El suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
UNIDAD SOLICITANTE: Dirección de Mantenimiento de la Institución.
JUSTIFICACIONES: Es necesario la realización de un nuevo procedimiento de contratación para el Servicio de Mantenimiento y Reparación de Muebles, teniendo en cuenta las necesidades de la Institución y el vencimiento próximo del contrato actual, corresponde a un llamado periódico, las Especificaciones Técnicas fueron establecidas conforme a lo establecido en el Ley 2051 de Contrataciones Públicas y sus reglamentaciones, con el objetivo de proporcionar suficiente información para que los oferentes puedan preparar sus ofertas eficientemente y con precisión.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
1.- OBRAS COMPRENDIDAS EN ESTA DOCUMENTACION
Son aquellas por las cuales la Empresa Contratista tomará a su cargo la provisión de materiales, mano de obra, plantel técnico, equipo y toda otra provisión o trabajo complementario que directa o indirectamente resulte necesaria para la ejecución de los mismos en forma completa con arreglo a su fin.
2.- REGLAMENTACIONES A SEGUIR
Será obligación del Contratista la presentación de muestras de todos los materiales y elementos que se deban incorporar a la provisión, para su aprobación.
Se establece en éste artículo que las muestras deben presentarse luego de la firma del Contrato de provisión antes de que deban comenzar, según el plan de trabajos, la confección o ensamblado en taller o fábrica o la provisión en obra de elementos correspondientes.
La Fiscalización de lo proveído, a cargo de profesionales técnicos superiores de la Direcciónde Mantenimiento del Edificio del Congreso Nacional, quien podrá disponer que se realicen todos los controles de calidad y ensayos de las muestras, materiales y elementos incorporados a las obras ante los organismos estatales o privados, estando los gastos que demanden los mismos, a cargo exclusivo del contratista.
El contratista deberá prever en sus costos todos los equipos, herramientas y materiales necesarios para la correcta ejecución de los trabajos; así como el traslado de los mobiliarios y enseres para las reparaciones correspondientes en caso necesario.
3.- ESPECIFICACIONES GENERALES
El servicio deberá incluir la revisión, verificación, mantenimiento y reparación de los muebles, provisión y colocación de vidrios sobre los muebles. El mantenimiento de los muebles se realizará por única vez, con la finalidad de mantener los muebles en condiciones normales de uso.
Los trabajos consisten en:
Se refiere al mantenimiento y reparación de escritorios de madera. El trabajo incluye el lustre de todos los muebles en color igual al existente.
Se deberá recomponer sectores de muebles dañados (fisuras, revestimientos, estructura de madera dañadas, otros) con el mismo material igual al existente.
Se deberá realizar ajustes y reparaciones en la apertura y cierre de cajones, así como todo ensamble correspondiente a dicho mueble.
En el caso de que faltasen accesorios o los mismos se encuentren dañados, como tiradores y regatones de apoyo regulable u otros, los mismos serán proveídos y repuestos por el Contratista.
Si los muebles poseen problemas de cerradura, los mismos serán proveídos y repuestos por el Contratista, con características igual al existente.
Se refiere al mantenimiento y reparación de armarios, gavetas, estantes colgantes y ficheros de madera. El trabajo incluye el lustre de todos los muebles en color igual al existente. Se deberá recomponer sectores de muebles dañados (fisuras, revestimientos, estructura de madera dañadas, otros) con el mismo material igual al existente.
Se deberá realizar ajustes y reparaciones en la apertura y cierre de puertas; estantes horizontales, así como todo ensamble correspondiente a dicho mueble.
En el caso de que faltasen accesorios o los mismos se encuentren dañados, como tiradores y regatones de apoyo regulable u otros, los mismos serán proveídos y repuestos por el Contratista.
Si los muebles poseen problemas de cerradura, los mismos serán proveídos y repuestos por el Contratista, con características igual al existente.
En el caso de las guías metálicas dañadas, las mismas se retirarán y posteriormente se repondrán por una guía nueva igual a la existente.
