1.¿Cuántas son las escuelas que deberán ser visitadas el 11/02/2022?
2.Con relación al punto referente a Procedimiento: El potencial oferente debidamente acreditado deberá presentarse en la Gobernación de Cordillera con una DDJJ solicitando realizar la visita en las instituciones que serán determinadas por la Convocante. Consultamos: ¿Qué documento considerará la convocante para dicha acreditación? la solicitud para realizar la visita debe realizarse por medio de una DD..JJ o una Nota? en caso de ser una DD.JJ que se debe declarar bajo fe de juramento?
1.¿Cuántas son las escuelas que deberán ser visitadas el 11/02/2022?
2.Con relación al punto referente a Procedimiento: El potencial oferente debidamente acreditado deberá presentarse en la Gobernación de Cordillera con una DDJJ solicitando realizar la visita en las instituciones que serán determinadas por la Convocante. Consultamos: ¿Qué documento considerará la convocante para dicha acreditación? la solicitud para realizar la visita debe realizarse por medio de una DD..JJ o una Nota? en caso de ser una DD.JJ que se debe declarar bajo fe de juramento?
Con respecto a esta consulta se informa que se fijara nueva fecha de visitas una ves que nos habilite la DNCP el sistema debido a la suspensión total del llamado sobre a una investigación de oficio y se solicita a los potenciales oferentes estén atentos a la publicación de la misma.
2
Experiencia Requerida - Certificado de Calidad
…también se verificará certificación de calidad del oferente conforme al cumplimiento de modelos internacionales para la distribución de alimentos para el consumo humano, que deberán estar vigente al momento de la apertura de sobres…” Con respecto al Certificado de Calidad consultamos a la convocante si dará cumplimiento a lo establecido y regulado por la Ley Nro. 2279/03 y el Decreto Reglamentario Nro. 3900/10 en la se exige que debe ser emitida por una entidad debidamente acreditada y reconocida por el organismo Nacional de Acreditación. Además si ajustará el Pliego en base a lo recomendado por la Resolución DNCP N° 4.954/19 donde se ha señalado “Igualmente, la misma no ha demostrado suficientemente que la eficacia contractual respecto a esa labor únicamente pueda ser lograda a través de la inclusión del requisito impugnado, a más de no especificar cuál es la actividad certificada, es decir, no ha indicado el objeto de la certificación ni de qué forma la misma incidiría en la ejecución del contrato, limitándose a mencionar que el requerimiento es indispensable para el correcto cumplimiento del contrato y garantizar la inocuidad de los alimentos”
…también se verificará certificación de calidad del oferente conforme al cumplimiento de modelos internacionales para la distribución de alimentos para el consumo humano, que deberán estar vigente al momento de la apertura de sobres…” Con respecto al Certificado de Calidad consultamos a la convocante si dará cumplimiento a lo establecido y regulado por la Ley Nro. 2279/03 y el Decreto Reglamentario Nro. 3900/10 en la se exige que debe ser emitida por una entidad debidamente acreditada y reconocida por el organismo Nacional de Acreditación. Además si ajustará el Pliego en base a lo recomendado por la Resolución DNCP N° 4.954/19 donde se ha señalado “Igualmente, la misma no ha demostrado suficientemente que la eficacia contractual respecto a esa labor únicamente pueda ser lograda a través de la inclusión del requisito impugnado, a más de no especificar cuál es la actividad certificada, es decir, no ha indicado el objeto de la certificación ni de qué forma la misma incidiría en la ejecución del contrato, limitándose a mencionar que el requerimiento es indispensable para el correcto cumplimiento del contrato y garantizar la inocuidad de los alimentos”
con respecto a esta consulta se informa que una ves que nos habilite la DNCP el sistema se realizara una adenda, se solicita a los potenciales oferentes estén atentos a la publicación de la misma.
