Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Adicionalmente a lo establecido en el párrafo anterior el oferente deberá considerar las siguientes condiciones de participación:
Que se encuentren registrados/as en el Sistema de Información de Proveedores del Estado (SIPE), debiendo suscribir ante el mismo una Declaración Jurada en la cual manifiesta que tiene pleno conocimiento y acepta las reglas del proceso, para su activación como oferente. La Declaración Jurada referida, podrá ser descargada desde el SICP, módulo del SIPE.
Que activados/as conforme al SIPE posean su Usuario y Contraseña, personal e intransferible, salvo que los mismos hayan sido cancelados por el sistema, de conformidad a la reglamentación específica. La pérdida del usuario y contraseña deberá ser comunicada a la DNCP para que, a través del sistema, sea bloqueado el acceso inmediatamente; y
Como requisito para la participación en la Subasta a la Baja Electrónica, el oferente deberá manifestar en el campo previsto en el sistema electrónico, que cumple plenamente los requisitos de habilitación y que su propuesta de precios está conforme con las exigencias del pliego de bases y condiciones.
Calificación Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:
1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de la etapa competitiva.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término servicio aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).
Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.
Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
1.Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.] |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución. |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
5. Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados según los incisos a) y b) del numeral 2 del art. 1 de la Ley N° 6355/19.(**) |
6. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios (**) |
7. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**) |
8. Patente Comercial del muncipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
9. Documentos legales |
9.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
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9.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
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9.3. Oferentes en Consorcio. |
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Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes al inicio de la etapa competitiva para procesos de SBE.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
I) Para contribuyentes de IRACIS:
Deberán cumplir con los siguientes parámetros respecto a los ejercicios fiscales 2018, 2019 y 2020:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años citados.
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los años citados.
c.Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.
El promedio en los años citados no deberá ser negativo.
II) Para contribuyentes de IRPC:
Deberán cumplir el siguiente parámetro respecto a los ejercicios fiscales 2018, 2019 y 2020
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales citados.
III) Para contribuyentes de IRP:
Deberán cumplir el siguiente parámetro respecto a los ejercicios fiscales 2018, 2019 y 2020
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales citados.
IV) Para contribuyentes de exclusivamente IVA General:
Deberán cumplir el siguiente parámetro respecto a los últimos 12 (doce) meses (contados desde el mes anterior a la fecha de apertura de ofertas):
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los meses citados.
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
a. COPIA AUTENTICADA de Balance General y Cuadro de Estado de Resultados de los años 2018, 2019 y 2020 para contribuyentes de IRACIS. |
b. COPIA SIMPLE IVA General de los últimos 12 meses (contados desde el mes anterior a la fecha de apertura de ofertas), para contribuyentes sólo del IVA General. |
c.COPIA SIMPLE Formulario 106 de los años 2018, 2019 y 2020 para contribuyentes del IRPC. |
d. COPIA SIMPLE Formulario 104 de los años 2018, 2019 y 2020para contribuyentes de Renta Personal. |
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Demostrar la experiencia en SERVICIO DE MEDICINA PRE PAGA - SEGURO MEDICO con coberturas similar osuperior, con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al Cincuenta por Ciento (50%) como mínimo, DEL MONTO MÁXIMO A SER ADJUDICADO en la presente licitación, de los últimos 10 (DIEZ) años (2012 AL 2021). El oferente deberá presentar como mínimo un comprobante legal o contrato de cada año (MINIMO 250 TITULARES). La Convocante desestimará la oferta presentada por el Oferente que no pueda demostrar el cumplimiento con éste requisito. Excluyente.-
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
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El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
*Para oferentes en Consorcio todos deberán cumplir con los requisitos de capacidad técnica.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
1. COPIA AUTETICADA del Certificado de Registro y autorización del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, Art. 245 de la Ley 836/80 Código Sanitario. Antigüedad mínima de 10 (DIEZ) años. VIGENTE-EXCLUYENTE.- |
2. COPIA AUTENTICADA de la Autorización y habilitación actualizada de la Superintendencia de Salud (SUPSALUD) del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, para funcionar en el ramo de la prestación de SERVICIO DE MEDICINA PRE PAGA - SEGURO MEDICO (Entidades Prestadoras de Servicios de Salud al día con sus obligaciones), debiendo acreditar una antigüedad mínima de 10 (DIEZ) años tomando en cuenta la fecha de emisión de la habilitación. |
3. Declaración Jurada por la cual manifiesta conocer y aceptar las condiciones de la licitación; contar con la información necesaria; la aceptación y cumplimiento de la oferta con las Especificaciones Técnicas. EXCLUYENTE.- |
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
CAPACIDAD SANATORIAL DEL PRESTADOR DEL SEGURO MÉDICO: la prestadora del servicio de medicina prepaga deberá contar con infraestructura sanatorial y diagnóstica por la cual pueda garantizar su funcionamiento y calidad de servicios. Además de un centro de diagnóstico PROPIO O TERCERIZADO que proporcione cobertura las 24 horas, de acuerdo a las siguientes características mínimas:
Entre los Centros de alta complejidad y el Sanatorio Cabecera deberán reunir además los siguientes requisitos mínimos:
Obs.: La Convocante podrá realizar una visita de inspección visual al Sanatorio Cabecera y los Centros de Alta Complejidad que forman parte de la DD.JJ. a efectos de corroborar la información suministrada.
