El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Los servicios deberán cumplir con las siguientes Especificaciones Técnicas y Normas
CONDICIONES GENERALES:
BENEFICIARIOS: Funcionarios de la Municipalidad de Santa Rita.
CANTIDAD DE TITULARES:
DURACIÓN DEL SERVICIO:
CONDICIONES DE PRESTACIÓN DE SERVICIO
Los precios de los medicamentos y materiales descartables cubiertos y/o facturados, no podrán ser superiores que en las farmacias de plaza o comercio del ramo, según precio de venta al público fijado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
Los sanatorios adheridos en convenio con la prestadora del servicio, se abstendrán de imponer al paciente para la prestación de los servicios médicos, cualquier condición que lesione su derecho a la intimidad, tales como filmaciones, tomas fotográficas u otros similares.
Los beneficios y la cobertura de este Contrato son exclusivamente y sin excepción para todos los casos y serán realizados en los Centros Habilitados.
La utilización de los equipos empleados en las especialidades médicas del presente contrato tendrán cobertura total acorde a lo solicitado en las especificaciones técnicas, por lo que no se podrá requerir ningún cobro en concepto de derechos o aranceles.
El carnet identificatorio junto con la Cédula de Identidad, será válido para su utilización en todos los Sanatorios y Farmacias en convenio, sin la necesidad de presentar ninguna otra documentación respaldatoria. Los carnets identificatorios deberán ser entregados a los beneficiarios dentro de los 5 (Cinco) días posteriores a la firma del contrato sin costo alguno al beneficiario.
Los servicios médicos sanatoriales, urgencias, imágenes, laboratoriales, consultas, etc., propuestos por La Prestadora de Servicios brindarán los servicios bajo las mismas condiciones requeridas en el Contrato. La elección será de libre decisión del beneficiario titular, sin que sea requisito previo recurrir a LA PRESTADORA DE SERVICIOS.
La prestadora de servicios desde la vigencia del Contrato deberá habilitar una oficina para responder las consultas sobre las coberturas médicas, desde las 7:00 hs a 17:00 hs de lunes a viernes, sábados hasta el mediodía. Las Visaciones a los asegurados, podrán ser realizadas en forma personal, vía telefónica, correo o fax; dando una respuesta dentro de las 24 hs.
La Prestadora de Servicios no podrá limitar los derechos de los beneficiarios por medio de reglamentaciones internas a sus contratados y/o proveedores, es decir, no limitará la solicitud de exámenes, análisis, consultas, etc., a sus profesionales médicos o proveedores de servicio que ocasionen menoscabo a los beneficios contenidos en esta cobertura.
Todo medicamento o insumo que no se haya utilizado íntegramente por el paciente, pero ha sido cobrado o descontado del cupo de cobertura de manera íntegra, será de propiedad del beneficiario y tendrá que ser entregado y retirado por el mismo, salvo restricciones legales para medicamentos controlados.
El plantel médico y sanatorial adherido, autorizado y publicado por la prestadora de servicios deberá estar a disposición del beneficiario en forma permanente, no pudiendo requerir el profesional médico y sanatorial adherido ningún pago extra al beneficiario, aludiendo razones de orden interno con la Prestadora de Servicios.(acorde a lo estipulado en el contrato)
La prestadora de servicios deberá poner a disposición de los beneficiarios un plantel médicos para todas las especialidades (según especificaciones técnicas), debiendo estar todas y cada una ellas cubiertas durante la vigencia del presente contrato. Los médicos deberán contar con el certificado de sus respectivas sociedades y con cinco años de experiencia mínima en la especialidad propuesta.
COBERTURA:
Se entenderá por cobertura total, la inclusión de los honorarios profesionales, paramédicos, ambulancias y traslados. Además, se incluirá la libre elección (dentro de una lista habilitada por la prestadora de servicios) de profesionales, centros de diagnósticos y servicios sanatoriales para capital e interior (urgencias, emergencias, internaciones).
