El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
GENERALIDADES:
De acuerdo a lo establecido en la Res. DNCP N° 1930/20 Por la cual se dispone la utilización del Sistema de Información de Contrataciones Públicas para la presentación y apertura de ofertas electrónicas en los procedimientos de contratación:
El porcentaje indicado en el SICP para la Garantía de Mantenimiento de Oferta es del 5% cinco por ciento.
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en la convocatoria y/o en las bases de la licitación. La adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
La convocante podrá prorrogar el plazo de presentación de ofertas a fin de dar a los posibles oferentes, un plazo razonable para que puedan tomar en cuenta la enmienda en la preparación de sus ofertas. Esta prórroga deberá quedar asentada en la adenda citada.
Las modificaciones al pliego de bases y condiciones serán autorizadas por el Gerente General del BCP, mediante adendas numeradas debidamente justificadas por el área técnica y/o otras instancias administrativas, y se darán a conocer a través del portal de la DNCP (www.contrataciones.gov.py).
La Unidad Operativa de Contratación, con el visto bueno del Gerente General, queda autorizada a modificar el contrato en cuanto a plazos, suscribiéndose la correspondiente Adenda. Cuando sea necesario modificar montos, dicha modificación deberá ser autorizada por acto administrativo de la máxima autoridad de la Institución (Directorio del BCP).
1. El Proveedor deberá suministrar todos los bienes o servicios de acuerdo con las condiciones establecidas en el pliego de bases y condiciones y sus adendas, así como en el Contrato y sus adendas.
2. El Proveedor será responsable de cualquier indemnización por daños causados en el marco de la ejecución del contrato por él o su personal a los funcionarios y/o a terceros, y/o a los bienes de éstos, y/o a los bienes o instalaciones o imagen reputacional de la Contratante; por causas imputables al mismo.
3. Responder por todo incumplimiento o consecuencia imputable al mismo, derivados de la incorrecta o incompleta ejecución de lo contratado.
4. Contratar y mantener el personal calificado necesario para la realización de los servicios requeridos. Cumplir con todas las leyes laborales y de Seguridad Social vigentes. Asumir todos los riesgos en los términos del Código del Trabajo vigente, liberando al BCP de cualquier responsabilidad al respecto.
5. Cumplir con todas las medidas de seguridad que se requieran respecto a su personal, a fin de evitar accidentes de trabajo durante la ejecución contractual.
6. El Proveedor deberá indemnizar y eximir de cualquier responsabilidad a la contratante y a sus empleados y funcionarios, por cualquier litigio, acción legal o procedimiento administrativo, reclamación, demanda, pérdida, daño, costo y gasto cualquiera sea su naturaleza, incluidos los honorarios y gastos de representación legal, en los cuales pueda incurrir la contratante como resultado de riesgos profesionales o muerte de los empleados del Proveedor, sea reclamado por el trabajador o sus causahabientes durante la vigencia del contrato. Como riesgos profesionales se entenderán los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Se considerarán igualmente accidentes del trabajo los hechos constituidos por caso fortuito o fuerza mayor inherentes al trabajo que produzcan las mismas lesiones.
De acuerdo a lo indicado en la Sección Especificaciones técnicas y Suministros Requeridos, el personal del Proveedor deberá firmar un Compromiso de Confidencialidad de la Información en los términos del Formulario de la Sección Formularios Adicionales.
MODALIDAD DE CONTRATACIÓN
Contrato Cerrado
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
CONDICIONES GENERALES
El Banco Central del Paraguay requiere de un sistema de negociación electrónica, por medio del cual funcione el mercado de divisas USDPYG interbancario. Este, es un mercado muy líquido y un escenario ideal para que el BCP pueda realizar intervenciones cuando la coyuntura amerita. Además de lo mencionado, en el sistema requerido la mayoría de las entidades financieras deberán estar conectadas negociando entre sí y con sus clientes no financieros. También, deberá ser un medio por el cual las mismas informarán sus operaciones con clientes no financieros.
En otro aspecto, este sistema deberá poseer otras funcionalidades que puedan ser utilizadas por el BCP para recabar información vital para los reportes del mercado de dinero y cambiario.
El sistema deberá poseer reportes históricos de precios (desde 1999 a la fecha), consultas y gráficos, que serían prácticamente imposibles de procesar en forma manual, dado el volumen actual del mercado. Utilizando este sistema, el operador deberá obtener en tiempo real los precios de mercado, evitando el trabajo relacionado con la indagación de dichos precios.
La herramienta deberá ser un sistema electrónico 100% transparente, donde los supervisores del operador puedan mantenerse informados de todas las posturas presentadas en los distintos mercados. Además, deberá eliminar la necesidad de hacer un sondeo del mercado constantemente para mantenerse informado de los precios.