b. Presentar una lista cuantificada, en calidad de Declaración Jurada, del plantel de médicos y otros profesionales a su servicio, por especialidad, con sus números telefónicos y dirección de los consultorios, agrupadas por especialidad.
c. Presentar una Declaración Jurada de Servicios Conexos brindados por la empresa, SIN COSTO para el Beneficiario.
d. Presentar una Declaración Jurada por la cual manifiesta disponer de un acuerdo para cobertura en medicamento del 20% (VEINTE POR CIENTO) de descuento, como mínimo, sobre los precios de farmacias, de todo tipo de medicamentos nacionales e importados SIN LÍMITES, se deberá adjuntar listado con la certificación del convenio con la cadena de farmacias, por los menos de una cadena de 5 (cinco) o más locales debidamente habilitadas por el M.S.P. con la cual la Prestadora de Servicios tiene relación dentro del Gran Asunción, periferias e interior del país.
e. Nota en carácter de declaración jurada del oferente en la cual se detalle el listado de Sanatorios y otros (laboratorios, etc), habilitados por el Ministerio de Salud, solicitados en la Sección Especificaciones Técnicas y Suministros Requeridos del PBC. Dicho listado deberá incluir la razón social, número de teléfono, dirección de los mismos; además la mencionada declaración jurada deberá incluir la categorización vigente de la EPSS, conforme a la última publicación de la Superintendencia de Salud y/o constancia de que se encuentra en trámite de renovación (http://www.supsalud.gov.py/categorizacion-y-acreditacion); y fecha de habilitación conforme a la última publicación de la Dirección General de Vigilancia de la Salud y/o constancia de que se encuentra en trámite de renovación. MITIC se reserva el derecho de solicitar las documentaciones que correspondan al respecto. (http://www.vigisalud.gov.py/establecimientos/index.php/establecimientos- habilitados).Uno de los sanatorios de 3er Nivel, deberá presentar certificación de equipo en funcionamiento de Servicio de Resonancia 24 hs.
Para OFERENTES EN CONSORCIO se deberá indicar cuál es la empresa líder quien deberá cumplir con el 60% de los requisitos establecidos en el presente apartado y el o los demás integrantes del grupo el otro 40%.
SERVICIOS SANATORIALES EN ASUNCION:
Cantidad mínima: 6 (seis) de los cuales:
I. Tres (3) centros de alta complejidad (nivel 3)
II. Tres (3) centros convencionales (nivel 2)
Los centros convencionales (nivel 2) y los de alta complejidad (nivel 3), deberán reunir los requisitos mínimos exigidos por la Superintendencia de Salud. Uno de los centros nivel 3 debe contar con resonador, tomógrafo y equipo de hemodinamia instalado y en funcionamiento, así como también por lo menos 2 establecimientos con unidad de terapia intensiva niños/neonatal ubicados en la ciudad de Asunción.Todos los centros deben contar con Servicio de URGENCIAS y de EMERGENCIAS las 24 horas, los cuales deben contar indefectiblemente con plantel de especialistas pediátricos para el servicio de URGENCIAS con cobertura de atención 24/7, además de áreas destinadas a consultas pediátricas y plantel de especialistas en pediatría para las internaciones, sin menoscabo de las demás condiciones solicitadas en el llamado.
Durante la vigencia del contrato, la contratante podrá realizar verificaciones presenciales (visual) en los centros, a fin de constatar el cumplimiento de los servicios sanatoriales solicitados.