3
EETT ITEM 3
Solicitamos a la convocante una aclaratoria de cuál sería el producto solicitado en el ítem 3, ya que en el SICP figura “Galletitas dulces con semilla de chía”, en el PBC solicita “Galletitas dulces con semillas de chia Y/O sésamo” y en la EETT habla de “Galletitas dulces con chía Y sésamo”. Estos productos son diferentes por la cantidad de ingredientes y por lo tanto afecta el precio a cotizar. Solicitamos aclaración de manera a ofertar el producto que mejor se adecue a las necesidades del departamento.
Solicitamos a la convocante una aclaratoria de cuál sería el producto solicitado en el ítem 3, ya que en el SICP figura “Galletitas dulces con semilla de chía”, en el PBC solicita “Galletitas dulces con semillas de chia Y/O sésamo” y en la EETT habla de “Galletitas dulces con chía Y sésamo”. Estos productos son diferentes por la cantidad de ingredientes y por lo tanto afecta el precio a cotizar. Solicitamos aclaración de manera a ofertar el producto que mejor se adecue a las necesidades del departamento.
con respecto a esta consulta se informa que una ves que nos habilite la DNCP el sistema se realizara una adenda, se solicita a los potenciales oferentes estén atentos a la publicación de la misma.
4
ESPECIFICACIONES GENERALES DE LOS ALIMENTOS SÓLIDOS
El PBC solicita para el punto d. REQUISITOS DOCUMENTALES. "Los Oferentes deberán presentar obligatoriamente con la oferta los siguientes requisitos: c. Certificado Internacional de análisis de peligros y puntos críticos de control según los requisitos del protocolo BPM del elaborador de los productos ofertados". Se consulta a la convocante, ¿cuál es el fundamento técnico que sustenta el pedido de un Certificado Internacional de análisis de peligros y puntos críticos de control según protocolo de BPM?. El INAN entidad nacional encargada de emitir certificados en cuanto a productos alimenticios emite el BPM correspondiente. De esta manera entendemos que el requisito no resulta técnicamente indispensable pues el INAN ya emite todas las documentaciones que avalan que los alimentos certificados por ellos son aptos para la venta y consumo humano. El PBC estándar prohíbe la solicitud de estos certificados internacionales que definitivamente limitan la libre competencia.
09-02-2022
17-02-2022
ESPECIFICACIONES GENERALES DE LOS ALIMENTOS SÓLIDOS
El PBC solicita para el punto d. REQUISITOS DOCUMENTALES. "Los Oferentes deberán presentar obligatoriamente con la oferta los siguientes requisitos: c. Certificado Internacional de análisis de peligros y puntos críticos de control según los requisitos del protocolo BPM del elaborador de los productos ofertados". Se consulta a la convocante, ¿cuál es el fundamento técnico que sustenta el pedido de un Certificado Internacional de análisis de peligros y puntos críticos de control según protocolo de BPM?. El INAN entidad nacional encargada de emitir certificados en cuanto a productos alimenticios emite el BPM correspondiente. De esta manera entendemos que el requisito no resulta técnicamente indispensable pues el INAN ya emite todas las documentaciones que avalan que los alimentos certificados por ellos son aptos para la venta y consumo humano. El PBC estándar prohíbe la solicitud de estos certificados internacionales que definitivamente limitan la libre competencia.
con respecto a esta consulta se informa que una ves que nos habilite la DNCP el sistema se realizara una adenda, se solicita a los potenciales oferentes estén atentos a la publicación de la misma.
5
ENVASE SECUNDARIO
Solicitamos a la convocante aclaración del envase secundario a ser utilizado para productos secos del ítem 3 y 4, ya que en el PBC da la opción de bolsas secundarias y en el SICP solo habla de cajas.
Solicitamos a la convocante aclaración del envase secundario a ser utilizado para productos secos del ítem 3 y 4, ya que en el PBC da la opción de bolsas secundarias y en el SICP solo habla de cajas.
con respecto a esta consulta se informa que una ves que nos habilite la DNCP el sistema se realizara una adenda, se solicita a los potenciales oferentes estén atentos a la publicación de la misma.
