses contados desde la suscripción del mismo entre las partes. Condicionando su continuidad a la aprobación del Presupuesto General de la Nación correspondiente al ejercicio fiscal 2022 destinada para el Fondo Ganadero.
ACREDITACIONES DE IDENTIFICACIÓN
El OFERENTE ADJUDICADO deberá proveer a más tardar dentro de los 5 (cinco) días hábiles posteriores a la firma del contrato, las acreditaciones para utilizar los servicios contratados, para todos los beneficiarios titulares y adherentes que figuren en la nómina que el Fondo Ganadero presentará en el mismo día de la firma del contrato, la que será el documento que el BENEFICIARIO utilizará para los servicios requerido por el mismo a partir de la vigencia del contrato, en caso de que aún no se haya recepcionado según los 5 (cinco) días establecidos anteriormente las acreditaciones de identificación, se podrá utilizar la C.I en todos los centros que estén en convenio con el Oferente adjudicado.
Se aclara que la planilla mencionada puede variar durante la ejecución contractual, sin necesidad de Adenda si no supera la cantidad máxima de este contrato. En caso de superarla, se procederá conforme a lo establecido en las diferentes normas que rigen las Contrataciones Públicas.
OBLIGACIONES DEL OFERENTE ADJUDICADO - PLANTEL MEDICO, SANATORIAL Y ADMINISTRATIVO:
OTRAS DISPOSICIONES
ESPECIFICACIONES SOBRE LA PRESTACIÓN DE COBERTURA MÉDICA INTEGRAL, CONSULTORIOS, TRATAMIENTOS, LABORATORIAL, MEDICINA POR IMÁGENES, SANATORIAL, TERAPIA INTENSIVA, TERAPIA INTERMEDIA, URGENCIAS, EMERGENCIAS, MEDICAMENTOS
En este apartado se establecen los detalles en cuanto a la prestación de servicio de cobertura médica integral, de consultorio, laboratorial, medicina por imágenes, sanatorial, terapia intensiva, terapia intermedia, urgencias, emergencias y medicamentos; clasificados en tres grupos en cuanto a su cobertura.
a. SERVICIOS SANATORIALES CON COBERTURA INTEGRAL (100%)
a.1. Internaciones clínicas y/o quirúrgicas:
La oferta deberá contemplar cobertura inmediata y total o integral en internaciones clínicas y/o quirúrgicas, según orden de internación prescripta por el profesional médico tratante del paciente, sin límite de veces o días por cada vez que el beneficiario requiera internación, durante el periodo de contratación, en todos los sanatorios adheridos, incluidos los del Interior del país que cuenten con la capacidad de efectuar este servicio y que forman parte del contrato.
Cada OFERENTE presentara como mínimo para Capital 3 (tres) alternativas de sanatorios de Nivel 2, 2 (dos) de Nivel 3, y 2 (dos) sanatorios especializados en Pediatría y Neonatal, en este último, uno de ellos tiene que ser un centro de alta complejidad, según certificación de categorización de la superintendencia de Salud. En el Departamento Central como mínimo 2 (dos) alternativas de sanatorios de Nivel 2; a elección del beneficiario.
Todos los Sanatorios deberán contar con las siguientes instalaciones y comodidades y servicios en la habitación:
Habitaciones individuales convencionales (no suite)
Buenas condiciones de salubridad, higiene, desinfección,
Baño privado,
Teléfono,
TV color, Cable,
Dieta del paciente,
Ambiente climatizado,
Cama para acompañante,
Atención médica y de enfermería de guardia.
Observaciones adicionales a este inciso a:
I. Se debe adjuntar a la oferta la lista de los Sanatorios adheridos al oferente y que ofrecen para prestar los servicios ofertados, al que se debe adjuntar copia autenticada de la certificación de categorización y habilitación expedida por la SIS del MSP y BS y las copias de los contratos vigentes con los mismos.
II. No existe limitación respecto a la cantidad de veces que el asegurado, su grupo familiar o beneficiarios adherentes puedan internarse.
III. En ninguno de los casos contemplados en el contrato se aplicará un pago o firma de pagaré en carácter de fondo de garantía por la internación. Los únicos casos aceptados son los siguientes:
1. Cuando se halle agotada la cobertura emitida por el OFERENTE en concepto de medicamentos y descartables (ver a.8.2) y/o;
2. Cuando se cumplan los 20 (veinte) días de cobertura integral en la Unidad de Terapia Intensiva (UTI) para lo cual el OFERENTE ADJUDICADO deberá informar la situación al beneficiario de su estado de cuentas y podrá solicitar aval y pago periódico. En ningún caso el FONDO GANADERO podrá ser garante ni responsable de las deudas contraídas por el servicio prestado.
a.2. Honorarios profesionales cobertura total e inmediata en consultorios, tratamientos, internaciones clínicas y/o quirúrgicas.
Cobertura total e inmediata hasta el 100% de los honorarios profesionales; que el profesional así los requiera, sin límites de veces durante la vigencia del contrato sean estos en consultorios, cirugías, servicios de urgencias, controles de rutinas, procedimientos incluyendo materiales, instrumentales y/o equipos convencionales de cada especialidad indicados en el punto a 2.1, como así también dispositivos, estudios propios de las especialidades que el profesional pueda brindar, tratamientos e internaciones (convencionales o de terapia intermedia, e intensiva), en todos los casos clínicos y/o quirúrgicos sean accidentales o no, incluyendo los que ocurran a consecuencia de la práctica deportiva, a excepción de aquellos deportes extremos o de alto riesgo como automovilismo, boxeo y artes marciales, etc.;
a.2.1 La cobertura total es para las siguientes especialidades sin límite de veces durante la vigencia del contrato respectivo, como para las cirugías postergadas de otros contratos anteriores, salvo para las excepciones que estén determinadas en este mismo apartado. Todo lo detallado en cada especialidad es meramente enunciativo no limitativo.