Se entenderá como cobertura por evento, a todo suceso relacionado a una enfermedad clínica y/o quirúrgica y sus complicaciones hasta tanto no se hayan resuelto e independientemente de la cantidad de internaciones y/o procedimientos médico quirúrgico.
Para los Centros de Diagnósticos y Laboratorio de Análisis Clínico: Este servicio debe cubrir a los pacientes que concurren al laboratorio en forma programada o en casos de urgencias las 24:00 horas.
Debe tener cobertura integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables y las determinaciones químicas y microbiológicas, en caso que existan cambios deben ser reemplazados por otros y ser comunicados por escrito al CONTRATANTE con 48 hs de anticipación, el cual manifestará su no objeción o rechazo.
BENEFICIOS DE COBERTURA
SERVICIOS CUBIERTOS
No. De Artículo |
Nombre de los Bienes o Servicios |
Especificaciones Técnicas y Normas |
1 |
Consultas en las siguientes especialidades: |
1.1- Clínica y Cirugía General 1.2- Clínica y Cirugía Pediátrica 1.3- Clínica y Cirugía Obstétrica - Ginecológica 1.4- Clínica y Cirugía Traumatológica 1.5- Clínica y Cirugía Urológica 1.6- Clínica y Cirugía Gastroenterológica 1.7- Clínica y Cirugía Otorrinolaringológica 1.8- Clínica Cardiológica 1.9- Clínica Médica 1.10- Clínica Alergiológica 1.11- Clínica Oftalmológica 1.12- Clínica Dermatológica 1.13- Clínica Endocrinológica 1.14- Clínica Neurológica 1.15- Clínica Proctológica 1.16- Clínica Odontológica 1.17- Clínica Flebología 1.18- Clínica Geriátrica 1.19- Nutrición 1.20- Clinica Nefrológica OBSERVACIÓN: Cada beneficiario tendrá derecho a consultas sin límites, en el Dpto. de Alto Paraná excepto el 1.19 (1 consulta al mes). |
2 |
Análisis Clínicos Laboratoriales Simples: |
2.1- Colesterol Total 2.2- Glicemia 2.3- Urea 2.4- Leucositos fecales 2.5- Heces parasitológico 2.6- Eritrosedimentación 2.7- Tipificación sanguínea 2.8- Hematocrito 2.9- Hemoglobina 2.10- Hemograma 2.11- Leucograma 2.12- Rto. de Plaqueta 2.13- Rto. de Reticulocitos 2.14- Orina Rutina 2.15- Creatinina 2.16- Triglicéridos 2.17- Ácido úrico OBSERVACIÓN: Cada beneficiario tendrá derecho a 03 (tres) coberturas por año de cada uno de los análisis citados en este punto, contados de acuerdo a la fecha de inclusión. |
3 |
Análisis Clínicos Laboratoriales Especializados:
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3.1- Amilasa 3.2- Bilirrubina total y fracciones 3.3- Calcio 3.4- Calcio ionico 3.5- Clearence de Creatinina 3.6- Cloro 3.7- HDL Colesterol 3.8- Colesterol Esterificado 3.9- CPK 3.10- CKMB Creatinina fosfoquina 3.11- Curva de glicemia 2 horas 3.12- Curva de glicemia 3 horas 3.13- L.D.H 3.14- Electroforesis de proteínas o proteinograma 3.15- Fosfatasa Acida Total 3.16- Fosfatasa Acida Prostática 3.17- Fosfatasa alcalina 3.18- Fosfolipidos 3.19- Fósforo 3.20- Fructosa 3.21- Gama G.T. 3.22- Lípidos totales 3.23- Perfil lipidico o lipidograma 3.24- Magnesio 3.25- Mucoproteínas 3.26- Potasio 3.27- Proteínas totales 3.28- Sódio 3.29- Transaminasas (GOT) 3.30- Transaminasas (GPT) 3.31- LDL Colesterol 3.32- VLDL Colesterol 3.33- Espermograma 3.34- Heces Microscopia Funcional 3.35- Investigación de gorduras fecales 3.36- Investigación de levaduras fecales 3.37- Oxiurus 3.38- Heces parasitológico seriado 3 muestras 3. 