Entre la Municipalidad de Villeta, domiciliada en Pbro. Schoenfeld Mcal. Estigarribia, Ciudad de Villeta, República del Paraguay, representada para este acto por el Señor Teodosio Gómez Ibañez, con Cédula de Identidad N°------, denominada en adelante la contratante, por una parte, y, por la otra, la firma ____________, domiciliada en ___________________________________, República del Paraguay, representada para este acto por _________________________________, con Cédula de Identidad N° ________________, denominada en adelante el proveedor, identificadas en conjunto como "las partes" e, individualmente, "parte", acuerdan celebrar el presente "Contrato de _______________________________", el cual estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
El objeto del contrato es:
La provisión de insumos, la elaboración de los alimentos y la distribución de las raciones en las instituciones educativas, así como del retiro y la limpieza de todo lo utilizado, de manera diaria.
Los documentos contractuales firmados por las partes y que forman parte integral del contrato son los siguientes:
Los documentos que forman parte del contrato deberán considerarse mutuamente explicativos; en caso de contradicción o discrepancia entre los mismos, la prioridad se dará en el orden enunciado anteriormente.
El crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del presente contrato está previsto conforme al Certificado de Disponibilidad Presupuestaria vinculado al Programa Anual de Contrataciones (PAC) con el ID Nº. 405214
El presente contrato es el resultado del procedimiento de Licitación por Concurso de Ofertas ID N° 405214, convocado por la Unidad Operativa de Contrataciones de la Municipalidad de Villeta. La adjudicación fue realizada según acto administrativo N°_______.
Nro. De Orden |
Nro. De Ítem/Lote |
Descripción |
Marca |
Procedencia |
Unidad de Medida |
Cantidad mínima |
Cantidad máxima |
Precio Unitario |
Monto mínimo |
Monto máximo |
1 |
1 |
Servicio de provisión de almuerzo escolar |
- |
- |
ración |
25.230 |
50.460 |
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Total: [sumatoria de columna de montos mínimos y sumatoria de columna de montos máximos]
El monto mínimo del presente contrato asciende a la suma de [_________________________] y el monto máximo es de [_______________]
El proveedor se compromete a proveer los bienes a la contratante y a subsanar los defectos de éstos de conformidad a las disposiciones del contrato.
El valor del porcentaje de multas que será aplicado por el atraso en la entrega de los bienes, prestación de servicios será de 0,05% por cada hora de atraso en la entrega.
La contratante se compromete a pagar al proveedor como contrapartida del suministro de los bienes y servicios y la subsanación de sus defectos, el precio del contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en las bases y condiciones.
formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:
A Plazos y en Guaraníes. Luego de cada un mes de provisión de las raciones de almuerzo escolar (en cantidades y días de provisión), según se detalla en la Orden de Servicios interno expedida por la Municipalidad de Villeta, el proveedor podrá solicitar el pago de la factura correspondiente a ese periodo de entrega. LA CONTRATANTE realizará el pago de la factura presentada dentro de los 5(cinco) días de su recepción. Los documentos que obligatoriamente se deberá presentar con las facturas son las siguientes:
1. Nota de solicitud de cobro dirigido al Intendente de la Municipalidad de Villeta.
2. Notas de Remisión que deberá ser por cada día de entrega y discriminado por cada escuela. Acompañado de una planilla de resumen de estos con las cantidades y montos que justifiquen la factura y Acta de Entrega y Recepción de las raciones de almuerzo escolar.
3. Pago de la última Declaración Jurada de IVA. El proveedor adjudicado además de lo indicado más arriba deberá presentar para el pago las siguientes documentaciones:
a. La solicitud de pago deberá ir acompañada de la factura;
b. Certificado de cumplimiento tributario;
c. copias legibles de las facturas expedidas por los productores, o autofacturas en su caso, que instrumenten la transacción entre el proveedor y el productor, salvo que en dicho periodo no se haya realizado transacción alguna con los productores. Sin embargo, para la finalización del contrato el proveedor deberá demostrar haber cumplido con el porcentaje comprometido.
d. Actas de recepción de los platos servidos, debidamente firmadas por el Director o responsable designado por el mismo. e. El reporte de la carga de la nómina del personal en el FIP, asignado a los servicios contratados o la actualización en su caso.
f. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social.
El plazo de vigencia del presente contrato será:
Desde: la fecha de la firma del Contrato.
Hasta: el 30 de diciembre de 2022.
Los almuerzo/cenas deberán ser entregados dentro de los plazos establecidos en el Cronograma de Entregas del pliego de bases y condiciones.
La administración de éste contrato estará a cargo de:
Erick Benítez
La persona designada por la empresa para ser el nexo entre la misma y los productores de la agricultura familiar será:
Completar una vez adjudicado.
La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en el presente pliego de bases y condiciones, la cual se presentará a más tardar dentro de los diez (10) días calendarios siguientes a la firma del contrato.
El adjudicado deberá en el plazo de quince (15) días calendario desde la firma del presente contrato, presentar ante el administrador de contrato, la constancia o constancias de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, de todos los sujetos obligados en el marco de la Ley N° 6355/19.
En el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, se deberá remitir a la convocante la actualización de la mencionada declaración jurada, una vez finalizada la ejecución del presente contrato.
Las multas y otras penalidades que rigen en el presente contrato serán aplicadas conforme con lo establecido en las Condiciones Contractuales del presente pliego. Superado el monto equivalente a la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la contratante podrá aplicar el procedimiento de rescisión de contratos de conformidad al Artículo 59 inc. c) de la Ley N° 2.051/2003 "De Contrataciones Públicas", caso contrario deberá seguir aplicando el monto de las multas que correspondan.
La rescisión del contrato o la aplicación de multas por encima del porcentaje de la Garantía de Cumplimiento del Contrato deberá comunicarse a la DNCP a los fines previstos en el artículo Nº 72 de la Ley N° 2051/2003 "De Contrataciones Públicas", modificado por Ley N° 6716/2021.
Las causales y el procedimiento para suspender temporalmente, dar por terminado en forma anticipada o rescindir el contrato, son las establecidas en la Ley N° 2051/2003 y en las condiciones contractuales del presente pliego de bases y condiciones.
Cualquier diferencia que surja durante la ejecución del contrato se dirimirá conforme a las reglas establecidas en la legislación aplicable y en las condiciones contractuales del presente pliego de bases y condiciones.
Si la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas resolviera anular la adjudicación de la contratación debido a la procedencia de una protesta o investigación instaurada en contra del procedimiento, y si dicha nulidad afectara al contrato ya suscrito entre LAS PARTES, el contrato o la parte del mismo que sea afectada por la nulidad, quedará automáticamente sin efecto de pleno derecho, a partir de la comunicación oficial realizada por la DNCP, debiendo asumir LAS PARTES las responsabilidades y obligaciones derivadas de lo ejecutado del contrato.
EN TESTIMONIO de conformidad se suscriben 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de ___________________ República del Paraguay al día___________ mes___________ y año_____________.
Firmado por: _____________________________ en nombre de la Contratante.
Firmado por: _____________________________ en nombre del Proveedor.