Asunción, 21 de marzo de 2022
C.P. Angelo Jesús Calderini Méndez
Director
Unidad Operativa de Contrataciones
Tribunal Superior de Justicia Electoral
Ciudad
Ref. Licitación por Concurso de Oferta 1/2022; pliego – ID. Nº 405438 – Adquisición de Pasajes Aéreos
De mi consideración:
Con relación al Pliego de Bases y Condiciones del llamado arriba mencionado, en la Sección III del Programa de Servicios, Especificaciones Técnicas, en la página 12 donde menciona lo siguiente:
“Declaración sobre Servicios de Asistencia de Seguro Médico Internacional: deberá incluir Servicios de Asistencia de Seguro Médico Internacional (carnet o documento que acredite) para el pasajero, con cobertura de salud completa con topes a cotizar, que además incluya la atención en caso de que el viajero contrajese COVID-19: estudios laboratoriales, atención ambulatoria, internación y UTI, a los extranjeros sin residencia en el país (receptivos) y pasajeros residentes en el país que viajen al exterior (emisivos), según requerimientos de la Contratante, en consideración a la situación sanitaria a nivel mundial.
En el pliego debe incluirse que esto es CON COSTO. Nosotros, como oferente, estaremos cobrando a la Convocante lo que el proveedor del servicio nos cobra más el recargo cotizado en nuestra carta oferta. Se solucionaría esto si al final del ítem 8 se agrega una frase que diga: “Este servicio es con costo para la convocante”.
Por otro lado, en el ANEXO N°1, Documentos que componen la Oferta, ítem L, página 27, punto 3, “Constancia de pertenecer al Billing Setlement Plan (B.S.P.): IATA nos informa que ya no está dando esta constancia porque el certificado anual de IATA (ítem L, punto 1) ya implica pertenecer al B.S.P. Por lo que solicitamos eliminar ese requisito.
Teniendo en cuenta lo expuesto, favor puedan verificar y modificar el pliego de bases y condiciones.
Atentamente,
Ronald Birks
Director
C.P. Angelo Jesús Calderini Méndez
Director
Unidad Operativa de Contrataciones
Tribunal Superior de Justicia Electoral
Ciudad
Ref. Licitación por Concurso de Oferta 1/2022; pliego – ID. Nº 405438 – Adquisición de Pasajes Aéreos
De mi consideración:
Con relación al Pliego de Bases y Condiciones del llamado arriba mencionado, en la Sección III del Programa de Servicios, Especificaciones Técnicas, en la página 12 donde menciona lo siguiente:
“Declaración sobre Servicios de Asistencia de Seguro Médico Internacional: deberá incluir Servicios de Asistencia de Seguro Médico Internacional (carnet o documento que acredite) para el pasajero, con cobertura de salud completa con topes a cotizar, que además incluya la atención en caso de que el viajero contrajese COVID-19: estudios laboratoriales, atención ambulatoria, internación y UTI, a los extranjeros sin residencia en el país (receptivos) y pasajeros residentes en el país que viajen al exterior (emisivos), según requerimientos de la Contratante, en consideración a la situación sanitaria a nivel mundial.
En el pliego debe incluirse que esto es CON COSTO. Nosotros, como oferente, estaremos cobrando a la Convocante lo que el proveedor del servicio nos cobra más el recargo cotizado en nuestra carta oferta. Se solucionaría esto si al final del ítem 8 se agrega una frase que diga: “Este servicio es con costo para la convocante”.
Por otro lado, en el ANEXO N°1, Documentos que componen la Oferta, ítem L, página 27, punto 3, “Constancia de pertenecer al Billing Setlement Plan (B.S.P.): IATA nos informa que ya no está dando esta constancia porque el certificado anual de IATA (ítem L, punto 1) ya implica pertenecer al B.S.P. Por lo que solicitamos eliminar ese requisito.
Teniendo en cuenta lo expuesto, favor puedan verificar y modificar el pliego de bases y condiciones.
Con relación a la primera consulta manifestamos que, atendiendo a la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (O.M.S.) debido a la propagación del coronavirus (COVID-19), esta Convocante incorporó dichos servicios a las Especificaciones Técnicas del presente procedimiento, tal y como se expone en las bases y condiciones publicadas en el Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP).
Por tanto, corresponde aclarar a los potenciales oferentes que los Servicios de Asistencia de Seguro Médico Internacional, efectivamente prestados por el Proveedor según requerimiento del Administrador del Contrato, serán abonados por esta Convocante conforme al procedimiento indicado para la liquidación y pago de tarifas aéreas establecido en la Cláusula 11 de las IAO y la Cláusula 15 de las CGC. Por tanto se solicita amablemente remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
En segundo punto, con respecto al documento "Constancia de pertenecer al Billing Setlement Plan (B.S.P.) se solicita amablemente remitirse a la Adenda Nº 1.