Todas las operaciones cerradas podrán ser en base a las mejores posturas presentadas en los distintos mercados. Los supervisores de la institución podrán hacer consultas históricas de las participaciones en todos los mercados. Deberán existir varios métodos para supervisar sin estar presente en el momento de la transacción.
Deberá ser económico operar con el sistema en donde se recibirán precios reales, en los cuales se estarán desenvolviendo el mercado. Además, será capaz de operar en forma más eficiente y rápida viendo el efecto en tiempo real.
El sistema poseerá reportes, históricos de precios (desde 1.999 a la fecha), consultas, gráficos, que darían mucha labor en forma manual. Utilizando el sistema el operador podrá reducir la cantidad de trabajo relacionado con la indagación de precios en el mercado.
Los diferentes mercados y utilidades del sistema que están a su disposición son:
Dólar Spot:
Con el sistema existirá la oportunidad de comprar y vender en el mercado de dólar Spot (transferencia), además ventajas para los usuarios tales como: (a) órdenes de compras y ventas; (b) venta goteo a goteo; (c) control de portafolio, emisión de papeletas, etc. Los montos límites para negociar por cada Institución deberá definirlas el usuario, de lo contrario las transacciones no se deberán realizar.
Dólar Efectivo:
Este módulo contará con la capacidad de especificar los billetes que se demandan o se ofertan. Especificaciones tales como serie, forma de pago y a cargo de quien queda la entrega de los billetes. También definirá los límites de igual manera que en el mercado Dólar Spot.
Este mercado es de modalidad semi-ciego, dónde el usuario solo conoce la contraparte una vez cerrada la operación. Cuenta con un indicador que le permite ver si tiene cupo con la contraparte.
Dólar Forward:
Es un mercado donde se podrá negociar posturas que se realizan a una fecha futura sobre un monto y una tasa previamente establecidos.
El precio del dólar para el día del vencimiento se establece a través de la tasa indicada en la postura y el precio del dólar spot acordado en el momento de la transacción por ambas contrapartes.
El sistema ofrece ciertos plazos estándar dentro de los cuales los participantes pueden colocar sus posturas. Todas las posturas tienen dos métodos: Delivery (Con Entrega) y Non Delivery (Sin Entrega).
Este mercado Dólar Forward es de modalidad semi-ciego, dónde el usuario solo conoce la contraparte una vez cerrada la operación. Cuenta con un indicador que le permite ver si tiene cupo con la contraparte.
Real Efectivo Dólar:
En este módulo se podrá negociar Arbitraje de Dólares en Efectivo contra Real Efectivo. Con la capacidad de especificar los billetes $(Dólar) que se demandan o se ofertan. También se deberán definir los límites de igual manera que en el mercado Dólar Spot. Este mercado es de modalidad semi-ciego, dónde el usuario solo conoce la contraparte una vez cerrada la operación. Cuenta con un indicador que le permite ver si tiene cupo con la contraparte.
Call Money Guaraníes/Dólares:
Además de poder negociar un Call con todas las entidades Bancarias fijando un límite de negociación, este módulo contará con un Informe de transacciones con el que la Institución podrá observar el movimiento actual e histórico de todas las operaciones en este mercado tanto en Guaraníes como en dólares americanos.
Informe de transacciones:
Todas las operaciones realizadas en los mercados Dólar Spot, Dólar Efectivo y otros que superan los U$D 10.000 (Monto Parametrizable) automáticamente se reflejarán en el informe para el BCP. En este módulo se podrán registrar manualmente las operaciones realizadas con un cliente que superen el monto anteriormente indicado. Además de forma automática con el modulo importación XML
Subasta de Repos/papeles Director, Participante:
En esta modalidad se podrá participar como Director o Participante, es decir hacer emisiones a medida de su necesidad. Las subastas electrónicas podrán ser realizadas a las horas que crea necesario para captar con papeles como LRM (Letras de Regulación Monetaria) y Bonos Públicos con distintos emisores. Ganando tiempo en la presentación de la postura (a diferencia de la forma convencional de enviar en sobre cerrado una solicitud escrita) y conociendo instantáneamente los resultados de dicha subasta. Además de poder recibir los resultados de la subasta inmediatamente, incluso se podrá restringir una lista de los usuarios participantes.
Subasta de Dólares modalidad Director:
Además de la intervención directa vía pizarra del mercado Dólar Spot se podrá realizar Subastas de Dólares desde 1 minuto de duración con envió de resultados automáticos.