Se refiere al mantenimiento y reparación de armarios y gavetas de metal. El trabajo incluye la remoción de la pintura existente y posterior repintado de todos los muebles en color igual al existente. Se deberá recomponer sectores de muebles dañados (fisuras, estructura y otros) con el mismo material igual al existente.
Se deberá realizar ajustes y reparaciones en la apertura y cierre de puertas; así como todo ensamble correspondiente a dicho mueble.
En el caso de que faltasen accesorios o los mismos se encuentren dañados, como tiradores y regatones de apoyo regulable u otros, los mismos serán proveídos y repuestos por el Contratista.
Si los muebles poseen problemas de cerradura, los mismos serán proveídos y repuestos por el Contratista, con características igual al existente.
En el caso de las guías metálicas dañadas, las mismas se retirarán y posteriormente se repondrán por una guía nueva igual a la existente.
Se refiere al mantenimiento y reparación de mesas de madera. El trabajo incluye el lustre de todos los muebles en color igual al existente. Se deberá recomponer sectores de muebles dañados (fisuras, revestimientos, estructura de madera dañadas: base y tapa, otros) con el mismo material igual al existente.
Se refiere al mantenimiento y reparación de sillones parlamentarios, sillas giratorias, interlocutoras y longarinas de 3 cuerpos.
El trabajo incluye el ajuste y/o cambio de mecanismos neumáticos, (para el caso de sillas giratorias), resortes, ruedas y otros.
Además se debe proveer y colocar ruedas, posabrazos, palancas y otros en caso de que las sillas giratorias no tuvieran dicho accesorio o los mismos se encuentren dañados.
Respecto a las sillas interlocutoras y longarinas: se deberá realizar la reparación de la estructura metálica y posterior pintado en color igual al existente, o bien el cambio de dicha estructura en caso de presentarse daños irreparables. Además, se deberá realizar el desmonte del tapizado existente y la reposición del mismo, reposición de espumas de relleno, resortes metálicos y forrado con material cuerina de calidad y color definidos por la Fiscalización de Obras.
En el caso de los sillones parlamentarios: se deberá tener en cuenta en mantener el mismo material para el retapizado (tela pana, color bordó), así también deberá preverse en caso necesario, el bordado en color dorado igual al existente.
Se refiere al mantenimiento y reparación de sofás de uno, dos y tres cuerpos.
El trabajo incluye el ajuste y/o cambio de estructuras de madera.
Se deberá realizar el desmonte del tapizado existente y la reposición del mismo, reposición de espumas de relleno, resortes metálicos y forrado con material cuerina de calidad y color definidos por la Fiscalización de Obras.
Se refiere a la provisión de vidrio crudo de 6 mm de espesor, cantos redondeados para base de muebles, moldeado de acuerdo a las dimensiones establecidas según mobiliario y verificado por la Fiscalización de Obras.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo con el plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
(Indicar el N°) |
(Indicar la descripción de los bienes) |
(Insertar la cantidad de bienes a proveer) |
(Indicar la unidad de medida de los bienes |
(Indicar el nombre del lugar) |
(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s) |
|
|
|
|
|
|
Los bienes y/o servicios adjudicados deben ser entregados dentro de los 5 (cinco) días hábiles a partir de la recepción de la Orden de Trabajo y/o Servicio emitida por la Convocante.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indican a continuación:
Se verificará el cumpliemiento con las especificaciónes técnicas por cada evento ocurrido.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será:
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será: Nota de Recepción.
Frecuencia: por cada Orden de Trabajo y/o Servicio.
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Nota de Recepción. |
Nota de Recepción. |
Conforme al Plazo de Entrega. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
1. Personas Físicas / Jurídicas |
a) Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos; |
b) Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos; |
c) Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social; |
d) Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS; |
e) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación. |
f) Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la firma del contrato. |
2. Documentos. Consorcios |
a) Cada integrante del consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes. |
b) Original o fotocopia del consorcio constituido. |
c) Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio. |
d) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación. |