El suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Administrador del Contrato por la DNCP: Departamento de Desarrollo y Bienestar de las Personas de la DGDP.
Cantidad de Beneficiarios:
Promedio de Funcionarios/Titulares |
Titulares casados |
Titulares solteros |
Promedio de edad de titulares |
Promedio de hijos por matrimonio |
240 (doscientos cuarenta) |
140 (ciento cuarenta) |
100 (cien) |
35 (treinta y cinco) |
2 (dos) |
La cantidad estimada de titulares durante la vigencia del contrato, podría variar entre DOSCIENTOS CUARENTA (240) y DOSCIENTOS OCHENTA (280) funcionarios, con su grupo familiar. Del listado de beneficiarios, se encuentra excluido el Director Nacional de la DNCP y su grupo familiar.
La distribución geográfica de los funcionarios es en ASUNCIÓN Y GRAN ASUNCIÓN.
Montos del Contrato |
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Monto Mínimo |
Gs. 3.000.000.000 |
Monto Máximo |
Gs. 4.680.000.000 |
Observación: el oferente deberá cotizar el costo unitario mensual por cada titular
Vigencia del Contrato: DIECIOCHO (18) MESES
COBERTURA DE SEGURO MÉDICO SANATORIAL PARA FUNCIONARIOS DE LA INSTITUCIÓN
TITULAR del Contrato: persona ingresada por la Contratante en forma directa, debiendo ésta como requisito, estar vinculada laboralmente con la Contratante.
BENEFICIARIO/A del Contrato: todas las personas incluidas en el contrato como familiares directos por parte del Titular, debiendo como requisito, estar incluido en el Grupo Familiar abonado por la Contratante.
ADHERENTE: todas aquellas personas agregadas al contrato por el Titular, quien firmará un contrato individual particular de servicios con la Prestadora. En estos casos, la Contratante no cuenta con compromiso contractual, ni de pago de cuotas.
EVENTO: se entenderá como evento a los efectos del presente PBC y el Contrato, a todo suceso relacionado a una enfermedad clínica y/o quirúrgica y sus complicaciones, hasta tanto no se haya resuelto, e independientemente de la cantidad de internaciones y/o procedimientos médico quirúrgicos.
PRESTADORA: empresa del rubro de medicina prepaga, adjudicada en el marco de la presente licitación y contratada para la prestación del Servicio de Medicina Prepaga para funcionarios de la DNCP.
1. BENEFICIARIOS: |
1.1BENEFICIARIOS DEL GRUPO FAMILIAR |
Plan Familiar(Beneficiarios):
Funcionario/a permanente, comisionado/a o personal contratado de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas.
Su cónyuge (por matrimonio legalmente constituido o por matrimonio aparente de hecho o concubinato). El divorcio vincular declarado, o la separación de los cónyuges declarada por el Titular, extinguirá la calidad del beneficiario/a, a decisión de aquél.
Sus hijos/as, hasta los 21 años de edad.
Ambos padres, Hasta los 75 años
Titular soltero/a con hijos:
Uno de sus padres, Hasta los 75 años
Sus hijos/as, hasta los 21 años de edad.
Será considerado como titular soltero/a, con los beneficios conferidos a aquellos.
Observaciones:
1- Los/as hijos/as del titular nacidos durante la vigencia del Contrato (y cuando corresponda), seránconsideradospartedelPlanFamiliardemaneraautomáticacuandonazcan, ya sea en el Sanatorio propio de la Prestadora (de cabecera), en los demás sanatorios o centros habilitados por la Prestadora, o fuera de ellos.
El titular deberá informar y proveer lo antes posible a la DNCP y la Prestadora, los datos del recién nacido
(certificado de nacido vivo o certificado de nacimiento) para la actualización de sus registros.
1.2 BENEFICIARIOS ADHERENTES |
Por cada adherente se deberá abonar una cuota adicional cuyo pago correrá por cuenta exclusiva del beneficiario Titular. El porcentaje a ser abonado será conforme al siguiente detalle:
Comprende única y exclusivamente a los Hijos/as del titular a partir de 22 años de edad, el Padre, la Madre y los Hermanos y quienes abonarán directamente a la Prestadora una prima por persona, conforme a la siguiente escala:
2. VIGENCIA DE LOS SERVICIOS: |
BENEFICIARIO TITULAR Y SU GRUPO FAMILIAR
La Prestadora deberá garantizar la VIGENCIA INMEDIATA de todos los servicios a partir de la Orden de Inicio emitida por la Contratante. Entiéndase por VIGENCIA INMEDIATA, que la Prestadora no solicitará a los asegurados antigüedad alguna para las coberturas requeridas en la presente Licitación.
BENEFICIARIO ADHERENTE
3. CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN: |
Para la cobertura por maternidad, sólo en el caso de Beneficiarias Adherentes, las mismas deberán contar con por lo menos 10 (diez) meses de antigüedad dentro del seguro (contados desde su ingreso como beneficiaria adherente, sea con contratos anteriores en la misma empresa o este nuevo contrato y siempre que no haya habido corte de pagos) para tener derecho a la cobertura estipulada en este PBC .Para todos los demás servicios los Beneficiarios Adherentes tendrán los mismos derechos que el Titular.
3.1 COBERTURA |
Se entenderá por cobertura total, la inclusión de los honorarios profesionales, de paramédicos, ambulancias, traslados, cirugías en todas sus modalidades (alta, mediana o baja complejidad en casos de urgencia), medicamentos y descartables según los topes de cada servicio. Además, se incluirá la libre elección de profesionales (dentro de una lista de prestadores habilitados por LA PRESTADORA), centros de diagnóstico, traumatológicos, laboratorios y servicios sanatoriales para capital e interior (consultas, urgencias, emergencias, internaciones, cirugías), de conformidad al listado proveído por LA PRESTADORA, informándose de los prestadores en convenio que cuenten con Sistema Copago.
Se aclara para lo que hubiere lugar, que quedan habilitados a los efectos de las coberturas mencionadas, todos los sanatorios, centros de diagnóstico, traumatológicos, laboratorios y plantel médico de las listas proporcionadas por LA PRESTADORA en carácter de Declaración Jurada, así como las modificaciones que se realicen conforme a lo indicado en las Condiciones Generales.
Será de total responsabilidad de la prestadora la actualización permanente del plantel médico al servicio de los asegurados, en caso de constatarse incumplimientos, la Contratante procederá a amonestar a la prestadora y aplicará la multa establecida en el punto 27 de las Condiciones Especiales del Contrato.
En cumplimiento de la Ley Nº 836/80 "Código Sanitario", específicamente lo previsto en el TITULO II DE LOS RECURSOS FÍSICOS Y TERAPÉUTICOS, CAPÍTULO I DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD Artículo 239 y 245, los oferentes que prestan servicios de salud mediante el sistema de atención médica prepaga y los establecimientos de salud deben estar habilitados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
3.2 VISACIONES |
Se aclara a todos los efectos que, las visaciones de las órdenes médicas y/o consultas médicas podrán realizarse en todos los casos en forma personal, vía correo electrónico, vía WhatsApp o vía fax.
La prestadora deberá remitir la correspondiente visación o respuesta en un plazo máximo de 24 (veinticuatro) horas, excepto para las intervenciones o procedimientos programados que deberá remitir o responder en un plazo máximo de 48 (cuarenta y ocho horas) y los casos de urgencia que no deberá exceder los 30 (treinta) minutos.
Cuando la contratante no se encuentre conforme con la cobertura otorgada en cualquiera de las situaciones previstas en los párrafos anteriores, realizará el reclamo correspondiente a LA PRESTADORA la que tendrá un plazo máximo de 24 horas para dar una respuesta fundada al respecto. El reclamo podrá ser realizado vía correo electrónico a las direcciones habilitadas por la prestadora.
LA PRESTADORA deberá proveer las direcciones de correo electrónico y los números telefónicos a los cuales los beneficiarios y adherentes podrán remitir las órdenes, en horario normal de oficina, para casos ambulatorios no derivados de la urgencia. En los casos de urgencia, el paciente asegurado deberá acudir directamente al servicio de urgencia y/o emergencia de los prestadores en convenio, sin necesidad de visaciones, únicamente con carnet y cédula de identidad.