6
EXPERIENCIA REQUERIDA
Con relación al requisito de: Acreditar haber proveído satisfactoriamente en concepto de "fruta fresca banana" a instituciones públicas y/o privadas del mercado nacional, en promedio de los años 2019, 2020 y 2021, como mínimo el 40% (cuarenta por ciento) ¿ Podría la Convocante modificar a Frutas o verduras frescas, considerando que las mismas, son productos del mismo grupo, es decir, son productos frutihortícolas y tienen el mismo tratamiento, cuidado y habilitaciones de los entes que lo regulan? En caso de que la respuesta de la convocante sea la de "favor apegarse a lo solicitado al pliego" podría explicar el o los motivos por lo que no desea considerar el cambio solicitado?
Con relación al requisito de: Acreditar haber proveído satisfactoriamente en concepto de "fruta fresca banana" a instituciones públicas y/o privadas del mercado nacional, en promedio de los años 2019, 2020 y 2021, como mínimo el 40% (cuarenta por ciento) ¿ Podría la Convocante modificar a Frutas o verduras frescas, considerando que las mismas, son productos del mismo grupo, es decir, son productos frutihortícolas y tienen el mismo tratamiento, cuidado y habilitaciones de los entes que lo regulan? En caso de que la respuesta de la convocante sea la de "favor apegarse a lo solicitado al pliego" podría explicar el o los motivos por lo que no desea considerar el cambio solicitado?
con respecto a esta consulta se informa que una ves que nos habilite la DNCP el sistema se realizara una adenda, se solicita a los potenciales oferentes estén atentos a la publicación de la misma.
7
CAPACIDAD FINANCIERA
Con relación a que: Los oferentes al efecto de lo anteriormente señalado deberán presentar los documentos que se indican en el Anexo. Los oferentes deberán demostrar que cuentan con un capital integrado que cubra la no inferior al treinta por ciento de la oferta, que demuestren la solvencia para ejecutar el presente contrato, demostrable con el Balance General del Ejercicio 2020. Consultamos: ¿Qué criterios utilizará la convocante para evaluar a los oferentes que no tienen personería jurídica? ¿Cuál sería el motivo por el cual la convocante solicita un porcentaje a cumplir sobre el capital siendo que el PBC ya solicita otros requisitos que demuestran la capacidad y abalan el cumplimiento del contrato, tales como Ratios Financieros y pólizas de cumplimiento?
Con relación a que: Los oferentes al efecto de lo anteriormente señalado deberán presentar los documentos que se indican en el Anexo. Los oferentes deberán demostrar que cuentan con un capital integrado que cubra la no inferior al treinta por ciento de la oferta, que demuestren la solvencia para ejecutar el presente contrato, demostrable con el Balance General del Ejercicio 2020. Consultamos: ¿Qué criterios utilizará la convocante para evaluar a los oferentes que no tienen personería jurídica? ¿Cuál sería el motivo por el cual la convocante solicita un porcentaje a cumplir sobre el capital siendo que el PBC ya solicita otros requisitos que demuestran la capacidad y abalan el cumplimiento del contrato, tales como Ratios Financieros y pólizas de cumplimiento?
con respecto a esta consulta se informa que una ves que nos habilite la DNCP el sistema se realizara una adenda, se solicita a los potenciales oferentes estén atentos a la publicación de la misma.
8
EXPERIENCIA REQUERIDA
Donde dice: ...demostrable con al menos un contrato en cada año, a cuyo efecto deberá presentar: Contratos con sus respectivas recepciones finales y/o constancias de presentación satisfactoria expedida por la contratante o cliente receptor de los bienes/servicios proveídos.; y/o - Facturas contado; y/o. No serán válidas como experiencia las subcontrataciones.