39- Heces sangre oculta 3.40- Azucares reductores 3.41- Heces PH. 3.42- Células L.E. 3.43- Coagulograma o perfil de coagulación 3.44- Consumo de protrombina 3.45- Test de Coombs Directo e Indirecto 3.46- Prueba Cruzada 3.47- Prueba de lazo 3.48- Retracción del Coagulo 3.49- Tiempo de coagulación y sangría 3.50- Tpo. de protrombina 3.51- Tpo. de recalsificación 3.52- Tpo. de trombina 3.53- T.T.P. (Tiempo parcial de tromboplastina) 3.54- Frotis de sangre periférica 3.55- Anticuerpo Antinucleares (DNA ANA) 3.56- A.S.T.O. 3.57- HBs Ag (Elisa) 3.58- Reacción de Hudlesson 3.59- Artritest 3.60- Monotest 3.61- Reacción de Paul Burnell 3.62- PPD 3.63- Determinación cuantitativa de PCR 3.64- Proteína C reactiva 3.65- VDRL Determinación cualitativa 3.66- Reacción de Widal 3.67- Antígenos australianos 3.68- Estudio Citoquimico de LCR Líquido pleural 3.69- Latex en orina LCR LP 3.70- Examen en fresco (búsqueda de hongos) Frotis 3.71- Coloración de Ziehl Neelsen 3.72- Bacterioscopía GRAM (Coloración) 3.73- Coprocultivo 3.74- Hemocultivo 3.75- Cultivo de lavado gástrico 3.76- Orina cultivo y recuento de colonia 3.77- Cultivo y antibiograma 3.78- Cultivo para hongos 3.79- Secreción vaginal PH 3.80- Recuento de ADDIS 3.81- Orina fenil cetonuria 3.82- Albumina 3.83- Hepatograma 3.84- Colinesterasa 3.85- Fibrinógenos 3.86- Crasis Sanguínea. 3.87- Hepatograma Completo 3.88- Antigenos Febriles 3.89- Formula Leucositaria (LE) 3.90- Electrolitos Completo 3.91- HCG- en Sangre 3.92- B.H.C.G 3.93- Frotis. 3.94- Reacción Gravidez 3.95- Inmunofluorescencia para Toxoplasmosis (IGG- IGM) 3.96- Inmunofluorescencia para Lúes 3.97- Inmunofluorescencia para chagas IgG IgM 3.98- HIV 3.99- Cultivo de secreción vaginal. 3.100- IGE TOTAL OBSERVACIÓN: Cada beneficiario tendrá derecho a un máximo de 2(dos) coberturas sin cargo por año de cada uno de los análisis citados en este punto, contados de acuerdo a la fecha de inclusión. |
4 |
Estudios Radiológicos Simples: Todas las posiciones |
4.1- Abdomen simple 4.2-Adenoides 4.6-Articulaciones 4.11-Calcáneo 4.22- Esternón 4.23- Fémur 4.24- Hombro 4.31- Oído 4.32- Omoplato OBSERVACIÓN: Los beneficiarios tendrán derecho a 03 (tres) coberturas por año de cada uno de los estudios radiográficos citados en este punto, contados de acuerdo a la fecha de inclusión. |
5 |
Estudios Radiológicos Especializadas:
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5.1- Mastoide bilateral 5.2- Mastoide Unilateral 5.3- Orbitas AP, L y OBL 5.4- Senos paranasales Fn. Mn. OBL 5.5- Silla turca AP y L 5.6- Maxilar inferior AP y OBL 5.7- Huesos de la cara MN FN - LAT 5.8- Arc/Sigomat Mol AP, OBL 5.9- Articulación temporomandibular Bil 5.10- Adenoide lateral 5.11- Cavun Lat 5.12- Conducto auditivo interno c/casco 5.13- Panorámica de mandíbula 5.14- Mano/Puño para edad ósea 5.15- Colangiografía Pre operatoria 5.16- Colangiografía post operatoria 5.17- Colangiografía venosa 5.18- Esófago 5.19- Estomago y duodeno 5.20- Transito morfola delgado 5.21- Mamografía bilateral 5.22- Colangiografía retrograda OBSERVACIÓN: Cada beneficiario tendrá derecho a un máximo de 2(dos) coberturas sin cargo por año de cada uno de los estudios radiográficos citados en este punto, contados de acuerdo a la fecha de inclusión. |