4. PROGRAMA DE SUMINISTROS |
4.1 ASISTENCIA SANATORIAL INTEGRAL |
Para las internaciones, la Prestadora deberá habilitar los sanatorios y/o centros asistenciales, con las coberturas respectivas, en los siguientes lugares:
Localidad |
Cantidad de Centros Asistenciales Habilitados con U.T.I. para Adultos y/o Niños |
Asunción (*) |
5 (cinco) |
San Lorenzo |
1 (Uno) |
Fernando De La Mora |
1 (Uno) |
Luque |
1 (Uno) |
(*) Para Asunción:
Para Gran Asunción (San Lorenzo, Fernando de la Mora y Luque), los sanatorios o centros médicos ofrecidos, deben contar con categorización mínima de Nivel2 (conforme a la calificación otorgada por la Superintendencia de Salud del MSPYBS) vigente o en trámite de renovación según documentación expedida por dicha dependencia ministerial; además por lo menos 2 de ellos deberán contar con UTI de niños y/o adultos dentro del mismo sanatorio.
Todos los sanatorios deberán tener contrato vigente con LA PRESTADORA y deberán presentar copia de los mismos con la oferta. Antes de proceder a la adjudicación, la Convocante podrá realizar una visita a los sanatorios y centros habilitados-declarados por el oferente-a fin de verificar que los mismos cuenten con la infraestructura solicitada.
En el caso en que el asegurado titular, su grupo familiar o adherentes, requieran la prestación del servicio de UTI para niños y/o adultos y los sanatorios propuestos por LA PRESTADORA no cuenten con camas disponibles, la misma deberá hacerse cargo de la cobertura en cualquier otro Sanatorio del país.
4.2 CENTROS DE DIAGNÓSTICO, REHABILITACIÓN, ESTUDIOS LABORATORIALES, ESTUDIOS ESPECIALIZADOS Y OTROS |
Para la prestación del servicio de estudios laboratoriales, diagnósticos por imágenes, rehabilitación, estudios especializados y otros, LA PRESTADORA deberá habilitar los locales y/o centros asistenciales que prestan dichos servicios (con las coberturas respectivas) en los lugares que se señalan en el cuadro siguiente y según las cantidades (de locales) señaladas como mínimo en estas especificaciones técnicas. La utilización de los mismos estará a libre elección del asegurado.
Localidad |
Cantidad de locales habilitados por cada servicio señalado |
Asunción |
3 (Tres) |
San Lorenzo |
1 (Uno) |
Fernando De La Mora |
1 (Uno) |
Luque |
1 (Uno) |
Para Asunción, por lo menos 1(uno) de los laboratorios ofrecidos deberá contar con al menos un Certificado de Calidad, que acredite los requisitos mínimos para el correcto funcionamiento de un laboratorio clínico, garantizando la competencia técnica y fiabilidad de sus resultados de modo meramente ejemplificativo y no limitativo se citan a las Normas ISO 15189, 17025, 17020,
A) INTERNACIONES: |
Con cobertura inmediata en centros asistenciales habilitados por el seguro (sea en Asunción, Departamento Central o ciudades del interior del país) a libre elección del asegurado y/o del médico tratante. En habitación individual, baño privado, teléfono, televisión, dieta del paciente, incluyendo alimentación enteral o parenteral sea para niños o adultos, ambiente climatizado, cama para el acompañante, atención médica de cualquier especialidad y de enfermería, incluyendo cirugías.
La cobertura será hasta 20 (veinte) días por evento y hasta 7 (siete) eventos por cada beneficiario, cada adherente del grupo familiar y cada adherente pago, por duración del contrato, en entidades prestadoras de servicios habilitadas por LAPRESTADORA. El asegurado pueda internarse, sin importar que se trate o surja como consecuencia de una misma enfermedad clínica y/o quirúrgica o sus complicaciones, o una nueva enfermedad clínica y/o quirúrgica o sus complicaciones; es decir, independientemente del diagnóstico que las origina.
Estarán cubiertos los honorarios profesionales (observar apartados K y L), cuidados de enfermería, medicamentos y descartables (según los topes indicados más abajo) y todos los medios auxiliares de diagnósticos, medicina por imágenes y servicios laboratoriales.
Debe entenderse que la cobertura de medicamentos y descartables (incluyendo termómetros), le corresponde en forma independiente al titular, a cada uno de los miembros del plan familiar y cada uno de sus adherentes.
Los medicamentos de uso crónico que consuma el paciente no tendrán cobertura durante la internación.
Desde el primer día de internación, LA PRESTADORA deberá proveer cada 24 horas, un extracto detallado de los medicamentos, consultas, descartables (incluyendo termómetros) y cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente.
En el caso de que el paciente necesite Sangre, plasma y/o derivados, LA PRESTADORA deberá proveer los mismos y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, plasma y/o derivados, así como transfusiones y todos los descartables o medicamentos utilizados para el efecto, deberán ser cubiertos por LA PRESTADORA.
B) HONORARIOS PROFESIONALES: |
Con cobertura total e inmediata en consultorios (salvo casos de co-pagos), internaciones, estudios, procedimientos de diagnóstico (según anexos) o terapéuticos, cirugías, tratamientos y servicios de urgencias en todas las especialidades (enfermedades clínicas y quirúrgicas, sean accidentales o no, incluyendo los derivados de actividades deportivas a excepción de aquellas de alto riesgo, como automovilismo, boxeo y artes marciales. Incluye quemaduras hasta el 30% de la superficie corporal; siempre que figuren en el listado de profesionales de LAPRESTADORA.
Los honorarios del médico tratante en internación, urgencias, cirugías, así como los honorarios de los médicos que conforman la grilla de las especialidades cubiertas por el Contrato y que sean necesarios consultar, deben ser cubiertos por LA PRESTADORA inclusive por 2 (dos) visitas diarias, sin costo para el asegurado.
La prestadora de servicios deberá poner a disposición de los beneficiarios un plantel de profesionales especializados de la salud; debidamente registrado y habilitado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, debiendo estar todas y cada una ellas cubiertas durante la vigencia del presente contrato. La contratante se reserva el derecho de solicitar el cumplimiento de dicha exigencia a través de pedidos de informes, curriculums, así mismo, solicitar la exclusión de la grilla, recambio, aumento de cantidad de médicos de ramas por falta de turnos, entre otros que garanticen la calidad y eficiencia de los profesionales médicos.
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ESPECIALIDADES CUBIERTAS PARA CONSULTAS, TRATAMIENTOS, CIRUGÍAS Y CUALQUIER OTRO TIPO PROCEDIMIENTO, SIN IMPORTAR LA CAUSA QUE LO GENERE (el listado es meramente enunciativo y no limitativo, deberán estar cubiertas todas las especialidades existentes, salvo las indicadas expresamente como excluidas en estas Especificaciones Técnicas) |
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Alergología + Test alérgicos: prick test p/ Aero alérgenos y prueba p/ contrastes endovenosos |
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Analgesia en partos |
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Anatomía Patológica (incluyendo biopsia de todo tipo). Estudios inmuno histoquímicos, receptores hormonales y estudios cromosómicos con una cobertura del 70% |
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Anestesiología (incluida anestesia en procedimientos quirúrgicos) |
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Cardiología clínica (adulta y pediátrica) |
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ver en alta complejidad |
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Cirugía cardíaca adultos y niños (ver alta complejidad) |
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Cirugías en general menor y mayor (incluido derecho operatorio) en cualquiera de las especialidades |
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Cirugía plástica reparadora funcional (no estética), incluyendo consultas |
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Cirugía pediátrica, incluidas las de patologías congénitas en niños: Postectomía (no electiva), pie bot, ano in-perforado, hernias inguinales, criptorquidia. Demás cirugías congénitas, ver alta complejidad. |
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Cirugía video laparoscópica (uso del video sin cargo para el asegurado) |
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Clínica Geriátrica |
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Clínica médica / medicina interna (incluye Inspección Médica en general solicitada por Instituciones o a requerimiento del beneficiario) |
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Clínica neurológica (adultos y niños): incluye estudios especializados, consultas y tratamientos. |
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Dermatología (adultos y niños): incluye consultas clínicas, estudios, tratamientos clínicos, cirugías: Biopsias, extracción de tumores, lunares y verrugas. Se excluyen los procedimientos con fines estéticos |
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Diabetología (adultos y pediátrica) |
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Dietóloga Nutrición Obesidad (adultos y niños): incluye consultas, estudios y tratamiento clínicos o Dieta, ya sea con fines estéticos o médicos). |
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Endocrinología (adultos y niños) |
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Endoscopías, digestivas altas y bajas, cistoscopia, ureterescopia, endoscopia nasal y larongoscopia, fibrobroncoscopia, histeroscopia, artroscopia. |
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Fisioterapias y Kinesiología en general (incluye tratamientos convencionales e hidroterapia, hasta 30 sesiones por grupo familiar, EPG hasta 5 sesiones/año/beneficiario, ondas de choque hasta 3 sesiones/año/beneficiario, etc.) |