Alergología e Inmunología adultos y niños. Incluye pruebas y Test alérgicas en general;
Anatomía patológica, de todos los tamaños (incluyendo biopsia por congelamiento);
Anestesia en procedimientos quirúrgicos de cualquier especialidad (en caso de que los procedimientos y diagnósticos estén limitados por contrato/plan y/o el cirujano no sea profesional en convenio con la Prestadora, los honorarios del anestesista serán a cargo del paciente);
Analgesia en partos;
Cardiología clínica adultos;
Cardiología clínica pediátrica;
Cirugía general/ Cirugias minimamente invasivas en gral : Adultos y Niños.
Cirugía pediátrica, incluye las cirugías por patologías congénitas en niños: Postectomia (no electiva), pie bot, hidrocefalia (no incluye válvula), ano imperforado, hernias, labio leporino y/o criptorquidia;
Cirugía plástica reparadora y/o reconstructiva, incluyendo consultas derivadas de accidentes (agudo);
Cirugía video laparoscopica;
Cirugías vasculares;
Coloprotologia;
Cirugía Toráxica; Neumonectomía, Lobectomía, Segmentectomia, Pleuroneumonectomia, Decorticación pulmonar, Broncotomía, Broncorrafia, Toracotomía amplia exploradora con o sin biopsia de pulmón, pleura o mediastino, Lesión por efisema, Resección segmentaria bronquial, Mediastinotomía con escisión de lesión, Tratamiento quirúrgico de Hemoneumotórax traumático. Incluye el uso del pleuroscopio en cirugías del torax.
Cirugía Oncológica;
Cirugía de Mano:
Cirugía Cardiaca adulto/ Pediátrico;
Cirugía de Cabeza y cuello;
Cirugía gastrostomía endoscopia percutánea, hasta 3 Intervenciones por contrato, incluye Kits de gastrostomía;
Clínica médica/medicina interna;
Colo-Proctologia, estudios, procedimientos diagnósticos, tratamiento quirúrgico y no quirúrgico de las enfermedades del colon, recto y ano, fisura anal, hemorroides, fistula anal compleja, quiste pilonidal, enfermedades inflamatorias intestinal y/o enfermedad diverticular;
Dermatología adultos y niños; clínicas, estudios, tratamientos, procedimientos quirúrgicos y cirugías (incluye extracción de lunares/cauterización de lunares/cirugía laser de lunares), Medicamentos y/o internaciones;
Diabetología adultos/pediátrica;
Dietología (consultas), tratamientos y dietas;
Endocrinología y metabolismo, adulto e infantil, estudio y tratamientos;
Fisiatría, evaluación, tratamientos y seguimientos en niños y adultos, sin límite de consulta;
Fisioterapia, Rehabilitación y/o kinesiología, adulto e infantil, estudios, tratamientos, sin límite de veces por cada evento;
Fisioterapia en Gral. (incluye las neurológicas);
Hidroterapia (hasta 10 sesiones por cada evento);
Flebología, estudios, tratamientos ambulatorios y procedimientos quirúrgicos, cirugías de varices o safenolisis convencional y/o laser.
Flebectomía convencional y/o láser;
Fonoaudiología, consultas, estudios, tratamientos;
Gastroenterología en niños y adultos, incluyendo procedimientos endoscópicos o video endoscópicos con fines diagnósticos o terapéuticos. Endoscopias digestivas altas, rectosimoidoscopia, colonoscopia, laparoscopia, extracción de cuerpos extraños en tubos digestivos, colocación de sondas en gral., esclerosis de lesiones sangrantes en tubos digestivos, electrocoagulación, Colangiopancreatografía retrógrada, papilotomia, polipectomia, ERCP. (incluye honorarios médicos y de anestesista, contrastes, medicamentos, materiales descartables);
Geriatría;
Ginecología;
Hematología adultos e infantil, la reposición de sangre es a cargo del paciente;
Hemoterapia (trasfusiones) incluye serología, materiales descartables utilizados durante el procedimiento de transfusiones y perfil inmunohematologico en adulto y niños. (Profesionales debidamente acreditados por la Sociedad Hemoterapia);
Hemodinamia, estudios, tratamientos, consultas (incluyendo contraste);
Hepatología;
Infectología, consultas, tratamientos en adultos y niños;
Inmunología, consultas y pruebas de alergología;
Infiltración facetaria, procedimiento y anestesia general;
Mastología, consultas, estudios, tratamientos y cirugía mastológica;
Medicina Familiar;
Nefrología adultos y niños, cirugías nefrológicas y diálisis;
Neumología infantil y adultos, tratamientos, consultas, procedimientos y estudios;
Neurología adultos y niños, estudios especializados, tratamientos y consultas;
Nutrición en adultos y niños, consultas, tratamientos y estudios;
Nutrición y Diabetología, obesidad en niños y adultos, consultas, tratamientos y estudios;
Obstetricia;
Oftalmología niños y adultos: consultas, ejercicios ortópteros incluyendo test, cirugías, extracción de cuerpos extraños, estudios, tratamientos, intervenciones sobre la retina, facoemulsificación, incluyendo catarata intra o extracapsular con o sin facoemulsificación, a excepción de prótesis (LIO), Láser: tratamiento y cirugías con láser incluyendo uso de equipos (refractiva a partir de 6 dioptrías), a excepción de las consideradas estéticas, cirugía a laser en el traberculado para el glaucoma, Certificación de equipo de Eximer Láser en funcionamiento. Estudio Angiofluoresceinografia; incluido el material de contraste (fluoresceína) y la prueba de alergia respectiva.
