El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
CAMIONETA PICK-UP 4X4 DOBLE CABINA.
N° |
Nombre de los Bienes |
Especificaciones Técnicas y Normas |
Especificación Ofrecida |
1 |
MARCA |
ESPECIFICAR EXACTAMENTE LA MARCA |
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2 |
MODELO |
ESPECIFICAR EXACTAMENTE EL MODELO |
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3 |
AÑO |
2021 |
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4 |
TIPO DE VEHICULO |
1 CAMIONETA TIPO PICK UP/ DOBLE CABINA /CON 3 (TRES) CUERPOS: MOTOR, CABINA Y CAJA DE CARGA |
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5 |
CAPACIDAD |
|
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5.1 |
PESO BRUTO |
2000/3000 KGS +/- 5% |
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5.2 |
PESO DEL VEHICULO EN VACIO |
3000 KGS +/-5% |
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6 |
REGULACION NACIONAL DE VEHICULOS |
DEBE CUMPLIR CON LAS REGULACIONES AMBIENTALES Y MUNICIPALES DE VEHICULOS VIEGENTES EN EL PAIS |
|
7 |
MOTOR |
|
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7.1 |
Nº DE CILINDROS |
4 (CUATRO) |
|
7.2 |
TIPO DE COMBUSTIBLE |
DIESEL |
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7.3 |
SISTEMA DE INYECCION |
INYECCION DE COMBUSTIBLE COMMON RAIL |
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7.4 |
CILINDRADA |
2400/3000 CC +/- 5% |
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7.5 |
SISTEMA DE REFRIGERACION |
A AGUA Y TROPICALIZADA AL CLIMA |
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7.6 |
VELOCIDAD MAXIMA |
ESPECIFICAR 160 - 180 |
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8 |
EMBRAGUE |
MONO DISCO SECO DE ACCIONAMIENTO HIDRAULICO |
|
9 |
TRANSMISION |
MECANICA / PALANCA AL PISO |
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9.1 |
TRACCION |
4 x 4 |
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9.2 |
CAMBIO DE VELOCIDADES |
CAJA DE CAMBIO MANUAL, CON PALANCA AL PISO DE 5(CINCO) VELOCIDADES DE AVANCES SINCRONIZADOS COMO MINIMO Y 1(UNA) DE RETROCESO |
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10 |
SISTEMA DE FRENOS |
|
|
10.1 |
ASISTENCIA |
DOBLE CIRCUITO SERVO ASISTIDO |
|
10.2 |
TIPO |
HIDRÁULICO. |
|
10.3 |
FRENO DE ESTACIONAMIENTO |
MANUAL INDEPENDIENTE |
|
11 |
SISTEMA DE DIRECCION |
HIDRÁULICA, A PIÑON Y CREMALLERA |
|
11.1 |
DIRECCION HIDRAULICA |
SI |
|
12 |
AIRE ACONDICIONADO |
SI |
|
12.1 |
CALEFACCION |
SI |
|
13 |
AROS Y NEUMATICOS |
|
|
13.1 |
DIAMETROS DE LLANTAS (PULGADAS) |
DEL TIPO RADIALES R18, LLANTAS DE ALEACION DE ALUMINIO O ACERO ARO 16 |
|
13.2 |
NEUMATICO Y LLANTA DE REPUESTO |
SI |
|
13.3 |
EQUIPO PARA DESMONTE DE LA RUEDA AUXILIO |
DE FABRICA |
|
14 |
CARROCERIA Y EXTERIOR |
|
|
14.1 |
LARGO TOTAL |
5000 A 5300 MM +/-1% |
|
14.2 |
ALTO |
1700 A 1800 MM */-1% |
|
14.3 |
DISTANCIA DEL PISO |
200 MM+/-1% |
|
14.4 |
DISTANCIA ENTRE EJES |
2900/3100 MM |
|
14.5 |
RETROVISORES EXTERIORES |
02 (DOS) ESPEJOS LATERALES |
|
14.6 |
TAPA TANQUE DE COMBUSTIBLE |
CON LA LLAVE Y/O COMPUERTA DE ABERTURA DESDE INTERIOR VEHICULO. |
|
15 |
CABINA E INTERIOR |
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|
15.1 |
Nº DE ASIENTOS |
MINIMO 05 (CINCO) OCUPANTES ADULTOS INCLUIDO CONDUCTOR. |
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15.2 |
TIPO DE ASIENTO |
TAPIZADO EN SIMIL CUERO |
|
15.3 |
ASIENTOS DELANTEROS |
DE FABRICA |
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15.4 |
ASIENTOS POSTERIORES |
DE FABRICA |
|
15.5 |
CANTIDAD DE PUERTAS |
4(CUATRO) PUERTAS LATERALES |
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15.6 |
LEVANTA VIDRIOS |
ELECTRICOS |
|
15.7 |
BLOQUEO DE PUERTAS |
DESDE EXTERIOR CON LLAVE. |
|
15.8 |
CINTURONES DE SEGURIDAD |
PARA CADA OCUPANTE |
|
15.9 |
RELOJ |
SI |
|
15.10 |
TANQUE DE COMBUSTIBLE |
MINIMO 70 A 80 LITROS |
|
16 |
INSTRUMENTOS MINIMOS |
|
|
16.1 |
VELOCIMETRO EN KM/H |
SI |
|
16.2 |
MEDIDOR DE NIVEL DE COMBUSTIBLE |
SI |
|
16.3 |
MEDIDOR Y/O INDICADOR DE TEMPERATURA |
SI |
|
16.4 |
MEDIDOR O LUZ TESTIGO DE CARGA DE BATERIA |
SI |
|
16.5 |
TACOMETRO |
SI |
|
16.6 |
INDICADOR DE PRESION DE ACEITE |
SI |
|
17 |
PINTURA |
A CONVENIR |
|
17.1 |
LOGOTIPO |
