El suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
SE ADJUNTA ESPECIFICACIONES TÉCNICAS EN EL SICP
IDENTIFICAR EL NOMBRE, CARGO Y LA DEPENDENCIA DE LA INSTITUCIÓN DE QUIEN SOLICITA EL LLAMADO A SER PUBLICADO.
Dirección de Mantenimiento a través de la Dpto. de Mantenimiento Área Interior-Sección Zona Norte.
JUSTIFICAR LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER MEDIANTE LA CONTRATACIÓN A SER REALIZADA:
La Unidad Sanitaria de Bahía Negra del IPS es un establecimiento de salud ubicado en el XVII Departamento de Alto Paraguay. La ciudad de Bahía Negra es posiblemente el centro urbano más distante al Norte del país, con acceso vía terrestre por el pueblo de Toro Pampa y alternativamente por el pueblo de Agua Dulce. Alternativamente a la vía terrestre, que no es de todo tiempo, la mayor parte del comercio e intercambio de esta ciudad se realizó históricamente a través de pequeños barcos mercantes o macateros que acceden a la ciudad por el Río Paraguay.
En cuanto al suministro eléctrico, el mismo se realizó siempre a través de la generación propia de ANDE, que posee una usina Diésel hoy día reconvertida a Gas por decisión de la Estatal. Se estima que en un plazo no mayor a 6 (seis) meses llegará -por primera vez- una línea de distribución eléctrica a la ciudad, proveniente de la ciudad de Toro Pampa.
La Unidad Sanitaria de Bahía Negra del IPS fue recientemente intervenida y remodelada para adecuar su funcionamiento a las necesidades actuales y futuras de esta población de 2.500 habitantes y de la larga red de establecimientos productivos de esa zona del país, con una inversión aproximada de 8.000.000.000 de Guaraníes.
El punto crítico identificado para la operación a capacidad plena de este establecimiento, desde su etapa de proyecto y planificación, fue el suministro eléctrico estable y continuo. Tal es así que en recientes negociaciones con la ANDE se ha conseguido, luego de largas gestiones por parte de la previsional social, la ampliación de la carga autorizada desde 32 A hasta 63 A (52 KVA), cuando que para su operación al 100% de su capacidad diseñada requiere de un suministro estable de al menos 315 KVA.
Las grandes limitaciones de potencia de la zona, cuya generación propia a través de la Central Térmica ANDE alcanzaría los 865 KVA para atender todo el distrito, no deja posibilidad de utilizar el recientemente readecuado centro asistencial a plena carga, forzando la operación del mismo al 20% de su capacidad nominal de diseño. En los planes de ANDE se halla la instalación en el corto plazo de un nuevo grupo generador de 875 KVA, diésel.
Además de la capacidad instalada, se suma que en años anteriores el suministro durante el día se realizaba de forma parcial, solamente en los horarios de 08:00 a 22:00, quedando sin energía todo el pueblo fuera de esos horarios. Si bien este racionamiento operativo del suministro eléctrico ya no se practica de forma usual en la actualidad, el mismo es un recurso muy posible en caso de que falle la cadena logística encargada de proveer de combustible a las Centrales Térmicas de ANDE mencionadas.
Entonces, el tema que ocupa nuestro análisis está enfocado a la factibilidad de una generación propia de energía que permita operar el establecimiento al 100% de su capacidad, durante las 24 horas del día, para cumplir a cabalidad con los servicios médicos que brindará este recientemente habilitado hospital.
Es por este motivo que se ha decidido llevar a cabo el estudio de factibilidad de instalación de una planta generadora de energía con base fotovoltaica, que opere con independencia a la red eléctrica de ANDE. No se analizará la alternativa de generación Diésel, porque es conocido el alto consumo de estas unidades y la variabilidad del precio del combustible, razones que han llevado a los proyectistas de establecimientos de salud a considerar este tipo de alternativas solo como back-up o de emergencia.
JUSTIFICAR LA PLANIFICACIÓN:
Análisis de rentabilidad
Consideraciones adoptadas para el estudio de este cálculo:
Con estos datos y mediante el flujo de efectivo, se calcularon el VAN y la TIR de cada caso, con los siguientes resultados:
ESCENARIO: SIN SERVICIO A TERCEROS
Planta de Generación Fotovoltaica |
|
Establecimientos Hospitalarios intervenidos |
US Bahía Negra |
Consumo mensual de Energía Eléctrica (2020) Gs. |
23.000.000 |
Costo de la Planta (Gs.) |
6.800.000.000 |
Capacidad Instalada (KVA) |
315 |
Porcentaje de cobertura de la demanda de la US-BN |
100% |
Tasa de descuento |
6% |
Servicio a terceros |
NO |
Horizonte del proyecto |
25 años |
Crecimiento quinquenal de la demanda |
10% |
Reajuste quinquenal de la tarifa |
20% |
Costo / Beneficio |
1,35 |
TIR |
-1,3% |
VAN |
38.804.090 |
Conclusiones Finales
Del análisis económico podemos resaltar los siguientes puntos:
Habiéndose analizado el aspecto económico concluimos que el proyecto no es atractivo desde el punto de vista del lucro en comparación a otras alternativas de inversión, pero tampoco es un proyecto deficitario en el horizonte calculado. El flujo de caja se vuelve positivo al sexto año y se mantiene de esa forma hasta el final del proyecto.