6 |
Estudio para diagnósticos simples:
|
6.1-Electrocardiograma 6.2- Audiometría 6.3- Impedanciometría 6.4- Papanicolau * 6.5- Colposcopía * 6.6- Logoaudiometría 6.7- Timpanometría OBSERVACIÓN: Cada beneficiario tendrá derecho a un máximo de 2(dos) coberturas sin cargo por año de cada uno de los estudios citados en este punto, excepto los ítems 6.4 y 6.5 que tienen cobertura sin límites, contados de acuerdo a la fecha de inclusión. |
7 |
Otros servicios:
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7.1- Cirugía menor (sutura de urgencia, drenaje de acceso) 7.2- Enyesado de urgencia (reducción incruenta y enyesado, no quirúrgico) 7.3- Enema evacuador 7.4- Curaciones planas 7.5- Nebulizaciones 7.6- Aplicación de inyectables 7.7- Toma de presión arterial 7.8- Lavado de oído 7.9- Taponamiento nasal. OBSERVACIÓN: Cobertura de servicios sin límites anuales de cada uno de los servicios citados en este punto. |
8 |
Estudios para diagnósticos y tratamientos especializados: |
8.1- Electro coagulación de cuello uterino 8.2- Crioterapia 8.3- Biopsia de cuello uterino (excepto anatomía patológica) 8.4- Punción raquídea 8.5- Cauterización de varices nasales 8.6- Penescopía 8.7- Uretrosistoscopia 8.8- Tonometría 8.9- Fondo de Ojos 8.10- Retinoscopía 8.11- Tomografía axial computarizada 8.12- Urograma de Excreción 8.13- Anoscopía 8.14- Broncoscopía 8.15- Uretrocistografía 8.16- Criocauterizaciones 8.17- Ecocardiograma Doppler 8.18- Densitometría Ósea OBSERVACIÓN: Cada beneficiario tendrá derecho a un máximo de 2(dos) coberturas sin cargo por año de cada uno de los estudios citados en este punto, excepto los ítems 8.11, 8.12 y 8.17 que tienen 01 (una) cobertura por año, contados de acuerdo a la fecha de inclusión. |
9 |
Estudios ecográficos:
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9.1- Ecografía Ginecológica (pélvica) 9.2- Ecografía Obstétrica 9.3- Ecografía de Mamas 9.4- Ecografía Prostática Suprapúbica 9.5- Ecografía de Tórax 9.6- Ecografía Testicular 9.7- Ecografía de Tiroides 9.8- Ecografía Abdomen Superior (Hígado, Vías Biliares, Vesícula, Páncreas, bazo) 9.9- Ecografía Transvaginal 9.10- Ecografía de Abdomen Total 9.11- Ecografía de Aparato Urinario 9.12- Ecografía de Hipocondrio Derecho 9.13- Ecografía de Órganos y Estructuras Superficiales 9.14- Ecografía de Próstata Transrectal 9.15- Ecografía de Retroperitoneo (Grandes Bazos Suprarrenales) 9.16- Ecografía Muscular 9.17- Ecografía Articular 9.18- Ecografía de partes blandas 9.19- Ecografía de pelvis 9.20- Ecografia Doppler Fetal 9.21- Ecografia Morfológica OBSERVACIÓN: Los beneficiarios tendrán derecho a un máximo de 2(dos) coberturas sin cargo por año de cada uno de los estudios ecográficos citados en este punto, contados de acuerdo la fecha de inclusión |
10 |
10- Otros estudios:
