Considerando la complejidad técnica del servicio del seguro, para llevar a cabo de manera eficaz la contratación del mismo, la convocante deberá tomar las medidas necesarias para contar con una política de administración del riesgo y conocer básicamente los riesgos a asegurar. Deberá abarcar como mínimo, una descripción clara de los bienes, personas y locales.
La cobertura tiene como objetivo proporcionar suficiente información para que los oferentes puedan preparar sus ofertas eficientemente y con precisión. La lista de precios que se constituye en un anexo del formulario de ofertas, y éste último, deberán ser descargados del SICP, formando ambos un solo documento.
Los plazos deberán ser previstos cuidadosamente, teniendo en cuenta que la fecha y hora establecidas determinarán el momento desde el cual empiezan las obligaciones del asegurador.
Las coberturas licitadas deberán establecerse por lotes o ítems. Excepcionalmente, si la convocante adoptara el sistema de adjudicación por el total, ésta deberá contar con una justificación donde se exponga las razones de la conveniencia de adoptar dicho sistema.
La convocante deberá incluir en esta sección, mínimamente, información acerca de:
Las pólizas emitidas por la adjudicada, deberán incluir una cláusula que rezará cuanto sigue: “La cobertura de la póliza se regirá conforme al pliego de bases y condiciones y puntualmente a las especificaciones técnicas establecidas en el mismo. En caso de diferencias con las estipulaciones establecidas en la póliza, endosos u otros instrumentos de cobertura emitidos por la aseguradora, prevalecerá lo establecido en el PBC”.
La inserción de dicha cláusula se funda en lo establecido en los Arts. 669, 674, 715 y 1555 del Código Civil Paraguayo, el que establece la posibilidad de acordar condiciones particulares en los contratos.
BIENES ASEGURADOS |
TIPO DE COBERTURA |
SUMA ASEGURADA |
FRANQUICIA |
CAMIONETA CERRADA TIPO MINIBÚS: MARCA HYUNDAI - MODELO H1 - AÑO:2016, PARA 12 PASAJEROS |
SEGURO CONTRA TODO RIESGO |
GS. 80.000.000 |
SIN FRANQUICIA |
CAMIONETA DOBLE CABINA: MARCA VOLKSWAGEN MODELO AMAROK - AÑO:2017, PARA 5 PASAJEROS. |
SEGURO CONTRA TODO RIESGO |
GS. 110.000.000 |
SIN FRANQUICIA |
Las aseguradoras deberán cumplir con las siguientes normas:
No. de Artículo
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Normas |
CAMIONETA CERRADA TIPO MINIBÚS: MARCA HYUNDAI MODELO H1 AÑO: 2016, PARA 12 PASAJEROS VALOR: Gs. 80.000.000 |
VIGENCIA DESDE EL 30/03/2022, POR 16 MESES |
CAMIONETA DOBLE CABINA: MARCA VOLKSWAGEN - MODELO AMAROK AÑO: 2017, PARA 5 PASAJEROS VALOR: Gs. 110.000.000 |
VIGENCIA DESDE: 30/03/2022, POR 16 MESES |
Detalle de las especificaciones técnicas y de las normas
COBERTURAS DE SEGUROS REQUERIDAS
El capital a asegurar será el monto total del vehículo según su valor de mercado
Tipo de seguros: camionetas
El seguro de camioneta cubrirá los siguientes riesgos:
2.1 Lesiones corporales y/o muerte de 1 (una) persona, se indemnizará la suma de 50.000.000 Gs. (cincuenta millones de guaraníes).
2.2 Lesiones corporales y/o muerte de 2 (dos) o más personas, se indemnizará la suma de 100.000.000 Gs. (cien millones de guaraníes). -
2.3 daños materiales causados a cosas de tercetos, se indemnizará la suma de 35.000.000 Gs. (treinta y cinco millones de guaraníes)
3.1. en caso de muerte o invalidez, parcial, total y permanente del conductor, se indemnizará la suma de 35.000.000 Gs. (treinta y cinco millones de guaraníes).
3.2. En caso de muerte o invalidez, parcial, total y permanente de los acompañantes, se indemnizará la suma de 35.000.000 GS. (treinta y cinco millones de guaraníes).
3.3. Gastos médicos, se indemnizará la suma de 7.500.000 Gs. (siente millones quinientos mil guaraníes).
El adjudicatario deberá abonar, en caso de siniestro, las indemnizaciones respectivas, dentro de los plazos establecidos en el código civil paraguayo en el capítulo que regula los seguros en general. -
FRANQUICIA
La cotización deberá realizarse sin franquicia y a primer riesgo absoluto para el conjunto de bienes a ser asegurados. -
OBSERVACIÓN:
En caso de siniestro o robo total del vehículo, el asegurador deberá indemnizar al tomador, con otra unidad de idénticas características
[1] Si corresponde.
Dependencia solicitante: Dirección Administrativa
Necesidad a satisfacer: Servicio de seguro para vehículos
Planificación: Llamado periodico
Las especificaciones se encuentran justificadas atendiento las necesidades institucionales de cobertura en seguro de vehiculos
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
NO APLICA
Lista de Planos o Diseños |
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Plano o Diseño No. |
Nombre del Plano o Diseño |
Propósito |
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La aseguradora que haya ganado la licitación, dentro del plazo de 30 días corridos desde la emisión de la póliza, deberá realizar una capacitación al área encargada de gestionar el contrato de seguros, explicando de qué se trata el riesgo cubierto, las cargas del asegurado, medios de comunicaciones aplicados para la agravación del riesgo y la denuncia del siniestro, plazos legales y condiciones contractuales establecidos por las partes.
Esta capacitación deberá realizarse en el lugar indicado por la convocante, tener una duración de entre 40 a 120 minutos (De una a tres horas cátedras) y al finalizar quedará constancia de ella en un documento comprobatorio (Acta o certificado y lista de asistencia).
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Informe 1 |
Informe |
Diciembre 2022 |
Informe 2 |
Informe |
Julio 2023 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Empresas coaseguradoras. |
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