Requisito documental para evaluar la capacidad técnica
i) Para productos de Origen Nacional cuyo oferente no sea el fabricante, Carta de autorización otorgada por el
fabricante al oferente vigente para ofertar y comercializar el producto de su fabricación ante Escribano Público.
Aclarar la figura solicitada al solicitar que el documento sea ante ESCRIBANO PUBLICO: (Legalización de firma, copia autenticada, etc.,)
04-11-2021
09-11-2021
Requisito documental para evaluar la capacidad técnica
i) Para productos de Origen Nacional cuyo oferente no sea el fabricante, Carta de autorización otorgada por el
fabricante al oferente vigente para ofertar y comercializar el producto de su fabricación ante Escribano Público.
Aclarar la figura solicitada al solicitar que el documento sea ante ESCRIBANO PUBLICO: (Legalización de firma, copia autenticada, etc.,)
A fin de dar oportunidad a la mayor cantidad de potenciales oferentes, favor aceptar presentación mayor a 20 mL. Quedando como presentación solicitada en: "frasco ampolla x 20 ml"
A fin de dar oportunidad a la mayor cantidad de potenciales oferentes, favor aceptar presentación mayor a 20 mL. Quedando como presentación solicitada en: "frasco ampolla x 20 ml"
CONSULTA 1 PRECIO REFERENCIAL ITEM 19 E ITEM 20
Considerando la Resolución DNCP N° 1890/2020, por la cual SE REGULA LA ESTIMACIÓN DE PRECIOS Y SU PUBLICIDAD EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIONES PÚBLICAS EN EL MARCO DE LA LEY 2051/03, y teniendo en consideración que el precio establecido en el ITEM 19 e ITEM 20, de los productos BROMURO DE PIRIDOSTIGMINA Y SULFAMETOXAZOL + TRIMETROPIN INYECTABLE, en la presente contratación difiere de la cotización remitida, por un precio de Gs. 2840 (item 19) y 28.530 (item 20) , solicitamos que: La Convocante, verifique los criterios que ha utilizado para determinar el precio referencial y en consecuencia corrija confirme si es el precio referencial es correcto sobre la base de las consideraciones supra descritas y en consecuencia indique su parecer.
CONSULTA 1 PRECIO REFERENCIAL ITEM 19 E ITEM 20
Considerando la Resolución DNCP N° 1890/2020, por la cual SE REGULA LA ESTIMACIÓN DE PRECIOS Y SU PUBLICIDAD EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIONES PÚBLICAS EN EL MARCO DE LA LEY 2051/03, y teniendo en consideración que el precio establecido en el ITEM 19 e ITEM 20, de los productos BROMURO DE PIRIDOSTIGMINA Y SULFAMETOXAZOL + TRIMETROPIN INYECTABLE, en la presente contratación difiere de la cotización remitida, por un precio de Gs. 2840 (item 19) y 28.530 (item 20) , solicitamos que: La Convocante, verifique los criterios que ha utilizado para determinar el precio referencial y en consecuencia corrija confirme si es el precio referencial es correcto sobre la base de las consideraciones supra descritas y en consecuencia indique su parecer.