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10.1- Ergometría 10.2- Colonoscopia 10.3- Endoscopía digestiva 10.4- Rectosigmoideoscopía rígida 10.5- Rectosigmoideoscopía flexible 10.6- Fibronasolaringoscopía 10.7- Fisioterapia. * 10.8- Rinofibrolaringoscopía 10.9- Laringofibroscopía OBSERVACIÓN: Los beneficiarios tendrán derecho a un máximo de 2(dos) coberturas sin cargo por año de cada uno de los estudios citados en este punto, excepto el ítem 10.7 que tiene 15 sesiones por año contados de acuerdo a la fecha de inclusión. |
11 |
Internaciones Sanatoriales:
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En casos clínicos y/o quirúrgicos cubiertos por la Empresa Adjudicada. Hasta 25(veinticinco) días al año, según indicación del médico tratante, habilitado por la CONTRATADA, en sanatorios e instituciones habilitados por la CONTRATADA a libre elección del beneficiario. Cobertura Sanatorial como sigue: 11.1- Sala privada con aire acondicionado, calefacción, baño privado y cama articulada 11.2- Servicio de enfermería 11.3- Alimentación vía oral Prescrita por el médico 11.4- Derecho de sala quirúrgica 11.5- Asistencia médica (profesionales habilitados por la Empresa Adjudicada) 11.6- Atención a Recién Nacido sano hasta 10 (diez) días 11.7- Incubadora hasta 10 (diez) días 11.8- Luminoterapia hasta 10 (diez) días 11.9- Atención a Recién Nacido patológico hasta 10 (diez) días, excepto la enfermedad y mal formación congénita. OBSERVACIÓN: Si el médico tratante no está habilitado por la Empresa Adjudicada, el beneficiario no tendrá cobertura de los honorarios del mismo, teniendo derecho únicamente a la cobertura senatorial correspondiente.- |
12 |
Cobertura de medicamentos y descartables como sigue:
|
12.1- Cirugía menor hasta: Gs. 100.000 (cien mil guaraníes) 12.2- Enyesado de urgencia hasta: Gs. 50.000 (cincuenta mil guaraníes) 12.3- Internaciones clínicas hasta : Gs. 400.000 (cuatrocientos mil guaraníes) 12.4- Parto Normal hasta (Incluye Analgesia) : Gs. 400.000 (cuatrocientos mil guaraníes) 12.5- Internaciones quirúrgicas hasta: Gs. 500.000 (quinientos mil guaraníes) 12.6- Cesárea hasta : Gs. 500.000 (quinientos mil guaraníes) 12.7- Urgencias Clínicas: Gs. 100.000 (cien mil guaraníes) OBSERVACIÓN: Los montos de medicamentos están destinados a los materiales utilizados en los centros asistenciales por evento, no así a las recetas prescritas por los médicos en consultorios y los medicamentos recetados al momento del alta. |
13 |
Servicios de ambulancia: |
Traslado del beneficiario en casos de urgencias y en los siguientes casos: 13.1- Del Centro Asistencial a Instituciones de Diagnósticos y/o viceversa 13.2- Traslado del lugar del accidente a los centros asistenciales habilitados por la CONTRATADA. OBSERVACIÓN: Cobertura en las siguientes ciudades: Ciudad del Este, Hernandarias, Presidente Franco, Santa Rita y Minga Guazú. Las ciudades no citadas gozarán de un arancel preferencial. |
14 |
Cobertura de Accidente de Tránsito: |
14.1- Cirugías de urgencia (neurológicas, oftalmológicas, maxilofacial y otras) 14.2- Honorarios Médicos (profesionales habilitados por la CONTRATADA) 14.3- Derecho a Sala de Operación 14.4- Tomografía Computarizada convencional hasta 1 (uno) servicio durante el tratamiento del accidentado 14.5- Alimentación vía oral prescripta por el médico 14.6- Servicio de Enfermería 14.7- Medicamentos y descartables hasta Gs. 500.000 (Quinientos mil guaraníes) |
