Consulta:
donde solicitan "Computadora Personal (PC)", aclaramos respetuosamente a la entidad que en el PBC hemos notado que las misma no son conforme a la Resolución DNCP N° 3209/16, por el cual se dispone la utilización de las especificaciones técnicas establecida por el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación - MITIC en los procesos de contratación de adquisición de equipos informáticos, a través de la cual se establecen los estándares de especificaciones técnicas para compra de computadoras de escritorio y portátiles siendo de la siguiente manera, tipo 1 (para máquinas avanzadas), tipo 2 (para intermedias) y tipo 3 (para computadoras personales y básicas). Por tanto, solicitamos respetuosamente se retiren de las EETT los puntos que no corresponden y se corrijan utilizando lo acatado por la resolución de la DNCP la plantilla publicada en el SICP, considerando además que los oferentes tienen los equipos en su stock en base a las EETT de dicha resolución. También tener en cuenta que en el caso que la convocante quiera realizar alguna modificación a las especificaciones estándar se deberá solicitar a través de un Dictamen aprobado por la Mitic.