CONSULTA: Cual sería el argumento técnico de la convocante para solicitar AUTORIZACION DEL FABRICANTE O REPRESENTANTE, con este documento solo FOMENTAN MAS RIQUESA A TAPERUVICHA, y dejar sin trabajo a otras empresas que en capacidad técnica que son iguales y superior a TAPERUVICHA, por otro lado la LEY 2051/03 Esta para fomentar a las MIPYMES, ayudar al crecimiento y desarrollo de las empresas que tienen el mismo derecho en participar y suscribir contrato con instituciones del estado, pero con este requisito lo único que hacen es gastar mucho mas caro en reparaciones y repuestos y daré algunos ejemplos, fluido de freno 254.265 gs regulación de frenos, 254.265gs, carga de gas 889.000gs que en el mercado está 60.000 el kilogramo y cada vehículo lleva aproximadamente 2 dos, y la reparación de Alternador completo 6.743.000 es el precio de uno nuevo, ósea que si falta cambiar el carbón y rulemán del alternador, estarían gastando de más al estado casi 20 veces más caro , bujías 4.432.000gs cada uno ya es exagerado, ni siquiera de un FERRARI cuesta tan caro, y queda totalmente fuera del mercado que son para vehículos del año 2017 que ya paso sus años de garantía de fabrica lo que no es argumento para solicitar este documento para despilfarrar el dinero de la institución con la intención de que sobre algo seguro, no lo sabemos, y con el debido respeto solicitamos extraer del pliego de bases y condiciones este documento para una competencia leal sin favorecer indebidamente a un SOLO OFERENTE con el argumento barato de que solo TAPERUVICHA, TIENE LA CAPACIDAD DE PODER HACER el trabajo de mantenimiento y reparacion Y QUE SOLO ELLOS PUEDEN PONER REPUESTOS ORIGINALES, ES UNA TOTALMENTE MENTIRA, cualquier empresa tiene acceso a repuestos originales y en caso de no hacerlo existen las sanciones correspondientes.
CONSULTA: Cual sería el argumento técnico de la convocante para solicitar AUTORIZACION DEL FABRICANTE O REPRESENTANTE, con este documento solo FOMENTAN MAS RIQUESA A TAPERUVICHA, y dejar sin trabajo a otras empresas que en capacidad técnica que son iguales y superior a TAPERUVICHA, por otro lado la LEY 2051/03 Esta para fomentar a las MIPYMES, ayudar al crecimiento y desarrollo de las empresas que tienen el mismo derecho en participar y suscribir contrato con instituciones del estado, pero con este requisito lo único que hacen es gastar mucho mas caro en reparaciones y repuestos y daré algunos ejemplos, fluido de freno 254.265 gs regulación de frenos, 254.265gs, carga de gas 889.000gs que en el mercado está 60.000 el kilogramo y cada vehículo lleva aproximadamente 2 dos, y la reparación de Alternador completo 6.743.000 es el precio de uno nuevo, ósea que si falta cambiar el carbón y rulemán del alternador, estarían gastando de más al estado casi 20 veces más caro , bujías 4.432.000gs cada uno ya es exagerado, ni siquiera de un FERRARI cuesta tan caro, y queda totalmente fuera del mercado que son para vehículos del año 2017 que ya paso sus años de garantía de fabrica lo que no es argumento para solicitar este documento para despilfarrar el dinero de la institución con la intención de que sobre algo seguro, no lo sabemos, y con el debido respeto solicitamos extraer del pliego de bases y condiciones este documento para una competencia leal sin favorecer indebidamente a un SOLO OFERENTE con el argumento barato de que solo TAPERUVICHA, TIENE LA CAPACIDAD DE PODER HACER el trabajo de mantenimiento y reparacion Y QUE SOLO ELLOS PUEDEN PONER REPUESTOS ORIGINALES, ES UNA TOTALMENTE MENTIRA, cualquier empresa tiene acceso a repuestos originales y en caso de no hacerlo existen las sanciones correspondientes.