¿Considerará la Convocante, para el Analís del porcentaje requerido los contratos que presentes los oferentes, considerando que en el apartado de "Requisitos documentales para evaluar el criterio de experiencia requerida" solo menciona "Copia de facturaciones y/o recepciones finales que avalen la experiencia requerida".?
Donde dice: ...demostrable con al menos un contrato en cada año, a cuyo efecto deberá presentar: Contratos con sus respectivas recepciones finales y/o constancias de presentación satisfactoria expedida por la contratante o cliente receptor de los bienes/servicios proveídos.; y/o - Facturas contado; y/o. No serán válidas como experiencia las subcontrataciones.
¿Considerará la Convocante, para el Analís del porcentaje requerido los contratos que presentes los oferentes, considerando que en el apartado de "Requisitos documentales para evaluar el criterio de experiencia requerida" solo menciona "Copia de facturaciones y/o recepciones finales que avalen la experiencia requerida".?
con respecto a esta consulta se informa que una ves que nos habilite la DNCP el sistema se realizara una adenda, se solicita a los potenciales oferentes estén atentos a la publicación de la misma.
9
Experiencia requerida
Para los ítems 2 Galletita Dulce sabor vainilla e ítem 3 Galletita dulce con semilla de chía y/o sésamo: ...Se estudiará la experiencia específica en el ramo en la comercialización directa de galletitas dulces para Merienda Escolar. Demostrar provisión de lo ofertado para el programa de merienda escolar con facturaciones de venta y/o contratos y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de
los 3 (tres) últimos años: 2018 2019 y 2020. La convocante se reserva el derecho de solicitar a las contratantes el cumplimiento satisfactorio de las adjudicaciones publicadas en el SICP. Consultamos: ¿Estos Ítems solo pueden ser cotizados por oferentes proveedoras del estado de merienda escolar? ¿Podría la Convocante modificar estos requisitos de manera a permitir que Empresas dedicadas a la venta de Galletitas puedan participar?
Para los ítems 2 Galletita Dulce sabor vainilla e ítem 3 Galletita dulce con semilla de chía y/o sésamo: ...Se estudiará la experiencia específica en el ramo en la comercialización directa de galletitas dulces para Merienda Escolar. Demostrar provisión de lo ofertado para el programa de merienda escolar con facturaciones de venta y/o contratos y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de
los 3 (tres) últimos años: 2018 2019 y 2020. La convocante se reserva el derecho de solicitar a las contratantes el cumplimiento satisfactorio de las adjudicaciones publicadas en el SICP. Consultamos: ¿Estos Ítems solo pueden ser cotizados por oferentes proveedoras del estado de merienda escolar? ¿Podría la Convocante modificar estos requisitos de manera a permitir que Empresas dedicadas a la venta de Galletitas puedan participar?
con respecto a esta consulta se informa que una ves que nos habilite la DNCP el sistema se realizara una adenda, se solicita a los potenciales oferentes estén atentos a la publicación de la misma.
10
Experiencia requerida
Para el punto que dice: Acreditar haber proveído satisfactoriamente en concepto de "fruta fresca banana" a instituciones públicas y/o privadas del mercado nacional, en promedio de los años 2019, 2020 y 2021, como mínimo el 40% (cuarenta por ciento) del monto total ofertado en la presente licitación. ¿Cuál sería el motivo de solicitar 40%? Podría la Convocante reducir el porcentaje?
Para el punto que dice: Acreditar haber proveído satisfactoriamente en concepto de "fruta fresca banana" a instituciones públicas y/o privadas del mercado nacional, en promedio de los años 2019, 2020 y 2021, como mínimo el 40% (cuarenta por ciento) del monto total ofertado en la presente licitación. ¿Cuál sería el motivo de solicitar 40%? Podría la Convocante reducir el porcentaje?
con respecto a esta consulta se informa que una ves que nos habilite la DNCP el sistema se realizara una adenda, se solicita a los potenciales oferentes estén atentos a la publicación de la misma.