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Flebología (consultas). Procedimientos quirúrgicos, ver Alta Complejidad |
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Fonoaudiología (Evaluaciones y Rehabilitación) hasta 24 consultas por año, por grupo familiar asegurado. |
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Gastroenterología (adultos y pediátrica) |
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Ginecología y Obstetricia (cobertura en colocación y extracción de dispositivo intrauterino) |
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Hematología (adultos y niños) |
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Hepatología |
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Hemoterapia: incluye serología, materiales descartables para transfusiones) hasta 10/año/beneficiario. Los transfusionistas en convenio deberán ser profesionales acreditados por la Sociedad de Hemoterapia. |
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Infectología (adultos y niños) |
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Kinesioterapia |
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Mastología |
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Monitoreo cardiológico intraoperatorio - a pedido y justificadas por el cirujano tratante |
Monitoreo fetal |
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Nefrología, incluyendo hemodiálisis en los casos de insuficiencia renal aguda (hasta diez por año Por beneficiario titular, grupo familiar y adherentes). |
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Neumología (adultos y niños) fisioterapia pulmonar (sin límites). |
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Oftalmología (adultos y niños): incluye ejercicios ortópticos, curva de presión, dilatación de pupila, Cataratas y fondo de ojo, facoemulsificación del cristalino en caso de cataratas, PENTACAM HR, extracción de cuerpos extraños. |
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Oncología clínica (adultos y niños): incluye consultas (consultorio e internaciones), estudios según anexos y tratamientos Ver Alta Complejidad |
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Otoneurología : adultos y niños |
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Otorrinolaringología : adultos y niños |
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Pediatría y Neonatología: inspección médica en general solicitada por Instituciones y vacunaciones. Las vacunas serán sin cargo para el asegurado en el vacunatorio dispuesto por la prestadora, para los casos determinados obligatorios, por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social) |
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Proctología y Coloproctología |
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Psicología clínica y laboral: hasta 24 consultas por año por grupo familiar |
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Psicología Pediátrica: hasta 24 consultas por año por grupo familiar |
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Psicopedagogía: hasta 10 consultas por año por grupo familiar |
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Psiquiatría: incluye consultorio y tratamiento: hasta 12 por año por grupo familiar |
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Reumatología |
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Traumatología y Ortopedia (adultos y niños): incluye consultas, estudios, ejercicios, fisioterapias, CIRUGIAS en general (ver ítem fisioterapia). |
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Urología (adultos y niños) |
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Sistema De Reembolso: El beneficiario Titular, su grupo familiar y adherentes, podrán consultar con un profesional que no se encuentre en el listado de profesionales brindado por el seguro, hasta 2 (dos) veces por mes por cada miembro del grupo familiar (incluye adherentes pagos), y la cobertura se realizará por el sistema de reembolsos hasta la suma de Gs.150.000 (guaraníes ciento cincuenta mil) por consulta. El reembolso deberá realizarse a más tardar a los 10 (diez) días hábiles de presentada la solicitud a la Prestadora. Para la solicitud del reembolso se deberá presentar la factura a nombre de la prestadora, incluyendo en el detalle el nombre del paciente. Además, cuando correspondiere, deberá adjuntar la indicación médica, receta médica, orden de estudio correspondiente u otro documento que avale la realización de la consulta. |
C) TERAPIA INTERMEDIA E INTENSIVA (adultos y niños) |
Se entenderá que toda la cobertura señalada en este ítem le corresponde en forma independiente al titular, a cada uno de los miembros del plan familiar y cada uno de sus adherentes.
El tiempo de internación será por un período máximo de 30 (treinta) días por cada evento, hasta un máximo de 5 (cinco) eventos durante la duración del contrato, sin importar la causa que genere el ingreso a la Terapia Intermedia o Intensiva.
Con cobertura total en honorarios profesionales, equipos, cuidado de enfermería, y todos los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales (no se tendrá en cuenta listado de cobertura según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes), a cargo de la PRESTADORA.
Después de los 30 días de internación en Terapia Intensiva y hasta llegar a los 40 días, se tendrá una cobertura del 50 % en sala y honorarios médicos.
En ningún caso, el Centro de Internación en Terapia Intermedia o Intensiva podrá requerir garante o aval alguno, ya sea personal o en efectivo al beneficiario Titular, su grupo familiar y adherentes por la prestación de este servicio, hasta agotar los límites en medicamentos y descartables; salvo adherentes que no estén al día con el pago.
Desde el primer día de internación, LA PRESTADORA deberá proveer al grupo familiar, cada 24 horas, un extracto detallado de los medicamentos, consultas, descartables (incluyendo termómetros) o cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente.
En el caso de que el paciente necesite Sangre, plasma y/o derivados, LA PRESTADORA deberá proveer los mismos y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, plasma y/o derivados, así como transfusiones y los medicamentos o descartables (incluyendo termómetros) que sean necesarios para el efecto, deberán ser cubiertos por LA PRESTADORA.
D) MATERNIDAD |
Se establece la cobertura total e inmediata por Maternidad, a la Titular o cónyuge del Titular incorporada al Plan Familiar y beneficiarias incluidas en el Plan Familiar, hasta el alta de la paciente. Se entenderá por cobertura inmediata, que regirá desde la vigencia del contrato, sin tener en cuenta la etapa de gravidez en la que se encuentra la mujer.
Se establece la cobertura total de maternidad para en Parto Normal o Parto por cesárea en: Honorarios profesionales de Ginecólogo, ayudante, instrumentador, anestesista, transfusionista, pediatra (y quien sea necesario); derecho operatorio, pensión sanatorial y Nursery; carpa de oxígeno, oxígeno; medicamentos y materiales descartables (dentro de los límites establecidos para Terapia Intensiva); U.T.I. Neonatal (conforme lo establecido para Terapia Intensiva); equipos utilizados en sala de partos; y todos los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales (no se tendrá en cuenta listado de cobertura según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes.
Desde el primer día de internación, LA PRESTADORA deberá proveer al grupo familiar, cada 24 horas, un extracto detallado de los medicamentos, consultas, descartables (incluyendo termómetros) o cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente.
En el caso de que la paciente necesite Sangre, plasma y/o derivados, LA PRESTADORA deberá proveer los mismos y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, plasma y/o derivados, así como transfusiones y los Medicamentos o descartables (incluyendo termómetros) que sean necesarios para el efecto, deberán ser cubiertos por LA PRESTADORA.
Se incluye también dentro de la cobertura de maternidad, los siguientes eventos: Control de embarazo en general, aborto espontáneo, legrado, parto normal o por cesárea, embarazo ectópico, mola (embarazo patológico), internaciones clínicas ligadas al curso del embarazo (ej.: eclampsia, diabetes gestacional, hiperémesis gravídica).
Para el caso de BENEFICIARIAS ADHERENTES, tendrán derecho a la misma cobertura a partir de cumplido el 50 % de antigüedad desde su incorporación al contrato, conforme a lo establecido en el punto 2 VIGENCIA DE LOS SERVICIOS.
E) PREMATURIDAD, INCUBADORA Y LUMINOTERAPIA NEONATAL |
Para hijos/as de las beneficiarias titulares y de las conyugues de beneficiarios titulares, que pasan a formar parte del Plan Familiar del titular
Prematuridad: Tendrán cobertura total e inmediata desde su nacimiento aquellos niños, hijos de titulares, nacidos antes de las 37 semanas de gestación, en los gastos relacionados al diagnóstico (según anexos) y tratamiento de la prematurez, internaciones clínicas y/o quirúrgicas (conforme lo establecido para internaciones), honorarios profesionales de pediatra, nutricionista, enfermería.
Incubadora y luminoterapia neonatal: Se entenderá que esta cobertura corresponde a los miembros recién nacidos (incluyendo a prematuros), que pasan a formar parte del Plan Familiar del titular, se regirá por las mismas condiciones que el ítem de Terapia Intensiva.
F) SERVICIOS DE URGENCIAS Y/O EMERGENCIAS |
Debe estar integrado por guardias de urgencias en los sanatorios y centros asistenciales, compuesto de médicos clínicos, cirujanos, cardiólogos, obstetras y pediatras, las 24 horas y todos los días del año, incluyendo domingos y feriados. Además, deberá contar con profesionales médicos de las subespecialidades como cirugía, traumatología o cardiología, a convocatoria inmediata del médico de guardia de acuerdo con el diagnóstico del paciente.