Habiéndose definido entonces que no es deficitario, corresponde ahora un análisis desde el punto de vista social.
La US Bahía Negra es el único hospital de esa vasta región del Chaco Paraguayo, que no atiende solamente a los asegurados sino que a través de convenio con el MSPBS atiende a toda la población que acuda al centro asistencial.
Es por este motivo que ya primeramente se decidió en la previsional realizar las inversiones en la adecuación de la infraestructura edilicia mencionada, en equipamiento y en contratación de recursos humanos que cubran todas las especialidades médicas del citado establecimiento; el siguiente paso pendiente dotar de las condiciones necesarias para su operación, principalmente de un abastecimiento adecuado de energía eléctrica para cubrir el 100% de las necesidades.
Finalmente, consideramos que de mantenerse las condiciones actuales de suministro eléctrico, al no operar a capacidad plena este establecimiento creará un perjuicio económico importante al IPS por las inversiones previas realizadas; aparte de esto, el mayor perjuicio será el déficit en el aspecto social por no prestar el servicio necesario a las comunidades que dependen de este centro asistencial.
Por todo lo expuesto, recomendamos llevar adelante este proyecto de alimentación eléctrica con generación fotovoltaica, por la confiabilidad, bajo coste de operación y mantenimiento, y principalmente por la imperiosa necesidad de operar el establecimiento al 100% de su capacidad de diseño.
JUSTIFICAR LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ESTABLECIDAS: las mismas corresponden a las recomendaciones de expertos en el área
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo con el plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
Ítem |
Descripción del Servicio |
Cantidad |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Servicios |
1-09 |
Servicio de provisión e instalación de sistema de Abastecimiento eléctrico para la Unidad Sanitaria de Bahía Negra Chaco del Instituto de Previsión Social |
1 |
Evento |
Unidad Sanitaria de Bahía Negra Chaco |
12 meses |
Acta de Inicio: 48Hs. a partir del cobro del Anticipo por única vez al Inicio del Servicio con la Rúbrica del Representante Legal de la empresa y el Administrador del Contrato. -
Acta de Recepción de los Equipos: Sera emitido 240 días después del cobro del Anticipo
Acta de Recepción por Instalación y Puesta en Marcha: Sera emitido a los 90 días después de la entrega de Equipos.-
Acta de Conformidad: Sera emitido 2 (dos) meses después de la ejecución total del Contrato por única vez, con la Rúbrica del Representante Legal de la empresa y el Administrador del Contrato. -
NO APLICA
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
SI APLICA, Los mismo podrán ser retirados en medio magnéticos del Departamento de Mantenimiento Área Interior dependiente de la Dirección de Mantenimiento, en el horario de 7:15 a 14:15
Dirección: Pa’i Pérez c/ Avda. Pettirossi - Edificio Boquerón - 5° Piso
Asunción - Paraguay
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indican a continuación:
Para los servicios de mantenimiento.
Los equipos deberán quedar en funcionamiento óptimo, con un periodo de inspección y prueba de 24 horas desde la fecha de realización del servicio.
El administrador del contrato podrá requerir a la empresa adjudicada que realice pruebas y/o inspecciones que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes y que cumplan con los requerimientos técnicos, protocolos de mantenimiento y normas establecidas en el Manual de cada equipo y Especificaciones técnicas.
El administrador del contrato podrá rechazar los servicios que no pasen las pruebas de buen funcionamiento de los equipos afectados o que no se ajusten a los protocolos
La empresa adjudicada tendrá que rectificar los servicios rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con los protocolos y/o las especificaciones sin ningún costo para el administrador del contrato, en un plazo de no mayor a 48 horas posteriores al rechazo por parte del Administrador de contrato con referencia a la no conformidad del servici
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Acta de inicio: |
Acta de inicio: |
Como máximo a las 48hs (2 días) a partir del cobro del anticipo del 20%. |
Acta de recepción de equipos |
Puesta en obra de todos los equipos: |
Hasta un máximo de 240 Días contados a partir del cobro del anticipo (20%) del total de la oferta |
Acta de recepción provisoria de instalación de los equipos |
Acta de recepción provisoria de instalación de los equipos |
A la puesta en servicio de los equipos, con aprobación del administrador del contrato (plazo de hasta un máximo de 90 días posteriores a la recepción de los equipos) |
Acta de Recepción definitiva |
Acta de Recepción definitiva |
60 días posterior a las pruebas de Instalación y Puesta en Marcha |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
1. Personas Físicas / Jurídicas |
a) Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos; |
b) Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos; |
c) Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social; |
d) Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS; |
e) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación. |
f) Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la firma del contrato. |
2. Documentos. Consorcios |
a) Cada integrante del consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes. |
b) Original o fotocopia del consorcio constituido. |
c) Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio. |
d) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación. |