Para el efecto la prestadora, Centro Médico o lugar donde se encuentre físicamente el equipo para realizar el estudio solicitado, debe presentar una Declaración Jurada, en la cual se informe que el/los equipo/s del servicio se encuentra/n en perfecto estado de uso y funcionamiento, siendo la responsabilidad de lo declarado extensible de manera personal y/o solidaria a quienes suscriben dicha declaración, con los alcances del Art. 243 de Ley 1.660/97 del Código Penal Paraguayo. Así mismo se debe autorizar al Fondo Ganadero a constatar la veracidad de toda la información suministrada por el oferente en la oportunidad en que deba efectuar la evaluación de la oferta, la cual será tenida en cuenta antes de decidir la adjudicación;
Oncología Clínica adultos y niños, estudios, quimioterapia (incluye medicamentos y descartables y drogas oncológicas hasta Gs. 5.000.000.- por Beneficiario año de contrato), consultorio, tratamientos oncológicos en internación;
Otorrinolaringología, consultas, estudios, tratamientos, cirugías en adultos y niños incluye diabolo, turbinectomia, septuplastia funcional. Otoneurología: consultas, estudios, incluye lavado de oídos;
Patología cervical, estudios y tratamientos;
Patología mamaria;
Pediatría-neonatología, consulta. Vacunas obligatorias según calendario del M.S.P. y B.S. en vacunatorio en convenio con la prestadora;
Proctología;
Psicología clínica y laboral- consultas, tratamientos y test propios de la especialidad;
Psicopedagogía clínica- consultas, estudios, tratamientos y test propios de la especialidad;
Psiquiatría consultas en consultorios, tratamientos ambulatorios. En internaciones en fase aguda;
Reumatología: adultos e infantil, consultas y estudios;
Toxicología;
Traumatología y ortopedia en adultos y niños, consultas, estudios, procedimientos y cirugías artroscópicas. Incluye todos los instrumentales.
Urología en adultos y niños: consultas, endoscopia urológica quirúrgica, litotripsia ultrasónica, estudios de diagnóstico y cirugía de próstata (RTU) asa incluida, tratamientos, controles y procedimientos propios de esta especialidad en consultorio e internación. Incluyendo el uso del receptoscopio.
Observaciones:
I. Todas las especialidades anteriormente citadas, tendrán cobertura integral (100%) y contarán con la cantidad mínima de ocho (8) profesionales por cada uno, con experiencia no menor a cinco años de ejercicio de la profesión en la especialidad requerida, a excepción de las siguientes especialidades:
• Toxicología, Cirugía Plástica Reparadora, Cirugía Torácica, Fonoaudiología, como mínimo dos (2) especialistas por cada una;
• Hepatología, Medicina Familiar, Endocrinología Pediátrica, Nefrología Pediátrica, y Otoneurología, como mínimo un (1) especialista por cada una.
II. Todos los médicos deberán estar Certificados por las Sociedades Científicas nucleadas en el Círculo Paraguayo de Médicos y con registro profesional expedido por el M.S.P.
III. En Caso de que un médico requiera la presencia de otro profesional como Interconsultantes, no integrante del plantel médico del OFERENTE ADJUDICADO, estarán a cargo del OFERENTE ADJUDICADO, hasta (2) dos veces por evento.
IV. Honorarios de los anestesistas podrán ser establecidos hasta los montos fijados por los anestesiólogos en convenio con la prestadora en procedimientos y diagnósticos contemplados en contrato.
V. El OFERENTE ADJUDICADO deberá contratar efectivamente hasta 3 (tres) profesionales de cualquier especialidad; solicitados por el Fondo Ganadero a pedido de los funcionarios, durante la vigencia del contrato.
VI. El OFERENTE ADJUDICADO debe especificar por escrito el listado de los profesionales médicos por especialidad, que cubren integralmente y cuáles son los que van a requerir arancel preferencial, los cuales deberán ser actualizados y comunicados mensualmente.
VII. En ningún caso el beneficiario deberá concurrir a la oficina del OFERENTE ADJUDICADO, para visar las consultas con los profesionales habilitados por el mismo.
VIII. El servicio de honorarios profesionales con cobertura del 100% (cien por ciento) será sin límite de veces durante la vigencia del contrato, sean estos en consultorios, tratamientos e internaciones (convencionales, o de terapia intermedia e intensiva) en todos los casos clínicos, y/o quirúrgicos sean accidentales o no, incluyendo los que ocurran a consecuencia de la práctica deportiva, a excepción de los determinados anteriormente. La única excepción es para Hidroterapia que incluye hasta 10 sesiones por evento para cada una.
a.3. Terapia Intensiva. (Adultos, Niños y Neonatal) - Cobertura inmediata
Con cobertura del 100% (cien por ciento), hasta 20 (veinte) días de internación por episodio por cada beneficiario/a. Estarán cubiertos todos los honorarios profesionales, equipos propios de la unidad de terapia intensiva, incluyendo colchón de agua y aire, cuidados de enferortopediamería, medicamentos y materiales descartables hasta el tope establecido en el punto a.8.2.y todos los medios auxiliares de diagnósticos, incluidos servicios laboratoriales y radiológicos, incluye resonancia magnética y tomografía axial computarizada (con aparatos actualizados y con las excepciones establecidas) así como todas las determinadas en el punto e) Medicina por Imágenes del presente anexo de este PBC.
En los casos de urgencia que requiera la internación en UTI se faculta al beneficiario a acudir a un sanatorio no habilitado o sin convenio con el OFERENTE ADJUDICADO. Para el efecto el beneficiario o cualquier particular se comunicará con el OFERENTE ADJUDICADO, dentro de las 48 hs. de producido el ingreso, para que este último decida el traslado a otro Centro médico o la permanencia en el lugar. El OFERENTE ADJUDICADO debe hacerse cargo de todos los gastos en que incurra el beneficiario durante la estadía y el traslado correspondiente.
Cuando sobrepase el tope de días establecidos con cobertura total (20 días), la cobertura a partir del día numero 21 (veintiuno) será de (50% cargo del Beneficiario y 50% a cargo del OFERENTE ADJUDICADO en todo concepto (pensión sanatorial, uso de equipos de la unidad, honorarios médicos y estudios auxiliares necesarios, sobre los aranceles establecidos para el Seguro Médico). La cobertura así descripta será hasta el alta del paciente. EL OFERENTE ADJUDICADO deberá informar la situación al beneficiario de su estado de cuentas y podrá solicitar aval y pagos periódicos una vez que se alcance los 20 (veinte) días de cobertura integral en UTI. En ningún caso el Fondo Ganadero podrá ser garante ni responsable de las deudas contraídas por el servicio prestado.