LA PRESTADORA proveerá atención médico-quirúrgica derivada de cualquier clase de accidente, según los límites establecidos, incluyendo los accidentes colectivos (de beneficiarios) o quemaduras graves.
LA PRESTADORA deberá disponer de ambulancias para todo tipo de traslado. Unidad coronaria móvil. Estos servicios deben incluir honorarios médicos y derechos de urgencia, por medio de prestadores habilitados en convenio. Incluye también el traslado en ambulancia desde el interior del país para los casos considerados de emergencia y/urgencia; el cual deberá estar a cargo de LA PRESTADORA, para el titular, los beneficiarios y adherentes del Contrato.
Las consultas y los procedimientos realizados por el médico de guardia de acuerdo con las coberturas del plan, incluyen además los siguientes procedimientos, los cuales serán de cobertura total y tantas veces como sea necesario: Suturas, curaciones, drenajes de abscesos, hematomas y análogos, extracción de uña encarnada, extracción de cuerpo extraño, enyesados simples, taponamiento nasal.
Si un asegurado (titular, beneficiario o adherente) se encuentra en una situación que signifique compromiso inmediato y severo de sus signos vitales (accidentes de tránsito, primeros auxilios, partos, infartos y otros imprevistos que pongan en riesgo la vida del asegurado), podrán buscar auxilio en centros médicos que no se encuentren dentro del listado proveído por LA PRESTADORA, si estos son los más cercanos al lugar de ocurrencia del episodio. Ocurrido el mismo, se deberá comunicar dentro de las primeras 24 (veinticuatro) horas a LA PRESTADORA para que ésta se haga cargo del paciente, asumiendo la cobertura de los gastos hasta los límites establecidos en el plan e indicando su traslado o su continuidad en dicho centro conforme a la cobertura establecida.
En servicios de urgencia o emergencia, la cobertura de medicamentos (ya sea inyectables, suspensión, comprimidos o en cualquier presentación, incluyendo antibióticos primera dosis) y descartables (incluyendo termómetros), será del100%(cien por ciento), en los servicios dispuestos y habilitados por LA PRESTADORA y aplica igualmente para las cirugías que no necesiten internación. Si el hecho deriva en internación, pasará a regir la cobertura establecida para la misma.
G) OTROS SERVICIOS CUBIERTOS INTEGRALMENTE |
En Internaciones, Consultorios, Servicios de Guardia y cirugías que no requieran internación:
H) VISITAS DOMICILIARIAS |
Visitas con carácter no urgente a cargo de una empresa de medicina pre hospitalaria. Las visitas se deberán realizar dentro de las tres (3) horas de recibido el llamado (indefectiblemente), mediante pago de un ticket moderador no mayor a G 100.000, a cargo del paciente. Estas visitas deberán realizarse en las ciudades de Asunción, San Lorenzo, Luque, Fernando de la Mora y Lambaré y otras ciudades del área metropolitana, según sea requerido por el paciente.
Debe también contemplarse la asistencia domiciliaria para análisis clínicos, radiográficos con equipo portátil y electrocardiogramas, con cobertura total en caso de pacientes encamados e imposibilitados físicos o mentales y por orden médica.
En los casos de toma de muestras laboratoriales a domicilio, serán sin cargo para el beneficiario, siempre que se trate de pacientes fehacientemente comprobados con incapacidad de concurrir a los lugares habilitados por la Prestadora.
I) CENTROS ASISTENCIALES EN EL INTERIOR |
Cobertura para consultas e internaciones, estudios laboratoriales y radiológicos, en las ciudades circunvecinas de la capital y principales ciudades departamentales. Para estos centros asistenciales, la cobertura de los servicios deberá ser idéntica a la aplicable en la capital, conforme a las especificaciones técnicas.
J) COBERTURA EN CIRUGIA ODONTOLÓGICA |
Esta cobertura está prevista para los casos en que sea necesaria la utilización de la sala de operación e internación en sala para cirugías odontológicas (no consultorios), incluida anestesia.
K) MÉDICOS CONSULTORES O INTERCONSULTAS CON MÉDICOS DEL PLANTEL |
Especialistas ha pedido del paciente o del médico tratante, sin límites de consultas por cada internación, siempre que el mismo pertenezca al plantel habilitado por LA PRESTADORA y no sea un profesional co- pago.
L) MÉDICOS CONSULTORES O INTERCONSULTAS CON MÉDICOS QUE NO FORMEN PARTE DEL PLANTEL |
Por cada evento de internación, en caso de que el paciente o el médico tratante solicite un profesional especialista (nacional o extranjero radicado en el país) que no pertenezca al plantel habilitado por LAPRESTADORA, ésta deberá cubrir los honorarios de hasta dos (2) visitas realizadas por dicho especialista, por un valor máximo de Gs. 150.000 por cada consulta, por sistema de reintegro, aclarando que este reintegro es independiente al sistema de Reembolso previsto en el apartado B. HONORARIOS PROFESIONALES del presente llamado.
Si fuesen necesarias más de dos (2) visitas, los gastos de honorarios serán abonados por el paciente.
M) REHABILITACIÓN CARDIOVASCULAR: |
Ver ítem de Alta complejidad
N) COBERTURA EN FARMACIAS, ÓPTICAS Y OTROS |
LA PRESTADORA deberá presentar un Plan de Cobertura Farmacéutica con descuento del 20% en medicamentos importados y 30% en medicamentos nacionales, en compras realizadas por el Titular, beneficiarios del Plan Familiar y adherentes. La cobertura de dicho descuento será hasta que la suma del descuento llegue al monto de Gs. 2.000.000, por cada año de contrato y por cada beneficiario (Titular, beneficiarios del Plan Familiar y adherentes) de manera individual.
Para la aplicación del descuento, los asegurados deberán presentar la receta a nombre del paciente, con la firma y sello del médico tratante.
Para casos de tratamientos prolongados de ciertas medicinas, bastara una copia de la receta donde indique que se trata de un tratamiento en dicho carácter.
En caso de constatarse incumplimientos, la Contratante procederá a amonestar a la prestadora y aplicará la multa establecida en el punto 27 de las Condiciones Especiales del Contrato.
El Plan de Cobertura Farmacéutica deberá indicar también la/s farmacia/s (debidamente habilitada/s) en convenio con LA PRESTADORA, con al menos 1 (una) cadena farmacéutica, y 20 (veinte) locales distribuidos en Asunción, Gran Asunción e Interior del país.
Otros servicios conexos (como descuentos en ópticas), serán establecidos a criterio de LA PRESTADORA.
O) MEDICINA DE ALTA COMPLEJIDAD |
El criterio a ser empleado en este punto, es el de lograr una cobertura del 70% en concepto de honorarios médicos (excepto anestesistas que tendrá una cobertura del 100%) y prótesis de cualquier tipo (para la determinación de porcentajes se tendrán en cuenta los valores de mercado, así como los arancelarios), para los casos de:
Angioplastia transluminal coronaria |
Cirugías cardiaca ovasculares, congénitas o adquiridas |
Cirugía del Sistema Nervioso Periférico, incluyendo las de columna |
Cirugía oftalmológica especializada; incluyendo el uso de equipos. |
Inyección Intravítrea (hasta 3 sesiones por grupo familiar) |
Cirugía Oncológica, primera cirugía 80 %, segunda cirugía 60% y tercera cirugía 40% |
Colocación de marcapasos (no incluye el dispositivo ni la extracción) |
Cirugía Vascular |
Colocación de stent coronario (no incluye stent) |
Gasto cardíaco |
Incubadora de transporte |
Laserterapia para desprendimiento de retina, campimetría computarizada, facoemulsificación para cataratas intra o extra capsular, implante de lente intraocular (no incluye LIO) |
Litotripsia extracorpórea y ultrasónica (hasta 2 sesiones por beneficiario) |
Medicina nuclear (exámenes de tiroides y riñón), ventriculograma isotópico |
Quemaduras que superen el 30% de la superficie corporal (cualquier porcentaje inferior tendrá Cobertura en internación, procedimientos, curaciones, honorarios, medicamentos, descartables, etc.) según los límites establecidos para cada servicio |
Quimioterapia (hasta 3 sesiones por año por grupo familiar) |
Quimioterapia por hipertermia, 1 sesión por año por grupo familiar |
Radioterapia y Cobaltoterapia, deberá incluir los medicamentos y descartables hasta el límite establecido. |
Cateterismo Cardiaco Diagnostico (coronarias) |
Cirugía Torácica |
Cirugía Endovascular |
Toracoscopia |
Tiroidectomía |
Miomectomia |
Anexo Histerectomía |
Hernia Hiatal |
Vaciamiento ganglionar |
Hernio rafia |
Colgajo cutáneo |
Los derechos operatorios sanatoriales deberán estar cubiertos en su totalidad (100%), así como todos los medios auxiliares de diagnóstico, incluidos servicios laboratoriales (se tendrá en cuenta listado de cobertura según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes).
