El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quién solicita el llamado a ser publicado.
El llamado es solicitado a través de la Oficina de Gestión Jurisdiccional de la Asesoría Legal, cuya jefatura es ejercida por la Abog. Susana Scholz Loppacher, Personal N° 5780
Justificativa de la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación de la suscripción a los servicios de La Ley Online
La Asesoría Jurídica es la unidad técnica de la ANDE, encargada no solo de ejercer la defensa legal de los intereses patrimoniales de la Institución, sino también de emitir su parecer legal en las cuestiones de consultas derivadas por las diferentes dependencias de la ANDE, como ser, las del ámbito de las contrataciones públicas, área comercial y reclamos de usuarios, las cuestiones laborales derivas de los recursos humanos, cuestiones extracontractuales derivadas de daños causados a terceros por actividad lícita (servidumbre de electroducto) o ilícita (electrocuciones, accidentes de tránsito, etc) que comprometen su responsabilidad civil y asimismo, en contrapartida también deduce demandas con la finalidad de percibir el cobro de la energía eléctrica no abonada por los usuarios, demandas de cumplimiento de contrato de seguro, debe formular denuncias ante fiscalía del crimen y coadyuvar en causas penales en papel de afectada o víctima, como resultan los casos de sustracción de energía eléctrica o por actuación irregular del personal a su cargo, etc.
Tal gama de cuestiones tan diversas y eventualmente complejas, determina la necesidad de que la Asesoría Legal cuente con los servicios inherentes a la suscripción de La Ley Online vista como herramienta de trabajo, habida cuenta que brinda información permanente y actualizada de leyes promulgadas, doctrinas y resoluciones judiciales a texto completo dictadas tanto en nuestro país y casos relevantes de jurisprudencia comparada; todo ello con miras a la actualización constante de los profesionales abogados dependientes de las diferentes unidades que conforman la unidad administrativa, al ser estos los encargados de la defensa de los intereses institucionales.
Justificativa de la planificación
Desde el año 2006, en forma sucesiva y salvo la interrupción por imprevisión presupuestaria del ejercicio 2021, vinculado a los recortes de gastos de la Emergencia Sanitaria de la pandemia, la Asesoría Legal viene periódicamente realizando la contratación de la suscripción a los servicios de legislación y jurisprudencias proveídos por la Ley S.A.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
No. De Artículo |
Nombre de los Bienes o Servicios |
Especificaciones Técnicas y Normas |
1 |
Suscripción al servicio de la Revista Jurídica la Ley "La Ley Online Paraguay" |
Se adjuntan Especificaciones Técnicas N° AL/GJ-5026-2022 ID 13119807. |
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
NO APLICA.
Ítem |
Descripción del servicio |
Cantidad |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
1 |
Suscripción al servicio de la Revista Jurídica la Ley "La Ley Online Paraguay" |
24 |
Mes |
Entrega de Contraseñas de Acceso, Oficina de Gestión Jurisdiccional, sito en Av. España N° 1268 y Padre Cardozo, 3er. Piso, Of. 313, Edificio Sede Central. |
Diez (10) días calendario, contados a partir de la suscripción de la Orden de Compra en Plaza. Horario de Entrega: de Lunes a Viernes de 07:00hs. a 15:00hs. |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Constancia de prestación del Servicio. |
Constancia de prestación del Servicio. |
Conforme al Plan de Entregas |
Certificado de Cumplimiento de Orden de Compra en Plaza. |
Certificado de Cumplimiento de Orden de Compra en Plaza. |
Dentro de los treinta (30) días corridos, posteriores a la prestación de la totalidad del servicio requerido. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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