Para pacientes en estado de descerebración (Glasgow 4 ó menos) que estando en Terapia Intensiva o en sala común y que el diagnóstico sea irreversible, se realizará el procedimiento indicado por la O.M.S. que consta de 3 electroencefalogramas realizados cada 36 horas que resultando planos determinan el estado vegetativo del paciente, terminando la cobertura por parte de OFERENTE ADJUDICADO, quedando a cargo de sus familiares el traslado del mismo o asumir los gastos que represente mantenerlo en el Sanatorio.
En ningún caso El OFERENTE ADJUDICADO requerirá garantía personal al beneficiario, Los únicos casos aceptados son los siguientes: 1) Cuando se haya agotado la cobertura emitida por EL OFERENTE en concepto de medicamentos y materiales descartables (ver a.8.2) y/o; 2) Cuando se cumplan los 20 (veinte) días de cobertura integral en la Unidad de Terapia Intensiva (UTI) para lo cual el OFERENTE ADJUDICADO deberá informar la situación al beneficiario de su estado de cuentas. La garantía personal deberá estar debidamente instrumentado.
En ningún caso el Fondo Ganadero podrá ser garante ni responsable de las deudas contraídas por el servicio prestado.
a.4. Terapia Intermedia. (Adultos, Niños y Neonatal) - Cobertura integral e inmediata:
La cobertura será sin límite de veces en el año por cada beneficiario, hasta el alta del paciente, según la indicación del médico tratante. Estarán cubiertos todos los honorarios profesionales, equipos propios de la unidad de terapia intermedia, cuidados de enfermería, medicamentos, materiales descartables, oxigeno hasta el tope establecido en el punto a.8.2. y todos los medios auxiliares de diagnóstico, incluidos servicios laboratoriales y radiológicos, incluye resonancia magnética y tomografía axial computarizada (con aparatos actualizados y con las excepciones establecidas), de acuerdo al contrato.
En ningún caso el OFERENTE ADJUDICADO requerirá garantía o aval alguno, ya sea personal o en efectivo al beneficiario, cuando el servicio corresponde a internación de Terapia Intermedia, antes de agotar las coberturas establecidas.
En los casos de urgencia que requiera la internación en Terapia Intermedia se faculta al beneficiario a acudir a un sanatorio no habilitado o sin convenio con el OFERENTE ADJUDICADO. Para el efecto el beneficiario o cualquier particular se comunicará con el OFERENTE ADJUDICADO, dentro de las 24 hs. de producido el ingreso, para que este último decida el traslado a otro Centro médico o la permanencia en el lugar. El OFERENTE ADJUDICADO debe hacerse cargo de todos los gastos en que incurra el beneficiario durante la estadía y el traslado correspondiente.
a.5. Maternidad y Nacimientos (cobertura integral e inmediata)
Se establece la cobertura integral de maternidad, desde las consultas pre natales con los profesionales cubiertos en el punto a.2 del presente anexo, con todos los estudios que se requieran y que se hallen contemplados en el presente PBC (Puntos a.8.3; d del Anexo I y del Anexo II);
También comprende el parto normal y parto cesárea, honorarios médicos (que pertenezcan al staff del OFERENTE ADJUDICADO), internación, enfermeras, nursery, pensión sanatorial y derechos operatorios, así también cubre integralmente el control y los cuidados que demande el recién nacido (normal, patológico o pre termino), incluido incubadora, luminoterapia, carpa de oxigeno, oxigeno, estudios laboratoriales, radiológicos, resonancia magnética y tomografía axial computarizada y obstétricos,
Se establece dentro del ítem de cobertura de maternidad los siguientes eventos:
Control de embarazo en general , aborto espontaneo, legrado, parto normal o cesárea, embarazo ectópico, mola (embarazo patológico), internaciones clínicas ligadas al curso de un embarazo (ej. Eclampsia, diabetes gestacional, hiperémesis gravídica, etc.).
Tendrán cobertura también aquellos niños nacidos antes de las 37 semanas de gestación. Entiéndase por cobertura a aquellos gastos relacionados al diagnóstico y tratamiento de la prematurez: consultas con los especialistas médicos, internaciones clínicas y/o quirúrgicas, luminoterapia, honorarios profesionales del médico nutricionista;
La cobertura de Medicamentos y materiales descartables para los casos maternidad y nacimientos es hasta el monto estipulado en el punto a.8.2. del presente anexo.
a.6. Servicios de Urgencia (cobertura integral e inmediata).
Este servicio estará integrado por guardias de urgencias en los servicios asistenciales indicados por el OFERENTE ADJUDICADO compuesto por honorarios de médicos de guardia (clínicos, y otras especialidades que el caso requiera las 24 horas de todos los días incluido los domingos y feriados) de guardia, con la cobertura determinada en el punto a.2 de este anexo), derechos de sala de procedimientos/quirófanos, estudios de diagnósticos derivados de la consulta, servicio de enfermería, radiólogo y ecógrafo permanente, todos los medios auxiliares de diagnóstico permanente (Radiología, Ecografía, Laboratorio, etc.) y medicamentos, materiales descartables y desechables (no incluye recetas ambulatorias) que guarden relación con el evento.
El OFERENTE ADJUDICADO proveerá atención médico quirúrgica derivada de cualquier clase de accidente, hasta la total recuperación del accidentado, indicado por el Médico Tratante.
En casos de accidentes colectivos o quemaduras graves, la atención e internación será bajo las condiciones estipuladas en el plan para cada caso. Se considerará accidente colectivo cuando resultasen más de cinco beneficiarios accidentados en un solo acontecimiento.
En los casos de emergencias, el beneficiario titular, su grupo familiar y/o sus adherentes podrán concurrir al centro asistencial más cercano, sea que se encuentre o no en convenio con EL OFERENTE ADJUDICADO, a fin de recibir la atención de urgencia. Una vez que se produzca el evento, el beneficiario y/o cualquier particular deberán comunicar al OFERENTE ADJUDICADO (vía telefónica, fax, escrito, personalmente) dentro de las 24 horas del suceso, a fin de que los médicos del plantel del OFERENTE ADJUDICADO, se haga cargo del paciente, indicando su traslado o su continuidad en dicho centro. Se deja constancia que también en estos casos de emergencia el OFERENTE ADJUDICADO debe hacerse cargo de los gastos incurridos por el beneficiario, siempre dentro de los límites establecidos en el presente PBC.