Los medicamentos y materiales descartables tendrán la misma cobertura que la señalada en el Ítem C) TERAPIA INTERMEDIA E INTENSIVA (adultos y niños)
La internación del paciente o su ingreso a la Terapia Intensiva o Intermedia, en forma previa a la cirugía de Alta Complejidad o como consecuencia de una cirugía de Alta Complejidad, tendrá la misma cobertura que las señaladas en el punto A) INTERNACIONES y el punto C) TERAPIA INTERMEDIA E INTENSIVA (adultos y niños)
En caso de que los procedimientos de alta complejidad no sean realizados en los Sanatorios propuestos por LA PRESTADORA, la misma deberá hacerse cargo de la cobertura señalada en el presente ítem, en cualquier otro Sanatorio de Asunción y Gran Asunción, previa autorización de la prestadora.
Durante la vigencia del contrato se podrá realizar hasta 2 procedimientos diagnósticos y terapéuticos por grupo familiar para la cobertura de los ítems señalados como ALTA COMPLEJIDAD.
P). ASISTENCIA DOMICILIARIA DE EMERGENCIAS |
A cargo de una unidad móvil (ambulancia equipada para urgencias de todo tipo, personal médico y paramédico, medicamentos y materiales descartables), sin costo para el paciente. Este servicio debe estar disponible durante las 24 (veinticuatro) horas del día y durante todo el año.
Q). SERVICIOS SIN COBERTURAS |
Son los que habitualmente no son cubiertos en los contratos de medicina pre-paga y todo gasto relacionado. No obstante, la tendencia será el logro de aranceles con descuentos por vía de negociación y conforme a cada caso en particular.
Se detallan a continuación:
Atención, internación y alimentación de los beneficiarios y su grupo familiar en caso de intento de autoeliminación y/o autoagresión y sus secuelas, ya sean físicas o mentales |
Cirugía plástica con fines estéticos (no reparadora) |
Malformaciones congénitas en adultos y niños, salvo cardiocirugía |
Diagnóstico y tratamiento médico-quirúrgico con fines de esterilidad o de procreación. |
Enfermos mentales ya sean depresivos o excitados |
Alcohólicos agudos y crónicos (gastos relacionados al alcoholismo, previa prueba médica que acredite dicha condición. Si el paciente o sus familiares e negaran a la realización de la prueba de alcoholemia será considerado positivo. |
Diálisis peritoneal, hemodiálisis en los casos crónicos, formalizaciones |
Tratamientos especializados en alergias |
Tratamientos y Cirugías con Laser, a exención de lo citado en el ítem de Alta Complejidad |
Acupunturas, homeopatía, quiropraxia, medicina orto molecular y otras medicinas alternativas. |
Lipoaspiración. Cirugías bariátricas o metabólicas. Cualquier método para el control de peso. Deportología. |
Secuelas de quimioterapia y radioterapia |
Diagnóstico neurofisiológico de la impotencia sexual masculina y técnica de fertilización asistida, operaciones de cambio de sexo |
Lesiones causadas por investigaciones en etapas experimentales, no reconocidas por instituciones oficiales o científicas |
Trasplantes de órganos |
Prótesis, ortesis, fajas, mallas |
Stent, válvulas, coils, marcapasos, resincronizadores, balón de contrapulsacion intraortica, etc. |
Síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA) y enfermedades venéreas o de transmisión Sexual. |
Lesiones por participación en riñas que transgredan leyes o normas vigentes. |
Internación para cuidados paliativos. Pacientes terminales. |
Las demás entidades clínicas y tratamientos están cubiertos, como crisis hipertensivas, crisis asmática, anginas de pecho, infartos de miocardio, accidentes cerebro vascular, descompensaciones diabéticas.
Los casos preexistentes y crónicos no serán considerados como servicios sin cobertura.
R). MEDICINA POR IMÁGENES |
Todos los estudios de medicina por imágenes deberán tener cobertura total, y en todos los casos es por persona y sin límites (salvo que las especificaciones técnicas indiquen uno), siempre que provengan de una orden escrita del médico tratante.
Este ítem comprende todos los métodos auxiliares de diagnóstico que se efectúan mediante el registroimpresoofotográficodeimágenesefectuadoenconsultoriosocentrosespecializados, con cobertura de gastos en forma integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, sustancias de contraste, a cargo de LAPRESTADORA.
Los medicamentos, descartables y contraste para los casos de estudios de medicina por imágenes, estarán cubiertos hasta la suma de Gs. 1.000.000 (guaraníes un millón) por evento.
La sedación en caso de estudios para menores de 15 años edad, estará cubierta en su totalidad.
Exámenes contemplados en esta cobertura:
RX Abdomen simple |
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Acufenometría |
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Angiofluresceinografía (ojos) |
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Angiografía carótida h/8 placas 2 lados |
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Angiografía carótida h/8 placas c/lado |
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Angiografía de miembro 1 lado h/6 placas |
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Angiografía de miembro 2 lados h/6 placas |
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Angiografía de cualquier miembro o parte del cuerpo |
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Angiografía digital 3D |
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Angioresonancia |
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RX antebrazo en todas las posiciones |
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Aortografía lumbar o abdominal h/5 placas |
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RX Apéndice |
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RX Árbol urinario simple |
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Arteriografía cerebral h/8 placas 2 lados |
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Arteriografía cerebral h/8 placas c/lado |
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Arteriografía selectiva (abdominal o tórax) |
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Arteriografía selectiva dos arterias |
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Arteriografía selectiva renal 1 lado |
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Arteriografía selectiva renal 2 lados |
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Audiometría |
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Autorrefracción c/ ciclopejía |
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Biligrafina o colangiografía endovenosa |
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RX Brazo en todas las posiciones |
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Broncografía 2 lados |
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Broncografía c/lado |
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RX Cadera o pelvis en todas las posiciones |
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Campo visual computarizado |
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Capsulotomía y Capsulotomía posterior |
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Cavum |
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Cavum contrastado |
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Cistografía |
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RX clavícula en todas las posiciones |
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RX Codo en todas las posiciones |
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Colangiografía endovenosa (biligrafina) |
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Colangiografía operatoria |
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Colangiografía pos-operatoria |
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Colangiografía retrograda con papilotomía |
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Colangiografía retrograda simple |
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Colangiografíatrans-parientohepático |
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Colangio resonancia magnética nuclear |
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Colecistografía oral |
RX Colon contrastado |
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RX Colon doble contraste |
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RX Colon por ingestión |
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Colonoscopia y rectosigmoidoscopia |
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Colonoscopía RX Columna cervical en todas las posiciones |
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RX Columna dorsal o lumbar en todas las posiciones |
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RX Columna panorámica (espinografía) en todas las posiciones |
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Control radiológico en maniobras traumatológicas |
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RX Costilla en todas las posiciones |
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RX Cráneo en todas las posiciones |
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RX Cráneo para ortodoncia |
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Curva de presión ocular |
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Dilatación pupilar (ciclopejía/fondo de ojo) |
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RX Dedo 2 posiciones |
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RX Dental en todas las placas |
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RX Dental oclusal |
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RX Dental seriado |
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Densitometría |
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Ecobiometría (ambos ojos) |
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Electrocardiograma |
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Electroencefalograma |
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Electromiograma (de miembros superiores e inferiores) en general |
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RX Embarazo |
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Ergometría |
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Espirometría Computarizada |
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RX Esófago, estómago y duodeno |
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RX Esternón en todas las posiciones |
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Examen de retina |
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Examen y ejercicios ortópticos |
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Fistulografía h/2 placas |
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Flebografía cada lado |
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Galactografía bilateral previa mamografía |