EMBLEMA EN COLORES DE LA A.N.N.P., USO OFICIAL EXCLUSIVO Y NRO. DE RASP" EN AMBAS PUERTAS DELANTERAS Y EN LA PARTE TRASERA CON PINTURA PU. |
|
18 |
ACCESORIOS |
|
|
18.1 |
RADIO AM/FM CON CD ESTANDAR CON REPRODUCTOR DE MP3 Y PARLANTES DE FABRICA |
SI |
|
18.2 |
EXTINTOR DE POLVO QUIMICO CON SOPORTE DE INSTALACION |
SI |
|
18.3 |
PISOS PROTECTORES DE ALFOMBRAS |
SI |
|
18.4 |
TRIANGULO DE ESTACIONAMIENTO (BALIZA): 2(DOS) |
SI |
|
19 |
HERRAMIENTAS MINIMAS |
|
|
19.1 |
LLAVE DE RUEDA |
SI |
|
19.2 |
GATO HIDRAULICO |
DE FABRICA |
|
20 |
MANTENIMIENTO Y SERVICIOS |
ESPECIFICAR |
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21 |
GARANTIA DE FABRICA |
03 (TRES) AÑOS O 100.000 KM, LO QUE OCURRA PRIMERO. |
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22 |
DOCUMENTOS REQUERIDOS |
MANUALES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTOS Y REPUESTOS PARA CADA VEHICULO Y CARTILLA DE SERVICIO EN ESPAÑOL |
|
22.1 |
OTROS |
INCLUIR LOS GASTOS DE TRANSFERENCIA, IVA Y OTROS IMPUESTOS E INSCRIPCIONES EN EL REGISTRO DEL AUTOMOTOR (RUA) |
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23 |
POLIZA DE SEGURO |
INCLUIR SEGURO CONTRA RIESGO POR EL PERIODO DE 12 MESES DE VIGENCIA, CONTADOS DESDE LA ENTREGA DEL BIEN. |
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- Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado.
Marcos Martínez, Gerente Técnico de la ANNP.
- Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada.
Obedece a la necesidad de contar con nuevas unidades de transporte, por motivo de que el Parque Automotor se encuentra una gran cantidad de vehículos utilitarios que ya sobrepasaron su vida útil; la necesidad de renovar porque otras unidades iran a subasta y porque existen nuevas Terminales Portuarias habilitadas que requieren contar con móviles.
- Justificar la planificación. (si se trata de un llamado periódico o sucesivo, o si el mismo responde a una necesidad temporal)
El llamado responde a una necesidad actual, debido a que la última adquisición data del año 2014/2015.
- Justificar las especificaciones técnicas establecidas.
Las especificaciones técnicas requeridas, fueron elaboradas de acuerdo a las necesidades básicas en cuanto a equipamiento, bajo asesoramiento de técnicos especializados en venta de vehículos y con la supervisión de los profesionales de los Dptos. de Mantenimiento de vehículos, transporte y suministros.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
Item |
Descripción del Bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los Bienes |
Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Bienes |
1 |
Camioneta Pick-up 4X4 Doble Cabina |
01 |
unidad |
Terminal Portuaria de Asunción - Gerencia Técnica de la ANNP El Paraguayo Independiente y Colón de lunes a viernes de 08:00 a 16:00 hs. |
Dentro de los 30 (treinta) días calendarios, posterior a la firma del contrato |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Al momento de la entrega de los bienes, un funcionario designando por el Departamento de Transporte y Suministros, verificará que las mismas sean conforme a las especificaciones técnicas del Pliego de Bases y Condiciones. Una vez que se realice los controles pertinentes y certifique adecuadamente que el suministro se ajusta a las Especificaciones Técnicas y demás documentos del contrato, en cuanto a cantidad, calidad, origen, procedencia, se firmará recepción, la que habilitará al proveedor a solicitar el pago de la entrega efectuada. Comprobada la falta de correspondencia entre lo adjudicado y lo entregado, o constatándose deficiencia o alteraciones de calidad, se notificará al proveedor, en la brevedad que le sea posible, dicha irregularidad. El proveedor estará obligado a sustituir el bien en cuestión, en un plazo no mayor a 05 (cinco) días hábiles, siguientes de ser entregada y hasta ajustarse a lo requerido por la contratante. Dicho plazo no será considerado como prórroga para la entrega, por lo que al oferente que incurra en tal situación se le aplicará la penalización establecida.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Nota de Remisión / Acta de recepción 1 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Diciembre / 2021 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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