Se entiende como servicios de emergencias aquellos que pueden ser atendidos en un centro asistencial más cercano, en los siguientes casos: accidentes de tránsito, primeros auxilios, partos y otros imprevistos que pongan en riesgo la vida del Asegurado. Todos los costos emergentes de urgencias serán cubiertos (incluyendo lo estipulado en el presente anexo y en el Anexo II) por el OFERENTE ADJUDICADO, incluyendo días y horarios inhábiles.
a.7.Servicio de Ambulancia
El OFERENTE ADJUDICADO dispondrá de servicios de ambulancias propias y/o contratadas para emergencias y/o urgencias, así como también para traslados dentro de la Capital, Departamento Central y en todo el interior del país, además contará con servicios de unidad de terapia intensiva móvil. Estos servicios incluyen la cobertura del 100 % (cien por ciento) de los honorarios del médico y otros gastos emergentes de la atención.
a.8. Otros servicios, procedimientos y/o estudios cubiertos íntegramente
Aplicación de Inyecciones con descartables requeridos
Audiometrías
Calculo cefalométrico
Campo visual-computarizado, campimetría, paquimetria computarizada, curva tensional
Cistometría
Control médico periódico anual preventivo voluntario, que incluya examen clínico, análisis de rutina, rayos X de tórax, E.C.G. estudios de PAP y Mamografía, incluyendo informe médico para seguro de vida.
Crioterapia
Deben estar cubiertos con los derechos operatorios en todo tipo de internaciones e intervenciones quirúrgicas, así como costos de internaciones y servicios de enfermería para todos los eventos contemplados.
Densitometría ósea, análisis mineral óseo de cuerpo entero, muñeca, perfil osteoporotico, columna, cuello de femur.
Derecho operatorio en todos los casos.
Descartables en procedimientos dermatológicos.
Drenaje y punciones en cirugía
Ecobiometría
Ecocardiografía en general
Electrocardiograma de reposo y esfuerzo (ergometría)
Electroencefalografia
Electromiografía
Electronistagmografía y/o videonistagmografía
Emisiones otacústicas
Espirometrías
Exámenes y ejercicios ortópticos y cleópticos, extracción de cuerpo extraño.
Flujometría
Hemodiálisis en casos agudos (3 por año por beneficiario y su grupo familiar)
Hidroterapia hasta 10 sesiones por cada evento
Holter
Impedanciometrías
MAPA (Monitoreo ambulatorio de presión arterial)
Mapeo cerebral
Materiales descartables y medicamentos en procedimientos dermatológicos, cubiertos íntegramente.
Monitoreo cardiológico intraoperatorio
Monitoreo fetal y perfil biofísico
Nebulizaciones incluyendo todo lo que se requiera para el servicio (medicamentos, materiales descartables y no descartables).
Optical coherence tomography (O.C.T)
Ortopantomografía digital
PH Metría Uso del equipo
Polisomnografía domiciliaria
Potenciales evocados visuales (BERA)
Prueba supraliminar
Pruebas completas en neumología (plataforma de fuerza, alfombra de salto, dinamometría y electromiografía de 8 canales)
Pruebas vestibulares
Retino fluoresceinografía
Retinografía color
Scopía en general
Sistema IMAGINET de digitalización de imágenes de retina con y sin contraste
TILT test
Timpanometría
Tomografía óptica ambos ojos
Topografía corneal computarizada;
Estudio funcionales cistometria + flujometria + EMG.
Estudio funcionales biofeedback con EMG (NIÑOS/ADULTOS)
Los servicios, procedimientos y/o estudios que no figuren en el listado anterior estarán sujetos a aranceles especiales establecidos para Seguros Médicos (50% a cargo del beneficiario y 50% a cargo del OFERENTE ADJUDICADO).
a.8.1. En servicios de guardia: (cobertura integral e inmediata)
Inyecciones, nebulizaciones, servicios de enfermería, ultrasonidos, masajes, infrarrojo, toma de presión arterial, tanto para casos de accidente como para cualquier requerimiento de atención de caso de urgencia, tendrá una cobertura total (100 %). Este servicio también comprende la cobertura de medicamentos y materiales descartables descriptos en el siguiente punto.
a.8.2. Cobertura de Medicamentos y Materiales Descartables
Se otorgará cobertura de medicamentos y materiales descartables hasta el valor de guaraníes cinco millones quinientos mil (Gs. 5.500.000.-) cualquiera sea la naturaleza de los mismos, incluyendo oxigeno terapia, y cualquier principio activo utilizable en problemas de salud e inmunoterapia, sea por internaciones en Terapia Intensiva, Terapia Intermedia, clínicas, quirúrgicas, cirugías menores (biopsias, suturas, sutura química y otros), partos normal o cesáreas, servicios de urgencias, quimioterapia (incluyendo drogas oncológicas), mallas quirúrgicas, servicios o procedimiento ambulatorios (consultas en consultorios privados, en el servicio de urgencia de los sanatorios y/o en centros adheridos) para el beneficiario titular, su grupo familiar y adherentes. Se tendrá en cuenta para la cobertura de medicamentos y materiales descartables o desechables (no incluye pañales ni productos de aseo personal).
Entiéndase por CIRUGIA MENOR a una serie de procedimientos quirúrgicos sencillos y generalmente de corta duración, realizados sobre tejidos superficiales y/o estructuras fácilmente accesibles, bajo anestesia local, que tienen bajo riesgo y tras los que no son esperables complicaciones postquirúrgicas significativas.
Cobertura de medicamentos y materiales descartables en Alta Complejidad (Anexo II) hasta el alta del paciente.