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Galactografía bilateral sin placa simple |
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Galactografía c/lado c/previa mamografía |
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Galactografía sin placa simple 1 lado |
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Gasto cardiaco |
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Gonioscopía |
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Holter de latidos |
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RX Hombro en todas las posiciones |
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Impedanciometría |
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RX Intestino delgado o tránsito intestinal |
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Laringografía contrastada |
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Linfografía cada lado |
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Linfografía dos lados |
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Litotripsia por nefrostomía |
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Litotripsia uretral |
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Logoaudiometría |
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Mama (pieza operatoria) p/placa |
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Mama (reperage para biopsia) p/placa |
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Mamografía en todos los lados |
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RX Mano en todas las posiciones |
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Mapeamiento de retina |
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RX Mastoide en todas las posiciones |
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RX Maxilar inferior en todas las posiciones |
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RX Maxilar inferior c/ortopantomografía |
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Mielografía s/ contraste ni especialista |
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Monitoreo fetal |
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RX Muñeca en todas las posiciones |
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RX Muslo o fémur en todas las posiciones |
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Neurofisiología / Mapeo cerebral |
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Oclusión vascular retiniana |
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Oclusión de vena central de retina |
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RX Orbitas c/posición |
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Ortopantomografía |
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Otomicrocopía Otoemisiones acústicas |
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OCT para Nervio Óptico |
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Citología vaginal, PAP, Colposcopia, frotis |
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Papilografía o Video papilografía digital |
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Paquimetría corneal (cada ojo) |
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Penescopía |
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Perfil biofísico |
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Perimetría doble frecuencia |
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RX Pie en todas las posiciones |
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Pielografía ascendente |
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Pielografía endovenosa o riñón contraste |
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RX Pierna en todas las posiciones |
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RX Placa suplementaria |
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Pruebas vestibulares en general (Electronistagmografía, Prueba calórica, Prueba rotatoria, Posturografía dinámica computarizada). |
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Rectosigmoideoscopía |
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Resonancia Magnética y/o con contraste |
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RX Rodilla en todas las posiciones |
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Saco lagrimal |
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Saco lagrimal (radio. como especialista) |
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RX Sacro-coxis en todas las posiciones |
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Scopia como complemento de examen c/T.V. |
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Scopia arco c por 1 hora |
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Scopia arco c por más de 1 hora |
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RX Senos faciales en todas las posiciones |
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Sialografía en todos los lados |
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Somnografía o Estudio del Sueño |
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Spect perfusión Miocárdica |
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Test alérgicos: prick test p/ aeroalergenos y prueba p/ contrastes endovenosos |
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Timpanometría |
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Tobillo en todas las posiciones |
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Topografía corneal |
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Topografía corneal bilateral |
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Topografía óptica coherente |
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RX Tórax en todas las posiciones |
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RX Tránsito intestinal o intestino delgado |
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Transparieto-hepática |
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Uretrocistografía |
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Urograma de excreción |
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Urotac |
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RX Vesícula simple |
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ECOCARDIOGRAMA (sin límites) |
Eco doppler en general |
Ecocar. c/doppler bidimensional |
Ecocardiograma sin Doppler |
Eco-stress |
Eco-stress con dobutamina |
El listado enunciativo y no limitativo. Deberá incluir todos los tipos de ecocardiogramas y/o ecocardiografías posibles con sus diferentes variantes, sin exclusión alguna.
ECOGRAFÍA (10 por beneficiario por año de contrato, salvo el caso de controles prenatales que no tendrá límites) |
Ecografía abdominal |
Ecografía de mamas |
Ecografía de tiroides |
Ecografía del bazo |
Ecografía ginecológica y obstetricia |
Ecografía morfológica y con marcadores cromosómicos |
Ecografía hígado-vías biliares-vesícula |
Ecografía intracavitaria c/residuo |
Ecografía intra-operatoria |
Ecografía oftálmica/ocular |
Ecografía pan cefálica |
Ecografía prostática |
Ecografía prostática intracavitaria |
Ecografía renal |
Ecografía testicular |
Ecografía tras vaginal |
Ecografía tridimensional (3D) |
Ecografía cuadrimensional (4D) |
Ecografía tejidos blandos |
Punciones con control ecográfico |
Deberá incluir todos los tipos de ecografías posibles con sus diferentes variantes, sin exclusión alguna.
TOMOGRAFÍA COMPUTADA (10 por beneficiario por año de contrato) |
Tomografías MultiSlice (TCMS) 6 , por grupo familiar, por año de contrato |
Tomografía computada cráneo |
Tomografía computada miembros |
Tomografía computada tórax |
Tomografía computada abdomen inferior |
Tomografía computada abdomen superior |
Tomografía computada pelvis |
Tomografía computada columna cervical |
Tomografía computada columna dorsal |
Tomografía computada columna lumbar |
Tomografía computada de las vías urinarias |
Tomografías en general |
Deberá incluir todos los tipos de tomografías posibles con sus diferentes variantes, sin exclusión alguna.
MEDICINA NUCLEAR (con cobertura del 70%) |
Cámara-gamma (perfusión miocárdica con talio, tecnecio, S.P.E.C.T.) |
Centellografía glándula salivar |
Centellografía sangrado intestinal |
Centellografía cerebral |
Centellografía de tiroides o mapeo |
Ventriculograma isotópico |
Centellografía hepática |
Centellografía ósea |
Centellografía pulmonar |
Centellografía renal |
Centellografía testicular |
TERAPIA COBALTO (con cobertura del 70%) |
Angiomas radiot. sup. d.t. 10 irrad. p/campo |
Ca. cuello-cuerpo uter. lesión sola p/campo |
Ca. cuello-cuerpo uter. mas anexo |
Carcinoma de lengua lesión gang. Anexo |
Carc. mamario b cobalto s/op. c/cad.Gang. |
Carc. mamario cobalto solo tumor s/cicat. |
Carc. pene lesión sola co. irrad. p/campo |
Carc. pene más campo anexo r. gang |
Carc. vejiga cobalto irrad. p/campo |
Carcinoma cutáneo epitel. d.t. 25 p/campo |
Carcinoma esofágico más campo anexo |
Carcinoma esofágico lesión sola cobalto |
Carcinoma laríngeo lesión sola cobalto |
Carcinoma laríngeo más campo anexo |
Carcinoma oral lesión gang. irrad. p/campo |
Carcinoma oral más campo anexo |
Carcinoma pulmonar cobalto |
Carcinoma s/maxilar lesión sola cobalto |
Carcinoma s/maxilar más campo anexo |
Cicatriz queloide s/aplicación |
Huesos (tumores) co. irrad. por campo |
Linfomas co. irrad. nodalinfodiaf. |
Linfomas co. irrad. nodalsupradiaf. |
Linfomas co. irrad. nodal total |
Linfomas co. una región ganglionar |
Rodioterapia antiimflam. prom. c/aplic. |
Seminoma co. rad. prof. d.t. 50 irrad. nod. tot. |
Tumores cerebrales en general co. irrad. camp. |
ESTUDIOS ELECTROFISIOLOGICOS (EEF) |
EEF en todas sus formas (sin límites) |
OTROS ESTUDIOS |
MAPA (Monitoreo Ambulatorio de Presión Arterial) |
Potenciales evocados auditivos |
Potenciales evocados auditivos cerebrales |
Potenciales evocados somato sensitivos |
Potenciales evocados visuales |
Baropodometría y estudios de Plantigrafía en general (incluye computarizada) |
S). ESTUDIOS LABORATORIALES |
Todos los estudios laboratoriales citados hasta 18 órdenes durante la vigencia del contrato por persona, incluyendo adherentes, no habrá límites en cuanto a la cantidad de estudios que contenga cada orden Éste servicio debe cubrir a los pacientes a domicilio, y/o a los que concurren a los laboratorios habilitados en forma programada o en casos de urgencias las 24 (veinticuatro) horas del día. Debe tener cobertura integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables y las determinaciones químicas y microbiológicas utilizadas.
Todos los estudios no citados más abajo, deben ser realizados con una cobertura del 60% (sesenta por ciento) a cargo de LA PRESTADORA en los estudios cuyo costo no supere los Gs.600.000.
En el caso de que el estudio tenga un costo superior a los Gs. 600.000, la diferencia entre el monto cubierto y dicho costo, deberá ser abonada por el asegurado.