FLIR (Facilidad de Liquidez de Corto Plazo con Reporto de Instrumentos de Regulación Monetaria):
Con este módulo se podrá recuperar Instrumentos de regulación Monetaria que están en circulación.
VLI (Ventanilla de Liquidez Interbancaria):
Pizarra ciega en la que los bancos negocian IRM´s emitidos por el BCP.
Renta Fija (Pizarra):
Este módulo deberá comprender el mercado Secundario de Papeles o renta Fija, donde se podrá renegociar varios papeles como CC, LRM, BONOS PUBLICOS, etc.
RFQ Renta Fija:
Ronda de precios (Request For Quote) para negociar papeles configurables en el mercado de Renta Fija.
Envío y recepción de memos:
Con esta característica del sistema se podrá emitir un memo al sistema, así como recibirlos. El sistema además poseerá un histórico de memos que podrá ser consultado en cualquier momento.
Envío y recepción de mensajes:
En esta opción se podrá comunicar con uno, con varios o con todos los usuarios conectados al sistema. Con la opción favoritos se podrá formar un grupo de usuarios de preferencia para el envío y recepción de mensajes. Los mensajes también contarán con la opción de consultas de mensajes históricos.
Las imágenes de como el usuario podrá apreciar el mercado se incluye en el apartado "ACLARACIONES" del SICP.
Entre las principales ventajas de manejar su Mesa de Operaciones por medio del sistema serán:
La herramienta ofrecerá al Banco la oportunidad de instalar el sistema en su propia RED, que implicará que se pueda aprovechar la información del sistema en los equipos de la RED en tiempo real, siempre y cuando dicha red se encuentre en un mismo local físico, la instalación del sistema en un local diferente tendrá un costo adicional. Los equipos de red pueden tener acceso al sistema como usuario.
1) Operador, con todos los derechos a negociar, 2) Supervisor, con todos los derechos a negociar y fijar los límites para negociar con cada institución, y 3) Observador, con acceso a leer los datos del mercado en tiempo real pero con ningún tipo de interacción.
Para las instalaciones, la firma adjudicada deberá ofrecer facilidad de tener acceso al mercado en tiempo real bajo su ambiente de Windows 7-10. Esto implica que deberá poder utilizar el equipo con sus propias aplicaciones de Windows, como Excel y Word mientras se realice la supervisión de las operaciones en los diferentes mercados.
En todas las ventanas del sistema existirá un icono con el logotico del Excel con el cual podrá pasarse toda la información de dicha ventana a una planilla de Excel.
La vía de conexión de los usuarios del BCP al Sistema se realizará vía Fibra Óptica, contratada y costeada por la firma adjudicada.
En caso de que el Banco Central cuente con Internet podrá servirle de conexión de respaldo en el eventual caso de que la conexión de Fibra óptica no esté disponible.
El sistema contará con una opción de generar archivos de extensión txt de todo lo realizado en el sistema, con el cual podrá tomarlos y procesarlos para migrar a otro sistema.
El aplicativo contará con un protocolo de comunicación llamado FIX (Financial Information exchange), que consiste en un conjunto de especificaciones de mensajería para la comunicación electrónica de mensajes orientados a negociación en mercados financieros.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
NO APLICA
Ítems |
Descripción del servicio |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Plazo de prestación/ejecución de los servicios |
Plazo de vigencia del Contrato |
De acuerdo a la Lista de Precios publicada en el SICP |
De acuerdo a la Lista de Precios publicada en el SICP |
De acuerdo a la Lista de Precios publicada en el SICP |
De acuerdo a la Lista de Precios publicada en el SICP |
Complejo Edilicio del Banco Central del Paraguay, sito en las Av. Federación Rusa y Av. Augusto Roa Bastos. |
El plazo de prestación del servicio será de 24 (veinte cuatro) meses contados a partir de la suscripción del contrato. |
El plazo de vigencia del Contrato será desde su suscripción hasta el cumplimiento total de las obligaciones contractuales |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
La Contratante fiscalizará la ejecución del Contrato a través del área administradora del Contrato. Se verificará que lo ejecutado cumpla a cabalidad con lo establecido en la Sección Suministros Requeridos Especificaciones técnicas y en la Lista de Precios; y se adecuen al Plan de Entrega de los Bienes o Servicios del presente PBC.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será: Nota/Formulario de conformidad del área técnica.
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Conformidad del área técnica administradora del contrato |
Nota/Formulario de conformidad del área técnica . |
Durante la ejecución contractual, de acuerdo al plazo establecido en el Plan de Entrega o Prestación de los bienes o servicios del presente PBC, el área administradora del Contrato emitirá la Nota/Formulario de conformidad, exigida/o para los pagos correspondientes. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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