Observación: Los precios de los medicamentos y materiales descartables cubiertos y/o facturados no podrán ser superiores que, en las farmacias de plaza o comercio del ramo, según precio de venta al público fijado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, bajo pena de rescisión del contrato con el OFERENTE ADJUDICADO. En caso de que el paciente cuente con seguro del INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL (IPS), se podrá ingresar; medicamentos; quedando a cargo del paciente ante esa institución los trámites necesarios para el mismo.
a.8.2.1. Debe entenderse que la cobertura detallada precedentemente de los medicamentos y materiales descartables es por beneficiario y por cada evento y no por la vigencia del contrato, con excepción de alta complejidad que es hasta el alta del paciente.
a.8.3. Uso de todos los equipos necesarios-cobertura total, considerándose lo siguiente:
Arco en C
Bomba de Contrapulsación intraaórtica
Bomba de infusión
Carpa de oxigeno
Colchones de aire-agua
Cuna térmica
Ecocardiógrafo
Ecógrafo
Electrocardiógrafo
Equipo de Electrovisturi
Equipo de Ligasure
Equipo de artroscopía
Equipo de gasto cardiaco
Equipo de video endoscopia
Equipo de video cirugía para todas las especialidades
Equipo de Anestesia
Equipo de Recepción Tras uretral (RTU)
Facoemulsificador
Gastos de traslados de equipos y recargos por fuera de hora
Incubadora de transporte
Litotriptor
Luminoterapia convencional
Luminoterapia sistema Biliblank
Microscopio
Monitor- monitoreo fetal
Monitor R.G.M
Rayos x
Saturador de oxigeno
Tomógrafo
Las determinaciones de equipos que no figuren en el listado anterior estarán sujetas a aranceles especiales establecidos para Seguros Médicos (50% a cargo del beneficiario y 50% a cargo del OFERENTE ADJUDICADO).
a.9. Visitas Domiciliarias
Dicha cobertura comprende:
Análisis clínicos
Atención de urgencia y/o emergencias.
Consulta médica a domicilio
Electrocardiograma a domicilio
Medicamentos y materiales descartables utilizados en la urgencia y/o emergencia
RX y Ecografía con equipo portátil
Traslados al sanatorio derivado de la urgencia y/o emergencia.
Dichos servicios serán sin cargo para los beneficiarios, las 24 horas, incluyendo domingos y feriados, siempre que los beneficiarios se encuentren imposibilitados de asistir personalmente a la prestadora de servicios del OFERENTE ADJUDICADO.
a.10. Centros Asistenciales en el Interior del país
EL OFERENTE ADJUDICADO debe contar con cobertura en por lo menos 1 (un) Sanatorio habilitado por la Súper Intendencia de Salud (SIS) en cada una de las siguientes ciudades: Pedro Juan Caballero, Ciudad del Este, Concepción, San Ignacio-Misiones y en el Departamento de Boquerón, Chaco Paraguayo, para consultas e internaciones, estudios laboratoriales y radiológicos, servicios de ambulancias para emergencias y/o urgencias, así como también para traslados desde esos lugares hasta un Centro Médico que realice los servicios médicos que requiera el paciente, así como también de otras ciudades donde la Institución habilitare oficinas regionales, todos los servicios deben estar a cargo del OFERENTE ADJUDICADO y bajo las mismas condiciones del Contrato.
El oferente debe indefectiblemente tener contratos vigentes con Sanatorios en todas las ciudades citadas en el párrafo anterior, determinándose como única excepción al del Departamento de Boquerón (Chaco Paraguayo), por lo que en caso de que el OFERENTE ADJUDICADO no cuente con un centro asistencial habilitado por la SIS en este lugar, podrán realizarse a cuenta de reembolso, en el cual todos los gastos de servicios médicos que requiera el paciente y que tengan cobertura según lo establecido en este punto, quedarán a cargo del OFERENTE ADJUDICADO en su totalidad.
Se debe adjuntar a la oferta la lista de los Centros Asistenciales las copias autenticadas de las habilitaciones expedidas por la SIS del M.S.P. y B.S. con las copias de los contratos vigentes con los mismos.
a.11. Cobertura en cirugía odontológica
Se contemplará en los casos en que sean necesarios, la utilización de la sala de operación e internación en las cirugías odontológicas, incluido cirugía máxilo facial.
Se debe adjuntar a la oferta, la lista de los Sanatorios habilitados para la cirugía odontológica, con la copia de los contratos vigentes.
a.12. Interconsulta con Médicos particulares
A pedido de los beneficiarios o de los médicos tratantes se podrá realizar interconsulta en internaciones y en UTI, con un profesional médico y/o junta médica, que no pertenezca al plantel del OFERENTE ADJUDICADO, en la cantidad de dos (2) veces por evento y los honorarios del mismo estarán a cargo del oferente adjudicado.
b) LABORATORIO DE ANÁLISIS CLÍNICO (El detalle se haya consignado más adelante) El OFERENTE ADJUDICADO deberá contar con un listado permanente de 5 (cinco) laboratorios como mínimo, a elección del beneficiario. Todos los laboratorios presentados deberán estar habilitados por de la Superintendencia de Salud (SIS) del MSP y BS.
Se debe adjuntar a la oferta la lista de los laboratorios ofrecidos con las copias de los contratos vigentes con los mismos y las habilitaciones expedidas por el SIS del SIS del MSP y BS.
La provisión de este servicio se deberá realizar de cualquiera de las siguientes maneras:
A beneficiarios que concurren al laboratorio
A beneficiarios que estén internados
A beneficiarios que soliciten asistencia domiciliaria
La cobertura deberá ser integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables y determinaciones químicas y microbiológicas.
c) MEDICINA POR IMÁGENES
El OFERENTE deberá contar con cobertura de Medicina por Imagen, la cual debe ser como mínimo en cantidad de 5 (cinco) centros radiológicos, a elección del beneficiario. De estos centros radiológicos, todos deben estar habilitados por la Superintendencia de Salud (SIS), dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Adjuntar a la oferta el listado de centros ofrecidos con las copias de las habilitaciones expedidas por la SIS del MSP y BS para el efecto, con las copias de los contratos vigentes.