Ácido cítrico |
Ácido fenil Pirúvico |
Ácido fólico |
Ácido Láctico |
Ácido úrico |
Ácido vanil Mandélico (AVN) |
Ácido valproico |
ACTH |
Adenovirus Anticuerpo IGG |
Adenovirus Anticuerpo IGM |
Adenovirus Antígeno, Secreciones Respiratorias |
Addis, Recuento de |
Aglutinación de partículas de látex para: |
A. Escherichiacoli Ki |
A. Hemo-philusinfluenzae tipo b |
A. Legionellapneumofila |
A. Nesseriameningitidis grupo a |
A. Nesseriameningitidis grupo b |
A. Nesseriameningitidis grupo c |
A. StroptococusPheumoniae |
A. Stroptococus beta hemolítico grupo a |
A. Stroptocicusgrupo b |
Aglutinas Anti a |
Aglutinas Anti b |
AIDS-ac |
Albúmina |
Alcohol |
Aldolasa |
Aldosterona |
Alergia-Tests: RAST (ácaro, leche, moho) |
Alfa 1 antitripsina |
Alfafetoproteína (APF) |
A/G |
Amilasa |
Amonio |
ANA |
Anca C PR3 (ANCA C) |
Anca P MPO (ANCA P) |
Androstenediona |
Anfetamina para pacientes internados |
Antibiogramas para gérmenes aeróbicos |
Antibiogramas para gérmenes anaeróbicos |
Ac. Anti cardiolipinalgG-IgM |
Ac. Anti DNA |
Ac. Anti Microsomales |
Ac. Anti Mitocondriales |
Ac. Anti MusculoLiso (ASMA) |
Ac. Anti Nucleares |
Ac. Anti Tironglubinas |
Ac. Anti Tiroides |
Ac. Anti-Toxoplasma IgG |
Ac. Anti TripanosomaIgG |
Ac. Anti TripanosomaIgM |
Ac. Anti VirusSinciciallRespiratorio (VSR) |
Ac. Heterofilos |
A.F.P. |
Análisis para detección de avitaminosis, hipervitaminosis, o control |
Anticoagulante Lúpico |
Anti-tTG, IgA - IgA total- anti-tTG, IgG- AGA, IgG (Pruebas de la enteropatía sensible a gluten) |
Anticuerpo (AC) Anti Centrómero |
Anticuerpo (AC) Anti Endomisio IgA |
Anticuerpo (AC) AntiEndomisio IgG |
Anticuerpo (AC) Anti Endomisio IgM |
Anticuerpo (AC) Anti Gliadina IgA |
Anticuerpo (AC) Anti Gliadina IgG |
Anticuerpo (AC) Anti Helicobacter Pylori IGA |
Anticuerpo (AC) Anti Helicobacter Pylori IGG |
Anticuerpo (AC) Anti RNP ENA |
Anticuerpo (AC) Anti PM Scl |
Anticuerpo (AC) Anti SSA (RO) |
Anticuerpo (AC) Anti SSB (LA) |
Anticuerpo (AC) Anti CCP |
Antígeno AG Anti dengue (test Rápido) |
Anticuerpo Antidengue IgM e IgG |
Antígeno Carcinoembrionario (CEA) |
Antígenos Febriles |
Antígeno Prostático específico (PAS) |
Antitrombina III (AT III) |
Anticuerpos Anti-Tiroides |
Anti SM |
Antil/LA anticuerpos suero |
Apolipoproteina b |
Artritest |
Aspegillus |
ASTO |
Autovacunas |
Azucares reductores |
BAAR |
Barbitúricos |
Bence-Jones |
Benedict, Reacción de |
Beta 2 Microglobulina en sangre |
Beta Cross Laps |
BNP (Péptido Natriurético Tipo B) |
Bicarbonato |
Bilirrubina total, directa e indirecta |
Bilis, cultivo |
Biopsias de todo tipo |
Bioperfil fisiológico |
Bioquímica de plasma Seminal |
CA 123 |
CA 125 |
CA 15-3 |
CA 19-9, antígeno, sangre |
C 3 |
C 4 |
Calcio |
Calcitonina |
Calculo Urinario |
Campo oscuro |
Campylobacter |
Cannabinoides |
Capacidad de fijación de hierro (TIBC) |
Catecolaminas |
Carbamazepina |
Cardiolipina IGA AC |
Cardiolipina IGGG IGM |
CEA |
Células LE |
Cetonemia |
Cetonuria |
Cetoferoides 17 |
CH 50 |
Chagas (Ac. Anti TrypanosomaIgG e IgM) |
Chalamydia |
Citomegalovirus-ac-IgG |
Citomegalovirus-ac-IgM |
Citrato (O) |
Ck |
Ck-mb |
Clearance de Creatinina |
Cloruros |
CMV-ac-IgG |
CMV-ac-IgM |
Creatinina |
Coagulograma |
Cobre |
Cocaína en caso de internación |
Coccidioidina |
Colesterol esterificado |
Colesterol HDL |
Colesterol-LDL |
Colesterol total |
Colesterol VLDL |
Colinesterasa |
Coloración de Giemsa |
Coloración de Gram |
Coloración de Ziehl |
Complemento hemolítico (CH 50) |
Coprocultivo |
Coprología Funcional |
Coproporfirinas |
Cortisol |
Crasis Sangui (por Hematólogo) |
Crioglutininas |
Crioglobulinas |
Criptococus |
Cristales-Identificación |
Cuerpos Cetónicos |
Cultivo en Aerobiosis |
Cultivo en Anaerobiosis |
Cultivo en Thayer-Martin |
Cultivo para BAAR |
Cultivo para GC |
Cultivo para hongos |
Cultivo para listeria |
Cultivo para Mycoplasma |
Curva de tolerancia oral a la glucosa |
Dehidroepitandrostenediona(DHEA-S04) |
Dehidrostestosterona |
Densidad |
Difteria, Cultivo |
Dímero D |
Digoxina |
DNA-ac |
Dióxido de carbono (CO2) |
Dosaje de ácido valproico |
Dosaje de ácido fenobarbital |
D-Xilosa |
EBV-EA-ac |
EBV-VCA-ac |
Electroforesis de hemoglobina |
Electroforesis de lipoproteínas |
Electroforesis de proteínas |
Electrólitos |
Eosinófilos |
Epstein-Barr Virus-ac |
Eritrosedimentación |
Escherichiacolienteropatogeno |
EscherichiacolikI. Látex |
Esperma, cultivo |
Espermograma |
Esputo. Coloración para BAAR |
Esputo. Cultivo para gérmenes comunes |
Esputo. Eosinofilos y mastocitos |
Esteatocrito |
Estradiol |
Estriol libre |
Estrógenos totales |
Estudio capilar. Investigación de hongos |
Estudio Macro metabólico |
Exceso de base |
Factor reumatoideo |
Factor reumatoideo cuantitativo |
Factor reumatoideoIsotipo IGA |
Factor reumatoideoIsotipo IGG |
Factor reumatoideoIsotipo IGM |
Fenilhidantoina |
FenilAlanina |
Fenobarbital |
Ferritina |
Fibrinógeno |
Fibrinólisis |
Formula Leucocitaria |
Fosfatasa acida prostática (pap) |
Fosfatasa Acida total y prostática |
Fosfatasa alcalina |
Fosfatidil-gilierol en liq. Amniótico |
Fosfolípidos |
Fósforo |
Fragilidad osmótica de los hematíes |
Frotis de sangre periférica |
Frotis de sangre periférica (para Hematólogo) |
Fructosa |
Fructosamina |
FSH |
FTA-abs-IgG |
FTA-abs-IgM |
FTI |
Galactosa Neonatal (GALT) |
Gamma Globulinas |
Gamma GT |
Garganta. Cultivo |
Gases arteriales |
Gastrina |
GC. Cultivo |
GH (Hormona de crecimiento) |
GliadinaIgG-IgM |
Globulina |
Glóbulos blancos |
Glóbulos rojos |
Glucohemoglobina |
Glucosa |
Glucosa 6 Fosfato de Deshidrogenasa (G6PD) |
Glucosa. Curva de tolerancia |
Glucosa pre y pos prandial |
Glucosuria |
GanadotrofinaCoriónica (hCG) Cualitativo |
Gota gruesa |
GOT |
GPT |
Graham-Test |
Gravindex |
Grupo Sanguíneo |
Guayaco inmunológico |
Ham-test |
Hmburger-test |
Hamber |
Haptoglobina |
HbA 1c |
Hdelta |
HAV-ac |
HAV-ac-IgM |
HBc-ac |
HBc-ac-IgM |
HBDH |
HBe-ac |
HBe-Ag |
HBs-ac |
HBs-Ag |
hCG- sub-unidad beta |
HDL-Colesterol |
Heces. Benedict |
Heces. Examen parasitológico |
Heces. Flora microbiana |
Heces. Frotis |
Heces. Hongos |
Heces. Microscopia Funcional |
Hematocrito |
Hemocultivo en aerobiosis |
Hemocultivo en anaerobiosis |
Hemoglobina |
Hemoglobina. Electroforesis |
Hemoglobina fetal |
Hemoglobina glucosilada (Hb A Ic) |
Hemograma |
Hemograma (Plaquetas + VSG) p/ Hematólogo |
Hemoparásitos |
Hemophilusinfluenzae tipo b. látex |
Hepatitis A y B (VHA Ab-IgM, VHA Ab-IgG, VHBsAg, HBsAb, HBcAb-IgM, HBcAb-IgG, HBeAg) |
Hepatitis C (VHC) IgG e IgM |
Hepatograma/Perfil Hepático (GPT-GOT-FA-BT-BD-BI) |
Herpes |
H.G.H. |
HLA B27 |
Hidatidosis-ac |
Hidroxicorticosteroides 17 |
Hidroxi-Indol-Acético 5 (5HIAA) |
Hidroxiprogesterona |
Hidroxiprogesterona Neonatal |
Hierro sérico |
Hisopado Faríngeo |
Histoplamina |
HIV AC/AG |