15 |
Servicios odontológicos: |
15.1- Consultas. 15.2- Exámenes periódicos de la cavidad bucal. 15.3- Tratamiento y obturación de caries de 1er., 2do. y 3er. grado 15.4- Extracción de dientes temporarios y permanentes (excepto 3° molar) 15.5- Curaciones. 15.6- Extracción de restos radiculares en dientes de erupción normal. 15.7- Tratamiento de complicaciones de endodoncia (hemorragia, infecciones, dolores). OBSERVACIÓN: Cobertura sin cargo de 1(un) servicio por mes por beneficiario, en forma exclusiva en el Departamento del Alto Paraná y por profesionales habilitados por la CONTRATADA |
16 |
Cobertura de Unidad de Terapia Intensiva. UTI (Adulto Infantil): |
16.1- Internación en UTI hasta 10 (diez) días por año por beneficiario, contados a partir de la fecha de ingreso de cada beneficiario en lugares y servicios habilitados por la CONTRATADA 16.2- Atención de enfermería 16.3- Médico de guardia de UTI 16.4- Equipos propios de la unidad 16.5- Alimentación vía oral prescripta por el médico tratante 16.6- Honorarios del terapista 16.7- Honorarios del médico habilitado por la CONTRATADA. 16.8- Tomografía computarizada convencional 2(dos) durante la estadía en UTI 16.9- Estudios radiológicos y análisis laboratoriales según cobertura del contrato 16.10- Medicamentos y descartables hasta Gs. 1.000.000(un millón de guaraníes) 16.11- Traslado del beneficiario del sanatorio a la unidad y/o viceversa 16.12- Internación en sala normal según contrato OBSERVACION: La contratada no se hará responsable por los gastos en que incurriera la contratante, por los servicios realizados por otra UTI no habilitados por la contratada. El servicio de UTI queda excluido a los beneficiarios derivados por procedimientos no cubiertos en este contrato |
INGRESO DE BENEFICIARIOS CON LA FIRMA DEL CONTRATO |
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17 |
Vigencia a las 48 horas: |
17.1 - Consultas 17.2 - Análisis Clínicos Laboratoriales Simples 17.3 - Análisis Clínicos Laboratoriales Especializados 17.4 - Estudios Radiológicos Simples 17.5 - Estudios Radiológicos Especializados 17.6 - Estudios Ecográficos 17.7 - Estudios para Diagnostico simple 17.8 - Estudios para Diagnóstico y tratamiento especializados 17.9 - Otros Servicios 17.10 - Servicios de Ambulancia 17.11 - Cirugía Menor 17.12 - Cirugía Media 17.13 - Otros estudios 17.14 - Internaciones sanatoriales: Clínicas y Quirúrgicas 17.15 - Sistema de Arancel Preferencial 17.16 - Cobertura de accidente de tránsito 17.17 - Unidad de Terapia Intensiva (U.T.I). 17.18 - Cirugía Mayor 17.19 - Servicios Odontológicos 17.20- Parto Normal o Cesárea (beneficiaria Categorías 00 - 01 - 03) 17.21- Servicio Funerario y Sepelio OBSERVACION: Todos estos servicios citados más arriba, serán brindadas de forma inmediata, a todos los beneficiarios que ingresen desde el principio y posteriores a la firma del contrato. |
ANEXO DE LA COBERTURA
De manera adicional se incorpora al contrato Servicios Funerarios y de Sepelio, que se regirán por las siguientes condiciones:
A) Coberturas del Servicio Funerario y de Sepelio, exclusivo en el Departamento del Alto Paraná Paraguay.
1- Salón Velatorio Climatizado.