En caso de requerirse el traslado del paciente hasta el Centro de medicina por imágenes, el OFERENTE ADJUDICADO deberá proporcionar la ambulancia equipada para el efecto con cargo de la prestadora.
En caso de que este traslado signifique un riesgo para la vida del paciente, se deben de trasladar los aparatos que se requieran hasta el Sanatorio en que el mismo se encuentre internado, siempre y cuando esto sea factible.
El concepto de medicina por imágenes, comprende todos los métodos auxiliares de diagnóstico que se efectúan mediante el registro impreso o fotográfico de imágenes efectuadas en consultorios o centros especializados, con cobertura de gastos en forma integral en concepto de: honorarios profesionales, materiales descartables, sustancias de contraste, materiales de impresión, anestesia, dispositivos, todos a cargo del Oferente Adjudicado, no incluye sustancias, material radioactivo, medicamentos utilizados antes, durante o posterior al estudio. Estos estudios deberán realizarse con equipos actualizados y en por lo menos tres (3) de los institutos especializados que forman parte de la agenda de prestadores habilitados por EL OFERENTE ADJUDICADO y a opción del beneficiario.
La provisión de este servicio deberá ser con cobertura integral sin excepción y deberá incluir:
Ecografías en general , incluidas Eco-Doppler color y Ecografías en 3D o 4D (todas)
Tomografía Axial Computarizada y de corte múltiple (multislice).
Exámenes radiológicos simples o contrastados, invasivos y/o medicina nuclear (no incluye radioactivos).
Radiografías en general
Resonancia magnética nuclear campo abierto o campo cerrado.
Cardio resonancia.
Estudios cardiológicos (electrocardiograma, eco cardiograma)
Centello grafía, hasta 5 por grupo familiar
Fistulografía, hasta 5 placas por grupo familiar
Electromiografía en general
Mamografía convencional y digital
Los servicios de radiología, ecografía simple y doppler, tomografía, estudios cardiológicos (electrocardiograma, eco cardiograma), resonancia magnética nuclear y cardio resonancia deben poder realizarse las 24 horas del día en alguno de los Centros de medicina por imágenes ofrecidos por EL OFERENTE.
Se deja constancia de que no se aplicará recargo alguno en caso de que los estudios se realicen fuera del horario normal, en situaciones de urgencia/emergencia. Si la empresa prestadora factura por cobro fuera de hora queda a cargo del OFERENTE ADJUDICADO, conforme a las condiciones generales de este PBC.
SERVICIOS CON COBERTURA PARCIAL
El concepto de Cobertura Parcial, está dado por el pago de un arancel preferencial para los eventos y especialidades citados más abajo:
Internación en Terapia Intensiva después de los primeros 20 (veinte) días por evento por beneficiario/a, 50% (cincuenta por ciento);
Honorarios Médicos en caso de RadioterapiaCobaltoterapia. (SERVICIOS CON COBERTURA PARCIAL COBALTO TERAPIA)
SERVICIOS SIN COBERTURA
No tendrán cobertura los siguientes eventos y especialidades, no obstante, será de aranceles con descuentos de por lo menos del 50% a favor de los beneficiarios:
Internación y Tratamiento
Acupuntura, homeopatía;
Adictos a las drogas;
Alcohólicos agudos y crónicos;
Cirugía con fines estéticos incluyendo consultas;
Diagnóstico neurofisiológico de la impotencia sexual masculina;
Enfermos mentales, ya sean depresivos o excitados;
Formolizaciones;
Homeopatía;
Intento de autoeliminación y sus secuelas físicas y/o mentales;
Lesionescausada por investigación en etapas experimentales, no reconocidas por instituciones oficiales o científicas;
Lipoaspiración;
Participación en duelos, riñas, crímenes y/o delitos comprobados;
Quiropraxia;
Sangre, plasma y derivados para trasfusiones;
Técnicas de fertilización asistida, tratamiento médico, quirúrgico y sus productos con fines de esterilidad/fertilidad;
Trasplantes de órganos;
Por la ingestión y/o bajo los efectos del alcohol.
Abuso de drogas ilegales y/o de medicamentos de prescripción, al igual que de otras sustancias tóxicas.
Lesiones en accidentes de tránsito en transgresión de las leyes vigentes.
Aborto provocado y cualquier otra lesión causada de manera intencional por el beneficiario a sí mismo.
Procedimientos/técnicas que se encuentren en estado experimental, que no sean avalados científicamente y/o que se opongan a normas legales vigentes.
Observación: Los casos preexistentes y crónicos no serán considerados como servicios sin cobertura.
ANEXO II
PRESTACIÓN DE SERVICIO MÉDICO DE ALTA COMPLEJIDAD
En este anexo se manifiestan los detalles en cuanto a la prestación de servicio médico de alta complejidad; clasificados en dos grupos (Honorarios Médicos Quirúrgicos e Internaciones) en cuanto a su cobertura.
Se entiende por Servicios Médicos de Alta Complejidad, a la asistencia médica quirúrgica en las especialidades de:
HONORARIOS PROFESIONALES: La cobertura de honorarios contempla los siguientes profesionales:
Debe contemplar lo siguiente:
En las siguientes especialidades:
Tratamientos Quirúrgicos de las:
La cobertura de honorarios contempla los siguientes profesionales:
Para las cirugías cardiacas a corazón abierto (By Pass y Recambio Valvular) al que deseare operarse en otro centro médico se le reconocerá hasta Gs 10.000.000 (Guaraníes diez millones), suma que abonará al sanatorio elegido por el OFERENTE ADJUDICADO.
Observación: Para este punto (Hemodinamia intervensionista) se tendrá en cuenta lo estipulado en el punto 1 (Honorarios médicos quirúrgicos) y 2 (internaciones) del presente anexo II.