Homocisteina / Homocistina /Cistina |
Hongos. Cultivo e identificación |
Hongos. Examen en fresco |
Hormona de crecimiento (hGh) |
Hormona Folículo Estimulante (FSH) |
HormonaLactógeno Placentaria (hP) |
Hormona Luteinizante (LH) |
IgA |
IgD |
IgE |
IgG |
IgM |
Inclusiones citomegálicas |
Índices hematimétricos |
Índice de Tiroxina Libre |
Influenza tipo A (por Hisopado) |
Influenza tipo A H1N1 (por Hisopado) |
Influenza tipo B (por Hisopado) |
Inmunoelectroforesis |
Inmunoglobinas |
Inmunohistoquímica (IHQ) |
Inmunofluorescencia |
Insulina |
Klesbsiellapneumoniae |
Lactosa |
LAP |
Larvas de vermes |
L. Haemophilusinfluenzae tipo b (látex) |
L. Neusseriameningitidis grupo A (látex) |
L. Neisseriameningitidis grupo B (látex) |
L. Neisseriameningitidis grupo C (látex) |
L. Strptococcuspneumonias(látex) |
L. Streptococcus beta hemolíticos grupo (látex) |
L. Streptococcus grupo B (látex) |
Lavado gástrico |
LCR. Cito químico |
LcR. Cultivo |
LDH |
LDL-Colesterol |
LE |
Lecitina en líquido amniótico |
LegionellaPheumiphila(látex) |
Leishmania Anticuerpo IgG |
Leishmania Anticuerpo IgM |
Lesión genital. Coloración de Gram |
Lesión genital. Coloración de fontana |
Lesión genital. Estudio microbiológico |
Lesión en la piel. Cultivo para hongos |
Lesión de uñas. Cultivo para hongos |
LH |
Linfa cutánea. Coloración de Ziehl |
Lipasa |
Lípidos totales |
Líquido amniótico. Cultivo |
Líquido amniótico. Fosfaditil-glicerol |
Liquido articular. Citoquímico |
Liquido articular. Cristales |
Liquido articular. Cultivo |
Liquido ascítico. Cultivo |
Liquido gástrico-duodenal. Parásitos |
Liquido peritoneal. Cultivo |
Liquido pleural. Cultivo |
Listeria |
Litio |
Madurez Fetal (fosfatydil glicerol) |
Magnesio |
Magnesio eritrocitario |
Marihuana en caso de internación |
Mastositos |
Metahemoglobina |
Metotrexate |
Micosis oportunistas |
Micosis profundas |
Micosis subcutáneas |
Micosis superficiales |
Microalbuminuria |
Mioglobina |
Moco cervical |
Monotest |
Morfina en caso de internación |
Mucoproteínas |
Mycobacterium Tuberculosis |
Mycoplasma en secreción vaginal |
MicoplasmaHominis |
Neiseriae Gonorrea |
NeiseriaeMeninigitidis. Grupo A (látex) |
NeiseriaeMeninigitidis. Grupo B (látex) |
NeiseriaeMeninigitidis. Grupo C (látex) |
N. 5 Nucleotidasa |
NTX |
Oído cultivo |
Opiáceos |
Orina, físico-químico y del sedimento |
Orina cultivo |
Oxalato |
Oxiurius |
Parásitos. Investigación e identificación |
Parathormona (PTH) |
PAS (Antígeno prostático específico) |
PAS libre |
Paul-Bunell (presuntivo) |
PCR Ultrasensible |
Perfil Celiaco |
pOO2 |
po2 |
|
Péptido C |
pH |
Phenistix |
Plaquetas |
Plaquetas por Hematólogo |
Plasma seminal |
Porfobilinogeno |
Potasio |
PPD |
Preparación de células LE |
Productos de degradación de la fibrina |
Progesterona |
Prolactina |
Proteína C |
Proteínas C reactiva - |
Proteínas de Bence-Jones |
Proteínas Electroforesis |
Proteínas S |
Proteínas totales |
Protomorfinas |
Protozoarios |
Prueba cutánea |
Prueba de concentración |
Prueba de dilución |
Prueba de lazo |
Prueba de tolerancia oral a la glucosa |
Prueba de tolerancia a la lactosa |
Prueba de Tzanck |
PTH |
Pus. Cultivo |
Punta de catéter. Cultivo |
Quimiotripsina |
Quistes de protozoos |
Raspado de lengua. Cultivo para hongos |
Reacción de Huddleson |
Reacción de Widal |
Recuento de Addis |
Recuento de Linfocitos CD4 |
Relación A/B |
Relación calcio/creatinina |
Relación PAS/PAS Libre |
Reticulositos |
Retracción del coágulo |
RK 39 LeishmaniasisKala azar |
Rh |
RO (SSA) anticuerpos suero |
Rotavirus |
Rubeola IgG |
Rubeola IgM |
Sangre oculta |
Saturación de oxígeno |
Secreción conjuntival. Cultivo |
Secreción endocervical. Cultivo |
Secreción faríngea. Cultivo |
Secreción genital. Cultivo |
Secreción nasal. Cultivo |
Secreción nasal. Eosinofilos y mastositos |
Secreción prostática. Cultivo |
Secreción purulenta. Cultivo |
Secreción traqueal. Cultivo |
Secreción uretral. Cultivo |
Secreción bulbar. Cultivo |
Sífilis |
Simis-Hunner test |
Shigella. Cultivo |
SO2 |
Sodio |
Somatomedina c |
Staphylcoccusaureus |
Streptococcus. Cultivo |
Streptococcus. Beta hemolitico gr. A (látex) |
Streptococcus. grupo B (látex) |
Streptococcus. Pneumoniae |
Streptonasa B |
Streptozima |
Swin up |
tTG |
T3 libre |
T3 total |
T3 uptake |
T4 libre |
T4 total |
Tacrolinemia |
Test de absorción a la xilosa |
Test de Coombs Directo |
Test de Coombs Indirecto |
Test de estimulación con ACTH |
Test de estimulación hormona de crecimiento |
Test (con ejercicios) con L-Dopa |
Test de estimulación con LH/RH |
Test de estimulación con TRH |
Test de Ham |
Test de supresión con dexametosona |
Test de VPH |
Test de IRT |
Test del Sudor |
Testosterona libre |
TIBC (Capacidad de fijación del hierro) |
Tiempo de coagulación sanguínea |
Tiempo de Protrombina y coagulación |
Tiempo de tromboplastina parcial activada |
Timol |
Tine test (TB) |
Tipificación |
Tiroglubina |
Tiroperoxidasa Anticuerpo (Tipo AC) |
Toxoplasmosis- acIgG, IgM |
Transferrina |
Transglutaminosa Tisular IgA /IgG |
Trichomonasvaginalis |
Triglicéridos |
Troponina I.Cuantitativa |
Trypanosomacruzi-ac |
TSH |
TTPa |
Ulcera genital. Cultivo |
Urea |
Ureaplasmaurealyticum |
Urobilina |
Urobilinógeno |
Van de Kamer |
Vandil - Mandelic - Acid (AVM) |
Vermes |
VDRL |
Vicent's Angina. Frotisri |
Virocitos |
Vitamina D |
VLDL Colesterol |
VSR ac |
Se incluye centellografía y captación tiroidea. |
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo con el plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
No aplica
Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
N° 1 |
Servicio de Medicina Pre-paga |
1 |
unidad |
Dirección Nacional de Contrataciones Publicas (EE.UU 961 c/ tte. fariña) |
dieciocho (18) meses, contados desde la Orden de Inicio emitida por la Contratante |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indican a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Informe mensual |
Informe mensual |
dieciocho (18) meses, contados desde la Orden de Inicio emitida por la Contratante |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
1. Personas Físicas / Jurídicas |
a) Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos; |
b) Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos; |
c) Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social; |
d) Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS; |
e) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación. |
f) Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la firma del contrato. |
2. Documentos. Consorcios |
a) Cada integrante del consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes. |
b) Original o fotocopia del consorcio constituido. |
c) Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio. |
d) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación. |