2- Féretro modelo BOVEDA Blindado, confeccionado con madera de primera calidad finamente lustrada con herrajes de metal, forrada por dentro con seda y encajes, visor para el rostro, caja metálica con depósito para formol para panteón tipo columbario.
3- Soldadura de caja metálica.
4- Capilla Ardiente si optare por velatorio domiciliar.
5- Formolización.
6- Limpieza y reconstrucción de cadáver.
7- Cámara fría en caso necesario por 48 hs. Sin costo.
8- Servicio de transporte para el traslado del cadáver al laboratorio de la funeraria para su preparación.
9- Servicio de carroza fúnebre.
10- Un álbum de firmas.
11- Vestimenta Mortaja.
12- Servicio de cafetería provisión de 20 litros de gaseosa, 10 litros de café, vasos descartables, 2 kilos de caramelos y 2 kilos de galletitas.
13- Asesoramiento de trámites legales.
B)El servicio previsto en este Anexo se ofrecerá a los beneficiarios a través de las Empresas funerarias habilitadas según guía médica. Previa autorización de la CONTRATADA.
C) Queda obligada la CONTRATANTE, de comunicar a la CONTRATADA el fallecimiento del Titular y/o alguno de los miembros del Grupo Familiar de este, por medio de nota, acompañado de la copia del Certificado Médico de Defunción, a efectos de que la CONTRATADA, pueda autorizar el servicio.
D) Tendrán derecho al servicio de este Anexo, el beneficiario Titular del Contrato y sus respectivos dependientes, debidamente inscriptos ante la CONTRATADA.
E) Para la utilización del servicio previsto en este Anexo, la CONTRATANTE deberá estar al día en el pago mensual de sus cuotas.
F) La cobertura de este Anexo, tendrá vigencia a los 300 (trescientos) días desde la fecha de inclusión de cada beneficiario.G) La cobertura de este servicio cubre un radio de 50 (cincuenta) kilómetros a la redonda teniendo como punto de referencia a la Ciudad de Santa Rita, mayor distancia y/o traslado al exterior correrá por cuenta de los beneficiarios.
H) La CONTRATADA no se hará responsable por los gastos en que incurrieren la CONTRATANTE, los beneficiarios y/o familiares por servicios funerarios realizados por empresas no autorizadas por la CONTRATADA, o por los servicios adicionales solicitados que no estén estipulados en la cobertura.
La CONTRATADA se exime de toda responsabilidad de reembolso por los servicios previstos en este capítulo
I) Dada las características del servicio ofrecido en el Anexo, la responsabilidad de la misma, de cualquier naturaleza que fuere estará exclusivamente a cargo de la empresa prestadora del servicio. No obstante, cualquier anomalía en la presentación debe ser puesta de inmediato a conocimiento de la CONTRATADA, a los fines que pudiere corresponder.
J) En caso de Reembolso por no tener dicho servicio en una Ciudad o Departamento específico, el costo a ser reembolsado será de la siguiente manera, de 1 a 8 años hasta 2 millones de guaraníes y desde 9 años en adelante hasta 4 millones de guaraníes.
K) En caso de desacuerdo entre las partes a lo establecido en el anexo, será sometida a la decisión de la jurisdicción civil de la circunscripción Judicial del domicilio de la convocante, renunciando las partes otro foro que pudiera corresponder.
BENEFICIARIOS ADHERENTES
La opción de incluir beneficiarios adherentes SERÁ RESPONSABILIDAD EXCLUSIVA DE CADA TITULAR Y LOS COSTOS SERÁN ABONADOS POR CADA TITULAR A LA PRESTADORA DE SERVICIOS (a definir entre el Titular y la Prestadora de Servicios).
Los beneficiarios adherentes permanecerán en esta condición desde su incorporación hasta el fenecimiento del contrato o en su caso hasta el día en que el titular del seguro sea desvinculado de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley. La prestadora de servicios no podrá unilateralmente excluir a ningún adherente por reglamentación interna, solo suspender temporalmente el servicio por falta de pago.