2. INTERNACIONES, COBERTURA 100 %
Son parte de la cobertura sanatorial los siguientes materiales y prótesis:
Para pacientes en estado de descerebración (Glasgow 4 ó menos) que estando en Terapia Intensiva o en sala común y que el diagnóstico sea irreversible, se realizará el procedimiento indicado por la O.M.S., que consta de 3 electroencefalogramas realizados cada 36 horas que resultando planos determinan el estado vegetativo del paciente, terminando la cobertura por parte de OFERENTE ADJUDICADO, quedando a cargo de sus familiares el traslado del mismo o asumir los gastos que represente mantenerlo en el Sanatorio.
En caso de que por cualquier motivo los profesionales médicos de la lista de prestadores manifestaran su imposibilidad de atender a los beneficiarios del contrato, El OFERENTE ADJUDICADO se compromete a reemplazarlo en el listado por otro profesional de la misma especialidad.
ANÁLISIS LABORATORIALES 100 % cobertura
Con cobertura total, sin límite, de los estudios laboratoriales para pacientes ambulatorios e internados, de las especialidades que forman parte de este contrato, que se realicen dentro del territorio nacional y se encuentren detallados en el presente anexo. Las órdenes deberán contar con la visación correspondiente por parte del OFERENTE ADJUDICADO, la que podrá ser realizada vía fax, correo electrónico (e-mail) o en los lugares físicos habilitados por el mismo.
Si el paciente se encuentra imposibilitado de acudir al laboratorio para la extracción de las muestras para las determinaciones, las mismas serán retiradas del lugar en que se encuentre el paciente, sin costo, por los laboratorios habilitados por la prestadora, pudiendo este servicio ser solicitado vía telefónica
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Las determinaciones laboratoriales que no figuren en el listado anterior estarán sujetas a aranceles especiales establecidos para Seguros Médicos (50% a cargo del beneficiario y 50% a cargo del OFERENTE ADJUDICADO).
Los servicios, procedimientos y/o estudios que no figuren en el listado anterior estarán sujetos a aranceles especiales establecidos para Seguros Médicos (50% a cargo del beneficiario y 50% a cargo del OFERENTE ADJUDICADO).
SERVICIOS CON COBERTURA PARCIAL:
COBALTO TERAPIA
CONDICIONES GENERALES DE LA PRESTACIÓN
Este documento contempla las condiciones generales que rigen la prestación de los servicios médicos bajo el sistema de medicina Pre-paga del OFERENTE ADJUDICADO, la cual contemplará como mínimo lo siguiente:
[1] En general: hace referencia en todo su conjunto, sin entrar en detalles o especificaciones, sin limitación alguna en cuanto a su tipo, características y particularidades, comprendiendo por ende íntegramente en todas sus variantes.
[2] En general: hace referencia en todo su conjunto, sin entrar en detalles o especificaciones, sin limitación alguna en cuanto a su tipo, características y particularidades, comprendiendo por ende íntegramente en todas sus variantes
[3]En general: hace referencia en todo su conjunto, sin entrar en detalles o especificaciones, sin limitación alguna en cuanto a su tipo, características y particularidades, comprendiendo por ende íntegramente en todas sus variantes
[4]En general: hace referencia en todo su conjunto, sin entrar en detalles o especificaciones, sin limitación alguna en cuanto a su tipo, características y particularidades, comprendiendo por ende íntegramente en todas sus variantes
[5]En general: hace referencia en todo su conjunto, sin entrar en detalles o especificaciones, sin limitación alguna en cuanto a su tipo, características y particularidades, comprendiendo por ende íntegramente en todas sus variantes
[6]En general: hace referencia en todo su conjunto, sin entrar en detalles o especificaciones, sin limitación alguna en cuanto a su tipo, características y particularidades, comprendiendo por ende íntegramente en todas sus variantes
[7]En general: hace referencia en todo su conjunto, sin entrar en detalles o especificaciones, sin limitación alguna en cuanto a su tipo, características y particularidades, comprendiendo por ende íntegramente en todas sus variantes
[8]En general: hace referencia en todo su conjunto, sin entrar en detalles o especificaciones, sin limitación alguna en cuanto a su tipo, características y particularidades, comprendiendo por ende íntegramente en todas sus variantes
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
NO APLICA.
Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
(Indicar el N°) |
(Indicar la descripción de los bienes) |
(Insertar la cantidad de bienes a proveer) |
(Indicar la unidad de medida de los bienes |
(Indicar el nombre del lugar) |
(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s) |
|
|
|
|
|
|
Ítem |
Descripción del servicio |
Cantidad Mínima |
Cantidad Máxima |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
1. |
Seguro Médico para funcionarios del FG |
61 |
122 |
MES/UNIDAD |
Los servicios objeto de esta contratación serán prestados en los sanatorios del oferentes y/o sanatorios adheridos, laboratorios, medicina por imágenes, centro de diagnósticos y cualquier otro prestador de servicios médicos subcontratados propuestos por el mismo y debidamente autorizados y habilitados por la Superintendencia de Salud del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. |
COBERTURA INMEDIATA (que significa a partir del día en que entre en vigencia el contrato) El plazo de vigencia del Contrato será de 12 (doce) a partir del 25 de noviembre de 2021. Los servicios deberán ser prestados en total conformidad a las especificaciones técnicas del presente PBC. |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será: SOLICITUD DE PAGO EN EL CUAL SE ACREDITARÁ LA APROBACIÓN DE LOS SERVICIOS PRESTADOS MENSUALMENTE.
Frecuencia: Mensual.
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
SOLICITUD DE PAGO EN EL CUAL SE ACREDITARÁ LA APROBACIÓN DE LOS SERVICIOS PRESTADOS MENSUALMENTE. |
SOLICITUD DE PAGO EN EL CUAL SE ACREDITARÁ LA APROBACIÓN DE LOS SERVICIOS PRESTADOS MENSUALMENTE. (acompañado de todos los documentos requeridos en las Formas y Condiciones de Pago y Otras formas y condiciones de pago indicados en Condiciones Contractuales del PBC. |
12 meses (25/11/2021 al 25/11/2022) |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
|
|
|
|
|
|
|
2. Documentos. Consorcios |
|
|
|
|