Entre la MUNICIPALIDAD DE EMBOSCADA con RUC Nº 80023677-7, con domiciliado en la calle Colon y Pa’i Prieto de la ciudad de Emboscada, República del Paraguay, representada para este acto por el Señor Silvio Andrés Peña Saldívar, con C.I. N° 2.941.832, designado como Intendente Municipal por A.I. Nº 138/2021 de fecha 12 de Diciembre del 2021 y el Señor Hugo Ramón Cardozo Adorno con C.I. N° 1.480.423 designado como Secretario General por Resolución IM Nº 443/2021 en fecha 15 de noviembre del año 2021, denominada en adelante la CONTRATANTE, por una parte, y, por la otra, la firma .. RUC Nº ., domiciliado en .., representada en este acto por el/la Sr./Sra., con C.I. N° , denominada en adelante el PROVEEDOR, denominadas en conjunto "LAS PARTES" e, individualmente, "PARTE", acuerdan celebrar el presente "CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLE, el cual estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones
El objeto del contrato es:
La Municipalidad de Emboscada, contrata los servicios de la firma . RUC Nº . para la ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLE de la flota institucional, conforme a los principios estipulados en la ley 2051/03 de Contrataciones Publicas.
Los documentos contractuales firmados por las partes y que forman parte integral del Contrato son los siguientes:
Los documentos que forman parte del contrato deberán considerarse mutuamente explicativos; en caso de contradicción o discrepancia entre los mismos, la prioridad se dará en el orden enunciado anteriormente.
El crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del presente contrato está previsto conforme al Certificado de Disponibilidad Presupuestaria vinculado al Programa Anual de Contrataciones (PAC) con el ID N°: 405565
El presente Contrato es el resultado del procedimiento de CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 01/2022 con ID N° 405565, convocado por la Municipalidad de Emboscada. La adjudicación fue realizada según Resolución IM N con fecha ..
Adquisición de Combustible |
Empresa |
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Ítem |
Código Catálogo |
Descripción del Bien |
Unidad de Medida |
Presentación |
Cantidad |
Precio Total (Precio unitario por cantidad) |
1 |
15101505-001 |
Gasoil - Diésel - tipo III |
Litros |
Boca de expendio |
6500 |
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2 |
15101503-999 |
Nafta Ron 95 |
Litros |
Boca de expendio |
2400 |
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Guaraníes: |
El Proveedor se compromete a proveer los Bienes a la Contratante y a subsanar los defectos de éstos de conformidad a las disposiciones del Contrato.
La Contratante se compromete a pagar al Proveedor como contrapartida del suministro de los bienes y servicios y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en la Carta de Invitación.
La vigencia del presente contrato será:
Hasta el cumplimiento total de las obligaciones.
Los bienes deben ser entregados dentro de los plazos establecidos en el Cronograma de Entregas de la Carta de Invitación.
La administración de éste contrato estará a cargo de:
La Srta. Rufina Brítez, Encargada de la UOC de la Municipalidad de Emboscada.
La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las Condiciones Contractuales de la presente carta de invitación, la cual se presentará a más tardar dentro de los diez (10) días calendarios siguientes a la firma del contrato.
El adjudicado deberá en el plazo de quince (15) días calendario desde la firma del presente contrato, presentar ante el administrador de contrato, la constancia o constancias de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, de todos los sujetos obligados en el marco de la Ley N° 6355/19.
En el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, se deberá remitir a la convocante la actualización de la mencionada declaración jurada, una vez finalizada la ejecución del presente contrato.
Las multas y otras penalidades que rigen en el presente contrato serán aplicadas conforme con lo establecido en las Condiciones Contractuales de la presente carta de invitación. Llegado al monto equivalente a la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la Contratante podrá aplicar el procedimiento de rescisión de contratos de conformidad al Artículo 59 inc. c) de la Ley N° 2.051/2003 "De Contrataciones Públicas", caso contrario deberá seguir aplicando el monto de las multas que correspondan.
La rescisión del contrato o la aplicación de multas por encima del porcentaje de la Garantía de Cumplimiento del Contrato deberá comunicarse a la DNCP a los fines previstos en el artículo 72 de la Ley N° 2051/2003 "De Contrataciones Públicas",modificado por Ley N° 6716/2021.
Las causales y el procedimiento para suspender temporalmente, dar por terminado en forma anticipada o rescindir el contrato, son las establecidas en la Ley N° 2051/2003 y en las condiciones contractuales de la presente carta de invitación.
Cualquier diferencia que surja durante la ejecución del contrato se dirimirá conforme a las reglas establecidas en la legislación aplicable y en las condiciones contractuales.
Si la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas resolviera anular la adjudicación de la Contratación debido a la procedencia de una protesta o investigación instaurada en contra del procedimiento, y si dicha nulidad afectara al contrato ya suscrito entre LAS PARTES, el Contrato o la parte del mismo que sea afectada por la nulidad, quedará automáticamente sin efecto de pleno derecho, a partir de la comunicación oficial realizada por la DNCP, debiendo asumir LAS PARTES las responsabilidades y obligaciones derivadas de lo ejecutado del contrato.
EN TESTIMONIO de conformidad se suscriben 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de Emboscada,República del Paraguay al día. mes .. y año ..
Firmado por: _____________________________ en nombre de la Contratante.
Firmado por: _____________________________ en nombre del Proveedor.