En caso de producirse la desvinculación de funcionarios de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley durante la vigencia del Contrato, la Municipalidad de Santa Rita comunicará dicha situación a la prestadora de servicios en un plazo no mayor a 30 días para la exclusión de los beneficios.
La empresa adjudicada deberá remitir en el plazo de 48 horas el nombre de la persona que será el nexo entre la Institución y la empresa y la persona que recepcionará los documentos para la emisión del carnet identificatorio sin costo alguno para el beneficiario y su grupo familiar, en caso que el titular incluya a beneficiarios adherentes.
OBSERVACIÓN: Se aclara que la Municipalidad de Santa Rita solo tiene compromiso contractual por los titulares, quedando el cobro de los adherentes y otras gestiones que no sean directamente sobre el titular a cargo de la prestadora y el usuario.-
Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado: Intendencia Municipal, de la Municipalidad de Santa Rita
Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada: El presente proceso de Licitación de Prestacion de servicio de seguro medico se realiza por la suma importancia del cuidado de la salud; y de contar con un seguro médico que lo respalde resulta fundamental, más aún con la actual emergencia sanitaria, siendo un buen camino a seguir para garantizar la atención inmediata de los asegurados, esto sin dejar de mencionar otras enfermedades y/o dolencias graves o no, ante eventuales accidentes, necesidad de servicios de ambulancias, requerimiento de exámenes de detección, etc., hace que obtener los servicios preventivos recomendados son un paso clave para la buena salud y el bienestar de las personas para cubrir las necesidades tan basicas de la atención médica hospitalaria .-
Justificar la planificación: El llamado responde a una necesidad temporal.
Justificar las especificaciones técnicas establecidas: Las especificaciones técnicas establecidas corresponden a la prestación de servicio seguro medico de plan básico.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
(Indicar el N°) |
(Indicar la descripción de los bienes) |
(Insertar la cantidad de bienes a proveer) |
(Indicar la unidad de medida de los bienes |
(Indicar el nombre del lugar) |
(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s) |
|
|
|
|
|
|
Item |
Descripción del Servicio |
Cantidad Mínima de Beneficiados |
Cantidad Máxima de Beneficiados |
Cantidad Meses de Servicio |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Servicios |
1 |
Contratación de Seguro Médico para Funcionarios |
100 |
150 |
12
|
Unidad |
En los distintos Sanatorios, Clínicas y/o Centros Asistenciales adheridos para la cobertura de los servicios de seguro medico |
Los servicios serán prestados desde el día siguiente de la Firma del Contrato y por el plazo de 12 (doce) meses. |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Acta de Recepción de Servicio 1 |
Acta de Recepción de Servicio |
Marzo 2022 |
Acta de Recepción de Servicio 2 |
Acta de Recepción de Servicio |
Abril 2022 |
Acta de Recepción de Servicio 3 |
Acta de Recepción de Servicio |
Mayo 2022 |
Acta de Recepción de Servicio 4 |
Acta de Recepción de Servicio |
Junio 2022 |
Acta de Recepción de Servicio 5 |
Acta de Recepción de Servicio |
Julio 2022 |
Acta de Recepción de Servicio 6 |
Acta de Recepción de Servicio |
Agosto 2022 |
Acta de Recepción de Servicio 7 |
Acta de Recepción de Servicio |
Setiembre 2022 |
Acta de Recepción de Servicio 8 |
Acta de Recepción de Servicio |
Octubre 2022 |
Acta de Recepción de Servicio 9 |
Acta de Recepción de Servicio |
Noviembre 2022 |
Acta de Recepción de Servicio 10 |
Acta de Recepción de Servicio |
Diciembre 2022 |
Acta de Recepción de Servicio 11 |
Acta de Recepción de Servicio |
Enero 2023 |
Acta de Recepción de Servicio 12 |
Acta de Recepción de Servicio |
Febrero 2023 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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