Consulta:
Teniendo en cuenta que existen talleres especializados en tornería y rectificación que cuentan con equipos específicos para dicho rubro, los cuales no son de uso común en talleres mecánicos convencionales, solicitamos respetuosamente a la convocante admitir la tercerización de los siguientes servicios/equipamientos, acreditando el cumplimiento de la exigencia con la presentación de un contrato de prestación de servicios con una tornería/rectificadora:
1 (un) BANCO MONTAJE Y DESMONTAJE DE CILINDRO HIDRAULICO
1 (un) BANCO DE PRUEBAS PARA SISTEMAS HIDRAULICOS
2 (dos) RECTIFICADORA DE CILINDRO
El pedido lo hacemos amparados en el Art. 20 de la Ley 2051/03 que establece que no se deben incorporar en los PBC condiciones que no resulten técnicamente indispensables si con ello se restringe la participación de potenciales oferentes. En este caso, no dudamos de la necesidad de contar con tales equipamientos, solo pedimos que se admita la tercerización de los mismos. Finalmente, sean propios o tercerizados, cumplirán con su cometido y estarán a disposición de la convocante cuando sea necesario.