OBSERVACION: Si durante la vigencia del contrato, el proveedor adjudicado, ya no contase con la cantidad mínima requerida de prestadores en las ciudades detalladas en el listado, los servicios se darán por reintegro hasta los límites exigidos en el contrato.
Requisito documental para evaluar:
a) Detallar en carácter de declaración jurada el listado del plantel de profesionales médicos por especialidades, detallando la dirección y teléfono de consultorio, conforme a lo requerido en el PBC y las Adendas que fueran emitidas. El Comité Evaluador se reserva el derecho de solicitar copia de contratos con la aseguradora así como también de los registro de habilitación emitidos por la Dirección de Control de Profesionales y establecimientos de Salud del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social o la copia de los certificados emitidos por el Círculo Paraguayo de Médicos. |
b) Declaración Jurada del Listado de Sanatorios (indicando el nivel, Ciudad donde se encuentra asentado, conforme a lo requerido en el PBC, con sus correspondientes razones social, número de teléfono y dirección), Centros de fisioterapia y rehabilitación, Centros de Estudios laboratorios y de Medicina por imágenes y Centros de diagnósticos como mínimo conforme a lo requerido en el PBC, con sus correspondientes razón social, número de teléfono y dirección. El Comité Evaluador se reserva el derecho de solicitar copia de contratos de los Sanatorios, Centros de fisioterapia y rehabilitación, Centros de Estudios laboratorios y de Medicina por imágenes y Centros de diagnósticos con el oferente. |
c) Declaración Jurada en donde se aclare en que Centro de Medicina por imágenes propuesto se realizan los siguientes estudios: ELECTROENCEFALOGRAFÍA, Estudios Tomográficos MULTISLICE DE 16 CANALES y Estudios de Resonancia Magnética Nuclear con CAMPO ABIERTO y con equipo de 1.3 Tesla, Radiografías, Ecografías, Ecocardiografía, Mamografía, Radioterapia con fuentes de braquiterapia durante las 24 horas. |
d) Copia de la categorización del nivel de Complejidad de los Sanatorios, emitidos por la Súper Intendencia de Salud dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. |
e) Copia de la autorización y habilitación vigente emitida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y de la Superintendencia de Salud, para funcionar en el ramo de Prestación de los Servicios que es objeto del presente llamado. |
f) Inscripción de la empresa en el Ministerio de Justicia y Trabajo por Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, adjuntando la fotocopia autenticada por Escribano Público, de la constancia actualizada de inscripción en la Dirección del Trabajo de esa Cartera de Estado. |
g) Deberá contar, en la Capital, como mínimo, con 5(cinco) Centros de Imágenes propios o contratados, 1(uno) de los Centros propuestos deberá contar con PET SCAN) y los que formen parte del Centro Asistencial: deberán contar con el Certificado de Registro y Habilitación, otorgado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, de los cuales al menos uno (1) deberá contar con servicio de atención las 24 horas. El oferente adjudicatario deberá especificar en cuales centros se realizan los siguientes estudios: ELECTROENCEFALOGRAFÍA, Estudios Tomográficos MULTISLICE DE 16 CANALES y Estudios de Resonancia Magnética Nuclear con CAMPO ABIERTO y con equipo de 1.3 Tesla, Radiografías, Ecografías, Ecocardiografía, Mamografía, Radioterapia con fuentes de braquiterapia. |
h) Listado de farmacias en convenio con la prestadora de servicios a ser incluidas en el contrato. |
i) Declaración Jurada en la que conste el número total de asegurados (Titulares y Adherentes) con los que cuenta actualmente, el cual no deberá ser menor a 250 asegurados. |
El vencedor de cada grupo subastado será el oferente que ingresó el menor precio. En los casos de igualdad de precios, queda como vencedor el que lo haya ingresado primero.
Siempre que el criterio de desempate establecido, no sea aplicable, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP.
Nota1: Conforme las disposiciones del Decreto 7781/06, para las Contrataciones con Organismos de la Administración Central, el Oferente que resulte adjudicado, deberá contar con una cuenta corriente y/o caja de ahorro habilitada en un Banco de plaza, o en su defecto, hallarse en condiciones de poder habilitar una cuenta corriente y/o caja de ahorro a su nombre, a fin de poder hacer efectivo el Pago Directo a Proveedores y Acreedores vía acreditación en cuenta bancaria.